Decisión nº 1C-147-2003 de Tribunal de Control del L.O.P.N.A. Area Penal Los Teques de Miranda, de 12 de Noviembre de 2003

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2003
EmisorTribunal de Control del L.O.P.N.A. Area Penal Los Teques
PonenteKenia Del Carmen Yanez
ProcedimientoMedida Cautelar Sustitutiva

LOS TEQUES, 12 DE NOVIEMBRE DE 2.003

193° y 144°

IMPOSICIÓN DE MEDIDA CAUTELAR

Celebrada la audiencia de presentación de detenido en contra de los adolescentes _______________, previa presentación por parte de la representante del Ministerio Público, por su presunta participación en la comisión de uno de los delitos Contra la Cosa Pública, como lo es la Violencia o Resistencia a la Autoridad, previsto en los artículos 217 y 219 ordinal 2do del Código Penal;

I

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

FISCAL: Dra. B.Z.R., Fiscal Auxiliar de la Fiscalia Decimoquinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.

DEFENSA: Dra. A.S.H.; Defensora Pública Especializa.d.C.J.P.d.E.M..

IMPUTADOS: ___________________

VÍCTIMA: LA COSA PÚBLICA.

II

DE LOS HECHOS IMPUTADOS

La Representación Fiscal, le imputó a los adolescentes ______________, los hechos acaecidos en fecha once (11) de noviembre de Dos Mil Tres (2003), cuando siendo aproximadamente las 05:45 horas de la tarde, los funcionarios Torres Ricardo, F.A., Barrera Jesús y M.Y., Titulares de las Cédulas de Identidad Números V- 15.646.411, V- 14.370.991, V- 14.241.070 y V- 14.362.056, adscritos a la Dirección de Operaciones, División de Orden Publico del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, bajo la Supervisión del Detective Guevara Ramón, Titular de la Cédula de Identidad Número V- 11.342.764, portador de la Placa Número 01169, encontrándose en labores de patrullaje, recibieron llamada de la Central de Comunicaciones, informándoles sobre la comisión de presuntos hechos de violencia en las adyacencias de la Escuela Técnica Industrial R.P., ubicada en la Avenida Bicentenario de los Teques, procediendo a trasladarse al sitio, una vez en el lugar se percataron de que varios sujetos presuntos alumnos de la Unidad Educativa, mantenían una actitud agresiva, colocando barricadas en la vía, neumáticos encendidos y pipotes, y tomando las instalaciones de la Escuela Técnica Industrial R.P., con un aproximado de ochenta (80) alumnos, en su mayoría portando capuchas con las que cubrían sus rostros, de inmediato bajo la supervisión del Detective Guevara Ramón, Jefe de Grupo, según Instrucciones del Comisario S.F., Jefe de División Acciones Disuasivas, en las afueras de la Escuela Técnica Industrial R.P., intentaron restituir el tráfico en la Arteria Vial, siendo atacados en el intento con Bombas Molotov, Piedras, Botellas, Cohetones y objetos varios, y logrando disgregarlos hasta las Instalaciones de la Escuela Técnica Industrial R.P., allí continuaron con su aptitud hostil, atacando a las comisiones policiales, fue entonces cuando pasadas varias horas se presentó el ciudadano H.E., quien se desempeña como Secretario de Civil y Política de la Gobernación del Estado Miranda, quien dialogó en el interior del plantel con los lideres de la protesta, sin lograr que depusieran su conducta hostil, manteniendo estos últimos su aptitud por varias horas más, hasta que aproximadamente a las 5:45 horas de la tarde, comenzaron a salir de las instalaciones lanzando objetos contundentes para intentar darse a la fuga, siendo aprehendidos en las afueras de la Escuela Técnica Industrial R.P., los adolescentes antes mencionados, y varios de ellos cubrían sus rostros con las franelas y camisas, siendo estos trasladados hasta la Sede de la Comandancia General del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, finalizando los disturbios a las 17:58 horas de la tarde, y resultó lesionado el Comisario S.F., quien presentó según apreciación Médica, cortadura en labio superior para cuatro (04) puntos de sutura, y desprendimiento de pieza dental, al ser alcanzado por un objeto contundente lanzado desde el interior del plantel. Precalificó el delito cometido como uno de los delitos Contra la Cosa Pública, como lo es la Violencia o Resistencia a la Autoridad, previsto en los artículos 217 y 219 ordinal 2do del Código Penal; y no se pronunció sobre las medidas a imponer por la comisión de delito de lesiones personales, por no tener identificado al sujeto activo, una vez identificado el mismo, ejercerá las acciones pertinentes.

LA DEFENSA Y SUS DEFENDIDOS

La defensa manifestó al Tribunal que “la fiscal precalifica el delito como violencia y resistencia a la autoridad y a la vez señala que no se pronuncia con relación a las lesiones por no estar identificado los sujetos; se evidencia de la sinceridad de la declaración de sus defendidos donde fueron aprehendidos en distintos lugares y fueron agredidos, no se puede evidenciarse suficientemente lo que se lees imputa, y que en el acta no se indica cuales muchachos específicamente fueron detenidos cuando estaban quemando cauchos, por lo menos agarrar a 44 o 5 que estuvieran efectuando esa acción, igualmente indican que unos estaban encapuchados, donde están las capuchas, en realidad que hicieron, que dañaron, como que se resistieron a la autoridad, mas bien los agredieron, por lo que solicitó la liberad plena de sus defendidos y solicitó al tribunal, inste al Ministerio Público para que se efectúe las averiguaciones pertinentes, igualmente alegó el principio de presunción de inocencia, establecido en le artículo 49 ordinal 2do de la Constitución y 540 de la LOPNA” Sic.

Los imputados por su parte una vez impuestos de sus derechos y garantías contemplados en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, así como del artículo 49 ordinal 5to de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, manifestaron que si, deseaban declarar, manifestando por separado y en el orden siguiente: “________: ayer cuando salgo de mi liceo en la S.B., esperé a mi mamá, para entrar a una reunión, salimos y como estaba todo trancado, salimos caminando y como mi hermanito estudia en el Barbecho me dijo que fuera a buscar a mi hermano y no pudimos porque estaba todo trancado, cuando llegamos a la casa, mi mamá me dice a mi y a mi hermano que vamos a buscar a mi hermano mas pequeño, cundo llegamos por el tambor, mi hermano y mi hermanito salieron corriendo y los policías me dijeron que me pegara contra la pared y me comenzaron a pegar en la pierna y me llevaron a la comandancia y a mi no me amarraron en el r.p., me amarraron dentro de un callejón cerca de donde vivo, y no me consiguieron piedras ni nada, según escuche a un policía la orden era agarrar a cualquier estudiante, es todo. _______: yo salí de mi liceo a las 3:45 y con unos compañeros nos paramos a ver y comenzaron a lanzar perdigones y salimos corriendo, llegaron los policías y nos detuvieron y los policías me pegaron patadas en la espalda y cuando me iban a meter en la celda me metieron una patada, es todo. ____________: yo iba saliendo de mi liceo porque habían suspendido las clases por los disturbios, me encontré con unos amigos, subimos por el boulevard y llegaron los policías y nos agarraron, es todo. _____________: a mi me agarraron a las 3:40 veníamos del liceo, íbamos a agarrar el autobús, llegaron los policías unos salieron corriendo y nosotros nos quedamos `parados y nos agarraron, es todo. ____________: cuando fui detenido me encontraba en la parada del boulevard cerca de la Bermúdez, entonces llegaron unos uniformados coarriendo detrás de unos estudiantes y me montaron en un carro, con respecto a la detención nosotros llegamos a la comandancia como a las 3:40 de la tarde, con las heridas del comisario Salazar me enteré de eso después, es todo. ___________: yo boy a decir que me agarraron en las inmediaciones de la plaza Miranda como a eso de las 3:30, al finalizar los disturbios, lanzaron una bombas yo andaba con tres muchachos, y lanzaron unas bombas y llegó un funcionario y me agarraron y me dieron unos golpes con un rolo y una patada por la espalda me escupieron la cara, me botaron un zapato y había dicho un funcionario en la comandancia que habían dado una orden de agarrar a todos los que estaban en las adyacencias del R.P., es todo. _____________: empezaba a caminar al Muñoz Tebar y me encontré a unos compañeros y llegaron unos funcionarios y me dijeron corre, corrimos hacia el Liceo y nos detuvieron e izo que iba a prender una bomba que si nos movíamos la disparaban, nos maltrataron verbalmente, llegamos a la comandancia como a la 3:40, y el funcionario Guevara nos dijo que la orden era detener a todos los estudiantes que estuvieran en los alrededores del liceo, es todo. _____________: yo no estaba en ninguna manifestación, yo estaba en la plaza del Estudiante viendo los disturbios, como todo se calmó me fui caminando y cuando iba subiendo por la iglesia me detuvieron y llegamos como a las 3:30, es todo. __________: yo bajé con mi primo a brindarle empanada por donde está el estadio del Barbecho y pegaron a mi primo de la pared, yo dije que el no tenía que ver en eso y me dijeron móntate tu también, en la comandancia nos dijo en comisario Guevara que él había dado la orden de detener a todos los estudiantes que estuvieran e n la calle, es todo. ____________: me detuvieron como a las 3:30 de la tarde con mi p.F.J. y me dieron un golpe y en la unidad nos daban golpes también, nos dejaron como 40 minutos en cuclillas no nos dejaron pararnos ni tomar agua, el funcionario Guevara nos dijo que la orden era detener a todos los estudiantes, ellos nos golpearon con los rolos, es todo. ____________: yo me residencio en el Barbecho y no había transporte pasaron unos funcionarios y no me detuvieron, cuando iba llegando a bajo, me detuvieron los mismos funcionario, me revisaron el bolso y no tenía nada, me trasladaron a la policía y me tuvieron como 40 minutos en cuclillas, es todo. __________: había acabado de salir del liceo, me conseguí con unos compañeros y llegaron unos funcionarios y nos detuvieron, me golpearon en la cabeza, es todo. BEIKER OLEAGA VALECILLOS: en el problema de ayer, yo salí a cobrar porque yo trabajo, vinieron unos del orden público y me detuvieron, eso fue como a las 2.00 de la tarde, y después me tuvieron dando vuelta y vuelta, es todo. E.N.G.: yo venía saliendo del liceo con mis amigos, pasamos por la Bermúdez y vinieron uno policías y nos entromparon y en lo que llegó la patrulla nos montaron, es todo. ___________: yo venía con un compañero que también agarraron, cuando llegamos a la escalera del Muñoz Tébar, llegaron unos policías y nos dijeron corran y nos dispararon perdigones, y me agredieron verbalmente, se metieron con mi mamá y eso, cuando ya esta detenido, llegó el comisario que lo estaban curando, como dos horas después que nos detuvieron, es todo, se le concede la palabra a las partes quienes no efectuaron preguntas. ____________: yo me dirigía a mi casa desde el Concejo y un policía nos dijo que nos dirigiéramos a otra vía porque habían disturbios, cuando íbamos a subir la frente del Muñoz Tébar y llegaron unos policías y comenzaron a tirar perdigones, nos montaron en la patrulla y nos golpearon, es todo. _____________: a nosotros nos agarraron a las 3.30 en el sector las cuatro esquinas donde vivo, vino una comisión del orden público, nos revisaron, yo ni-siquiera estaba uniformado, yo estaba con N.F. y nos montaron en la jaula, me golpearon en la cabeza, espalda y pierna y me dieron rolazos y nos tuvieron como hora y media en cuclillas y tome los nombres de los policías La Barca J y Parra N. fueron los funcionarios que me agredieron, es todo. ___________: nosotros nos encontrábamos como a las 3:30 de la tarde en una esquina de las Cuatro Esquinas, de repente viene una patrulla y nos para y viene una jaula y nos montan y me dan dos peinillazas y dos golpes en la cara, el nombre del funcionario era Parra, y amenazo con tirar una bomba lacrimógena, y nos llevaron a la comisaría, es todo. _____________: el día de ayer estaba parado en la puerta del edificio como siempre y había disturbios, nos acercamos a ver con una señora que es vecina, ella se alejó a buscar a su hijo y nos quedamos solos, llegaron los policías y uno de ellos me dio con la escopeta por el estómago y en la patrulla nos dieron rolazos, y nos llevaron a la comandancia, es todo”. Sic.

III

DE LOS HECHOS Y DEL DERECHO

Vistas las actuaciones que dieron origen al presente acto, así como lo expuesto por las partes en la audiencia respectiva, se evidencia que los adolescentes ________________ aquí presentes y ampliamente identificados en la presente audiencia presuntamente, participaron en el hecho que se le imputa, ya ellos fueron aprehendidos el día e ayer 11 de noviembre de 2003, aproximadamente las1:00 de la tarde, por las inmediaciones de la Escuela Técnica Industrial R.P., Ubicada en la Avenida Bicentenario de los Teques, por funcionarios adscritos a la División del Orden Público de la Policía del Estado Miranda, cuando se encontraban realizando labores de patrullaje y recibieron llamada radiofónica de la Central de Operaciones de ese organismo policial, indicándoles que se trasladaran a las inmediaciones de la Escuela Industrial antes indicada, por cuanto se estaban realizando presuntos hechos de violencias, por lo que al llegar al lugar, lograron percatarse que varios sujetos presuntos alumnos de la referida Unidad Educativa, mantenían una actitud agresiva, que había colocado barricadas en la vía, neumáticos encendidos y pipotes de basura, y luego de tomar as instalaciones con un aproximado de 80 alumnos en su mayoría portando capuchas con las que cubrían sus rostros, coordinaron acciones disuasivas en las afueras de la sede educacional, a fin de restaurar el trafico en la arteria vial, siendo atacados en el intento con bombas molotov, piedras, botellas, cohetones y de mas objetos, logrando disgregarlos la manifestación, hasta las Instalaciones del Plantel, donde continuaron su actitud hostil, atacando a las comisiones, fue entonces cuando pasadas varias horas se presento el ciudadano y luego que el ciudadano H.S., Secretario de Civil y Política de la Gobernación del Estado Miranda, dialogo en el interior del plantel con los lideres de la protesta, no logró que depusieran sus actitudes, la cual mantuvieron por varias horas, aproximadamente a las 5:45 cuando comenzaron a salir de las instalaciones lanzando objetos contundentes para intentar darse a la fuga, siendo aprehendidos en las afueras un total de (20) sujetos de los cuales varios de ellos cubrían sus rostros con las franelas y camisas que portaban circunstancias estas que nos permiten presumir la posible comisión de varios de los delitos Contra la Cosa Pública, previsto en el Código Penal, que amerita una sanción penal de acuerdo a la Ley que regula materia; por lo que lo procedente y ajustado a derecho, es acordarle una medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, consistente en caución juratoria entre otras, por otro lado en lo que respecta a la presunta participación de los adolescentes ______________, este Juzgado considera que no existen suficientes elementos de convicción que permitan a este Juzgador, presumir que tuvieron participación en los hechos ocurridos en el día de ayer en esta Ciudad, relacionados con los distintos disturbios estudiantiles, sucedidos en las inmediaciones de varias Instituciones Educativas, por lo que lo procedente y ajustado a derecho es negar la imposición de la medida cautelar y en su lugar concederles su libertad plena.

IV

DISPOSITIVA

Por tales consideraciones este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Estado Miranda, Sección Adolescentes con sede en Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley ACUERDA: PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar, la solicitud de imposición de medida cautelar, interpuesta por la Fiscal, ya que niega la misma en contra de _____________, por considerar que no existen suficientes elementos de convicción que permitan a este Juzgador, presumir que tuvieron participación en los hechos ocurridos en el día de ayer en esta Ciudad, relacionados con los distintos disturbios estudiantiles, sucedidos en las inmediaciones de varias Instituciones Educativas y en su lugar se acuerda su libertad plena. Se le impone las medidas cautelares, en contra de los adolescentes __________, prevista en el artículo 582 literales “c, d y f” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, consistentes la primera en la obligación de presentarse cada ocho (08) días, ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito, a partir del jueves 13 de noviembre de 2003, la segunda prohibición de salir fuera de la jurisdicción de este Tribunal ni del Area Metropolitana de Caracas, sin la autorización previa del mismo y la tercera prohibición de participar en manifestaciones públicas, en forma agresiva y violenta, todas hasta tanto culmine la investigación judicialmente. SEGUNDO: En virtud del presente pronunciamiento se ordena la inmediata libertad a todos los adolescentes en mención. TERCERO: Se declara parcialmente con lugar con lugar lo solicitado por la Defensa en beneficio de sus defendidos, ya que se le impuso unas medidas cautelares a J.D. y D.S.. Se declara con lugar lo solicitado por la Defensa en cuanto al instar al ministerio Público a que aperture una investigación penal en contra de los funcionarios policiales que practicaron la detención de los adolescentes, A.S., R.M.M., J.D., J.V., G.R., M.C.B., M.P.C., N.F.T. y ZAKI HASMA MELENDEZ. CUARTO: Se insta al Ministerio Público, a los fines que informe al Fiscal correspondiente, sobre las presuntas lesiones y maltratos verbales a que fueron objetos los __________ por parte de los funcionarios aprehensores. QUINTO: Remítase en su correspondiente oportunidad legal las presentes actuaciones a la Fiscalia Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a los fines que continúe con la investigación por el procedimiento ordinario.

LA JUEZ

KENIA DEL CARMEN YÁNEZ

EL SECRETARIO

ELÍAS SILVERIO ALEJOS

Seguidamente se dio cumplimiento a lo acordado.

EL SECRETARIO

ELÍAS SILVERIO ALEJOS

EXP. NRO. 1C- 147/2003.-

KdelCY/ESA/esa

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