Decisión nº 1U-222-06 de Tribunal Primero de Juicio Extensión Barlovento de Miranda, de 23 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2009
EmisorTribunal Primero de Juicio Extensión Barlovento
PonenteJoel Antonio Astudillo Sosa
ProcedimientoSentencia Condenatoria

CAUSA NRO. 1U-222-06

JUEZ PROFESIONAL: Abg. J.A.A.S.

SECRETARIA: Abg. J.P.C.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

ACUSADO: J.H.N.S., venezolano, natural de Barcelona, estado Anzoátegui, nacido en fecha 07 de julio de 1987, de 22 años de edad, portador de la Cédula de Identidad Número 18.556.542; residenciado en la Escalera S.B., Sector A.N., Casa Nº 04, Los Teques, estado Miranda. *****************************************************

DEFENSA PRIVADA: Abgs. E.R.A., abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Número 22.593.

VÍCTIMA: Y.E.Z..

FISCAL: Abg. TERLIA CHARVAL Y L.F.P.R., Fiscales Vigésimo Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas y Fiscal SESENTA y SEIS del Ministerio Público con Competencia Plena a Nivel Nacional, respectivamente.

Corresponde a este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Barlovento con sede en Guarenas; conocer de la presente causa, en virtud de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal y sede; mediante al cual ordenó el enjuiciamiento del ciudadano J.H.N.S., conforme con lo previsto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal. *****

HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS QUE FUERON OBJETO DEL JUICIO

En fecha 21 de septiembre de 2006, se llevó a cabo la Audiencia Preliminar, ante el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial y sede; oportunidad en la cual el representante del Ministerio Público formuló formal acusación en contra del ciudadano J.H.N.S., imputándole la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL tipificado en el artículo 405 del Código Penal; así como también hizo el ofrecimiento de los medios y órganos de prueba para ser producidos en el juicio oral y público. Acusación que fue rechazada en su totalidad por la defensa. *********************************************************************

Una vez haber oído a las partes; el referido Juzgado Tercero de Control, admitió totalmente la acusación fiscal y los medios y órganos de prueba ofrecidos por el Ministerio Público; así como por la defensa y en el correspondiente Auto de Apertura a Juicio estimó acreditado que el ciudadano J.H.N.S., es el presunto autor del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL tipificado en el artículo 405 del Código Penal; en virtud de los hechos acaecidos en fecha 11 de septiembre de 2005, siendo aproximadamente la 12:30 de la madrugada, cuando se encontraba el Y.E.Z. en las inmediaciones de la urbanización Castillejo, específicamente en las Residencias EIFFEL, entre el estacionamiento de los edificios H e I, en compañía de un grupo de jóvenes, entre ellos S.L., A.S., R.V., J.R., M.J.G.R., R.O.T., L.A., D.S., J.S. y J.H.N.S.; en esa oportunidad se suscitó una discusión entre A.S. y L.A., en la cual intervino el adolescente víctima Y.E.Z. (Occiso), posteriormente J.H.N.S. discutió con la víctima y le propinó una patada (punta pie), la cual fue dirigida a la zona abdominal, lo que ocasionó que la víctima Y.E.Z. cayera al pavimento con una lesión abdominal; una vez que cae al suelo fue agredido por J.H.N.S. y los adolescentes DANIEL y J.S., quienes le propinaron varias patadas en su cuerpo, dejándolo lesionado, lo que ameritó su traslado al hospital General Guarenas Guatire y posteriormente referido al Hospital Dr. M.P.C., donde ingresa a la unidad de cuidados intensivos, falleciendo el día 20 de septiembre de 2005, a consecuencia de las lesiones sufridas. Hechos estos que fueron objeto del Juicio Oral y Público. *************

En fecha 09 de noviembre de 2006, se recibió la presente causa procedente del Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal y sede; fijándose el correspondiente sorteo de Escabinos. ********************************************************************************

En fecha 28 de marzo de 2007, por solicitud del acusado se acordó prescindir de los escabinos y decidió el Juez Profesional asumir el conocimiento de la presente causa como Tribunal Unipersonal, en aplicación de la Sentencia N° 3744 de fecha 22 de diciembre de 2003, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con carácter vinculante. ********************

En fecha 25 de noviembre de 2008; siendo la oportunidad legal para la realización del juicio oral y público en la presente causa, se procedió conforme con lo previsto en el artículo 344 del Código Orgánico Procesal Penal se constituyó en Tribunal Primero de Juicio en la Sala de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, se procedió a verificar la presencia de las partes, estando todas las partes presentes y una vez cumplidas las formalidades de ley se dio apertura el debate. Acto seguido el Juez Presidente le concedió el derecho de palabra a los Representantes del Ministerio Público Abg. TERLIA CHARVAL y L.F.P.R., quienes expusieron su acusación en contra del ciudadano J.H.N.S. por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL tipificado en el artículo 405 del Código Penal; seguidamente expusieron las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se produjo la aprehensión del mencionado ciudadano y ratificaron los medios y órganos de prueba ofrecidos y admitidos en la audiencia preliminar; y solicitaron la condena del acusado. Acto seguido el Juez Presidente le concede la palabra al defensor privado, Abg. E.R.A., a los fines que explanara los argumentos de su defensa y el mismo expuso, entre otras cosas lo siguiente: “…La representación fiscal ha hecho unos señalamientos distintos al auto de apertura en la cual se solicito solicitar la nulidad de esta audiencia preliminar, toda vez que fueron presentados dos actos conclusivos, uno hecho en fecha 31-05-06 por el delito de Homicidio Intencional y otra acusación 16-06-06 por los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES, sin especificar cuál es la calificante del delito de Homicidio, efectivamente fueron condenados dos adolescentes, considerando este defensor que a pesar del grupo de fiscales que ha actuado en este proceso, se les olvidó que hay grados de participación en estos delitos, ya que existe la responsabilidad correspectiva o los grados de participación, demostraré que estos hechos no ocurrieron de la manera en que lo señala la representación fiscal, el día 11-09-05 hubo una pelea colectiva entre varios jóvenes, jóvenes que declararon ante la fiscal y dijeron su participación en los hechos más la fiscal nunca ha establecido esta posible participación, por ello demostraré la no responsabilidad de H.N., en el delito imputado por la representación fiscal, que los actos que dejó constancia la fiscal son distintos a como se desarrollaron, reitero la solicitud se recabe del tribunal de adolescente de acuerdo 343 y 359 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el artículo 535 copia certificada del juicio 1M195 del primero de Juicio en materia de adolescentes, ya que guarda relación estrecha con lo que vamos a ventilar en este tribunal, razón por la cual al final del desarrollo del debate no quedará otra alternativa a la fiscal de solicitar la absolución de H.N., en la muerte de Y.Z., en relación a la solicitud de nulidad se quebrantó el derecho a la defensa y a la igualdad de las partes, ya que el acusado fue citado a la audiencia preliminar por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, y en la audiencia preliminar se acogió fue la segunda acusación, por la DRA, THERLIA CHARVAL. Es todo…”. Finalizada esta exposición, el Juez Presidente impone al acusado del contenido del artículo 49, numeral 5, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como del artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, explicándole en forma clara y sencilla el hecho que se le atribuye, advirtiéndole que no está obligado a confesarse culpable ni a declarar en contra de sí mismo; que en caso de consentir a rendir declaración lo hará SIN JURAMENTO, le informó igualmente que la declaración es un medio para su defensa, y por consiguiente, puede declarar las veces que lo desee, siempre y cuando guarde relación con lo debatido y alegar cuanto considere pertinente a fin de desvirtuar el hecho que se le imputa, finalmente le explicó que el juicio continuará su curso aunque no declare; quedando identificado el acusado de la siguiente manera: J.H.N.S., venezolano, natural de Barcelona, estado Anzoátegui, nacido en fecha 07 de julio de 1987, de 22 años de edad, portador de la Cédula de Identidad Número 18.556.542; residenciado en la Escalera S.B., Sector A.N., Casa Nº 04, Los Teques, estado Miranda; y una vez interrogado en cuanto a su deseo de rendir declaración, éste manifestó su deseo de declarar; lo cual hizo de la siguiente manera: “…Lo que cursa en el expediente es totalmente falso, el señor Josué es el entrenador del equipo de los niños, y me dice que vaya a amenizar la fiesta de los niños, termina la fiesta, los niños se van a su casa y quedamos algunos mayores de edad, salimos a la 1:15 de la casa de la novia de Josué, estábamos sentados encima del baúl de un carro, decidiendo si nos quedábamos en la residencia mi grupo estaba D.J., mi novio y la p.d.R., Daniel era el más pequeño, para ese entonces no tenía conocimiento de ninguna riña, al cabo de unos diez minutos llega un grupo de muchachos donde estaba Ambar, Stefani, Naike, Ronald, Octavio un muchacho le decían Jordi, y otro muchacho de contextura fuerte, la hermana de Leydi se dirige a Lorena a discutir que porque ella le había gritado, total yo no me iba a meter en ese lío, le dije a mi novia que bajara el tono de voz, en eso Yair se acerca y me dice deja que mi hermana hable como le dé la gana que te tengo hambre, él me empuja y Jordi,, actúa contra a mí, no tuve contacto físico ni visual con Yair, entró una pelea con Jordi, casi siempre tengo contacto fisco y visual con él, me alejé del grupo y pensaba que Jordi era el más peligroso, eran 8 personas contra nosotros 5, en eso veo que ha Javier lo tiene rodeado le están dando muchos golpes, yo voy por el estacionamiento y le grito que se están cayendo a golpes y que subieran , el vigilante tiene un atajo el llega mucho más rápido que el que a mí me tomaría para devolverme, cuando yo me regreso llego a la esquina de una gaceta de basura,, veo que el niño se cae, y se da no sé si en la cabeza, yo vi que él se retorcía del lado derecho, y después vimos que se había pegado en la cabeza. La parte que vi, es que la mitad del cuerpo de el queda en la grama, y él se desmayó en eso la hermana de el empieza a gritar quién le grito quién le pego a mi hermano, yo no vi, no tenía visión hacia la pelea, los amigos de ellos lo recogieron, después llego a Rafael con una correa que le iba a pegar a alguien, a mi él no sabía que lo además decían que era yo, luego lo llevaron al hospital, me dijeron que saliera, mi mama intenta mediar con la gente ve que no existe medio de comunicación, mi mama tranca la puerta y empezaron a tirarle piedras a la casa, después de eso se llamo a la policía ellos decían que no había unidad, se hicieron las 4 yo estaba nervioso porque habían dos mujeres que no tenían nada que ver en el problema, llamaos a un taxi, estaban afuera otras muchachas esperando que las muchachas salieran para agredirla, total que no pudieron hacerlo porque mi papa salió, a las 6 de la mañana salí en una unidad, en ningún momento tuve relación física con el muchacho solo cuando le baje las manos, a ámbar no estaba en el piso, eso es mentira, eso no sucedió. Es Todo. A preguntas de la fiscal respondió: “Ese día habían 5 personas, esas estaban entre el edifico H e I, después me entero que mi novia me dijo que le grito a otra muchacha, yo estaba cerca de ellas dos cuando discutieron, Yair se me acerca y me dice en voz altanera deja que mi hermana hable como le dé la gana, mira que te tengo ganas, el lo conocía jugábamos en el mismo equipo, yo era su entrenador, como yo me le dirijo a la hermana, el se siente apoyado, el intentó empujarme y yo bajo las manos, luego no tuve contacto con él, en ese momento los iniciativos fuimos Jordi y yo, luego agarraron al pequeño que el si se entendió con Yair, las muchachas le estaban pegando a Javier, luego llega Gabriela, el vigilante agarra el atajo y tiene que llegar primero que yo, no me fui con el vigilante porque yo llegué cerca pero no llegué a hablar de tú a tú, con el vigilante, como a 20 metros, cuando el vigilante sale, yo me fui por la vía principal, y llegue pero solo tengo la visión del muchacho Yair, cuando llegó estaba peleando Yair con Daniel como a unos 4 a cinco pasos, la hermana estaba de espalda a Yair, y no había más nadie, Ambar no pudo haberme visto, no me vieron porque me tapa la gaceta de la basura, la caseta de basura esta a mi derecha, yo no tuve ninguna participación, cuando yo aparezco por la parte de atrás con Yair estaba cerca Daniel la hermana, Ronald y Octavio peleando con Javier y las muchachas peleando con Lorena y Ambar, yo pelee con Jordi, cuando llego al regreso de llamar a los vigilante veo que él iba como a boxear y veo que de repente se cayó y se golpeó al vigilante no lo vi, había mucha gente, el hospital está muy cerca, lo levantó Jordi, ellos estaban bastante tomados, tengo entendido que estaban tomando en un muro, el que lo agarró se le cayó en ese momento y se lo llevaron, yo no lo ayude porque es primera vez que estoy metida en un problema como este por los nervios, una muchacha nos dijo que venía la policía, nunca vi a Yair lleno de sangre, yo solo tuve un chichón que me lo dio Jordi, Daniel tenía la cabeza roja, a Javier si tenía la cara hinchada, los demás no los vi con golpes, alrededor de Yair cuando cayó estaba Ambar y Danielito, Javier estaba lejos de allí, yo estaba en la esquina de la caseta de la basura, Gabriela estaba afuera, y Lorena estaba sentada en el capo, estoy en los Teques, yo tenía 18 años, y Yair tenía 14 años, Yair era un muchacho más bajito que yo delgado, pelo marrón “. Es todo. A preguntas de la defensa respondió: “Si yo rendí declaración en la fiscalía y plantee la situación como lo estoy haciendo aquí, yo me mudé tuvimos que vender el apartamento, porque nos amenazaron de muerte porque llego una señora con una arma de fuego y ella quería que yo saliera de la casa, los vecinos gritaron y dijo que él tenía que pagar por lo que él hizo, yo temo por mi integridad física, yo en el sitio donde tuve que vivir, yo le tengo miedo a estas personas porque no tienen una buena reputación, Jordi era un muchacho moreno alto, el decía que él era gatito alegre, el tenía malas, juntas y supuestamente consumía droga, mi intención era alegarme del grupo, Jordi estaba allí porque era un amigo de ellos, tengo entendido que era el novio de Ambar, no sé donde esta Jordi, el único contacto con Yair, fue cuando me empuj’o que yo le bajé las manos…”. ****************************************************

Acto seguido el Juez Presidente declaró la ABIERTO EL ACTO DE RECEPCIÓN DE PRUEBAS, conforme con lo previsto en el artículo 353 del código Orgánico Procesal Penal; durante el cual y a lo largo de las diferentes audiencias se recibieron los siguientes medios y órganos de prueba: *******************************************************************************

  1. - DECLARACIÓN de la ciudadana R.A.A.I. testigo promovido por el Ministerio Público, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.070.542, de nacionalidad venezolana, de 54 años de edad, grado de instrucción: cuarto grado de primaria, quien manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Cuando pasó eso yo estaba durmiendo, como yo tomo pastillas para dormir porque sufro de los nervios, y cuando yo me tomo eso puede pasar lo que sea y no sé, yo no puedo salir a la calle sola…”. A preguntas del fiscal contestó: “…Me pusieron como testigo de algo que yo ni siquiera vi, yo estaba durmiendo en mi casa, no tengo conocimiento de nada, yo estaba en mi casa, de la cosa que pasó con el muchacho, a mi me citaron como testigo, a mí citaron no sé qué pasó, la mamá de él era maestra de tareas dirigidas, ella le daba clases a mi hijo y me decían que la fueron a buscar a las 7, yo lo saludaba y nada más, yo vivo en la residencia eiffel, Guatire, ellos viven en la misma residencia que yo, ellos viven por allí pero eso no quiere decir que yo tengo que saber que hace él, yo soy del hogar, yo tengo 15 años viviendo allí, a ellos los conozco desde que conozco a la mamá de él, mi hijo tiene 15 años, no recuerdo cuántos años tiene mi hijo ahorita, a Yair lo conocía porque él vivía en la residencia, yo no sé cómo era él porque yo me la paso en mi casa, nunca he peleado con alguien, nunca le he llamado la atención por nada, yo no sé nada de nada, yo no sé cómo murió Yair por ahí decían que hubo un problema por allí, yo supe que se murió pero no sé más nada, antes de la muerte de Yair yo no conversé con nadie, ni con la mamá de él, yo lo veía un muchacho muy tranquilo yo nunca lo vi peleando ni nada, yo no quiero que me citen mas por este problema…”. ******************************************************

  2. - DECLARACIÓN de la ciudadana M.S.V.G. testigo promovido por el Ministerio Público, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.117.454, de nacionalidad venezolano, de 42 años de edad, grado de instrucción: bachiller, quien manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…La noche del 11 de septiembre del año 2005 como a la una de la madrugada llegaron a mi casa dos jóvenes llamados Josué y no recuerdo el nombre del otro, a buscarme me dijeron que mi hijo se encontraba en el hospital, llegué y encontré a varios muchachos, me comentaron que a mi hijo habían golpeado, cuando entré hablé con el médico me dijo que mi hijo estaba muy golpeado y que habría llegado sin signos vitales, los comentarios eran que Harold y los hermanos Sánchez habían golpeado a mi hijo, le habían caído a patadas y los habían golpeado, y las otras muchacha también habían golpeado a mi hija Ambar, en el hospital esperando a mi esposo me dirigí con Deysy a la casa de la sra. Ambar y le pregunté que por qué había peleado con mi hijo, porque no era la primera vez, ya que en el año 2004 también lo había golpeado, por un juego de fútbol, yo atendí a la señora y le dije que iba a hablar con mi hijo a ver qué era lo que había pasado, le pregunté qué había pasado y él me dijo que él estaba jugando futbol, le dije que la señora fue a reclamar y él me respondió que su hijo junto con Bryan le había pegado a mi hijo, fui a la casa de la señora Olga, le pregunté por qué su hijo le había pegado a mi hijo, dijo que mi hijo estaba molestando y que la próxima vez le iba a caer a patadas por el culo a mi hijo, a los meses me enteré que la mamá de un muchacho había peleado con Harold porque había visto que le estaba pegando nuevamente, ese día mi hijo fue a jugar futbol y los comentarios es que hubo una fiesta donde asistieron Harold que era el dueño del equipo de sonido, en la casa de la novia del entrenador del equipo de futbol, creo que del piso dos, las jóvenes empezaron a insultar a mi hija, ella no vive conmigo, vive en Caracas, Lorena y Gabriela empezaron a insultar a mi hija son los comentarios, cuando terminó la fiesta comenzó la discusión entre las jóvenes, y comenzaron a pelear, Yair vio cuando Harold le dio un golpe a mi hijo, mientras golpeaba a mi hija, H.J. y Daniel le dieron patadas a mi hijo, le dieron patadas en el estómago, lo dejaron solo allí y ni siquiera le prestaron servicio al hospital, lo trasladaron al P.C., durante 9 días que no dijo palabra alguna, espero que se haga justicia con la muerte de mi hijo, así como los imputados tienen derechos, mi hijo tenía apenas 14 años, él tuvo una venganza con mi hijo porque yo le fui a reclamar a su mamá que no le pegara, mi familia se destruyó…”. A preguntas del fiscal contestó: “…Él tenía 14 años, él era muy delgado, bajito, Yair estaba con Ronald, Maikel, Naike, no recuerdo más nadie, el día que sucedieron los hechos él no estaba en la fiesta, él estaba en la parte de abajo frente al edificio, creo que fiesta era en el piso dos, el problema vino cuando Harold le pegó a Ámbar porque discutía con Lorena, mi hija no conocía a Lorena ni a Gabriel, en el otro grupo estaba Javier, Daniel, Harold, Gabriela y Lorena, a mi me informó Josuan, el hermano de Stefani, yo dijo que eso viene desde que yo fui a reclamarle la mamá de él, él se quiso vengar y encontró el momento preciso para golpearlo, discutí con la familia de Harold el día que le fui a reclamar por el futbol, de donde yo vivo al centro asistencial hay poca distancia es como cruzar la calle, no sé cuántos metros es, sólo cruzar la calle, a Yair lo llevan al hospital porque cuando él cayó no respondió y comenzó a balbucear sangre, él no reaccionó más de allí, mi familia vive en Caracas, yo no tengo familia en Guatire, los padres de Daniel y Javier fueron con nosotros al hospital, mi hijo llegó primero al Llanito y luego al P.C., nunca Yair recuperó la conciencia y el médico nos dijo que él no se iba a salvar, él iba convulsionando al hospital, nadie se acercó a visitar a mi hijo de los que lo golpearon, el día domingo después de haber golpeado a mi hijo ellos se fueron y me enteré por comentario de la gente, Arelis conoce a mi hijo y a mí porque vive frente al edificio donde vivo yo, me dijeron que mi hijo estaba molestando, yo me traslado a la casa de Harold porque la señora se fue, me cambié y bajé a buscar a mi hijo, y fue cuando él me dijo que él estaba jugando futbol y empezaron a someterlo y me comentó porque la señora no me había dicho que su hijo le había pegado, yo trataba que él no jugara por esos lados, me enteré de lo que me dijo Andrés y su mamá, que no era la primera vez que lo molestaba, Andrés es un muchacho que vivía allá, él es A.B., no sé dónde puede ser ubicado…”. A preguntas formuladas por la defensa contestó: “…Javier y Daniel fueron condenados, ellos tienen que pagar dos años, eso llegó a Los Teques y al Tribunal Supremo, y no sé por qué el juez de ejecución no ha hecho su trabajo, Jordi es un muchacho que está muerto, Octavio creo que llegó cuando se iban a llevar a mi hijo, estuvo Naike, Stefani, Á.Y. estaba con Naike, Ámbar, Maikel, Ronald; Octavio llegó en el momento, no estuvo allí, el señor dijo que sus hijo estaban comprando un tang, Daniel es delgado, el más pequeño de ellos era delgado eran más o menos iguales Daniel y Yair, Ámbar es alta ahorita, hacen tres años tenía 17 años, ellos pelearon porque mi hijo estaba jugando futbol y la pelota cayó para su casa, él estaba en ese momento con otras personas, después de eso ellos siguieron jugando futbol pero no sé si normal, pero si sé que se llevaban bien en el futbol, mi hijo jugaba futbol pero no con tanta frecuencia, Rosa vivía al frente, mi hijo iba para su casa, yo la vi sentada afuera, todos los muchachos me comentaron los hechos en el hospital, a Yair lo llevó un vecino junto con Jordi, ellos lo llevaron, no sé si los demás participaron en los hechos yo sé que Harold y Javier golpearon a mi hijo, los demás no sé si lo golpearon…”. ********

  3. - DECLARACIÓN de la ciudadana A.Y.S.V. testigo promovido por el Ministerio Público, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.934.788, de nacionalidad venezolano, de 20 años de edad, grado de instrucción: cuarto año de bachillerato, quien manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Nos encontrábamos mi hermano, Maikel, Naike Stefani, había en el edificio una reunión estaba Harold, Javier, la novia la prima, estábamos abajo porque no estábamos invitados, llego la novia de Harold y comenzó a gritar, diciéndome groserías, yo le dije que bajara y me lo dijera porque no sabía quién era ella, estábamos reunidos todos como siempre en las residencias, ellos salieron como a la 1:30 de la mañana, había gente nos encontrábamos en la casa de Naike, ellos venían saliendo estaban sentados en un carro, llegó Lorena y empezaron a gritarme, me acerqué, mi hermano y Maikel, ella comenzó a gritarme, yo también le comencé a gritar, vino Harold y se metió en la conversación de mujeres, en lo que él se metió mi hermano se mete, y empezaron a discutir, porque ya había un problema de antes, vino Harold le dio un golpe a mi hermano en la cara, llegaron Javier y Daniel, las muchachas se fueron hacía mí, todos se fueron hacia mí y hacia mi hermano, se metió mi novio que también es difunto, Harold se salió y se quedó Javier y Daniel dando golpes a mi hermano, vino Harold y dio la vuelta por un caminito y él se metió y que a buscar un vigilante, pero éste nunca llegó, llegó Harold, mi hermano no aguantaba y yo tampoco, vino Harold y subió y le dio una patada a mi hermano, ya él se agarraba del estómago y ya no aguantaba, le daban golpes en el piso, llegó un momento que mi hermano estaba en el piso, se percataron que mi hermano estaba en el piso, ellos se fueron corriendo no prestaron ayuda de nada, el hospital estaba al frente, después ellos no salieron, ellos huyeron, no supieron de nada, el producto de la patada que le dio Harold fue muy fuerte, nos dejaron a nosotros allí. Es todo…”. A preguntas del fiscal contestó: “…No sé exactamente qué letra era el edifico porque yo estaba ya en Caracas, el edifico tiene dos salidas, está ubicado entre dos edificios por la parte de abajo y por la parte de afuera, las torres están ventana con ventana, hay una parte que queda lejos de la salida, pero la que está en la parte de abajo es cerca, los edificios tapan mucho donde fue la pelea, el vigilante no estaba porque no hallábamos como abrir la puerta, esto ocurrió un sábado o un viernes, no recuerdo el día, eso fue como de 1 a 1:30 de la mañana, ellos Harold, Javier, Daniel, Lorena y Gabriela, se encontraban en una fiesta, y nosotros Naike Rafael, Ronald, Maikel, mi hermano y yo, entre Harold y mi hermano yo estaba hablando con Lorena, vino Harold y se metió en la conversión, él vio y Harold me dio un empujón, él estaba de una manera como alterado, que por eso él le propina un golpe en la cara, es cuando mi hermano se mete en la pelea, la primera persona que golpeó a mi hermano fue Harold, le dio un puño en la cara, comenzaron la pelea, y quería pelear con mi novio, empezó la pelea Harold, Yair seguía defendiéndose de los golpes pero llegó un momento que no aguató, llegó un momento que él quería seguir aguantando, yo les decía a ellos que ya dejaran la pelea, todavía Javier, Daniel y Harold le seguían dando patadas en el pecho, eso fue como una patada voladora le dio con mucha fuerza, me daban golpes a mí a él al novio mío, nosotros éramos más pero los que participamos no aguantamos, él era delgado, un poquito más flaco, yo no sé qué le pasó a él, yo vi que él salió y se volvió a meter en la pelea, esa patada fue después que él se ausenta de los hechos y regresa, mi hermano ya se sentía como mal, se guindaba era con él, pero mi hermano ya no aguantaba, yo no entiendo porque esa discusión era entre la muchacha y yo, pero él se metió en la pelea, ya que mi mamá me dijo que ellos antes tuvieron una pelea, en el piso cuando lo veían le daban golpes, todos salieron corriendo y diciendo viste, viste lo mataron…”. A preguntas formuladas por la defensa contestó: “…De la patada impulsó para que mi hermano cayera en la acera, Harold se fue por la parte de atrás del edificio a buscar no sé qué, luego el regresó por la parte más larga, y siguió con las discusiones, y fue cuando mi hermano cayó en la acera de la patada, ellos se fueron a esconderse o a encerrarse, yo no nombré a Jordi, él se llama Maikel García, él estuvo en la discusión en la pelea, él le dio golpes a los menores de edad, Maikel era alto, flaco de la misma contextura era Jordi, allí no había uno más fuerte que otro, Daniel era flaco es el más pequeño, todos pelearon con Yair, conmigo estaba ronald, Rafael el cual llego a mitad de la pelea, ellos prestaron auxilio, estaba Stefani, Maikel, mi hermano y yo, Octavio llegó a lo último, el novio de Naike no estuvo allí, son dos edificios yo gritaba que ya, Rafael y Stefani llegaron a la mitad de la pelea, ellos no participaron, pero trataban de separarnos, esa pelea duró como 8 o 10 minutos, más duró mi hermano para poder sacarlo al hospital, eso fue rápido cuestiones de segundos, maikel falleció por un robo en Petare, yo no vivo allí, yo iba a visitar a mi mamá los fines de semana, cuando mi hermano amanecía en la calle era porque yo estaba, yo iba a visitar a mi mamá, ellos no se trababan y mi hermano ni pendiente, pero él sí tuvo una discusión con Andrés y se entraron a golpes, con el compañero de mi hermano, en mi grupo no habíamos consumido licor, ellos iban a tomar, ellos si estaban en una fiesta donde si había bebida, no sé qué tipo de bebida había, para trasladar a mi hermano lo hizo Alfredo y Octavio, no sé si Rafael resultó golpeado, éramos yo, Maikel y Yair los que más estábamos en la pelea, nadie pudo hacer nada, mi hermano cayó cerca de la acera porque ni encima estaba tampoco, él cayó y le seguían dando patadas, mi hermano se desvanece, mi hermano cayó al lado de la acera…”. Durante el careo realizado en el juicio oral y público, esta ciudadana manifestó: “…Harold siempre estuvo en la pelea ya que él fue el que comenzó, él se metió en la conversación que teníamos Lorena y yo, él le dio la patada a mi hermano cuando estaba en el piso, él empezó la pelea y le dio fin a la misma, estoy hablando que sí se cayeron a golpes, pero él llegó y se metió en una conversación, en momentos de la pelea si peleé contigo, si él no se hubiera metido, mi hermano no se hubiera metido, pero tú con tu forma de ser seguías hablando y hablando, pero al ver mi hermano que tu novio me dio un empujón, yo hubiese peleado contigo sola, pero qué pasó se incluye Ronald y se incluye mi hermano, no sé si él te mandaría a gritarme, pero realmente no sé qué te pasó, a una distancia de tres pisos, como me viste, si tu insultas a una persona que no conoces es porque quieres una pelea, qué casualidad que ellos bajan de una fiesta y se sientan allá, si yo le tiro un golpe a una persona, yo en lo que creo es en dios, el motivo fue por tu culpa, yo si hubiera estado drogada yo te mato, respeta no puedes decir que yo estaba drogada, con relación a lo que dice Lorena es falso ya que él fue el que comenzó y él estuvo en la pelea, él estaba encima de mi hermano golpeando, ellos eran novios, él le puso fin a la pelea, ella estuvo presente, pero estoy diciendo lo real porque fue lo que pasó, por él fue que también se incluyeron a Daniel y Javier los menores de edad, por ella comenzó la pelea, gritándome que no sabía bailar, por él se incluyeron los que estaban en la pelea, dándole la golpiza, ella estuvo de testigo porque tú estabas allí, quién le puso comienzo a la pelea, yo siempre tenía la vista en mi hermano, ya que él era la persona a quién querían golpear, claro él no aguantó la pelea, luego de eso ellos se van huyendo, ya que si hay una persona en el piso, yo lo agarro teniendo un hospital al frente de la residencia, hasta el sol de hoy es que ahora nos estamos viendo, en una pelea yo no me voy a poner a preguntar qué paso, tu no sabías a quién te dirigías, en mis declaraciones siempre he dicho que Harold se fue por un camino y regresó por otro, el problema fue por su novia, mi hermano ya había tenido problemas con él anteriormente, él amenazó que le iba a partir la cara, no es la manera que tu vayas a agredir a una persona, porque si él no se hubiera incluido en esa pelea, tal vez no nos hubiéramos entrado a golpes, ahí tuvo que haber algo para pasar lo que pasó con mi hermano, tú fuiste a una residencia en la cual tu no vivías, y se sentaron precisamente donde estábamos al frente, ellos andaban por allí qué casualidad que se pusieron al frente de nosotros, pero aquí tiene que haber una justicia realmente, aquí tenemos que decir la verdad, no es porque sea mi hermano ya que como toda persona puede defender, su mamá debe estar alegre, y mi mamá está sufriendo yo vengo aquí a dar la cara, esos no le pararon a nada. Es todo…”. A preguntas formuladas por la Fiscalía respondió: “…Yo estuve cuando le dieron la patada, yo lo vi, vi cuando Daniel estaba peleando con él, fue una patada tan fuerte que cayó y cayó en el piso, el motivo por el cual Daniel pelea es porque cuando ve que cuando estaban peleando luego que cuando, siempre estuvimos Michelle, mi hermano y yo, cuando Jordi estaba peleando con Javier, Harold estaba peleando con mi hermano, él bajó y subió y se metió por el lado, cuando mi hermano cae Harold le estaba dando golpes, arrancaron a correr porque ni siquiera se llevaron a mi hermano…”. A preguntas formuladas por la defensa contestó: “…Yo dije que Harold se fue por el lado largo y llegó por el lado corto y llegó a la pelea, mi hermano seguía peleando, Ronald quería entrar a prestar asistencia pero fue cuando ellos ya habían llegado, Daniel estaba peleando con Jordi, y Javier estaba peleando con Jordi, Daniel me estaba separando, Harold venía con el impulso y Javier estaba peleando con Jordi, Daniel nos estaba separando a nosotros, Javier estaba peleando con Jordi, Harold viene con el impulso, cuando Javier estaba pelando con Jordi , Yair ya estaba en esa pelea, mi hermano siempre se mantuvo de pie, pero tuvo que llegar el asesino que estaba allí, a darle la patada, ya que él cae en el muro y todavía le estaba dando patada, yo no le puedo decir qué es lógico porque una persona cuando hiere con tanta furia, eso está en la mente de él, la pelea siempre fue hacia mi hermano, él era la vela de la torta, él se la tenía jurada lo amenazó y todo, si una persona tiene odio llega directamente a la persona y lo mata, pero él se incluyó en la pelea, mi hermano estaba de pie y él llegó y le dio la patada, porque él vino por el lado largo, venía corriendo, yo dije que él salió corriendo por el lado corto y llegó por el lado largo, Harold salió corriendo por el lado largo y vino por el lado corto y le dio la patada, quién le dio la patada fue él, mi hermano peleó con Javier y Daniel, pero mi hermano siempre se mantuvo de pie, donde cayó mi hermano está al frente del carro, fue corto, fue como para ver donde él venía y me dio tiempo, ella estaba en el piso y él seguía, estaba peleando con Javier, y Daniel no estaba peleando con Yair, me imagino como a 5 meses ellos siempre en la residencia jugaban fútbol, mi mamá estuvo de testigo, ella fue a reclamar Harold le dijo que le iba a partir la cara, siendo mi hermano menor de edad y él mayor de edad…”. A preguntas del tribunal contestó: “…Yo si afirmo que él le dio una patada, cuando mi hermano cayó al piso, cuando él venía yo vi a Ronald, pero ya yo estaba gritando, yo estuve siempre con mi hermano, más bien quienes lo llevaron fueron él y Alfredo, yo estaba allí, también dice Maikel en otras declaraciones, porque cuando mi hermano cae todo el mundo dice que estaba allí, me hubiese gustado traer el papel que dice que fue por el golpe, él le dio un golpe, él entró a la pela y me da un empujón, y luego interviene mi hermano, no sé realmente si fue en la cara o no, porque también fue fuerte, realmente no entiendo él fue él que le puso comienzo y fin a esta pelea…”. **********************************

  4. - DECLARACIÓN de la ciudadana ORLANDY DEL R.F.T., testigo promovido por el Ministerio Público, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.869.616, de nacionalidad venezolana, de 38 años de edad, cargo: detective adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, con 15 años de servicios, acto seguido el tribunal le informa que puede solicitar le sea exhibida la Inspección Ocular correspondiente a los fines que ratifique su firma , ello de conformidad a lo establecido en el artículo 354 del COPP, a lo cual solicitó le sea exhibida la misma, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Si reconozco esta actuación hecha por mí, en mi condición de técnico comisionada a posteriori del hecho a que realizara una inspección en las residencias Eiffel, no fui yo quien estuvo de guardia el día que sucedieron los hechos, sino a posteriori…”. Es todo. A preguntas del fiscal contestó: “…Sí reconozco que realicé la inspección, no se colectó ninguna evidencia de interés criminalístico, se trata de un lugar abierto, al frente de la residencia se encontraba el hospital Guarenas Guatire, había como un depósito de basura, no recuerdo qué distancia había…”. A preguntas formuladas por la defensa contestó: “…Dependiendo, cuando se tiene conocimiento sobre el hecho se realiza la inspección técnica pero si a posteriori se evidencia que faltó algo se puede hacer otra inspección, desconozco si en el sitio del suceso hubo alguna alteración, habían vehículos en el estacionamiento no recuerdo cuántos…”. ****************

  5. - DECLARACIÓN de la ciudadana B.J.H. testigo promovido por el Ministerio Público, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.118.130, de nacionalidad venezolana, de 27 años de edad, grado de instrucción: tercer año, quien manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Yo me encontraba esa noche haciendo un recorrido por las residencias, abrí el portón a un propietario, en ese momento me encontré a Harold, Javier y Daniel y la noviecita, los vi tranquilos, bajé al rato a los cinco minutos, está el señor Harold gritando que estaban peleando, me dirigí al sitio, el muchacho se estaba cayendo, habían gente alrededor, habían ocho o nueve personas, pero no sabía si estaba vivo o muerto, de lo sucedido habían muchas versiones, supuestamente lo habían empujado, entonces yo me dirigí para una casa de un muchacho que tenía prohibida la entrada a la residencia y él estaba nervioso, sudado y sin camisa, es todo…”. A preguntas del fiscal contestó: “…Eso fue el 11 de septiembre pero no estoy seguro si fue sábado o domingo, 2005 o 2006 de 12 a 12:30 yo trabajaba de oficial de seguridad, para una empresa privada, cumplía 24 por 24 horas, ese día tenía todo el día 24 por 24, del módulo a donde ocurrieron los hechos habían como 50 metros, cuando me parara no había visibilidad, antes que me llamaran yo no había escuchado nada, enseguida me paré y fui al sitio, yo no llegue al sitio con Harold, él dijo que a alguien estaban matando arriba, él estaba en el piso al lado de una acera, estaba acostado, yo no sé cómo se llama el joven que tenía prohibida la acceso para las residencias, eso me lo prohibió la junta de condominio, era una señora, ese joven estaba en los hechos, después de los hechos como oficial uno recoge información en la gente que está alrededor, el jefe de grupo levantó un acta él se llama Nelson, no recuerdo si la información de la junta de condominio fue verbal o escrita, estaba inconsciente, no tenía herida en particular, no recuerdo a quién se le tomó información pero eso está en el acta, a Yair lo conocía de las residencia pero no de trato igual que a Harold, yo trabajo actualmente de seguridad pero en otra compañía, Harold estaba como pidiendo ayuda, porque estaban peleando, de la casa al sitio del suceso es cerca, yo me voy por el atajo, ese día yo no escuché nada antes, yo hice mi recorrido y no había nadie, los únicos que e.e.H., dos muchachitas más, y me fui a mi garita, me dijo una señora que supuestamente habían matado a alguien, los hermanos Sánchez, cuando uno le estaba preguntando él titubeaba, estaba nervioso…” . A preguntas formuladas por la defensa contestó: “…Creo que se llamaba lenka, la novia, tuve conocimiento que tuvo participación en los hechos, era como el señor presente, de ese mismo color y ese mismo porte, esa misma estatura, eran como 8 o 9 personas, yo fui a la fiscalía de Guarenas, supuestamente la hermana del muchacho es la que ocasiona el problema, de allí viene el problema y vienen los otros muchachos, eran dos grupos, Harold no se vino conmigo por el atajo, yo llego más rápido por el atajo, yo no vi a Harold golpeando a Yair, ni golpeándolo, si sé que ellos estaban bebiendo desde tempranas horas, hasta me ofrecieron un trago el señor que está allí y el señor Jordi, yo me la llevaba bien con él, el vivía allí, habían más de ocho personas, pero no sé la cantidad exacta…”. A preguntas formuladas por el Tribunal contestó: “…Eso fue como a las 11 o 11:30, yo no estaba presente cuando se inició la pelea, yo me enteré cuando Harold va a la vigilancia, Harold se devolvió por donde él vino, después no lo volví a ver, cuando llego al sitio veo a un muchacho tirado en el piso, llega Jordi, sale corriendo y le cae encima al muchacho, después lo ayuda otro muchacho mas, estaban tomando desde temprano, creo que estaba el menor de los hermanos Sánchez, pero lo sé por información, yo lo vi por ahí cerca, pero había bastante gente, no recuerdo en qué lugar estaba, llego al sitio estaba la gente alrededor, llega otro muchacho y se lo vuelve a llevar, yo no presencié la pelea, yo llego al sito, el origen del problema lo sé por información por varias personas que nos dijeron que la pelea vino por la hermana del difunto, ella dice que ella presenció todo porque estaba asomada en la ventana, era una señora mayor como de 40 años, pero no me recuerdo de las características, alrededor estaba Rafael, Ronald, Ámbar, había bastante gente, no recuerdo a más nadie, yo siempre trabajé 24 por 24, yo trabajé como un mes o mes y medio, no me acostumbraba a relacionarme con los propietarios del conjunto, los conocía por nombre, tenía un trato más o menos con Jordi, si le tenía confianza…”.*******************************************************************

  6. - DECLARACIÓN del ciudadano B.A.J.M. testigo promovido por el Ministerio Público, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.556.186, de nacionalidad venezolano, de 20 años de edad, grado de instrucción: bachiller, quien manifestó tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Somos amigos, ese día lo único que sé son las dos versiones que cuentan, ese día yo no estaba presente…”. A preguntas del fiscal contestó: “…Sí conocía al fallecido, jugábamos futbolito, una vez tuve conocimiento que llegaron unos muchachos a la casa, llegaron diciendo grosería mientras yo estaba jugando con Harold, la señora Olga le dice quién estaba gritando, él salió y Harold pelea con el otro chamo, y yo agarro a Yair viene me golpea y me molesto, entonces ellos se van, y no sé cuál de los dos dijeron que esto no se iba a quedar así…”. A preguntas formuladas por la defensa contestó: “…Después de estos hechos volvimos a jugar futbolito pero no considero que ellos fueron enemigos, en una versión que es la que me contaron los muchachos me decía que había una pelea, donde la hermana de Yair había peleado con la hermana de Harold, y que estaba peleando por otro lado otro grupo, y que alguien le dio un golpe, y otra versión dicen que Harold fue a buscar un vigilante, y que la hermana de él discutió con otra muchacha, en ese pleito, no recuerdo quiénes estaban, e.J., Yair, Ámbar, la novia de Harold y la prima…”. ****************************************

  7. - DECLARACIÓN del ciudadano O.E.B.R. testigo promovido por el Ministerio Público, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.633.220, de nacionalidad venezolano, de 19 años de edad, grado de instrucción: universitario, quien manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Yo sé que como a las 11 o 12 estaba sentado como a una cuadra de los hechos y veo al joven Yair que ya estaba tirado, se recogió y se llevó al hospital. Es todo…”. A preguntas del Ministerio Público, contestó: “…Sí, yo estaba dentro del conjunto como a una cuadra, no presencié la pelea que ocurrió en el sitio, él estaba acostado, me imagino que mal, él estaba inconsciente, yo me le acerqué, no sé si tenía o había ingerido licor, no aprecié lesiones, Jordi y Lito trasladaron a Hair, estaba Harold, Yordi, Hair, Ámbar, Stefani, Naike, Daniel, Javier, Ronald, Jimmy, no sé cómo se llama la que es novia, sé que habían dos mujeres, estaba el vigilante del conjunto pero no vi a más nadie, sí había una fiesta en el conjunto, eso fue una fiesta de las mujeres de un equipo de fútbol que estaban celebrando que habían ganado, no sé cómo sucedió esto, yo llegué al centro asistencial, yo recordé que hubo que trasladarlo porque no habían medicamentos o doctores, los que agarraron a Yair fue Jordi y allí supuestamente había peleado Yair con Daniel, no sé si alguien más formó parte de la pelea, está un edificio, la garita está en la entrada y salida de la residencia, yo estaba cerca de la garita, es como una “U”, y en esa “U” está el edificio, en ese lugar se escucharon unos gritos, se escuchó cerca, yo lo único que escuché fueron gritos de una mujer, ella decía auxilio, como dos o tres veces y fue cuando y llegué al sitio, cuando comenzaron los gritos yo pensé que era una pareja que le estaba cayendo a golpes a otra pareja, yo estaba en el sitio y escucho los gritos, cuando llegué ya la persona no estaba gritando, la voz era de una mujer pero cuando llegué ya no estaba gritando, cuando yo llegué estaban terminando de golpearse, cuando yo llegué él estaba acostado boca arriba, Ámbar estaba allí, estaban peleando las dos mujeres, Ámbar y otra muchacha, cuando yo llegué observe a Harold pero él ya estaba distanciado de la pelea, estaba como a 5 o 6 metros; sin embargo él salió a pedir auxilio al vigilante, él estaba en el piso, llegaron más gente y lo trasladaron al hospital, cuando yo llegué al sitio Harold estaba distanciado, él estaba pidiendo auxilio…”. A preguntas formuladas por la defensa, contestó: “…Sí los conocía, en el estacionamiento estaba Jordi, Ámbar, Yair, Ronald, Harold, Daniel, Javier, Stefani, y las dos muchachas que no las conocía, cuando llego él ya estaba en el piso, yo no observé pelea, no sé cómo sucedieron los hechos, no vi pasar a ningún grupo de persona, yo estaba sentado con un compañero, estábamos conversando y es cuando escucho las voces, a Yair lo levanta Jordi, cuando Jordi lo levanta y él no puede y es cuando lo ayuda Alito a levantarlo…”. A preguntas formuladas por el Tribunal, contestó: “…El vigilante ya estaba, pero Harold estaba distanciado y empieza a correr, cuando yo llego Harold estaba pero hacía abajo, el vigilante estaba atrás del caso, el vigilante podía ver todo lo que se encontraba, los hermanos S.e. en el sitio, estaban peleando con Jordi, se encontraba como a un metro del sitio, la hermana de Yair se estaba cayendo a golpes con una muchacha, cuando yo llegué todavía estaban peleando, no presencié fue la pelea de Yair, el vigilante estaba presenciando la pelea, Harold sale corriendo hacia debajo de los hechos, quedan más edificios, a Yair lo conozco desde hace como 4 años, con Harold también tenía trato, no sé si entre ellos había habido alguna discusión o pelea antes, Jordi es un vecino de nosotros, también era amigo mío, todos los conocíamos como Jordi , ellos se mudaron después, no sé quién era el novio de Ámbar, la novia de Harold era la muchacha que estaba allí, pero no la conozco ni nada…”. ********************************************

  8. - DECLARACIÓN del ciudadano P.J.G., titular de la Cédula de Identidad N°V-13.710.390, de nacionalidad venezolano, de 31 años de edad, grado de instrucción: MÉDICO CIRUJANO, , cargo: actualmente laborando en el Hospital M.P.C., con 09 años ejerciendo la profesión, manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…En el primer juicio se me hicieron preguntas, yo vine como perito en un primer momento…”. A preguntas del Ministerio Público, contestó: “…Tengo 9 o 10 años en la cirugía, actualmente soy estudiante de post grado de neurocirugía, en el hospital P.C. me he desempeñado en neurocirugía, el 11-09-05 estaba laborando en el hospital, sí recuerdo haber recibido a un adolescente de Guarenas, ingresó entubado procedente de un hospital de Guarenas, ingresó inconsciente, habían signos de trauma, el paciente estaba inconsciente, aseverar que se debía al traumatismo no recuerdo, no sé en qué desencadenó ese traumatismo, eso depende del grado, hay distintas escalas que lo califican, se hace en leve moderado, es un paciente que llega inconsciente, entubado, en ese momento se habla de severo, sin embargo si se entubó por razones no puedo especificar que se haya debido a la decisión que tomó el médico, cuando un paciente viene entubado no se puede aseverar que fue por el traumatismo, pudo haber sido por otra causa, en ese momento lo califiqué como traumatismo severo, no recuerdo si tenía otro signo de violencia, directamente este diagnostico no fue causante de la muerte, yo realmente lo que hice fue la historia del paciente luego que ingresó a terapia intensiva, pasó a los intensivistas, ello depende de la evolución del paciente, cuando el paciente en ventilación mecánica tiene que ser referido a cuidados intensivos, todo paciente con ventilación mecánica está en coma, y hay que asistirlo, tengo entendido que falleció luego de terapia, no sé si la terapia lo mantenía con vida, las hemorragias intra inglinales, pero debo leer la historia, entre otras cosas traumatismo craneocefálicos severos, se asocia a una convulsión, asfixia y es necesaria la ventilación mecánica, está aumentada la presión, comas barbitúricos, para bajar ese mecanismo, para que baje el edema cerebral secundario que se puede producir, esto lleva a que una vez estando en terapia intensiva independientemente lo que tenga el paciente lo debemos llevar a su salida de terapia, eso se debería de conversar con u terapista, es probable que este traumatismo haya sido causado con un objeto contuso, necesitaría detalles del caso del paciente, el informe de ingreso, t.s.e son las siglas internacionales para el traumatismo cranencefálico, ya que por su velocidad, son altas o bajas, hay una cantidad de energía importante, y para nosotros eso tiene unas condiciones particulares puede ser h.s.a son siglas para hemorragias post traumáticas, uno se hace inicialmente, y la otra cuando es en forma espontánea, ya que una corresponde a lesiones vasculares, ya que una lesión puede romperse y sangrar, y la post traumática es producto de esos vasos, y que se producen producto de esta energía que llevó al traumatismo, el paciente llega con estado de ventilación mecánica, hasta que ameritó la colocación de un tubo, y se pudo haber pasado de la cámara gástrica a su vía respiratoria, cuando hay inconsciencia, si no hay nadie que refiera, es un diagnóstico que se deja de hacer y se podría complicar un paciente, la brocoaspiracón tiene un 80 por ciento de probabilidad de mortalidad, todo lo que puede estar allí, se producen neumonías, se puede afectar al paciente, esto va a alterar la oxigenación cerebral y hay que tener consecuencias importantes, si una persona deja de respirar por tres minutos pude traer consecuencias, blas es una escala, en un sitio, es una clasificación para los estados de conciencia, y esto es la respuesta visual verbal y motora, luego se hicieron ciertos estudios, estas escalas tenían ciertas probabilidades de vida es una escala que va de 3 a 15, y 15 puntos que es los que tenemos todos los que estamos aquí, yo lo ingresé en la emergencia él estuvo en la terapia, y no recuerdo la evolución en la terapia, tendría que ver la historia para saber si él evolucionó o no, una persona con un golpe en el estómago teóricamente sí, porque el nervio ovaco que es muy largo produce taquicardia, hipertensión, y un traumatismo importante en la boca del estómago pudiera causar una inconsciencia, porque este nervio produce un corto circuito, si un paciente sufre un traumatismo abdominal y ya tiene una lesión se puede producir un show hipovolémico, la contextura de una persona no influye, ya que debe tener una condición persistente, que los vasos no mantengan un flujo cerebral, no recuerdo el nombre del médico adjunto, nosotros llenamos la historia clínica, bajo la supervisión de un especialista…”. A preguntas formuladas por la defensa, contestó: “…Sólo lo tuve el ingreso, lo que tardé en llegar a evaluarlo hacerle estudios de máquina y tomar la decisión de ingresarlo a terapia, tengo entendido que hubo una infusión respiratorio, fue por un problema respiratorio, no recuerdo que hayan nombrado que haya tenido otros problemas, ya que no había nadie que estuviera en el momento del trauma, si el paciente esá inconsciente no amerita entubación, tengo referencia de lo que manifestó la Dra. que lo vio en ese momento que era de un servicio de pediatría, no recuerdo que haya tenido estigmas de trauma, creo que una herida del cuero cabelludo, pero no recuerdo, lo que sí recuerdo es que o habían estigmas de trauma, como para considerar el estado en que se encontraba él para ese momento, nos habla que hubo un mecanismo de trauma y una lesión, que fue preexistente no sabemos si hubo o no tuvimos que haber hecho una autopsia, ya que esos pacientes tuvieron que haber tenido un golpe en la cabeza, y eso se haría por medio de un estudio de tomografía, la hemorragia suranoidea, ese paquete traumático va a llevar a un efecto en particular, se le atribuye al traumatismo, cuando hablamos de un paciente de emergencia se tiene que hacer consideraciones particulares, y así pasa con muchas patologías médicas, generalmente lo traumático es muy rápido, ya que lo traumático llega de repente, esta hemorragia es un sangrado fuera del vaso, la causa que hace que esos vasos hayan sangrado saber si fue el traumatismo, y se debe realizar un estudio, no puedo decir qué causó con certeza esa hemorragia…”. *****************************************************************************

  9. - DECLARACIÓN de la ciudadana L.A.A.D. testigo promovido por el Ministerio Público, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.365.735, de nacionalidad venezolano, de 20 años de edad, grado de instrucción: bachiller, quien manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Los hechos comenzaron a partir del momento en que nos encontrábamos en una fiesta en las residencias eiffel, estaba Harold, Gabriel, Daniel y mi p.G., yo me encontraba en la ventana, estaba Ámbar, y donde yo me encontraba las luces estaban apagadas, la vi y le dije que bailaba horrible, luego bajamos al rato, luego fuimos al otro lado del edificio, estábamos Harold, Gabriel, Daniela, Gabriela y yo, al rato llegó ella con Stefani y otra muchacha, después llegaron otros muchachos, y ella llegó preguntando que quién había dicho que bailaba horrible, ella comenzó a intercambiar palabras conmigo y Harold le dice que bajara el tono de voz, ella se molestó, el hermanito estaba con ella se metió con Harold, y le dijo que no iba a meterse con alguien que no era de su edad, luego salió un muchacho que se llamaba Jordi y se puso a pelear con Harold, en el momento que Ámbar me va a agredir mi prima le dice que no me pegue, yo estaba sentada encima de un carro grande, al frente mío estaba Yair peleando con Daniel, a Javier le cayeron como 4 muchachos encima, yo no sé de dónde salió tanta gente, nosotros éramos 5, veo que a mi prima la esta agrediendo Stefani, yo empiezo a notar que Harold no está por ningún lado, yo estaba preocupada, como yo no veía a Harold, veo que Yair se cae y Daniel le dio una patada Yair se vuelve a levantar como buscando devolverle los golpes a Daniel, él da un paso para atrás y él se cae, yo pensé que se tiró para el piso como pantalleando pero me doy cuenta que es verdad porque la hermana de él se acerca, veo a Harold por allá ya Ámbar había soltado a mi prima, en eso yo veo que llega un muchacho que se llama Rafael preguntando qué había pasado, él era del grupo de aquéllos, pero afuera no había gente, pasó un muchacho que vivía más arriba, no recuerdo bien cuándo pasó, él se llama Oscar, luego se lo llevaron al hospital, ellos se acercaron a la casa, le tiraron piedras a las ventanas los amenazaron, le tiraron piedras al apartamento nos insultaron, nos amenazaron…”. A preguntas del Ministerio Público, contestó: “…Yo era su novia, actualmente no, somos amigos, después no me he visto con él, la fiesta era porque el equipo de fútbol femenino había ganado, Harold no practicaba en ningún equipo, yo estaba con Javier, Daniel, Harold, mi prima y yo, desde las 8 hasta las 11 de la noche de ese día, a las 8 yo todavía no había llegado a Eiffel, yo llegué allí como a las 10 de la noche, Yair se acerca a Harold porque Ámbar me estaba hablando en un tono alto y a Yair eso le molestó, Ámbar no estaba al momento que yo bajé, ella bajó después, ella estaba con Stefani, habían otros muchachos, pero sí habían otras personas, sí hubo contacto con Yair y Harold, Harold le baja las manos y se mete Jordi, yo no tengo ninguna participación, mi prima fue la que cayó, y a Javier que lo agarraron varios muchachos, resultó lesionado Yair, mi prima tenía la cara hinchada y moreteada, y Javier, ellos se estaban cayendo a golpes normal con las manos, pero nadie tenía ningún objeto, la posición mía yo estaba en la maleta de un carro, atrás había un edificio, al lado del edificio había una caseta; y para la calle principal había que darle la vuelta, incluso para ir a la vigilancia había que dar la vuelta, en la fiesta estaba Harold, habían puros niñitos, allí en ese entonces nosotros no bebíamos, la contextura de él era un niño de catorce años, bajito, era delgado, la pelea como tal la comenzó Ámbar por un comentario que yo había hecho, yo sólo vi que lo golpeó una sola persona, era Daniel, Harold no estaba por todo eso, él se perdió, la que estaba más cerca de él era Daniela, a Harold no lo veía, él no estaba allí, Harold se ausentó al momento de la pelea, él estaba peleando con Jordi, si escuché algo a lo lejos pero no recuerdo exactamente si era la palabra auxilio, Ámbar estaba gritando que a mi mamá le iba a dar algo, no sé dónde estaba Harold, estaba peleando con Jordi, ellos empezaron a pelear frente mío, pero después se fueron a una jardinera que estaba por allí, pero motivo preciso no sé, sí llegó un vigilante al sitio de los hechos pero al final, cuando estaba Harold, Jordi, había llegado Rafael, hay una parte por donde se llega más rápido, él llego por allí, yo bajé con Harold y una prima, cuando Yair y Daniel se empieza a agarrar de las manos en ese momento ya Harold se estaba cayendo a golpes, Harold no estaba, incluso cuando Yair se cae al piso, harold no estaba, él se cayó solo, el se había caído la primera vez, y luego se volvió a parar y luego el muchacho se cayó para atrás y se cayó, no vi si le dieron una patada en la cabeza, mi prima y las otras dos muchachas estaban al frente, Harold y Jordi sé que peleaban por otro lado porque cada quién agarra para su lado, obvio yo no me voy a quedar viendo fijamente a una persona, veo que a mi prima le estaban halando por el cabello, yo no hice nada…”. A preguntas de la defensa, contestó: “…Ellos eran prácticamente igualitos quizás Daniel un poquito más alto que Yair, pero eran de la misma contextura, no recuerdo quién es Maikel, pero si veo a la persona de repente me acuerdo, los que estaban con Ámbar cuando llegaron no tenía nada en la mano, creo que Ronald tenía un refresco, pero sí olían a alcohol, Jordi es un poco alto, sí tenía su contextura normal, era grande, era el más alto y corpulento, eran como 11 o 12 personas, de donde estaba Yair al hospital es como una cuadra, si tomamos en cuenta la distancia, cuando Yair se cae no vi si habló, él quedó en el piso, la primera vez se cayó y Daniel le dio unas patadas, a él se lo llevaron al hospital, yo no me acerque mucho a su cuerpo, no vi qué le había pasado, eso es el estacionamiento de eiffel, habían puros carros y la jardinera, Harold trató de impedir la pelea y Javier quien decía no se peleen y lo agarraron a golpes…”. Durante el careo realizado en el juicio oral y público, esta ciudadana manifestó: “…En el momento que iniciaba la pela Harold se encontraba con Yordi, en el momento en el que Daniel le da la patada a Y.H. no se encontraba allí, como a los 45 segundo o un minuto, yo volteo hacia la zona del poste, Harold estaba llegando y estaba lejos de Yair, con relación al dicho de Ámbar primero dijiste que Harold no estaba peleando con Jordi, ahora dices que si está, es totalmente falso lo que ella está diciendo Harold no le pegó a Yair, ahora si vas a decir una mentira ordena las ideas, porque lo que estás diciendo no tiene sentido para nada, es imposible que hayas visto que Harold le pegó a Yair, yo quería aclarar algo, si yo estoy mintiendo que me castigue dios porque bastante que creo en él, tu dijiste que tu y yo nos estábamos cayendo a golpes, a mi me han enseñando que uno no se tiene que meter con los demás, eso me parece demasiado marginal, de hecho mi prima es más chiquita que yo, entonces ella quiere venir acá a contar algo que no pasó, si le dieron una patada, eso no tiene ni lógica ni sentido, yo no te di golpes, si tu sabes que Harold estaba retirado de Yair, pero al tu decir que estaba lejos es de lógica, no tiene sentido. Es todo…”. A preguntas formuladas por la Fiscalía respondió: “…Fue Daniel y Yair, yo estaba en un sitio y vi todo lo que pasó cuando Yair cae, Harold estaba retirado hacia la esquina, no creo que una persona por lógica si tú estás corriendo le vas a dar una patada y te vas a quedar parado allí, yo aprecié todo lo que estaba ocurriendo porque yo me mantuve sentada en la maleta de un carro, todos ellos estaban sentados al frente mío, cuando Yair se cae llega Harold por allá, yo tenía todo eso en mi panorama al frente, yo de allí no me moví en ningún momento, eso fue lo que yo dije en la reconstrucción de los hechos…”. A preguntas formuladas por la defensa contestó: “…No había ningún obstáculo, delante del carro no había nada, sólo gente peleando…”. A preguntas del tribunal contestó: “…Al principio cuando Yair le dice que si quiere pelear con alguien él le da un empujón, luego Harold pelea con Jordi, pero ellos no pelearon, pero Harold llega cuando Yair estaba en el piso, Yair empujó a Harold y él le bajó las manos, y fue cuando se metió Jordi a pelear…”. ****************************************************************************

  10. - DECLARACIÓN de la ciudadana S.C.A.L. testigo promovido por el Ministerio Público, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.104.859, de nacionalidad venezolano, de 19 años de edad, grado de instrucción: quinto año de bachillerato, quien manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Eso no me recuerdo la fecha fue hace más o menos tiempo, íbamos a empezar a tomar cuando llegamos al sitio, todos empezaron a discutir cuando empezó la pelea, las dos muchachas se le van encima a Ámbar y yo para defender a Ámbar le quité a la otra muchacha, no recuerdo en verdad mucho si me hacen preguntas sabría contestar, es todo…”. A preguntas del Ministerio Público, contestó: “…Abajo estaban cuando fue el hecho al principio estaba Ámbar, Jordi y yo, la pelea se suscita porque Lorena le estaba gritando a Ámbar, cuando Ámbar le reclama a L.e. estaba con Harold, Daniel, Lorena y otra muchacha, entre Yair y Harold, no recuerdo si hubo intercambio de palabras, Harold empujó a Ámbar con la mano, Harold recuerdo que le dio una sola patada a Yair, esa discusión duró como 20 segundos, en ese momento Yair peleó con Javier, yo vi cuando Y.c. al suelo, cuando Harold le da la patada y cae al piso él se levanta y Daniel lo empujó, le empezaron a pegar Daniel, Harold se ausentó del lugar, salió corriendo, no observé cuándo él regresó, las dos muchachas estaban peleando con Ámbar y yo defendía a Ámbar, Sánchez y Harold, D.e. cerca de Yair, Daniel estaba retirado, cuando Yair cae estaba presente Harold, entre la caseta y el lugar del hecho es como de aquí a la entrada de abajo, Harold fue el primero que golpeó a Yair, no recuerdo que Harold se enfrentara a golpes con otra persona en el sitio, Harold no le prestó apoyo a Yair, lo socorre es el hermano de Daniel, decía llévenlo al hospital, yo conozco a Harold el tiempo que tengo viviendo en el edificio como 13 años o menos, Harold que recuerde él practica futbol nada más, no recuerdo que Harold le haya dado un golpe en la cabeza a Yair, entre Daniel y Yair, duró la pelea como 10 o 15 segundos Yair estaba mareado de la patada que le había dado Harold, esa patada yo la vi, no sé por qué Harold se ausentó del sitio, no estaba un vigilante presente en los hechos, el motivo de la fiesta era porque las mujeres habíamos ganado el juego de fútbol, yo estaba temprano, yo practicaba fútbol, sólo cuando practicábamos veía a Harold practicando fútbol, la señora Erika estaba viendo eso, ella vive en el mismo edificio, es elka o algo así, ella no tomó ninguna previsión para evitar la pelea, sólo estaba viendo por la ventana, no recuerdo el apellido…”. A preguntas formuladas por la defensa, contestó: “…Esta pelea se empieza porque Lorena le estaba gritando a Ámbar, cuando empieza la pelea nosotros estábamos en el estacionamiento, ellos estaban y nosotros llegamos, Ámbar, Jordi, Ronald, Maiker y yo, Ámbar le empieza a reclamar a Lorena y es cuando sale Harold y la empujan, y ella le dice que por qué lo hace porque es pelea de mujeres, luego empezó la pelea, no recuerdo si Jordi tuvo participación, Jordi era un vecino, Jordi estaba presente cuando Yair estaba peleando con Daniel, Jordi sale corriendo como persiguiendo a Harold, Harold sale corriendo cuando Yair estaba en el piso, Daniel le dio patadas, ellos tenían la misma contextura, en algún momento ellos estuvieron peleando de pie, como 10 o 15 segundo, cuando Ámbar le reclama a Lorena, Harold empuja a Ámbar, y es cuando Yair se mete y Harold le pega la patada y se queda viendo para los lados, cuando ve que Harold sale corriendo a su casa, él no sabía qué hacer, estaba peleando Ámbar con las dos muchachas, yo no resulté lesionada, las otras muchachas tampoco, naikar no peleó, cuando Harold le da la patada a Yair cae al piso, se cae, cuando se para empieza a pelar con Daniel, cuando lo ven convulsionado todos salen, no recuerdo si Javier participó en la pelea, sé que si estaba allí, Ronald estaba parado viendo, no recuerdo si participó, Octavio llegó al final, naikar estaba parada viendo, todas estas personas estaban viendo sin hacer nada, Harold le dio una patada a Yair al principio…”. A preguntas formuladas por el Tribunal, contestó: “…No sé dónde vive Ronald, pero a él no lo he visto más, sólo vive el padrastro, Erika sí vive allí, no sé donde vive Naikar, ella ya no reside en eiffel, no sé dónde vive Gabriela, ellos estaban sentados encima de un carro, nosotros llegamos cuando Ámbar le insulta a Lorena, cuando Harold empuja a Ámbar, Yair le empieza a decir palabras a Harold, le da la pateada, él se para y le da por el estómago, él se levanta y le empieza a dar a Daniel, cuando él cae la primera vez es por la patada que le da Harold, luego él se para y pelea con Daniel y duró como 10 segundos la pelea, cae por la misma patada que le dieron, cuando cae Daniel le empieza a dar patadas, yo presencié todo esto, cuando Harold le da patada a Yair no sé si Harold nuevamente le pega a Yair, él no pelea con otra persona, Harold le dio la patada se quedó viendo y salió corriendo, no recuerdo si intervino nuevamente en la pelea, allí estaba yo, Lorena, Ámbar, no estaba más nadie porque Octavio llega después cuando ve a Yair tirado en el piso, e.H., Javier, Daniel, Lorena la otra muchacha, Á.R., Jordi, Naikar y yo, Gabriela…”. *******************************************************

  11. - DECLARACIÓN del ciudadano R.O.D.J.T.Á., titular de la Cédula de Identidad N° V-18.092.711, de nacionalidad venezolana, de 24 años de edad, grado de instrucción: bachiller, manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Yo estaba hablando por teléfono con mi novia, se acercó donde estaba Harold y otro grupo de muchachos se acercó a reclamarle algo, yo no escuché qué era, entre todos se dieron golpes, Yair cae al suelo, luego se levanta se vuelve a caer y no se paró más, es todo…”. A preguntas del Ministerio Público, contestó: “…Yo estaba al frente de la antigua caseta del condominio, habían como 8 o 9 metros de donde yo estaba a la pelea, por el lado de Y.e. 4 personas y por el otro creo que eran dos personas, eran 6, ellos le reclaman a Harold y allí mismo empezó la pelea, lo sé por la forma como lo hacían, él se cayó se volvió a parar, se volvió a caer lo golpearon, el primer golpe se lo da Harold a Yair y en eso se meten todos a pelear y las dos muchachas se meten en el carro, no recuerdo si Harold se retiró del lugar, porque Yair cae al suelo y todo el mundo empezó a correr, pero lo vi en dos oportunidades caer, cuando él cae la segunda vez estaba Daniel, Javier, y no recuerdo bien habían varias personas, en un momento de la pelea él fue a buscar al vigilante recuerdo que Javier decía que no pelearan más, él cae encima de la acerita, esa acera estaba relativamente cerca, pero la pelea no empezó allí, se fue rodando, todo el mundo gritaba, no recuerdo con exactitud qué decían, Daniel decía ya paren la pelea, y después vi a Harold correr como a la salida, había mucha gente allí, a Yair lo llevamos Alfredo, Alexander y yo al hospital, él estaba inconsciente, estaba botando algo blanco por la boca, la primera parte de la pelea yo pensaba que era una pelea como cualquier otra pero la segunda pelea vi que la cosa era grave, de donde ocurrió el hecho al hospital serán como 60 o 70 metros, no vi a los demás para ver cómo estaba Yair en el hospital, yo soy vecino del sector, a Yair lo conocía de toda la vida, y a Harold también, Yair jugaba futbol, me imagino que en algunas ocasiones jugaban juntos, supe que una vez tuvieron un problema, con anterioridad pero no sé qué tipo de problema…”. A preguntas formuladas por la defensa, contestó: “…“Dijeron por chismes lo de la pelea, yo no soy nada deportista pero sí sé que todos ellos jugaban, yo estaba allí mismo y fui a tratar de ayudarlo rápido, estaba su hermana, Ronald, Mikel y no recuerdo quién más estaba con Yair, no le sabría decir si estaban ingiriendo licor, si me considero amigo de Ámbar, no íntimo, Yair no era mi amigo, más de mi hermano, en la pelea estaba Harold, Daniel, Javier, Yair, y no estoy seguro si las dos muchachas pero una de ellas peleó con Ámbar, yo estaba hablando por teléfono, yo vi la mano de Harold pero si vi, no vi dónde lo golpeó, la pelea siguió duró como minuto y medio o dos minutos, primero le dio a Harold, luego peleó con Daniel el más pequeño pero todo fue rapidísimo, con Harold peleó Maikel, se dieron varios golpes, eso fue un todos contra todos, la primera vez que cayó creo que el golpe se lo dio Daniel, y la segunda vez no vi quién lo golpeó, Maikel y H.e. peleando allí era como un círculo, era un todos contra todos, en ningún momento se c.Y., el papá llegó como a los 45 minutos…”. A preguntas del Tribunal respondió. “…La primera vez yo sé que Harold le dio a Yair, se empujan y él lo golpea, no sé en qué parte del cuerpo lo golpeó, pero sí estoy seguro que no fue en la cara, allí comenzó la pelea, todo el mundo se metió, a Yair lo golpeó Harold, Daniel, que recuerde más nadie, Harold se iba para los vigilantes, pero eso fue cuando Yair cae, no vi si Harold regresó al lugar, yo vi cuando Y.c. la segunda vez, vi que se golpeó en la cabeza con la acera, esa caída me imagino que fue por un golpe, pero no tengo la certeza, yo estaba parado, él se echó hacia atrás y cayó pero no sé si fue que se tropezó o por un golpe, él se rompió la cabeza con la acera, y de allí no se pudo levantar más, a Harold no lo volví a ver, luego el papá de Javier y Daniel fueron al hospital, cuando Harold le da el golpe a Yair, Maikol golpea a Harold la pelea siguió, y Harold golpea a Yair y Yair le mete un golpe a Harold, el minuto y medio que duró la pelea no fue todo el tiempo con ellos, luego Yair siguió peleando con Harold, la primera caída fue producto de una patada que le dio Daniel, aparte de Ámbar estaba Lorena, y había otra muchacha que no sé quién es, Lorena era la novia de Harold en ese momento, no observé que Harold le diera una patada a Yair, si lo hizo no vi, yo presencié toda la pelea, no lo recuerdo si posteriormente Harold le dio golpes a Yair, el primer golpe si lo vi…”. ******************************************************

  12. - DECLARACIÓN del ciudadano L.J.S., titular de la Cédula de Identidad N° V-15.874.784, de nacionalidad venezolano, de 24 años de edad, grado de instrucción: adscrito al CICPC, con 05 años de servicios, manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Fui comisionado en el hospital P.C., estaba de guardia inspeccionamos el cadáver, es todo…”. A preguntas del Ministerio Público, contestó: “…Hace cuatro años, no recuerdo, no recuerdo la causa de la muerte, la inspección se practicó en el hospital P.C., nosotros para ingresar al hospital trabajamos en compañía del técnico y la actuación se remite al lugar que corresponde…”. *******

  13. - DECLARACIÓN del ciudadano H.H.G.R., titular de la Cédula de Identidad N° V-628442, de nacionalidad venezolana, de 64 años de edad, grado de instrucción: adscrito al CICPC, con 27 años de servicios, cargo o rango: Agente, manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Que me pregunten porque no sé de qué caso se trata, es todo…”. A preguntas del Ministerio Público, contestó: “…Tengo 27 años de servicio, para el 20-09-05 me encontraba destacado en la vega, mi trabajo es ir al P.C. e inspeccionar a los cadáveres, pero no sé quién es ya que se inspeccionan 10 o 15 cadáveres, sí reconozco la firma, se traba de un cadáver de 14 años, en el ojo izquierdo, no le llegan a hacer la autopsia, no recuerdo el nombre del cadáver, no realicé otra actuación en la investigación…”. *****

  14. - DECLARACIÓN del ciudadano JOSHUÁN J.G.R., titular de la Cédula de Identidad N° V-15.128.415, de nacionalidad venezolana, de 27 años de edad, grado de instrucción: DOCENTE, quien manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Mi persona era el profesor de futbol de un equipo que teníamos allí en la residencia, en el conjunto residencial Eiffel, Harold era el asistente mío, lo hacía en forma gratuita, una tarde teníamos un juego en la cancha que está por castillejo, en la categoría femenina, ese día salimos victoriosos, las niñas dicen que quieren celebran una fiesta, yo les dije que me gustaba eso, ellas me dijeron que le iban a decir a mi novia, en la fiesta los invitados eran los participantes del equipo, era una fiesta infantil, yo estoy en el cuarto y estoy viendo un juego de futbol, yo salgo porque hay una pelea entre Greiska, y Naike, yo hablo con ellas, posteriormente vuelvo a ingresar a la fiesta, en la escalera logro intercambiar palabras con Yair, estaba Jordi, Ámbar, escuché que Naikar había entrado a bailar a la fiesta en forma provocativa, luego escucho desde el estacionamiento había un intercambio de palabras entre el grupo donde andaba ámbar y Lorena, habían dos grupos que tenían un descontento ese día, también andaba Ronald con ellos, algunos andaban tomando licor, llegan las doce de la noche, yo decido que se acaba la fiesta, Harold había prestado el sonido, él se retiró de la fiesta un tiempo y luego se volvió a reintegrar, estaban varias personas, en ese instante mi novia dice que la niña tiene hambre, yo bajo al hospital de Guatire, y me voy donde el perro calentero, y escucho una sanpablera, en esa época el ambiente estaba violento, en segunda oportunidad no le hago caso al segundo llamado, en la tercera oportunidad, veo que la cuestión es más grave, a la niña la dejo en el perro calentero, cuando ingreso a la residencia observo que traen a Y.Z. cargado, llego yo y lo traslado al hospital con ellos, lo internamos inmediatamente, una revisión rápida dicen vayan a buscar a la mamá porque este niño está malito, malito, fui a buscar a la señora, pero ella no me contesta porque estaba dormida, yo le dije que él se cayó en una bicicleta y se cayó, y la señora se va, después de los comentarios ella dice que está en el balcón ella hace un testimonio que Harold estaba llamando al vigilante pero él no hacía caso, otro compañero dice que Harold estaba buscando el vigilante, otro comentario dice que la pelea se armó por peleas entre mujeres, es todo…”. A preguntas del fiscal, contestó: “…Sí conocía a Yair desde que estaba chamito, tenía como 4 o 5 años, él participa en el equipo de futbol, desconozco si Harold y Yair tenían diferencias, Yair lo vi, pero si lo vi dentro de la casa fue por pocos instantes, donde sí lo vi fue en la escalera, sí sé que el grupo con el que él andaba estaba tomando licor, lo trasladan porque Yair estaba en el piso y estaba inconsciente, desconozco que él cayó al suelo por una pelea, escuché que fue por una pelea, escuché que Ámbar y Lorena parecen que tenían unas diferencias, eran como las 12 de la noche cuando sucedió la pelea, estaban por lo que escuché, Gabriel, Daniel, Jordi, Ronald, Steffani, Ámbar, Lorena una p.d.L., Harold, no estoy seguro si rafael, Naika, Javier resultó lesionado en el rostro y Y.Z., Jenny y Carlos fueron los que me dijeron lo de la pelea, hay un sitio que se llama el triángulo, dicen que Harold iba al triángulo y decía vigilante están peleando, también recuerdo que Jordi me comentó que H.s. corriendo, por lo que tenía conocido el vigilante tenía una flojera, lo trasladan Jhonny, Ronald y Octavio y luego yo me reincorporo nosotros trasladamos a Yair al hospital, nosotros teníamos como dos años trabajando con el futbol pero solo por temporadas, él era el único que me ayudaba, Yair era flaquito, pesa unos 45 kilos y Harold 75 kilos y en edad harold 18 y Yair 14 años, del perro calentero al sitio donde ocurrió el hecho eran como 100 metros, no tuve campo visual para ver, la pelea se suscita como en un radio de 40 metros, dicen que Harold, Daniel le habían metido una patada…”. A preguntas formuladas por la defensa, contestó: “…Daniel tenía una mayor contextura, Daniel era más atlético, Yair era flaquito menos acuerpadito, por mi regencia lo que yo me imagino es que cada quién buscó su tamaño para pelear, realmente habían dos grupos que se estaban enfrentando, Jordi lo conocía, él medía como 1.80, era flaco, con Jordi hablé varias veces en el hospital, como yo vengo cargando a Yair, me dan acceso al hospital y me informa el médico por eso yo busqué a la señora, para avisarle, esa pelea para mi duró como 1 minuto y medio, a lo mejor es mucho, yo colaboro a cargar a Yair, iban tres y yo fui al cuarto, por los comentarios parece que Yair cae, la pela dura un rato más, y después es que ven a Yair, sé que Jordi decía que Javier estaba y que Daniel era el más machito, pero él era como el que defendía al hermano, Ámbar es como muy euforia, podría catalogarse como una persona violenta, ella estaba llorando en el hospital, Jordi y Ámbar tenía conocimiento que eran novios, me comentaron que Jordi murió de varios disparos, de donde sucedieron los hechos al hospital hay como 40 segundo o un minuto, no tengo referencia de cuánto tiempo transcurrió desde que sucedió la pelea hasta que lo llevaron al hospital, tengo conocimiento que el grupo de Harold, Daniel, Javier, Lorena y la prima se ubican en un carro, entonces ellos son abordaos por Yair, Ámbar, Steffani, y otros, la discusión fue por problemas de mujeres, por una tontería…”. *************************************

  15. - DECLARACIÓN de la ciudadana E.M.N.D.R., titular de la Cédula de Identidad N° V-2.766.991, de nacionalidad venezolana, de 54 años de edad, grado de instrucción: Técnico Superior en Turismo, quien manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…No recuerdo la fecha de los hechos, pero si en ese momento lo que ocurrió fue que había una pelea, enfrente de todas las personas que estaban en el estacionamiento y habían muchísimas personas y todas estaban como todas peleándose entre sí como un colectivo y esto lo observé desde un cuarto de mi casa porque vivo en la planta baja y estaba también observando la situación que cada vez se ponía más tensa y al final decidí retirarme de la ventana porque estaba muy fuerte lo que estaba ocurriendo y estaba con la niña de 7 años y no quería que se impactara con lo que estaba ocurriendo, posteriormente tengo entendido que se cayó no me acuerdo el nombre del muchacho, yo no vi dónde cayó porque mi apartamento está aquí y aparentemente yo no lo vi que se había caído, que perdió el equilibrio y yo no lo vi para nada porque mi apartamento está en una esquina, posteriormente algunas personas lo levantaron del piso y lo trasladaron al hospital de Guatire y hasta ahí, es todo…”. A preguntas del fiscal, contestó: “…La ubicación de mi residencia es en el conjunto residencial edificio E-14 planta baja, esa pelea fue en la planta baja del otro lado, o sea en la parte de atrás, este es mi balcón y la pelea se inició en el otro lado no sé exactamente a qué distancia pero unos 20 metros más o menos, yo si conocía a Y.Z. él vivía en el Conjunto Residencial Eiffel pero no sé el edificio, no le sé los nombres de los que peleaban pero sí era un colectivo, no recuerdo que Y.Z. estuviese en esa pelea porque por donde yo estaba el comentario fue que él había caído por una herida, más yo no recuerdo que estuviera allí, es mi apreciación que haya sido por una herida, no recuerdo qué persona me dijo eso, no sé por qué se creó la pelea, yo pienso que él perdió el equilibrio porque alguien me lo comentó yo me quité de la ventana porque aquello era patético, yo lo que pienso es que, yo no lo vi cuando él cayó, alguien me comentó que había perdido el equilibrio, quién fue no lo sé porque habían muchas personas ahí, esa persona no me comentó más nada, sólo se limitó a decirme que había perdido el equilibrio pero tampoco me dijo si fue que le dieron un golpe o algo, yo permanecí como 15 minutos nada más en la ventana y me retiré con mi hija, fue por muy poco tiempo, yo me asomé porque había mucha bulla afuera, habían muchas personas afuera, habían personas sentadas en los vehículos aunque no sé cómo comenzó toda esa pelea, no sé si eran gritos o palabras lo que decían, todos estaban contra todos, no recuerdo haber escuchado ninguna palabra, estaban muy agresivos, sumamente agresivos, de darse golpes, de pelearse también las muchachas con los muchachos, cada vez se ponía más fuerte la pelea y por eso nos quitamos de la ventana, eran muchachas con muchachas, muchachos con muchachos y muchachas con muchachos, eran muchos, eran como 20 personas en total, una persona recogió a YAIR y lo llevó para el hospital esto me lo dijeron pero no recuerdo quién lo agarró y fue con él al hospital, no supe cómo se encontraba YAIR pero sí supe como a las 12 de la noche cómo se encontraba, yo me enteré que él había fallecido porque al día siguiente me lo comentaron, yo me retiré de la ventana, me acosté a dormir porque tenía que ir a trabajar y al día siguiente me dijeron que había fallecido, yo no tengo mucha confianza con la familia ZAPATA, conozco a la familia SERRANO pero no tengo contacto con ellos, además nunca supe el nombre de ellos ni los apellidos, YAIR recuerdo que era un niño pequeño, blanco, jugador de Taeboo y esas cosas, tenía conocimiento de ello y era de contextura bastante delgada, la casilla de botar la basura está retirada como 5 metros o una cosa así, si se tiene entrada por un lado y continuamente el estacionamiento, la distancia desde el lugar del hecho hasta la caseta de vigilancia hay como 5 metros más o menos es cerca y si se puede escuchar peleas, yo pienso que existe vía de acceso desde el lugar de los hechos hasta la caseta de vigilancia, hay como 5 metros, se puede ir por otra vía también desde la caceta de la basura hasta la caseta de vigilancia…”. A preguntas formuladas por la defensa, contestó: “…Eso ocurrió como a las 12 de la noche, cuando me asomé a la ventana ya estaban peleando, yo estuve como 15 minutos en la ventana, no sé si siguió o no la pelea porque como me quité no me enteré de más nada, conozco a los muchachos MARLON o MARIO, DANIEL de quien recuerdo que su contextura es el mayor y es normal, no sé exactamente la edad, era como 12 y el más pequeño tenía la contextura de niño delgado y el grande era más fuerte, entre el más pequeño y YAIR no era mucha la diferencia de cuerpo, rectifico si había más o menos diferencia en el tamaño, yo no vi a YAIR peleando, tampoco vi que estuvieran bajo los efectos del alcohol ni nada, supe que terminó la pelea cuando se llevaron a YAIR al hospital, yo vi cuando se lo llevaron al hospital, sé que alguien lo tomó pero no sé el nombre de la persona que lo levantó, todo esto lo pude ver desde la ventana y luego me dijeron lo que estaba pasando y como le dije nos retiramos de la ventana y esto se podía ver desde la ventana de mi cuarto en planta baja, solamente en mi casa hay dos ventanas que dan hacia el estacionamiento…”. A preguntas formuladas por el Tribunal, respondió: “…Estaba como oscuro pero no total, si había poca luz, desde donde yo estaba observando sí se podían ver las personas que estaban allí pero no sé si se integraron o no más personas, no le sé los nombres a esas personas, a esos otros vecinos, después mi hijo me llamó y me dijo que se estaban llevando a YAIR al hospital, él fue el que me lo comentó, yo me fui a acostar y mi hijo fue el que me comentó que habían llevado a YAIR al hospital, si recuerdo que alguna persona se llevó a YAIR al hospital, mi hijo primero fue para el cuarto y me dijo mamá se están llevando a YAIR y me dijo parece que se c.Y. parece que se lo están llevando al hospital, yo observé después que me comentaron, HAROLD estaba ahí, YAIR estaba ahí, yo vi a HAROLD, no le sé el nombre a todo el mundo pero a HAROLD sí se lo sé, también estaba JAVIER, de los muchachos que yo conozco, yo no me enteré nunca cuál fue el conflicto de qué peleaban y al día siguiente me enteré por los vecinos que YAIR estaba muerto, ellos conversaban que él estaba en el hospital, yo tengo viviendo en EIFFEL 14 años, yo si era vecina de HAROLD pero él vive en otra torre, la mamá de HAROLD le hacía las tareas dirigidas a mi hija, para el momento de los hechos manteníamos esa relación, mi hija iba con la señora a hacer las tareas dirigidas, yo no vi todo, ellos estaban ahí, habían algunas personas montadas en los vehículos, otras de las cuales no les sé los nombres, otras caminando, estaban después cuando empezó el problema todos se pusieron alerta y no sé por qué se dio la pelea, yo no llegué a observar que YAIR, JAVIER y DANIEL estuviesen peleando, yo sólo vi un poquito la pelea porque me retiré de la ventana y de las personas que yo conozco en ningún momento las vi peleando…”. ********************************************************************************

  16. - DECLARACIÓN del ciudadano VILLALTA NADALES R.E., titular de la Cédula de Identidad N° V-17.921.527, de nacionalidad venezolana, de 21 años de edad, grado de instrucción: 4° año de bachillerato en estudio y Técnico en mantenimiento de equipos de telecomunicaciones, quien manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Estábamos sentados en el edificio donde vive una muchacha que se llama NAIR porque la íbamos a esperar para ir a su casa, estábamos AMBAR, JORDI, RAFAEL Y YO que mal no recuerdo, esperamos a que llegara la dueña de la casa que había salido y AMBAR y el muchacho estaban hablando que una muchacha gritó unos insultos de un edificio y que le iban a reclamar pero yo no escuché nada, fuimos HAROLD, DANIEL y DAVID y dos muchachas mas estaban sentados sobre un carro y AMBAR les empezó a preguntar que por qué les decían eso yo me puse hablar con JAVIER y que ellos tenían algo y HAROLD le decía a AMBAR empujándola que bajara la voz que se quedara tranquila y YAIR le dijo que se metiera con alguien de su tamaño, se metía en el medio y HAROLD le dio un empujón fuerte y se metió JORDI y lo empujó a él más fuerte y se siguieron empujando y comenzaron a lanzarse golpes y se formó un rebullicio y el más pequeño se fue a pelear con YAIR y el otro con HAROLD y yo y JAVIER me dice nos quedemos tranquilos que lo que estamos es rascados y en el momento en que JORDI y HAROLD se empujaron yo vi que HAROLD empezó a correr hacia la parte de debajo de la residencia y yo intenté separar a los dos pequeños para que no siguieran peleando esto fue como dos o tres veces y me quedé parado y detrás de mi estaba un muchacho de nombre RAFAEL que no paraba de hablar por teléfono y yo le decía verga que pasa aquí, las muchachas también peleaban y eso era un rebulicio loco ahí, gritaban, eso fue rapidito, la cosa fue rápido y en una de esas que estoy viendo allí y veo a RAFAEL ya en la parte donde se estaba cayendo YAIR, él iba cayendo con un impulso fuerte hacia atrás hasta que vi que él pun cae y cuando vi en el asfalto hacia las esquinas hay como unos muritos y vi que cayó ahí y me fui hacia él y lo levanté poco porque temí que por el cuello doblado le pudiera hacer más daño y él ya no podía ni hablar y JAVIER me decía chamo llévalo al hospital, estaba AMBAR que gritaba mataron a mi hermano, mataron a mi hermano y estaba otra muchacha y vino corriendo un chamo que no estaba ahí que lo apartó, lo cargó y entre todos lo fuimos llevando, no recuerdo muy bien muchas cosas ahí, lo cierto es que él corría y bajaba y subía, de hecho cuando YAIR cae él iba persiguiéndolo hacia arriba, yo sé que se fue detrás de él persiguiéndolo y nosotros llevamos al muchacho al hospital y no sé que más decir, es todo…”. A preguntas formuladas por la Fiscalía, respondió: “…No recuerdo la letra dónde estábamos, imagínese la calle principal sale una calle hacia un lado y hacia otro lado y entre dos edificios estábamos sentados esperando que llegara la muchacha y estábamos en planta baja en un carro que estaba estacionado ahí los que estábamos éramos HAROLD, JAVIER, y dos muchachas más, unos estaban sentados en el carro, otros parados, otros recostados los del otro lado creo que eran dos hombres y dos muchachas, que yo recuerde la pelea se originó por ir a reclamar algo en ciencia cierta no sé decirle que fueron a reclamar, sé que fueron unos supuestos insultos hacia una muchacha pero no lo sé con certeza, ellos decían que era a AMBAR a quien insultaban desde un edificio y que por eso fueron a reclamar, HAROLD le decía a AMBAR que bajara la voz, que se quedara tranquila, YAIR entró y decía que no se metiera con otra persona pero no con su hermana y él le decía que se alejara y que se quedara tranquilo y en una de esas le dio un empujón fuerte y es cuando entró JORDI a empujar a HAROLD, no recuerdo si fue un empujón o golpe y JAVIER se bajó del carro y lo agarró y cuando me volví JORDI venía hacia mí, yo no llegué a pelear con ninguno y al principio como lo vi venir pensé pero no peleé con nadie yo vi pelear a YAIR con el más pequeño que creo que es el hermano de JAVIER de hecho cuando fui a recogerlo él era el que estaba sentado cerca de las escaleras, HAROLD subió y bajó de la calle principal que es medio empinada, la primera vez que se fue bajó hacia abajo y la caceta no me deja ver de forma diagonal pero no sé su ruta y cuando sube sigue de largo, incluso nos pasa y nos veía y seguía subiendo y se regresaba bajando de la larga, hay dos cacetas la de vigilancia tiene entrada a la residencia, en otra esquina está la caceta de la basura y HAROLD era quien estaba ahí, y nosotros estábamos hacia el otro punto, la caceta de vigilancia está diagonal a la de basura, yo vi subiendo y bajando a HAROLD varias veces pero en realidad no recuerdo cuántas veces lo hizo, yo vi peleando a YAIR momentos antes con el niñito y yo volteaba y veía a AMBAR por allá y cuando volteo y veo a RAFAEL él me hace señas con el teléfono y al voltear otra vez hacia el frente vi al niñito y YAIR con un impulso fuerte cayendo hacia atrás, después nos preguntamos cómo se cayó, por qué se cayó, pero sí lo vi caer con un impulso fuerte y en ese momento HAROLD estaba como parado en la caseta de la basura como así como viendo no sé si venía de abajo o de arriba todos nos quedamos parados y yo vi a YAIR como en cámara lenta, yo no vi la patada de HAROLD a YAIR, pero yo pregunté y me dijeron que sí, que venía corriendo y le dio una patada y cayó y yo no la vi pero los otros si me lo dijeron así, yo no lo puedo afirmar, HAROLD estaba en la caseta y DANIEL o DAVID estaba cerca y lo estaba viendo y yo me acerqué y JAVIER estaba detrás de mi y me dijo chamo llévalo al hospital, cuando Y.c. yo me le quedé viendo a él porque yo lo veía que se retorcía y yo volteé hacia donde estaba AMBAR y ella estaba diciendo mataron a mi hermano y ella estaba peleando con otra muchacha y después de ese golpe yo no vi a nadie tocarle, pero comentaron en el hospital que después que cayó con la patada los otros chicos le seguían dando patadas en el piso, yo no vi esa patada pero sí vi cerca de YAIR a DANIEL, yo me acerqué y no lo quería levantar porque de repente me dio cosa y se apareció un muchacho de nombre ALFREDO que nunca había estado ahí y me dijo quítate y con otro fue que lo pudo levantar, AMBAR decía que lo habían matado, pienso porque Y.c. con la cabeza, yo estaba de lado cuando lo vía caer hacia atrás, el golpe que se dio fue duro, él tenía una sola gotica saliéndole de uno y de otro lado de la cara y hacía como si tratara de respirar, pienso que le faltaba como aire y estaba muy tieso y él tenía el cuello en el murito porque el jardín está más abajo del piso y yo lo que hacía era agarrarlo porque él lo que hacía era doblarse y doblarse, yo le decía me escuchas y no me respondía, la distancia desde el sitio de los hechos al hospital es al frente de la residencia, los que lo cargamos fuimos varios y no recuerdos cuántos éramos y en la puerta llegó más gente porque tampoco estaba el vigilante, ya en ese momento ya estaba la gente saliendo, en ese momento que él estaba en el piso, que él subió corriendo no lo vi más, yo no recuerdo que alguna de las muchachas dijera algo, de hecho cuando vi que estaban peleando con AMBAR desde ese momento y que vi a YAIR caer no los vi más, yo era pana de YAIR, si andábamos mucho juntos siempre nos salíamos por ahí mismo en la residencia, en las noches, siempre estábamos juntos, yo no me considero amigo ni pana de HAROLD sino conocido o compañero…”. A preguntas formuladas por la defensa respondió. “…Yo vi a DANIEL esa noche, aunque sí lo vi antes, a JAVIER jugábamos básquet y HAROLD estudiaba en el mismo liceo pero uno o dos años más y nos vieron en la residencia y nos comenzamos a tratar, la relación entre YAIR, JAVIER, DANIEL y HAROLD más pegados JAIR, JAVIER y YO, pero HAROLD y DANIEL andaban juntos, jugábamos todos futbol, básquet, NAIKAR era el nombre de la muchacha a quien esperábamos para ir a su casa y yo no la vi antes sino parada al rato cerca de mi casa porque sí la recuerdo, y esperándola estábamos JORDI, AMBAR, JAIR, RAFAEL que anteriormente dije que no lo había nombrado pero que sí estaba con nosotros, realmente no recuerdo la hora pero si sé que era de noche, sí estábamos tomando mientras esperábamos a NAIKAR y YAIR era el único que no estaba tomando, le dijo a JORDI que no iba a tomar porque tenía juego al día siguiente, él era el único que no estaba tomando, yo no lo vi tomando, AMBAR sí estaba tomando, todos estábamos tomando desde que era noche pero no recuerdo la hora, años atrás quizás la hubiese recordado y no recuerdo qué tomábamos, yo intervine en la pelea para separarlos a ellos, JAVIER su participación fue acercárseme y agarrarme que nos quedáramos tranquilos que estábamos rascados y JORDI me lo quitó ahí cuando se fue corriendo HAROLD, JORDI me lo quitó, él sólo me tenía sostenido, JORDI le dio golpes a JAVIER no recuerdo golpe o empujón, JORDI en su contextura es como la mía flaco, yo vi a HAROLD parado en una caseta como punto de referencia y había una calle de por medio más o menos de distancia, podríamos decir que pelea como tal es que JORDI peleó con JAVIER, DANIEL con YAIR, fue lo único que vi y las muchachas sin contar con el resto sin contar los empujones, AMBAR en ningún momento intentó detener la pelea, yo le perdí y la vista y cuando la volví a ver estaba peleando con otras muchachas, porque en el grupo donde estábamos nosotros había otra muchacha y sé que ella también estaba ahí con nosotros, no recuerdo si eran dos o una muchacha las que peleaban con AMBAR, en ese sitio está la luz de los postes de la calle, donde c.Y. no se ve mucho porque habían unos potes y unas matas ahí, nosotros estábamos en todo el medio de los dos edificios, ellos estaban prácticamente ahí en el primer edificio, nosotros nos conseguimos ahí pero no recuerdo cómo nos reunimos, pero ya teníamos rato ahí, yo me acuerdo que yo subí a comer y estábamos otra vez por la parte de debajo de la residencia, ya cuando bajé volví al punto donde estábamos, en el momento en que estábamos esperando a NAIKER fue como 15 minutos, incluso caminamos por la parte de debajo de la residencia pero sí teníamos un buen rato todos, pasamos como unas 3 o 4 horas más o menos, como a las 8 de la noche que es la hora que todos bajan, incluso había en un apartamento una celebración por un juego de futbol y parece que los insultos los hicieron desde esa casa pero yo no los presencié y cuando fueron a reclamar ya la fiesta no estaba, desde el momento en que nos empezamos a reunir, no recuerdo quién tenía la botella pero sí tomamos, yo realmente no sé si consumían otra cosa pero JAVIER tenía un refresco en la mano y le dije dame y él me dio…”. A preguntas formuladas por el Tribunal, respondió: “…Yo vi caer a YAIR una sola vez, yo si estuve cerca del grupo donde estaba YAIR, yo estaba cerca de la actividad como decir de aquí a la puerta, yo de ahí podía ver el ángulo de toda la calle y ver a ciertos grupos como tal y después es que volteo y veo a RAFAEL y antes de voltear YAIR ya estaba peleando con HAROLD pero sí recuerdo es que lo vi coger impulso para caer y yo le hacía señas a RAFAEL qué está pasando y RAFAEL con el teléfono me hacía señas que no sabía nada, eso fue en pocos segundos, yo vi posteriormente caer a YAIR y al momento de yo acercarme veo que va cayendo y me le quedo viendo a ver si se levanta y veo que no lo hace y AMBAR grita mataron a mi hermano y corrí hacia a él y vi a HAROLD hacia la caseta parado desde la caseta viendo hacia donde estaba YAIR, estábamos empezandito la calle como a la pared del fondo está la caseta, cuando comienza esa calle es como una esquina, YAIR cae aquí como a unos dos o tres metros, cayó al nivel de la ventana del primer apartamento que está en toda la esquina por eso es que digo esta distancia y más adelante está la calle, donde c.Y. es cuatro esquina y no hay obstáculos para verlo caer y eso es una vía abierta sin obstáculos y si se puede llegar fácilmente al sitio donde él estaba y tenía una media curvita y nosotros estábamos un poquito más allá, sí se venía en línea recta llega al carro y sí se veía, si era en línea recta tendría que brincar el murito, yo si lo veo a usted puedo llegar directo pero para llegarle tengo que irme por detrás es un jardín muy leve, muy corto, yo preguntaba en el hospital cómo se cayó y por qué cayó, por qué lo tumbaron y los muchachos me decían que HAROLD le dio una patada y lo tumbó y yo no vi la patada en ese momento pero si lo vi caer con un impulso muy fuerte y aterrizó exactamente con la cabeza, sé que eso es lo que se comentaba ahí en el hospital lo decía AMBAR, JORDI, ellos me decían que yo no la vi porque yo estaba rascado me dijeron que por eso no vi la patada y yo no estaba rascado, JORDI creo que es MAICOL o MICHEL el está muerto ahorita, JORDI era su apodo, no recuerdo que NAIKER estuviera en el hospital pero si estaban los que estaban en el grupo de nosotros, había mucha gente, prácticamente estábamos todos los muchachos de la residencia, como que todo el mundo se enteró y todo el mundo fue al hospital, no sé, no la recuerdo, NAIKEL vivía en el edificio donde la esperábamos y ya no vive allí…”. Durante el careo realizado durante el juico oral y público, este ciudadano manifestó: “…Cuando llegamos Harold si estaba allí en el momento que comenzó la pelea, pero sí hizo algo contra Yair, él se fue corriendo hacia la parte de debajo de la residencia, él subía y bajaba, él estaba parado por donde estaba la basura, la parte porque empieza la discusión yo no estaba, pero sí fueron a reclamar por los insultos que le daban a Ámbar, si estaban tomando no me consta, en el momento cuando él cae yo no vi, él se cae por un impulso fuerte, todos los que estaban afuera cuando yo pregunté me dijeron que fue por la patada que le dio Harold, quienes estaban peleando con Yair fue Daniel, pero yo no logré separarlos, cinco de las personas que estaban allí en el hospital me dijeron que él le dio una patada…”. A preguntas formuladas por el fiscal respondió: “…Yo veo cuando él cae, cuando agarra el impulso pero cuando él cae yo no vi quién le dio la patada, él venía corriendo, pero cuando veo que Yair estaba en el piso, no sé si realmente él venía corriendo, yo sé que él subía y bajada en una de esas que subió yo estaba parado allí, pero cuando Yair estaba en el piso, él estaba parado allí en la caseta, yo no vi el momento exacto de la patada, yo volteé a hablar con Rafael, pero él sí tuvo una participación en el hecho al principio, pero cuando él cae no sé si él tuvo participación, él se retorcía duro, no recuerdo exactamente a qué distancia, Harold estaba a nivel de la caseta de condominio, no tan retirado pero tampoco tan cerca, no sé si él quedó en el piso por el golpe o por un golpe que se dio con el piso, tuvo que haber recibido un impacto, yo lo logré ver en el suelo, yo le presté asistencia…”. A preguntas formuladas por la defensa contestó: “…El lado corto es donde termina esa calle y por allí hay un camino de tierra, cuando cae Yair él está en el lado de la caseta, por el lado largo, más o menos donde está la pared de al fondo estaba Harold…”. A preguntas del tribunal contestó: “…Yo no lo vi cuando le dio la patada, yo fui el primero que me acerqué a él, yo escuché a Ámbar que gritaba mataron a mi hermano, yo sé que había gente detrás de mí, pero no sé quiénes eran, Daniel era el que estaba más cerca en ese momento, ellos estaban peleando, Yair cae, él se va y se desploma, no puedo afirmar quién lo tumbó, yo vi cuando él se va con el impulso vi a Rafael, yo no me llegué a imaginar que no se iba a parar más, yo no observé a nadie después que cae le dio una patada, yo creo que estaba más o menos donde estaban peleando con las muchachas, no le sabría afirmar si realmente fue un golpe, porque yo lo vi más o menos a este nivel, yo si presencié ese momento pero yo no vi bajadera de manos, ellos sólo se decían cosas, él lo empujaba…”. ************************************

  17. - DECLARACIÓN de la ciudadana G.K.D.M., titular de la Cédula de Identidad N° V-18.492.455, de nacionalidad venezolana, de 20 años de edad, grado de instrucción: Estudiante, quien manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…En realidad yo ahorita no me acuerdo de muchas cosas, yo estaba ahí de visita por casualidad y fui a visitar a mi prima, ese fin de semana fuimos a una reunión en otra casa en la misma urbanización y vino la otra parte a buscar conflicto y eso fue lo que pasó, eso pasó demasiado rápido estábamos hablando varios muchachos en la noche y llegó otra parte, yo no conozco a esa otra gente y tampoco sé si viven o no ahí, buscaron problemas y se suscitó la pelea, no sé que más decir, no sé quiénes eran las personas, es todo…”. A preguntas del Fiscal, respondió: “…Yo visitaba a mi p.L. y ella era novia de HAROLD, yo me encontraba con mi prima, su novio y unos muchachos que llaman JAVIER y DANIEL y estábamos hablando en el estacionamiento pero no recuerdo la hora, se nos acercó un grupo de muchachos que no conozco, no sé sus nombres ni nada, habían varios muchachos y varias mujeres pero no les sé los nombres, YAIR era el nombre que decían a los días de haber pasado todo y yo no lo conozco, en realidad no sé por qué pelearon, lo único que dice es que un grupo le decía cosas al otro grupo y viceversa pero eso fue hace tanto tiempo que no me acuerdo qué se decían, yo no vi ningún contacto físico de HAROLD con otro muchacho, yo ni siquiera sé quien es YAIR, yo no escuché ninguna voz femenina pidiendo ayuda pero una muchacha si la escuché porque se vino hacia mí, sé que un muchacho se cayó al piso, pero no sé de quien se trató, yo vi que discutían y agarraron al muchacho que cayó y se lo llevaron, los comentarios que me llegaron fue que el muchacho que se murió se llamaba YAIR, al final cuando ya todo el mundo se fue llegó un vigilante yo me fui a la casa de uno de los muchachos, yo no sé con qué lesionaron a ese muchacho, no vi ni palos, ni piedras, pero a JAVIER Y DANIEL si los vi pelear, yo no recuerdo qué me decía la muchacha que escuché que me gritaba, JAVIER y DANIEL pelean con un grupo y YAIR que no sé quien era, no sé tampoco con quién peleaba, sólo vi que cayó al piso, HAROLD no estaba con nosotros mientras peleaban, HAROLD se fue a buscar al vigilante, no recuerdo si el vigilante llegó con HAROLD, ya se había terminado todo cuando el vigilante llegó y no me acuerdo si el joven estaba aún en el piso, era la primera vez que yo visitaba esa residencia…”. A preguntas de la defensa, respondió: “…No sé cuántos habían, pero habían varios muchachos y luego fueron llegando más y más muchachos durante la pelea unos si participaron otros no, eso fue un todo contra todo, yo vi una sola vez porque estaba en frente mío a un muchacho en la acera, no sé decir cuánto tiempo transcurrió desde que cayó ese muchacho hasta que se lo llevaron, todo fue muy rápido, lo único que sé es que fueron los muchachos quienes lo trasladaron, fuimos a casa de HAROLD, empezaron a lanzarnos piedra, a insultarnos, y me fui de esa casa rápido en la mañana que fue cuando nos pudieron sacar y habían otras personas que venían directo a agredirnos y nos gritaron cosas, incluso no sé si estaban tomando, yo con una muchacha tuve un intercambio de palabras y era más alta que yo, era robusta, los muchachos eran normales, uno moreno, otro bajito, el que estaba en el piso yo lo vi un muchacho normal, promedio…”. A Preguntas del Tribunal respondió: “…HAROLD no estaba con nosotros, sucedió el conflicto y luego fue que apareció otra vez, él no tuvo intercambio de palabras con nadie, yo no estuve atenta a HAROLD pero sí vi cuando se fue, incluso cuando llegaron las personas a buscarnos el conflicto HAROLD sí estaba con nosotros, y él intentó calmar la discusión y cuando se tornó violenta él salió a buscar ayuda, yo no me percaté si él tuvo o no algún intercambio de palabra, yo vi peleando a JAVIER y a DANIEL, yo vi cuando estaba un muchacho en el piso y no vi que se levantara, yo no soy amiga de HAROLD lo conocí en ese momento, al principio cuando nosotros estábamos reunidos él llegó al grupo y HAROLD incluso todos los demás intentamos arreglar la situación pero al tornarse violenta HAROLD se fue, él no tuvo intervención en el conflicto ni tuvo discusión con nadie…”. ******************************************

  18. - DECLARACIÓN de la ciudadana N.C.S.S., Médica Anatomopatólogo, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.790.643, de nacionalidad venezolana, de 42 años de edad, con 15 años de servicios, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Al momento de realizar la autopsia se evidencian las características externas del cadáver, para el momento tenía de 12 a 24 horas de data aproximadamente, presenta equimosis y una herida localizada en la cabeza y en el tórax, la equimosis en el párpado del lóbulo derecho del ojo, el pabellón auricular del lado izquierdo y una equimosis en el tórax del lado derecho; luego viene la apertura de las tres cavidades, al explorar la cabeza no se observa fractura en los huesos del cráneo, pero sí una hemorragia y la presencia de un hematoma localizado justo en el tallo cerebral, la presencia de un edema cerebral severo, en la apertura del cuello del abdomen no se evidencia nada, presentaba en general un traumatismo cráneo encefálico y una hemorragia cerebral como consecuencia de un traumatismo cráneo encefálico severo; es todo…”. A las preguntas de la Fiscalía respondió: “…Las vísceras estaban en su sitio, una equimosis es la lesión vital por excelencia, son los famosos moretones que se debe a una ruptura de los vasos y dibujan una lesión llamada equimosis o hematoma y va a dibujar el elemento contundente, se trata de un elemento contundente, un elemento que no tenga filo, cualquier elemento sin filo, una patada puede provocar equimosis, es un elemento contundente, al igual que un puño, en el cuero cabelludo no mencionamos, pero sí se pudo observar otros elementos contundentes, se dibujan expresiones morfológicas que son producidas por elementos contundentes, se dibujan varias lesiones, pueden ser provocadas por una o varias personas, hipoxia significa baja de oxígeno, lo que ocasionó el edema cerebral en este caso fue por una lesión importante en la masa encefálica, eso a su vez tiene un hematoma en la región bulbar, en eses lugar hay una colisión de sangre que va a hacer presión en los centros vitales, lo que hace que haya falta de oxígeno, se rompen pequeños vasos sanguíneos y hay una congestión visceral, generalmente es una manifestación de una hipoxia, un golpe fuerte puede desencadenar la hipoxia, justo en el bulbo hubo una colisión de sangre, donde están los centros vitales, se enclava y hay una muerte al haber enclavamiento, la hipoxia y el edema producen la congestión, tenía esta persona pocas posibilidades de vida, puede ser una caída o un golpe en la cabeza, no necesariamente tiene que tener fractura, ese efecto rebote puede provocar lesiones importantes, de hecho hay un hematoma lo que dice que hubo algo que le provocó una lesión interna, bien sea una caída, un golpe, una patada…”. A preguntas de la defensa, respondió: “…Generalmente cuando llega el cadáver existe el protocolo de autopsia, se supone que el médico forense va al sitio del suceso, no recuerdo pero una acostumbra a ver si está operado, si presenta heridas, no sé hasta qué punto tuvo atención médica, cuando se dio la hipoxia es indeterminable cuándo se produjo, es un hematoma reciente, el edema cerebral podemos decir que fue algo brusco, en este caso se puede observar, en este caso los órganos estaban normales, esa hipoxia, lo que pasa es que tenía un hematoma y uno ve que el edema es causado por un hematoma, estaba la equimosis en el párpado superior derecho, excoriación en el pabellón auricular izquierdo, el edema cerebral con el hematoma del tallo cerebral pudo haber producido la hipoxia, el cerebro está tapizado por una membrana, los vasitos que llegan al cerebro también se rompieron, no se puede determinar qué fue primero hay un mecanismo algo simbólico, un evento conduce a otro evento, dos hemorragias producen hipoxia, pero como hay un hematoma la hipoxia es más acentuada, la hinchazón de la masa encefálica produjo el enclavamiento y allí ocasionó la hipoxia y allí produce la muerte, esto pudo haber sido con un objeto contundente cualquiera…”. A preguntas del Tribunal, respondió: “…Observo en la revisión externa, se observa primero la data de la muerte, después se comienza a describir las lesiones externas del cadáver, y en este caso describí la equimosis, no recuerdo si dije algo del cuero cabelludo, aquí no está, no se refleja, no hay herida del cuero cabelludo, sino en el ojo izquierdo…”. *************************************************************

  19. - DECLARACIÓN del ciudadano PATRULLO B.H.E., titular de la Cédula de Identidad N° V-15.324.562, de nacionalidad venezolano, de 26 años de edad, grado de instrucción: TSU en Criminalística, trabajando actualmente en la División de Análisis de Reconstrucción de Hechos con el cargo de Detective adscrito a dicha División con 6 años de experiencia, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…El reconocimiento general no es más que una representación gráfica del sitio del suceso con la utilización de más de dos testigos que estando presentes las partes fue lo que efectivamente se hizo ese día incluso con la declaración del mismo imputado, fue un levantamiento planimétrico con las declaraciones de varias personas quienes son señalados como testigos y que anteriormente ya habían rendido sus declaraciones; es todo…”. A las preguntas de la Fiscalía respondió: “…Cada uno de ellos indicó una serie de recorrido y al momento de los hechos pudieron explanar cómo participó cada uno, cada testigo indicó la conducta que adoptó el día de los hechos y también manifestó la conducta de las personas incursas en los hechos, este tipo de experticia es una prueba de orientación motivado a que los hechos transcurrieron hace poco más de un año, esto se realiza para que las partes tengan idea de cómo sucedieron los hechos, como experto puedo decir que es una orientación y para yo poder dar una conclusión objetiva de lo que ocurrió el día de los hechos sería necesario que me hubiese trasladado el mismo día de los hechos para recolectar las evidencias necesarias a los fines de desvirtuar o afirmar la versión de cada uno de los testigos, cada quien suministró su versión y es el Tribunal a quien le corresponde decidir según los hechos, hay dos versiones que tienen cierta concordancia L.D. Y R.V. son las dos únicas personas que concuerdan, de resto las de M.V. y NOGUERA difieren del resto, que tienen cierta concordancia mas no son ninguna, es decir, en sí ninguna relata lo mismo el día de los hechos, las versiones de RONALD indica el lugar donde él se encontraba al lado de un vehículo hablando con J.S. que habían unas muchachas, que se encontraban H.N., SAÁCHEZ y que luego se dirigió a donde una ciudadana de la cual no da el nombre, el recorrido que realiza el encuentro con ZAPATA, el recorrido siguiente donde estaba J.Z. y HAIR, el lugar donde se encuentra y él encontró con el ciudadano RAFAEL, VILLALTA y a fin de ver qué le sucedió al ciudadano hoy occiso, en la versión de la ciudadana VELÁSQUEZ ella indica que se origina una discusión entre ella y la ciudadana L.A. y luego un recorrido que realiza el ciudadano H.N. y luego de cierto tiempo de haberse originado la discusión el retorna y le da el punta pie al hoy occiso, el mismo cae al piso y posteriormente es agredido por otro ciudadano, según lo que se manifestó era que estaba peleado y luego de cierto tiempo reaparece H.N. y le da un punta pie y cae al suelo y el ciudadano H.N. Y J.S. lo agraden en el suelo hasta que ella interrumpe las agresiones según la versión de RONALD Y LORENA, HAROLD en ningún momento le da punta pie en el piso, existe diferencia entre el dicho de recorridos y todos lo ven desde el punto de vista diferente si el ciudadano HAROLD arremete al hoy occiso la ciudadana AMBAR es la única que lo indica, en cuanto cuando señalan la forma o el lugar donde cae uno los ubican más hacia el lado izquierdo otros más al lado derecho sin embargo todos indican la misma área donde además los testigos indican frente al bloque F donde ocurre la pelea excepto el recorrido hacia la caseta, es imposible encontrar evidencia de interés criminalístico por cuanto los hechos sucedieron hace como 2 años, yo no encontré ningún grado de dificultad en este caso, no obstante lleva más trabajo y tiempo motivado a que son varios testigos con recorridos diferentes, el joven H.N. y AMBAR, al momento de señalar el lugar donde cae el occiso, HAROLD dice que el occiso cae en el plano se l.B. F y la ciudadana AMBAR señala que cae en el mismo Bloque F pero a pesar de que señalan área exacta pero en medida no coinciden, sus puntos no son iguales, se diferencian en base centímetros o metros, la que se diferencia de todas las versiones con la más parecida entre ellas R.V. y L.D. coinciden en el punto de la discusión entre Y.Z., D.S. y discusión entre LORENA Y AMBAR y el momento en que cae el otro, yo grafiqué todo el recorrido y desplazamiento, así como la entrada y salida de H.N. según la versión de AMBAR, según la versión del acusado se origina el inicio de la discusión en el punto del vehículo y él realizó un recorrido que va directamente a la caseta y llama a un vigilante de nombre BENITO, se detiene y se devuelve por el mismo lugar donde se dirigió a éste lugar y se regresa al mismo sitio en la declaración de la ciudadana AMBAR hace el mismo recorrido se le pierde de vista y hace otro recorrido y regresa al lugar donde estaba el occiso…”. A preguntas de la defensa, respondió: “…Yo grafiqué en todos los planos un cuarto de aceite o basura que habían cerca al lugar, bueno yo grafiqué uno solo en el sitio del suceso, aunque aquí se aprecian dos cuartos, la ciudadana AMBAR Y SERRANO señalan los dos contenedores quienes indicaron un recorrido más amplio, sí había caseta de vigilancia al entrar al lugar, las formas de acceso es uno hacia el sitio y por el otro lado, según la versión de cada uno de ellos, según la versión de HAROLD se encontraba el ciudadano JORDI y según la declaración de RONALD también se encontraba él y en la declaración de ANTONIETA también es señalado, vuelvo y repito para yo poder concluir tuve que haberme trasladado el día de los hechos, no conozco más el caso sino la versión de ellos…”. A preguntas del Tribunal, respondió: “…Efectivamente si nos hubiésemos trasladado el mismo día de los hechos se pudiera recoger evidencias de interés criminalístico, como armas, restos de sangre entre otros, eso más la versión de los testigos nos puede indicar de manera más objetiva qué ocurrió el día de los hechos, si no hay evidencia el resultado es el mismo motivado a que como experto no hay ningún tipo de evidencia que permita desvirtuar y afirmar el dicho de los testigos para nuestro trabajo nos dedicamos a la versión de cada uno de ellos, es difícil y complicado para el experto puesto que sólo se conoce del caso lo que se escuchó ese día y lo que plasmó el día que se trasladó, es difícil tener una conclusión de todo lo que ocurrió ese día…”. ************************************************************************************

    Igualmente se recibió la declaración del acusado J.H.N.S., plenamente identificado ut supra; quien previamente impuesto del precepto constitucional previsto en el artículo 49.5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y sin juramento alguno manifestó: “…Es lamentable el accidente del muchacho porque ‘el también tenía sus sueños de vida, al igual que yo, considero que al momento de la búsqueda de justicia, me involucraron a mi malamente, en su momento cuando hubo el primer intercambio entre el chico y yo, ‘el intento golpearme, en ese momento se acerca Jordi y allí comienza la pelea entre Jordi y yo, como yo tenía conocimiento que él no tenía una conducta muy buena que él siempre estaba armado, yo estaba con otras personas, cuando ellos llegaron con la actitud hostil, yo me alejo en ese momento cuando peleo con Jordi yo veo hacia mi izquierda cuando el n.c., como lo veo como que ya no puede más, que son muchos, cuando busco al vigilante, a él se le cayó la escopeta, estaba dormido, yo me devuelvo por donde mismo vine, y el vigilante se va por el sitio más corto, cuando yo llego el niño estaba ya en el piso, y la persona que estaba más cerca era Daniel, por lo que vi, nosotros somos personas desarmadas incluso estuvimos pendientes del muchacho, nosotros llamamos al señor para saber el estado de s.d.n., es cierto que nunca nos acercamos al hospital, porque cuando yo fui a formular la denuncia en PTJ, me consigo con que ya había una denuncia, y me dijeron que no podían haber dos denuncias de un mismo caso, me dijeron que me retirara, que cuando todo se calmara volviera, por eso no fui por temor a represalias, yo apoyo a la señora en su búsqueda de justicia, pero me involucraron a mí donde no estuve, ya que buscando justicia incluyen a todos los que están a su alrededor, para ese momento yo estaba estudiando ingeniería, donde se me llevó ante un juez de control, se colocó una medida injustamente por algo que no hice, ojalá tuviera las pruebas para demostrar lo que no hice a mi parecer cuando yo llegué el que estaba más cerca era Daniel, yo vi al igual que Ronald cuando él llevaba el impulso para caerse en ese momento yo estaba cercano a él, es todo…”. ********************************************************

    Conforme con lo previsto en el artículo 339 del Código Orgánico Procesal Penal, fueron incorporadas por medio de su lectura al juicio oral y público, las siguientes pruebas: ***************

  20. - Certificado de Defunción signado con el número MSDS, 569647 N° de certificado 1352 de fecha 20 de Septiembre del año 2005, suscrita por la autoridad civil de la alcaldía metropolitana de Caracas, donde se deja constancia de la muerte del adolescente Y.Z.. **

  21. - Resultado de la Experticia de Levantamiento del cadáver de Y.E.Z., de fecha 30 de Septiembre, signado con el nro.- 136-118404, suscrito por el médico forense experto profesional I, DRA. C.A., adscrita a la división de Patología Forense División de Anatomía Patológica Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual describe las características del cadáver. **************************

  22. - Protocolo de Autopsia N° 136-118404 de fecha 23 de septiembre del 2005, suscrito por la Médica Antomopatóloga N.S. adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas; mediante el cual dejó constancia de las heridas presentadas por el cuerpo sin v.d.Y.E.Z.; así como también la causa de la muerte, indicando que la misma se debió a HIPOXIA ACENTUADA DEBIDO A EDEMA CEREBRAL SEVERO CON SURCOS DE COMPRESIÓN AMIGDALO-BULBAR SECUNDARIO A HEMORRAGIA CEREBRAL POR TRAUMATISMO CRÁNEO ENCEFÁLICO SEVERO. ********************

  23. - Resultado del Dictamen Pericial signado con el Nro.- 12438-05, de fecha 15 de septiembre de 2005, suscrito por el médico Forense experto profesional DR. H.C., adscrito a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual dejó constancia de las condiciones en que se encontraba el adolescente Y.E.Z. durante su permanencia en terapia intensiva del Hospital P.C.. ***********************************

  24. - Montaje y fijaciones fotográficas de fecha 29 de abril de 2009, suscrito por el Licenciado MARCANO EVY, sub-comisario, Jefe de la División, con oficio nro.- 9700-203, de fecha 12 de Mayo del año 2009, realizado con motivo de la reconstrucción de hechos efectuada en fecha 29 de abril de 2009; mediante las cuales se deja constancia de las escenas narradas por los testigos y acusado. **********************************************************************************

  25. - LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO Nº 259 de fecha 12 de mayo de 09, suscrito por el Experto Detective H.P., adscrito a la División de Análisis y Reconstrucción de Hechos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, el cual fue elaborado con motivo de la reconstrucción de hechos realizada por este Tribunal Primero de Juicio en fecha 29 de abril de 2009, en el estacionamiento del Conjunto Residencial Eiffel entre los edificio “H” e “I”, Urbanización Castillejo, Parroquia Guatire, Municipio Autónomo Zamora del estado Miranda; a través de las versiones de los testigos presenciales y el acusado; mediante el cual determina el plano, ubicación del lugar donde ocurrieron los hechos y descripción de las escenas narradas por los testigos y acusado. **********************************************************

  26. - INFORME MÉDICO LEGAL de fecha 25 de noviembre de 2005, suscrito por la médica R.P., adscrita al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, directora del Hospital “Dr. MIGUEL PÉREZ CARREÑO”, mediante el cual deja constancia que el adolescente Y.E.Z. ingresó a dicho centro hospitalario el día 11 de septiembre de 2005 y egresó en fecha 20 de septiembre de 2005, día en que falleció. Igualmente deja constancia de las condiciones en que ingresó, así como también del diagnóstico final, falleciendo a las 3:40 del día 20 de septiembre de 2005. *****************************************************

  27. - REPORTE DE INCIDENTE de fecha 10 de septiembre de 2005, suscrito por el ciudadano B.H. en su condición de Oficial de Seguridad adscrito a la empresa H.I.S SEGURIDAD C.A, encargada de la seguridad interna del Conjunto Residencial EIFFEL, mediante el cual el referido ciudadano dejó constancia de los hechos sucedidos el día 09 de septiembre de 2005, y las personas que intervinieron en los mismos. *****************************

    CONCLUSIONES DEL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: “…El Ministerio Público de conformidad con el artículo 360 del COPP, procedo a presentar conclusiones, este homicidio fue considerado por el tribunal de control, prescindiendo de la calificación jurídica del HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES Y ALEVOSIA, sin embargo estamos en presencia de un delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, el Ministerio Público acusa al ciudadano HAROLD, artificio que el tipo penal en los elementos debatidos se encierran dentro del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, en tal sentido la fiscalía acredita que el 11-09-2005 aproximadamente a la una de la madruga, momentos donde el occiso se encontraba reunido en la urbanización castillejo, se presenta una discusión entre Ámbar y Lorena, procedió el acusado a empujar a la hermana de la víctima, siendo que el hoy occiso interviene en defensa de su hermana Ámbar, siendo el primer agresor Daniel y Javier a quienes se les impuso condena por el tribunal de Responsabilidad penal de adolescente, estos elementos se pudieron concebir para ver cuál fue el hecho cierto que desencadenó la muerte, toda vez que pudieron evidenciarse del protocolo de autopsia múltiples traumatismos severos, ahora bien tenemos que en el transcurso del juicio declararon la hermana Ámbar quién es testigo presencial de los hechos, oportunidad en la cual la misma permitido darle al tribunal una visión generalizada, con la objetividad y apartada de cualquier tipo de sentimiento atribuyó los hechos al hoy acusado, manteniendo su posición en el careo, atribuyéndole, refiere que pudo apreciar cuando Harold le profirió una patada al hoy occiso, hecho que fue ratificado por Ronald, quién pudo apreciar la manera que tuvo hacia éste para salir del sitio, dice que Harold profería insultos en contra de Ámbar, siendo este el que genera la refriega, posteriormente a la acción ejecutada por Harold se suma la golpiza y conducta de los adolescentes Javier y Daniel, quienes actuaron en forma ventajosa, finalmente la declaración de Ámbar se recorre que Harold aún viendo que su hermano estaba en el piso, se abalanzó sobre él y le dio una patada cuando éste se encontraba en el piso, se puede evidenciar que el acusado es destacado en la disciplina del futbol, y tiene habilidad y ventajismo con respecto a la víctima, ya que el acusado tenía la pericia y la destreza de saber lo que causaría con esa patada, La declaración de L.D. quién resultó ser la novia del acusado para el momento de los hechos, por ello solicito la valoración parcial de este testimonio, ya que puede evidenciarse que era la novia, lo cual la desprende de ese carácter de objetividad, la desprende de ser sincera, y referir la veracidad de los hechos, se desprende que esta pelea se desencadenó cuando Ámbar tiene un intercambio de palabra, también tenemos la declaración de otro testigo quién refirió en sala los hechos, y solicito sea adminiculada a las demás declaraciones, dice que el adolescente cae mareado, creando una desproporción por parte de los tres, igualmente el dicho de R.O.T., quién comparece y dice que se encontraba hablando por teléfono y pudo escuchar la discusión entre ambos grupos, y que Harold le da una patada, que éste se levantó pero no pudo resistir, él se cayó nuevamente, igualmente este dicho se debe adminicular al dicho de la DRA. N.S., quién dice lo que ocasionó la muerte, que la muerte no se debía a un golpe en que se haya dado con un objeto contundente en el piso, el dicho de G.M., quién pudo observar al cuerpo en el piso, el dicho de O.R., quién pudo dar fe que el occiso se encontraba en el piso, además pudo dar fe que el lugar de los hechos se encontraba el acusado, el dicho de B.H., quién dice que escuchó al acusado, y dice que él sabe que lo que hizo pudo ocasionar una lesión grave, y sabe que podía preveer las consecuencias de lo que podía ocurrir , es por ello que busca la ayuda del vigilante, todos estos hechos pueden concatenarse con el dicho de M.S., en su carácter de víctima quién dice que ya había existido un reclamo previo por parte del acusado, ya había una amenaza previa, que vaticinaban lo que iba a ocurrir, es por ello que el Ministerio Público lo califica como intencional, acreditan que el hecho no fue ocasional, o eventual, sino fue un hecho que gozaba de una planificación previa, el testimonio de JOSHUAN, quién dice que varias personas trasladaron al occiso al hospital refiere las circunstancias de modo tiempo y lugar, el dicho el Richard con el dicho de Ronald, quién dijo que de no haber visto la patada, puede dar fe que todas las personas en el sitio lo referían a él como la persona que le dio una patada cuando cayó al piso, se evacuaron en esta sala los testimonio de los expertos como el médico que recibió al adolescente cuando llegó al hospital P.C., y se dejó constancia que el mismo llegó entubado, dijo que un golpe en el estómago pudiera desencadenar reacciones orgánicas, dificulta el paso de oxigeno y en consecuencia el fluido de la sangre del cuerpo humano, igualmente la declaración de la DRA. N.S., todos estos testimonios pueden ser adminiculados con las documentales, como lo son el resultado del protocolo de autopista, el informe médico de la Dra, R.P., así como los informes suscritos por N.F. y B.H., pero difiero lo expuesto por la defensa en cuanto a que no se valoren estos informes, y solicito y previo acatamiento de la sentencia con ponencia de A.A. quién manifiesta que los informe por si solos deben de ser valorados, aún cuando no hayan declarados los expertos, en el mismo sentido se tiene el montaje fotográfico suscrito por E.M., ratificada por H.P. quién ratificó el contenido de dicho informe, solicito de acuerdo a la sana critica, pueda observar la incongruencia de Lorena, con lo rendido en esta sala de juicio, se ratifica el testimonio de Hermes, en relación al sitio de la pelea y las posiciones, ahora bien debe considerarse la naturaleza del delito de Homicidio, debe haber la destrucción de una vida humana, relación de causalidad elementos que se cumplieron ya que existe la certeza que la intención del acusado era privar la vida del mismo, el acusado inicia la pelea con Yair, quedando demostrado la carencia de sentimientos contra la víctima, en este sentido la doctrina establece que se vale demostrar el motivo fútil, es decir el hecho insignificante, estamos en presencia de una víctima indefensa, siendo desproporcional con relación al acusado, el acusado actuó de forma sobre segura, tales argumentos el Ministerio Público solicita que una vez valorados los elementos se sirva declarar CULPABLE al acusado por el delito de HOMICIDIO SIMPLE, en perjuicio de la víctima M.V., en su carácter de madre del hoy occiso, y en consecuencia se le acuerde la Privación de Libertad, para que así pueda cumplir su condena en un centro penitenciario. Es todo…”. ************************

    CONCLUSIONES DE LA DEFENSA: “…Ha señalado el fiscal que Harold es una persona malvada, que premeditó un acto y provocó una pelea, ha sido difícil para esta defensa preparar las conclusiones, ya que las investigaciones fueron tratadas como un acto de venganza, sin buscar el fondo de la realidad de los hechos, gracias a Dios existe el sistema acusatorio, donde las partes pueden acceder al sistema de justicia, iniciamos este juicio el 25-11-2008 y señalé que trataría de demostrar la inocencia de mi defendido en este caso, igualmente dije que trataría de saber exactamente qué fue lo que sucedió, durante el desarrollo del debate pasaron varios testigos, entre ellos la víctima señaló que su hija había ido de visita a su casa, también vino R.A., quién manifestó que ella se encontraba durmiendo y no sabe qué fue lo que pasó, ese mismo día viene otra testigo que dice que traía una actitud de venir a declarar, también estuvo el señor B.H. quién era vigilante para la época, y manifestó que Harold le pegó grito para que fuera a un sitio donde se estaba suscitando la pela, y vio cuando iba cayendo Yair, Ámbar dice que Harold se vino por un atajo y le suministra la patada, también vino Octavio y manifiesta que tuvo conocimiento que quién peleó con Yair fue Daniel, y ratifica que Harold estaba distante para el momento, que Harold estaba por donde está el depósito de basura, vino el médico del Hospital P.C., dijo que estaba entubado, que no recordaba si existían otros hechos de violencia, que el paciente debió tener una condición preexistente, que el paciente sólo tenía una herida en la cara, luego viene Lorena quién manifiesta que ella estaba en el estacionamiento, que llegó Ámbar y empieza Ámbar a pegar gritos Harold le llama la atención y le pide que baje la voz, a lo cual Ámbar no le hace caso, produciéndose la intervención de Yair, Jordi, Daniel y la p.d.Á., estuvo presente Stefani quién manifiesta que estaban todos parados, Harold le da un empujón a Ámbar y le mete una patada a Yair, que esto duró 20 segundo, luego dice que si vio a Yair peleando con Daniel, ratifica que Harold se retiró del lugar, compareció el señor R.T. quién manifestó que él vio pelear a Harold con Maikel o Jordi, que Harold es la primera persona que le da un manotón a Yair, dice que lo vio caer pero no sabe si se tropezó o fue un golpe, dice que se cayó por una patada que le dio Daniel, estuvo la DRA. N.S., quién dice que observó el cadáver y el mismo tenía una hemorragia o un hematoma en el tallo cerebral, que en el abdomen no observó nada, ratificando que la única herida fue en el ojo izquierdo. Asegurando que la causa de la muerte es la falta de oxígeno, lo que produjo la hipoxia y en consecuencia la muerte, asistió igualmente Díaz Gabriela, quién manifiesta que ella se encontraba sentada en un vehículo y que llegó Ámbar a reclamarle, igualmente compareció E.N., quién manifestó que ella estaba en la ventana de su casa, que la pelea duró más de 15 minutos, refiriendo que existe una casilla para botar basura, que no supo la forma en que c.Y., comparece R.V., quién en una forma clara manifestó que se encontraban en un sitio distante donde se encontraba Harold, dice que Harold se fue corriendo hacia la parte de debajo de la urbanización, manifestó que él trató de separar a Yair y a Daniel, manifestó que él vio caer a Yair una sola vez, dijo que la única persona que estaba cerca de Yair era Daniel, y que a Yair nadie le dio patadas cuando estaba en el piso, ratificó que cuando Yair cae, que estaba lejos de Yair cuando él mismo cae, igualmente manifiesta que en el hospital donde Ámbar insiste que quién había golpeado a Yair había sido Harold, pero que el careo ratificó que Harold en ningún momento había golpeado a Yair, Harold ha manifestado que efectivamente se encontraba en un estacionamiento, que el mismo le pidió que bajara la voz, y que la intervención fue sólo bajarle las manos a Yair, luego compareció Yoshuan quién manifiesta que conocía a Harold y a Yair y que los mismos no tenían problemas, que Harold era su asistente en las clases de futbol, y que normalmente Yair asistía a los mismos sin que existiera problema alguno entre los muchachos. Luego asistió Patrullo Hermes quién realiza la reconstrucción de los hechos, y quién en preguntas formuladas respondió que es una prueba de orientación donde cada uno de los testigos da su versión, igualmente que las versiones concordantes son las de Ronald y Lorena en cuanto a la ubicación de Harold al momento que cae Yair, dejando constancia de la existencia de la caseta de vigilancia, como las dos formas de llegar allí y la existencia de los cuartos de basura, siendo posteriormente la existencia del careo donde pudimos todos constatar que efectivamente Harold no tuvo responsabilidad en la muerte de Yair porque nunca lo golpeó, nunca le dio patadas y su único actuar fue buscando al vigilante, para que detuviera la pelea, insiste la Representación Fiscal en señalar a mi defendido como responsable en el delito de homicidio pero para que se dé tal condición tendríamos que irnos a la teoría general del delito y ver si se cumple la acción, la representación fiscal no pudo demostrar que Harold en algún momento golpeó a Yair, no pudo desvirtuar la presunción de inocencia de mi defendido y consta en el expediente la existencia de un juicio ya finalizado sobre los mismos hechos, con decisión ratificada por el tribunal supremo en la cual, existiendo dos personas señaladas como responsables correspectivamente no pudiendo demostrarse responsabilidad alguna, durante el desarrollo de este juicio no queda otra que solicitar al juez que al momento de dictar sentencia la misma sea ABSOLUTORIA. Es todo…” *************************************************

    Seguidamente se le concedió el derecho de palabra al representante del Ministerio Público a los fines que ejerciera el derecho de RÉPLICA, quien expuso lo siguiente: “…Dice la defensa que se trata de una venganza, pero los órganos del Estado tienen la buena fe, y durante el proceso se pueden ejercer los recursos para apartar del proceso de alguna de las partes y salvaguardar los derechos del acusado, manifestó la defensa que haría lo posible de demostrar la inocencia del acusado, pero esta representación fiscal demostró los hechos, la defensa fue discriminando cada uno de los testigos y en cuanto a la testigo Arelis manifiesta que esta testigo se encontraba dormida, Benito dice que no pudo observar cuando Y.c., ya que el vigilante dijo que llegó cuando ya todo había finalizado, pero él en ningún momento apreció el intercríminis, P.G. que es el médico refiere la defensa que refirió que para que existiera el shock hipovolémico, fue una hipótesis, pero en ningún momento refirió que debió existir una lesión en el cerebro, manifiesta la defensa que Lorena dice que Ámbar le profirió gritos a Lorena cuando todos los testigos dicen que Ámbar se encontraba con dos personas más, cuando recibió unos improperios en contra de su personas, acreditando los antecedentes de maltrato, lo cual desencadeno esa respuesta ante ese ataque, manifiesta la defensa que algunos testigos dicen que Y.c. dos veces, eso es totalmente falso, ya que Y.c. en una oportunidad y que trato de levantarse pero no pudo, esta ciudadana dijo que no quería problemas y manifestó situaciones adversas en lo que manifestó en la fase de investigación, Yoshuan manifiesta que conocía a Harold y ha Yair no tenía problemas, que Harold era su asistente lo cual acredita su destacada pericia en el futbol, se ratifica su declaratoria de culpabilidad, es todo…”. *************************

    Acto seguido se le concedió el derecho de RÉPLICA a la Defensa, quien expuso: “…“La representación fiscal reitera que esta defensa no ha podido mantener a Harold bajo la presunción de inocencia, pero no señala en qué forma la representación fiscal ha podido desvirtuar tal presunción de inocencia, igualmente, la representación fiscal insiste en que fue Harold el responsable tanto de los acontecimientos como de la lesión que sufrió Yair reiterando que Yair sufrió otra serie de lesiones lo cual no consta en el expediente, siendo que la representación fiscal no ha podido demostrar la culpabilidad de Harold, reitero la solicitud que al momento de dictar sentencia el mismo sea absuelto. Es todo…”. *********

    Estando presente la víctima, se le concedió la palabra, quien expuso: “…Primero que todo quiero que todos vean a Yair que está acá, mi niño de 14 años, todo este tiempo he estado buscando la justicia yo no tengo odio en contra de Harold, yo estoy pidiendo justicia porque Yair no pidió que lo mataran, tenía ganas de vivir, de estudiar jugar futbol, le gustaba su carpintería, pero hay personas que se dedican a amargarle la vida, a golpearlo a molestarlo a darle coscorrones, ya que no sólo fue esa noche, no es la primera vez que él se metía con Yair, le pedía a la señora que mi hijo no iba más a estar por esos lugares, yo hablé con la señora, pero ella no le paró, pido justicia porque hasta ese tiempo se han arrepentido de todo lo que le hicieron a mi hijo, yo tengo razón porque me mataron a mi hijo injustamente, las veces que molestaban a mi hijo siempre andaba acompañado, la tercera vez buscó la manera le pegarle con otros más, ellos se dedicaron a pegarle a mi hijo, pido justicia porque la patóloga se sentó aquí y dijo todo lo que tenía mi hijo, cómo él iba a aguantar todas esas patadas, por eso pido justicia, porque él duró hospitalizado y ni siquiera se dignaron a ver cómo seguía él, y tuvimos que ir a Miraflores para poder velar a mi hijo en la funeraria del hospital militar, y buscar el puesto para enterrar a mi hijo, aquí la mayoría de las personas han venido a decir mentiras, porque lo conocen a él, a mí nadie me conoce, pero a mí nadie me conoce, él tiene todos los derechos porque ha estado vivo pero nosotros tenemos que defender los derecho de nuestro hijo, ni siquiera lo tenía dentro de la calle sino en mi residencia, por eso pido justicia, porque si no lo hace él irá por la vida maltratando a otros niños, porque aquí estuvo Ronald declarando con miedo, porque el Dr. Rosales se dedicó desde que estaban en lopna, a decirles que podían ir preso, les dijo que podían quedar detenido, por eso pido justicia, usted sabe y le digo Dr. Respete a las víctimas, a lo mejor si no sabe que le han maltratado a su hijo, él dice que Ud. tiene el poder aquí, y que su esposa trabaja en lopna, y que tiene el poder para que sus defendidos no paguen, ese día 27 usted dijo que si yo hubiese participado en el juicio de los menores ellos no estuviesen presos, por ellos pido justicia, por todos los que han venido aquí y han dicho mentiras, pero pídanle a Dios que se arrepientan de lo que le han hecho a mi hijo, él mató a mi hijo y por eso pido justicia, mi hija ha venido a declarar y le han dicho hasta mentirosa, a ella la golpearon también, ella se merece respeto, ella lo que hizo fue defender a su hermano, ella ha dicho la verdad, quiero que esto no le vuelva a pasar a nadie, yo tengo otros hijos pequeños y ellos tienen temor en su escuela porque tienen miedo de lo que le pasó a su hermano, porque no sabemos si a mi hija le pueda pasar algo, y yo quiero que quede claro que si le pasa algo a mi hija él va a ser el culpable, tengo 5 hijos a los cuales he criado honradamente, con amor, yo le di mucho amor a Yair, no saben lo que me quitaron, usted tiene a su hijo vivo señor yo no lo puedo ver a él. Es todo…”. *********************************************************

    Seguidamente se le preguntó al acusado si tenía algo que manifestar y éste previa imposición del precepto constitucional expuso: “…Yo nunca tuve la intención de matar, yo disparé al aire, yo pensé que había un felino, con un arma, todo indicaba que no era una persona, yo nunca he tenido en duda la honorabilidad de mi mujer, mi señora tiene alquilado tres cuartos, allí no puede vivir un hombre, en la puerta se deja el nombre de la persona que va a entrar, el hecho de los lechones, yo dije que no había matado a un lechón, yo mato semanalmente dos ganados, toda mi ropa tiene sangre porque siempre estoy matando animales, el asbesto tengo la foto de la jaula (mostró una foto), esto pasó tres meses antes, y si quiere una prueba de asbesto yo mismo la puedo hacer, lamento mucho la muerte, ella sabe muy bien que el testigo que estaba aquí José juró falsamente, ella sabe muy bien que él es el responsable de llevar a su hijo allá a hacer fechorías, a él lo descubrieron enmascarado robando en el año 2003, es el deber de las fiscalías averiguar, yo estoy arrepentido de lo que pasó, todavía está medio podrida esta jaula, lamentablemente pasaron los hechos de una manera desprevenida, cuando el fiscal se refiere a una mancha de sangre, le sugiero que lea bien el informe, es todo…”. Procediéndose a declarar CERRADO EL DEBATE, conforme con lo dispuesto en el artículo 360 del Código Orgánico Procesal Penal. ******

    HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS

    Quedó plenamente establecido en la Audiencia del Juicio Oral y Público a través de la incorporación y valoración de las pruebas; que en fecha 11 de septiembre de 2005, siendo aproximadamente la 12:30 de la madrugada, cuando se encontraba el adolescente Y.E.Z. en las inmediaciones de la urbanización Castillejo, específicamente en las Residencias EIFFEL, entre el estacionamiento de los edificios H e I, en compañía de un grupo de jóvenes, entre ellos S.L., A.S., R.V., J.R., M.J.G.R., R.O.T., L.A., D.S., J.S. y J.H.N.S.; en esa oportunidad se suscitó una discusión entre A.S. y L.A., en la cual intervino el adolescente víctima Y.E.Z. (Occiso), posteriormente J.H.N.S. discutió con la víctima y le propinó un golpe, así como también los adolescentes JAVIER y D.S. lo que ocasionó que la víctima Y.E.Z. cayera al pavimento produciéndose un fuerte golpe en la cabeza con una acera o muro de concreto; una vez que cae al suelo fue agredido por J.H.N.S. y los adolescentes DANIEL y J.S., quienes le propinaron varias patadas en su cuerpo, dejándolo lesionado, lo que ameritó su traslado al hospital General Guarenas Guatire y posteriormente referido al Hospital Dr. M.P.C., donde ingresa a la unidad de cuidados intensivos, falleciendo el día 20 de septiembre de 2005, a consecuencia de las lesiones sufridas. *******************************

    FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

    En el transcurso del debate oral, conforme con los principios de inmediación, oralidad, concentración y publicidad, previstos en los artículos 332, 333, 335 y 338 todos del Código Orgánico Procesal Penal; se recibieron las pruebas que determinaron los hechos que este Tribunal estima acreditados; analizadas, apreciadas y valoradas todas y cada una de las pruebas que conforman el acervo probatorio presentado por el Ministerio Público (en virtud que la Defensa no ofreció ningún medio u órgano de prueba); según la sana crítica, observando para ello las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencias, es decir; fueron valoradas y decantadas, conforme con lo dispuesto en el artículo 22, en relación con los artículos 197, 198 y 199, todos del Código Orgánico Procesal Penal; de conformidad con lo establecido en el artículo 364 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal; pruebas estas que a continuación se valoran: ******

    En cuanto a los hechos imputados por el Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público al acusado J.H.N.S., esto es, HOMICIDIO INTENCIONAL tipificado en el artículo 405 del Código Penal; al cual este Juzgador conforme con lo dispuesto en el artículo 350 del Código Orgánico Procesal Penal le atribuyó una calificación jurídica distinta como lo es, HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL EN RIÑA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA tipificado en el artículo 410 en concordancia con los artículos 424 y 425, todos del Código Penal; este Tribunal Primero de Juicio lo considera plenamente demostrado con: *

    Declaración de la ciudadana M.E.V.G., plenamente identificada ut supra; quien previamente juramentada, manifestó entre otras cosas, que la noche del 11 de septiembre del año 2005 como a la 01:00 de la madrugada llegaron dos jóvenes a su casa a buscarla y le dijeron que su hijo se encontraba en el hospital; y cuando ésta llegó al hospital encontró a varios muchachos que le comentaron que a su hijo lo habían golpeado; y cuando habló con el médico, éste le dijo que su hijo estaba muy golpeado. Igualmente señaló esta ciudadana que los comentarios eran que HAROLD y los hermanos Sánchez habían golpeado a su hijo, que le habían caído a patadas. Esta declaración al ser analizada, valorada y estimada, se desprende que guarda relación con la declaración rendida por la ciudadana Á.Y.S.V., quien fue testigo presencial de los hechos y participante de la refriega; ésta manifestó que: “…Nos encontrábamos mi hermano, Maikel, Naike Stefani, había en el edificio una reunión estaba Harold, Javier, la novia la prima, estábamos abajo porque no estábamos invitados, llego la novia de Harold y comenzó a gritar, diciéndome groserías, yo le dije que bajara y me lo dijera porque no sabía quién era ella, estábamos reunidos todos como siempre en las residencias, ellos salieron como a la 1:30 de la mañana, había gente nos encontrábamos en la casa de Naike, ellos venían saliendo estaban sentados en un carro, llegó Lorena y empezaron a gritarme, me acerqué, mi hermano y Maikel, ella comenzó a gritarme, yo también le comencé a gritar, vino Harold y se metió en la conversación de mujeres, en lo que él se metió mi hermano se mete, y empezaron a discutir, porque ya había un problema de antes, vino Harold le dio un golpe a mi hermano en la cara, llegaron Javier y Daniel, las muchachas se fueron hacía mí, todos se fueron hacia mí y hacia mi hermano, se metió mi novio que también es difunto, Harold se salió y se quedó Javier y Daniel dando golpes a mi hermano, vino Harold y dio la vuelta por un caminito y él se metió y que a buscar un vigilante, pero éste nunca llegó, llegó Harold, mi hermano no aguantaba y yo tampoco, vino Harold y subió y le dio una patada a mi hermano, ya él se agarraba del estómago y ya no aguantaba, le daban golpes en el piso, llegó un momento que mi hermano estaba en el piso, se percataron que mi hermano estaba en el piso, ellos se fueron corriendo no prestaron ayuda de nada, el hospital estaba al frente, después ellos no salieron, ellos huyeron, no supieron de nada, el producto de la patada que le dio Harold fue muy fuerte, nos dejaron a nosotros allí…”; es decir, esta ciudadana después de narrar los hechos, indicó que vino HAROLD y le dio un golpe en la cara a su hermano hoy occiso, que luego llegaron Javier y Daniel, Harold se salió y se quedaron Javier y Daniel dándole golpes a su hermano; Harold dio la vuelta por un caminito y él se metió y que a buscar un vigilante, pero que nunca llegó; indicó que su hermano ya no aguantaba y vino HAROLD y le dio una patada muy fuerte a su hermano; señaló que la primera persona que golpeó a su hermano fue HAROLD, le dio un puño en la cara; después que su hermano cae todavía Javier, Daniel y HAROLD le seguían dando patadas; señaló que la patada que le dio Harold a su hermano fue como una patada voladora; vio que Harold se salió y se volvió a meter en la pelea; que la patada fue después que Harold se ausenta de los hechos y regresa. Posición y declaración que mantuvo la referida ciudadana al momento de efectuarse el careo con los testigos L.A.A. y R.V.. Por otra parte esta declaración se corresponde con la rendida por el ciudadano B.J.H., quien era el vigilante de guardia en el conjunto residencia donde se suscitaron los hechos, y entre otras cosas señaló que no se encontraba presente en el lugar donde ocurrió la pelea, que HAROLD estaba pidiendo ayuda, que cuando llegó al sitio ya YAIR estaba tirado en el piso cerca de una acera. Estas declaraciones al ser analizadas y comparadas, se evidencia que guarda relación y se corresponden con la declaración rendida por el ciudadano O.E.B.R., quien manifestó que el día de los hechos como a las 11 o 12 de la noche, estaba sentado como a una cuadra de los hechos y logró ver al joven YAIR ya tirado en el piso. A preguntas que le fueran formuladas, éste respondió que no apreció lesiones, que Jordi y Lito trasladaron a Yair al hospital, que en el lugar de la pelea e.H., Jordi, Yair, Ámbar, Steffani, Naiker, Daniel, Javier, Ronald, Jimmy, que habían dos mujeres, pero que no vio a más nadie, que no sabía cómo había sucedido eso, que supuestamente había peleado Yair con Daniel y que no sabía si alguien más había formado parte de la pelea, manifestó que se encontraba cerca de la garita, que lo único que escuchó fueron unos gritos de una mujer, ella pedía auxilio, como dos o tres veces; indicó este ciudadano que cuando llegó al sitio estaban terminándose de golpear, que cuando llegó Yair estaba acostado boca arriba; que cuando llegó todavía las mujeres estaban peleando; igualmente observó a Harold pero que ya éste estaba distanciado de la pelea, que estaba como a 5 o 6 metros, que sin embargo él salió a pedir auxilio al vigilante, Yair estaba en el piso, llegó más gente y lo trasladaron al hospital. ***********************************************************************************

    Continuando con el análisis comparativo y valoración de las pruebas producidas durante el debate oral y público, tenemos la declaración de la ciudadana L.A.A.D., quien para el momento de los hechos era novia del hoy acusado y presenció los hechos; esta ciudadana entre otras cosas señaló que: “…Ámbar comenzó a intercambiar palabra con ella y HAROLD le dijo a ámbar que bajara el tono de voz, Ámbar se molestó, que el hermanito estaba con ella, éste se metió con Harold, Harold le dice que no se iba a meter con alguien que no fuera de su tamaño; indicó que luego salió un muchacho que se llama Jordi y se puso a pelear con Harold, Yair estaba en frente de Lorena peleando con Daniel, a Javier le cayeron como cuatro muchachos encima, ésta no sabía de dónde había salido tanta gente, nosotros éramos 5; yo empiezo a notar que Harold no está por ningún lado, yo estaba preocupada porque no veía a Harold, veo que Yair se cae y Daniel le dio una patada, Yair se vuelve a levantar como buscando de devolverle los golpes a Daniel, él da un paso para atrás y él se cae, yo pensé que se había tirado al piso como pantalleando, pero me di cuenta que era verdad porque la hermana de él se acerca, veo a Harold por allá, ya Ámbar había soltado a mi prima, en eso yo veo que llega un muchacho que se llama Rafael, preguntando qué había pasado, luego se lo llevaron al hospital…”. Esta ciudadana a preguntas que le fueran formuladas, respondió: “…Sí hubo contacto entre Yair y Harold; Harold le baja las manos y se mete Jordi, ellos se estaban cayendo a golpes normal con las manos, Yair resultó lesionado, nadie tenía ningún objeto, yo siempre estuve en la maleta de un carro; la pelea como tal la comenzó Ámbar por un comentario que yo había hecho; yo sólo vi que lo golpeó una sola persona que fue Daniel, Harold no estaba por todo eso, él se perdió el que estaba más cerca de Yair era Daniel, a Harold yo no lo veía, él no estaba allí, Harold se ausentó durante la pelea, él estaba peleando con Jordi, no sé dónde estaba Harold, sí llegó un vigilante al sitio de los hechos pero al final; cuando Yair se cae al piso Harold no estaba; él se cayó solo, no vi si le dieron una patada…”. Esta declaración y versión la mantuvo esta ciudadana durante el careo que se efectuara con los ciudadanos Á.Y.S.V. y R.V.. *************

    Estas declaraciones con relación a los hechos, se corresponden con la rendida por la ciudadana S.C.A.L., quien fue testigo presencial de los hechos e intervino en la refriega, manifestó la forma en que ocurrieron los hechos y el lugar de los mismos; entre otras cosas señaló lo siguiente: “…No recuerdo si entre Yair y Harold hubo intercambio de palabras; Harold empujó a Ámbar con la mano, recuerdo que Harold le dio una sola patada a Yair, en ese momento Yair peleó con Javier, yo vi cuando Y.c. al suelo, cuando Harold le da la patada cae al piso; él se levanta y Daniel lo empujó, Harold se ausentó del lugar, salió corriendo, las dos muchachas estaban peleando con Ámbar y yo defendí a Ámbar, Javier, Harold y D.e. cerca de Yair, cuando Yair cae Harold estaba presente, Harold fue el primero que golpeó a Yair; no recuerdo que Harold le haya dado un golpe en la cabeza a Yair, Yair estaba mareado de la patada que le había dado Harold, esa patada yo la vi, no sé por qué Harold se ausentó del sitio, Jordi salió corriendo como persiguiendo a Harold, Harold sale corriendo cuando Yair estaba en el piso, Daniel le dio patadas, en algún momento ellos estuvieron peleando de pie, cuando Ámbar le reclama a L.H. empuja a Ámbar y es cuando Yair se mete y Harold le pega la patada y se queda viendo para los lados, cuando Yair cae por primera vez es por la patada que le da Harold, luego él se para y pelea con Daniel y duró como diez segundos la pelea, cae por la misma patada que le dieron, cuando cae, Daniel le empieza a dar patadas; yo presencié todo eso cuando Harold le da la patada a Yair; no sé si Harold nuevamente le pega a Yair; Harold le dio la patada, se quedó viendo y salió corriendo, no sé si intervino nuevamente en la pelea…”. Siendo esta declaración valorada, apreciada y estimada por este Tribunal unipersonal. Asimismo estas declaraciones se relacionan y corresponden con la rendida por el ciudadano R.O.D.J.T.Á., quien observó los hechos; entre otras cosas manifestó lo siguiente: “…Yo estaba hablando con mi novia por teléfono, Ámbar se acercó a donde estaba Harold y otro grupo de muchachos a reclamarle algo, que no escuché qué era; entre todos se dieron golpes, Yair cae al suelo, luego se levanta y se vuelve a caer y no se paró más. A preguntas, respondió: ellos le reclaman a Harold y allí mismo empieza la pelea, lo sé por la forma en que lo hacían; él se cayó y se volvió a parar, se volvió a caer, lo golpearon, el primer golpe se lo da Harold a Yair y en eso se meten todos a pelear; no recuerdo si Harold se retiró del lugar porque cuando Yair cae al suelo todo el mundo empezó a correr; lo vi caer en dos oportunidades; cuando él cae la segunda vez estaba Daniel, Javier, Harold en algún momento de la pelea fue a buscar al vigilante; él cae en la acerita, esa acera estaba relativamente cerca; a Yair lo llevamos al hospital Alfredo, Alexander y yo; él estaba inconsciente, estaba botando algo blanco por la boca; primero le dio Harold y después peleó con Daniel; la primera vez yo si sé que Harold le dio a Yair, se empujan y él lo golpea; no sé en qué parte del cuerpo lo golpeó; a Yair lo golpeó Harold, Daniel y Javier; Harold se iba para donde los vigilantes pero fue después que Yair cae; no vi si Harold regresó al lugar; yo vi cuando Y.c. la segunda vez, vi que se golpeó la cabeza con la acera; él se rompió la cabeza con la acera y de allí no se pudo levantar más; a Harold no lo volví a ver; no observé que Harold le diera una patada a Yair, y si lo hizo no lo vi; yo presencié toda la pelea; no recuerdo si posteriormente Harold le dio golpes a Yair, el primer golpe si lo vi…”. Siendo esta declaración valorada, estimada y apreciada por este Juzgador. De igual forma se valora y aprecia el testimonio rendido por la ciudadana G.K.D.M., quien presenció los hechos, señalando la prenombrada ciudadana que ese día ese encontraba visitando a su p.L., que se encontraba con su prima, Harold que es el novio de su prima y unos muchachos que se llaman Javier y Daniel en el estacionamiento; que se les acercó un grupo de muchachos y no sabe en realidad por qué pelearon; indicó que no vio ningún contacto físico entre Harold y otro muchacho; señaló que sabía de un muchacho que cayó al piso pero que no sabía de quién se trataba; que no sabía con qué lesionaron a ese muchacho que cayó al piso; vio pelear a Javier y Daniel; manifestó igualmente que Harold no estaba con ellos cuando sucedió el conflicto y luego fue que se apareció otra vez, que Harold no tuvo intercambio de palabras con nadie; que ella vio cuando un muchacho estaba en el piso y no vio que se levantara; nuevamente señaló que Harold no tuvo intervención en el conflicto ni tuvo discusión con nadie. Si bien esta ciudadana señala que Harold no estuvo presente en la pelea y que no tuvo discusión con nadie; la misma indicó que efectivamente en el estacionamiento de las residencias se suscitaron los hechos y que uno de los muchachos cayó al piso y no logró levantarse; lo cual se corresponde con lo manifestado por el resto de los testigos, cuyas declaraciones ya han sido analizadas. Todas estas declaraciones también se concatenan y relacionan con la rendida por la ciudadana E.M.N.D.R.; quien manifestó que efectivamente en el estacionamiento de las residencias Eiffel se suscitó una pelea, la cual observó a través de la ventana de su apartamento y cuando vio que la situación era muy tensa decidió retirarse de la ventana; indicó que alguien cayó al piso, al cual no vio, y que luego llevaron al hospital; igualmente manifestó que Harold estaba ahí. Este dicho se corresponde con el anterior en cuanto a que la pelea efectivamente se suscitó en el estacionamiento de las residencias Eiffel, en la que intervinieron varios muchachos y uno de ellos cayó al piso, siendo posteriormente llevado al hospital. Siendo esta declaración igualmente valorada, apreciada y estimada por este Tribunal de Juicio. Igualmente aprecia y valora la declaración del ciudadano JOSHUÁN J.G.R., quien manifestó que en compañía de otros ciudadanos trasladó a Yair al hospital, que fue a buscar a la mamá de YAIR, señaló que la pelea se suscitó como a las doce de la noche, lo cual coincide con lo manifestado por los demás testigos, manifestó que Harold, Daniel, Javier, Yair, Ámbar, Lorena, Jordi, Steffany y otros se encontraban en el lugar de la pelea; así como también señaló que le había comentado que Harold y Daniel le había dado una patada a Yair.********************************

    Por otra parte tenemos la declaración del ciudadano VILLALTA NADALES R.E., titular de la Cédula de Identidad N° V-17.921.527, de nacionalidad venezolana, de 21 años de edad, grado de instrucción: 4° año de bachillerato en estudio y Técnico en mantenimiento de equipos de telecomunicaciones, quien manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Estábamos sentados en el edificio donde vive una muchacha que se llama NAIR porque la íbamos a esperar para ir a su casa, estábamos AMBAR, JORDI, RAFAEL Y YO que mal no recuerdo, esperamos a que llegara la dueña de la casa que había salido y AMBAR y el muchacho estaban hablando que una muchacha gritó unos insultos de un edificio y que le iban a reclamar pero yo no escuché nada, fuimos HAROLD, DANIEL y DAVID y dos muchachas mas estaban sentados sobre un carro y AMBAR les empezó a preguntar que por qué le decían eso yo me puse hablar con JAVIER y que ellos tenían algo y HAROLD le decía a AMBAR empujándola que bajara la voz que se quedara tranquila y YAIR le dijo que se metiera con alguien de su tamaño, se metía en el medio y HAROLD le dio un empujón fuerte y se metió JORDI y lo empujó a él más fuerte y se siguieron empujando y comenzaron a lanzarse golpes y se formó un rebullicio y el más pequeño se fue a pelear con YAIR y el otro con HAROLD y yo y JAVIER me dice que nos quedemos tranquilos que lo que estamos es rascados y en el momento en que JORDI y HAROLD se empujaron yo vi que HAROLD empezó a correr hacia la parte de debajo de la residencia y yo intenté separar a los dos pequeños para que no siguieran peleando esto fue como dos o tres veces y me quedé parado y detrás de mi estaba un muchacho de nombre RAFAEL que no paraba de hablar por teléfono y yo le decía verga que pasa aquí, las muchachas también peleaban y eso era un rebulicio loco ahí, gritaban, eso fue rapidito, la cosa fue rápido y en una de esas que estoy viendo allí y veo a RAFAEL ya en la parte donde se estaba cayendo YAIR, él iba cayendo con un impulso fuerte hacia atrás hasta que vi que él pun cae y cuando vi en el asfalto hacia las esquinas hay como unos muritos y vi que cayó ahí y me fui hacia él y lo levanté poco porque temí que por el cuello doblado le pudiera hacer más daño y él ya no podía ni hablar y JAVIER me decía chamo llévalo al hospital, estaba AMBAR que gritaba mataron a mi hermano, mataron a mi hermano y estaba otra muchacha y vino corriendo un chamo que no estaba ahí que lo apartó, lo cargó y entre todos lo fuimos llevando, no recuerdo muy bien muchas cosas ahí, lo cierto es que él corría y bajaba y subía, de hecho cuando YAIR cae, él iba persiguiéndolo hacia arriba, yo sé que se fue detrás de él persiguiéndolo y nosotros llevamos al muchacho al hospital y no sé que más decir, es todo…”. A preguntas formuladas por la Fiscalía, respondió: “…No recuerdo la letra dónde estábamos, imagínese la calle principal sale una calle hacia un lado y hacia otro lado y entre dos edificios estábamos sentados esperando que llegara la muchacha y estábamos en planta baja en un carro que estaba estacionado ahí los que estábamos éramos HAROLD, JAVIER, y dos muchachas más, unos estaban sentados en el carro, otros parados, otros recostados los del otro lado creo que eran dos hombres y dos muchachas, que yo recuerde la pelea se originó por ir a reclamar algo en ciencia cierta no sé decirle que fueron a reclamar, sé que fueron unos supuestos insultos hacia una muchacha pero no lo sé con certeza, ellos decían que era a AMBAR a quien insultaban desde un edificio y que por eso fueron a reclamar, HAROLD le decía a AMBAR que bajara la voz, que se quedara tranquila, YAIR entró y decía que no se metiera con otra persona pero no con su hermana y él le decía que se alejara y que se quedara tranquilo y en una de esas le dio un empujón fuerte y es cuando entró JORDI a empujar a HAROLD, no recuerdo si fue un empujón o golpe y JAVIER se bajó del carro y lo agarró y cuando me volví JORDI venía hacia mí, yo no llegué a pelear con ninguno y al principio como lo vi venir pensé pero no peleé con nadie yo vi pelear a YAIR con el más pequeño que creo que es el hermano de JAVIER de hecho cuando fui a recogerlo él era el que estaba sentado cerca de las escaleras, HAROLD subió y bajó de la calle principal que es medio empinada, la primera vez que se fue bajó hacia abajo y la caceta no me deja ver de forma diagonal pero no sé su ruta y cuando sube sigue de largo, incluso nos pasa y nos veía y seguía subiendo y se regresaba bajando de la larga, hay dos cacetas la de vigilancia tiene entrada a la residencia, en otra esquina está la caceta de la basura y HAROLD era quien estaba ahí, y nosotros estábamos hacia el otro punto, la caceta de vigilancia está diagonal a la de basura, yo vi subiendo y bajando a HAROLD varias veces pero en realidad no recuerdo cuántas veces lo hizo, yo vi peleando a YAIR momentos antes con el niñito y yo volteaba y veía a AMBAR por allá y cuando volteo y veo a RAFAEL él me hace señas con el teléfono y al voltear otra vez hacia el frente vi al niñito y YAIR con un impulso fuerte cayendo hacia atrás, después nos preguntamos cómo se cayó, por qué se cayó, pero sí lo vi caer con un impulso fuerte y en ese momento HAROLD estaba como parado en la caseta de la basura como así como viendo no sé si venía de abajo o de arriba todos nos quedamos parados y yo vi a YAIR como en cámara lenta, yo no vi la patada de HAROLD a YAIR, pero yo pregunté y me dijeron que sí, que venía corriendo y le dio una patada y cayó y yo no la vi pero los otros si me lo dijeron así, yo no lo puedo afirmar, HAROLD estaba en la caseta y DANIEL o DAVID estaba cerca y lo estaba viendo y yo me acerqué y JAVIER estaba detrás de mi y me dijo chamo llévalo al hospital, cuando Y.c. yo me le quedé viendo a él porque yo lo veía que se retorcía y yo volteé hacia donde estaba AMBAR y ella estaba diciendo mataron a mi hermano y ella estaba peleando con otra muchacha y después de ese golpe yo no vi a nadie tocarle, pero comentaron en el hospital que después que cayó con la patada los otros chicos le seguían dando patadas en el piso, yo no vi esa patada pero sí vi cerca de YAIR a DANIEL, yo me acerqué y no lo quería levantar porque de repente me dio cosa y se apareció un muchacho de nombre ALFREDO que nunca había estado ahí y me dijo quítate y con otro fue que lo pudo levantar, AMBAR decía que lo habían matado, pienso porque Y.c. con la cabeza, yo estaba de lado cuando lo vía caer hacia atrás, el golpe que se dio fue duro, él tenía una sola gotica saliéndole de uno y de otro lado de la cara y hacía como si tratara de respirar, pienso que le faltaba como aire y estaba muy tieso y él tenía el cuello en el murito porque el jardín está más abajo del piso y yo lo que hacía era agarrarlo porque él lo que hacía era doblarse y doblarse, yo le decía me escuchas y no me respondía, la distancia desde el sitio de los hechos al hospital es al frente de la residencia, los que lo cargamos fuimos varios y no recuerdos cuántos éramos y en la puerta llegó más gente porque tampoco estaba el vigilante, ya en ese momento ya estaba la gente saliendo, en ese momento que él estaba en el piso, que él subió corriendo no lo vi más, yo no recuerdo que alguna de las muchachas dijera algo, de hecho cuando vi que estaban peleando con AMBAR desde ese momento y que vi a YAIR caer no los vi más, yo era pana de YAIR, si andábamos mucho juntos siempre nos salíamos por ahí mismo en la residencia, en las noches, siempre estábamos juntos, yo no me considero amigo ni pana de HAROLD sino conocido o compañero…”. A preguntas formuladas por la defensa respondió. “…Yo vi a DANIEL esa noche, aunque sí lo vi antes, a JAVIER jugábamos básquet y HAROLD estudiaba en el mismo liceo pero uno o dos años más y nos vieron en la residencia y nos comenzamos a tratar, la relación entre YAIR, JAVIER, DANIEL y HAROLD más pegados JAIR, JAVIER y YO, pero HAROLD y DANIEL andaban juntos, jugábamos todos futbol, básquet, NAIKAR era el nombre de la muchacha a quien esperábamos para ir a su casa y yo no la vi antes sino parada al rato cerca de mi casa porque sí la recuerdo, y esperándola estábamos JORDI, AMBAR, JAIR, RAFAEL que anteriormente dije que no lo había nombrado pero que sí estaba con nosotros, realmente no recuerdo la hora pero si sé que era de noche, sí estábamos tomando mientras esperábamos a NAIKAR y YAIR era el único que no estaba tomando, le dijo a JORDI que no iba a tomar porque tenía juego al día siguiente, él era el único que no estaba tomando, yo no lo vi tomando, AMBAR sí estaba tomando, todos estábamos tomando desde que era noche pero no recuerdo la hora, años atrás quizás la hubiese recordado y no recuerdo qué tomábamos, yo intervine en la pelea para separarlos a ellos, JAVIER su participación fue acercárseme y agarrarme que nos quedáramos tranquilos que estábamos rascados y JORDI me lo quitó ahí cuando se fue corriendo HAROLD, JORDI me lo quitó, él sólo me tenía sostenido, JORDI le dio golpes a JAVIER no recuerdo golpe o empujón, JORDI en su contextura es como la mía flaco, yo vi a HAROLD parado en una caseta como punto de referencia y había una calle de por medio más o menos de distancia, podríamos decir que pelea como tal es que JORDI peleó con JAVIER, DANIEL con YAIR, fue lo único que vi y las muchachas sin contar con el resto sin contar los empujones, AMBAR en ningún momento intentó detener la pelea, yo le perdí y la vista y cuando la volví a ver estaba peleando con otras muchachas, porque en el grupo donde estábamos nosotros había otra muchacha y sé que ella también estaba ahí con nosotros, no recuerdo si eran dos o una muchacha las que peleaban con AMBAR, en ese sitio está la luz de los postes de la calle, donde c.Y. no se ve mucho porque habían unos potes y unas matas ahí, nosotros estábamos en todo el medio de los dos edificios, ellos estaban prácticamente ahí en el primer edificio, nosotros nos conseguimos ahí pero no recuerdo cómo nos reunimos, pero ya teníamos rato ahí, yo me acuerdo que yo subí a comer y estábamos otra vez por la parte de debajo de la residencia, ya cuando bajé volví al punto donde estábamos, en el momento en que estábamos esperando a NAIKER fue como 15 minutos, incluso caminamos por la parte de debajo de la residencia pero sí teníamos un buen rato todos, pasamos como unas 3 o 4 horas más o menos, como a las 8 de la noche que es la hora que todos bajan, incluso había en un apartamento una celebración por un juego de futbol y parece que los insultos los hicieron desde esa casa pero yo no los presencié y cuando fueron a reclamar ya la fiesta no estaba, desde el momento en que nos empezamos a reunir, no recuerdo quién tenía la botella pero sí tomamos, yo realmente no sé si consumían otra cosa pero JAVIER tenía un refresco en la mano y le dije dame y él me dio…”. A preguntas formuladas por el Tribunal, respondió: “…Yo vi caer a YAIR una sola vez, yo si estuve cerca del grupo donde estaba YAIR, yo estaba cerca de la actividad como decir de aquí a la puerta, yo de ahí podía ver el ángulo de toda la calle y ver a ciertos grupos como tal y después es que volteo y veo a RAFAEL y antes de voltear YAIR ya estaba peleando con HAROLD pero sí recuerdo es que lo vi coger impulso para caer y yo le hacía señas a RAFAEL qué está pasando y RAFAEL con el teléfono me hacía señas que no sabía nada, eso fue en pocos segundos, yo vi posteriormente caer a YAIR y al momento de yo acercarme veo que va cayendo y me le quedo viendo a ver si se levanta y veo que no lo hace y AMBAR grita mataron a mi hermano y corrí hacia a él y vi a HAROLD hacia la caseta parado desde la caseta viendo hacia donde estaba YAIR, estábamos empezandito la calle como a la pared del fondo está la caseta, cuando comienza esa calle es como una esquina, YAIR cae aquí como a unos dos o tres metros, cayó al nivel de la ventana del primer apartamento que está en toda la esquina por eso es que digo esta distancia y más adelante está la calle, donde c.Y. es cuatro esquina y no hay obstáculos para verlo caer y eso es una vía abierta sin obstáculos y si se puede llegar fácilmente al sitio donde él estaba y tenía una media curvita y nosotros estábamos un poquito más allá, sí se venía en línea recta llega al carro y sí se veía, si era en línea recta tendría que brincar el murito, yo si lo veo a usted puedo llegar directo pero para llegarle tengo que irme por detrás es un jardín muy leve, muy corto, yo preguntaba en el hospital cómo se cayó y por qué cayó, por qué lo tumbaron y los muchachos me decían que HAROLD le dio una patada y lo tumbó y yo no vi la patada en ese momento pero si lo vi caer con un impulso muy fuerte y aterrizó exactamente con la cabeza, sé que eso es lo que se comentaba ahí en el hospital lo decía AMBAR, JORDI, ellos me decían que yo no la vi porque yo estaba rascado me dijeron que por eso no vi la patada y yo no estaba rascado, JORDI creo que es MAICOL o MICHEL el está muerto ahorita, JORDI era su apodo, no recuerdo que NAIKER estuviera en el hospital pero si estaban los que estaban en el grupo de nosotros, había mucha gente, prácticamente estábamos todos los muchachos de la residencia, como que todo el mundo se enteró y todo el mundo fue al hospital, no sé, no la recuerdo, NAIKEL vivía en el edificio donde la esperábamos y ya no vive allí…”. Durante el careo realizado durante el juico oral y público, este ciudadano manifestó: “…Cuando llegamos Harold si estaba allí en el momento que comenzó la pelea, pero sí hizo algo contra Yair, él se fue corriendo hacia la parte de debajo de la residencia, él subía y bajaba, él estaba parado por donde estaba la basura, la parte porque empieza la discusión yo no estaba, pero sí fueron a reclamar por los insultos que le daban a Ámbar, si estaban tomando no me consta, en el momento cuando él cae yo no vi, él se cae por un impulso fuerte, todos los que estaban afuera cuando yo pregunté me dijeron que fue por la patada que le dio Harold, quienes estaban peleando con Yair fue Daniel, pero yo no logré separarlos, cinco de las personas que estaban allí en el hospital me dijeron que él le dio una patada…”. A preguntas formuladas por el fiscal respondió: “…Yo veo cuando él cae, cuando agarra el impulso pero cuando él cae yo no vi quién le dio la patada, él venía corriendo, pero cuando veo que Yair estaba en el piso, no sé si realmente él venía corriendo, yo sé que él subía y bajada en una de esas que subió yo estaba parado allí, pero cuando Yair estaba en el piso, él estaba parado allí en la caseta, yo no vi el momento exacto de la patada, yo volteé a hablar con Rafael, pero él sí tuvo una participación en el hecho al principio, pero cuando él cae no sé si él tuvo participación, él se retorcía duro, no recuerdo exactamente a qué distancia, Harold estaba a nivel de la caseta de condominio, no tan retirado pero tampoco tan cerca, no sé si él quedó en el piso por el golpe o por un golpe que se dio con el piso, tuvo que haber recibido un impacto, yo lo logré ver en el suelo, yo le presté asistencia…”. A preguntas formuladas por la defensa contestó: “…El lado corto es donde termina esa calle y por allí hay un camino de tierra, cuando cae Yair él está en el lado de la caseta, por el lado largo, más o menos donde está la pared de al fondo estaba Harold…”. A preguntas del tribunal contestó: “…Yo no lo vi cuando le dio la patada, yo fui el primero que me acerqué a él, yo escuché a Ámbar que gritaba mataron a mi hermano, yo sé que había gente detrás de mí, pero no sé quiénes eran, Daniel era el que estaba más cerca en ese momento, ellos estaban peleando, Yair cae, él se va y se desploma, no puedo afirmar quién lo tumbó, yo vi cuando él se va con el impulso vi a Rafael, yo no me llegué a imaginar que no se iba a parar más, yo no observé a nadie después que cae le dio una patada, yo creo que estaba más o menos donde estaban peleando con las muchachas, no le sabría afirmar si realmente fue un golpe, porque yo lo vi más o menos a este nivel, yo si presencié ese momento pero yo no vi bajadera de manos, ellos sólo se decían cosas, él lo empujaba…”. Este ciudadano señala que ciertamente en el estacionamiento de las residencias EIFFEL en momentos en que éste se encontraba con Ámbar, Jordi, Rafael, Yair, la ciudadana Ámbar fue a reclamarle a otro grupo de muchachos que se encontraban allí, entre ellos dos muchas que se hallaban encima de la maletera de un carro, por un comentario que había hecho de ella, y en eso HAROLD que estaba allí le decía a Ámbar que bajara la voz al momento que la empujaba, por lo que intervino Yair, diciéndole que se metiera con alguien de su tamaño, por lo que Harold también lo empujó y a partir de allí se formó la pelea donde intervinieron Harold, Jordi, Yair, Daniel, Javier y Ámbar que peleaba con las muchachas Lorena y Gabriela; indicó igualmente este ciudadano que vio cuando Y.c. al suelo debido a un fuerte impulso, golpeándose la cabeza con un murito que estaba allí, señaló que se le acercó y Yair no reaccionó y lo levantó poco porque tenía el cuello doblado y junto con otros muchachos los llevaron al hospital. Todo ello se corresponde con lo señalado por los testigos cuyas declaraciones sobre los hechos fueron a.y.a. entre sí; es decir, todos son contestes en señalar que el hecho efectivamente ocurrió en el estacionamiento del conjunto residencia Eiffel en horas de la noche, suscitándose una pelea entre varios muchachos, resultando lesionado el adolescente Y.Z., quien posteriormente falleció producto de las lesiones sufridas. Esto se corresponde con el REPORTE DE INCIDENTE de fecha 10 de septiembre de 2005, suscrito por el ciudadano B.H. en su condición de Oficial de Seguridad adscrito a la empresa H.I.S SEGURIDAD C.A, encargada de la seguridad interna del Conjunto Residencial EIFFEL, mediante el cual el referido ciudadano dejó constancia de los hechos sucedidos el día 09 de septiembre de 2005, y las personas que intervinieron en los mismos, el cual fue ratificado durante el debate por el ciudadano B.H. quien suscribió el mismo, el cual fue incorporado al debate por su lectura, siendo éste valorado y estimado por este Juzgado. ********************************

    Igualmente se corresponden las declaraciones antes señaladas con lo expuesto por la funcionaria ORLANDY DEL R.F.T., quien practicó la inspección técnica al sitio del suceso; y manifestó que efectivamente realizó la inspección en el sitio del suceso, tratándose éste de un lugar abierto, es decir, el estacionamiento de las residencias Eiffel, en el cual se encontraban varios vehículo y no colectó evidencia alguna de interés criminalístico; y muy cercano a éste se encuentra el hospital general Guarenas Guatire; lo cual se corresponde con lo manifestado por los testigos presenciales de los hechos, en cuanto al lugar donde éstos ocurrieron; siendo esta declaración igualmente valorada, apreciada y estimada por este Tribunal. De igual manera se corresponden las declaraciones de los testigos Á.Y.S.V., L.A.A.D. y R.E.V.N., con el Montaje y fijaciones fotográficas de fecha 29 de abril de 2009, suscrito por el Licenciado MARCANO EVY, sub-comisario, Jefe de la División, con oficio nro.- 9700-203, de fecha 12 de Mayo del año 2009, realizado con motivo de la reconstrucción de hechos efectuada en fecha 29 de abril de 2009; mediante las cuales se deja constancia de las escenas narradas por los testigos y acusado; así como con el LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO Nº 259 de fecha 12 de mayo de 09, suscrito por el Experto Detective H.P., adscrito a la División de Análisis y Reconstrucción de Hechos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, el cual fue elaborado con motivo de la reconstrucción de hechos realizada por este Tribunal Primero de Juicio en fecha 29 de abril de 2009, en el estacionamiento del Conjunto Residencial Eiffel entre los edificio “H” e “I”, Urbanización Castillejo, Parroquia Guatire, Municipio Autónomo Zamora del estado Miranda; a través de las versiones de los testigos presenciales y el acusado; mediante el cual determina el plano, ubicación del lugar donde ocurrieron los hechos y descripción de las escenas narradas por los testigos y acusado, los cuales fueron incorporados al debate por su lectura, y lo expuesto por el experto H.P., quien manifestó y explicó el mismo; así como también las distintas versiones dadas por los testigos y acusado; lo cual plasmó en su referido levantamiento planimétrico; mediante el cual no se pudo establecer algo distinto a lo manifestado y sostenido por los testigos y el acusado, quienes participaron en la reconstrucción de los hechos practicada por este Tribunal; toda vez que los mismos mantuvieron sus respectiva versiones de los hechos que ya fueran durante el debate. ******************************************************

    Asimismo las declaraciones de los testigos antes señalados se corresponden con lo manifestado por el médico cirujano P.J.G., quien manifestó que en su condición de médico recibió al adolescente Y.Z. en el Hospital Dr. M.P.C., procedente del Hospital General Guarenas Guatire; el cual ingresó inconsciente, entubado, calificando en ese momento un traumatismo severo, pasando luego el paciente a terapia intensiva donde falleció días después; cual se corresponde con el Resultado del Dictamen Pericial signado con el Nro.- 12438-05, de fecha 15 de septiembre de 2005, suscrito por el médico Forense experto profesional DR. H.C., adscrito a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual dejó constancia de las condiciones en que se encontraba el adolescente Y.E.Z. durante su permanencia en terapia intensiva del Hospital P.C.; el cual fue incorporado al debate por medio de su lectura. Todo ello se corresponde con lo plasmado en el Resultado de la Experticia de Levantamiento del cadáver de Y.E.Z., de fecha 30 de Septiembre, signado con el nro.- 136-118404, suscrito por el médico forense experto profesional I, DRA. C.A., adscrita a la división de Patología Forense División de Anatomía Patológica Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual describe las características del cadáver; el resultado del Dictamen Pericial signado con el Nro.- 12438-05, de fecha 15 de septiembre de 2005, suscrito por el médico Forense experto profesional DR. H.C., adscrito a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante el cual dejó constancia de las condiciones en que se encontraba el adolescente Y.E.Z. durante su permanencia en terapia intensiva del Hospital P.C.; y el INFORME MÉDICO LEGAL de fecha 25 de noviembre de 2005, suscrito por la médica R.P., adscrita al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, directora del Hospital “Dr. MIGUEL PÉREZ CARREÑO”, mediante el cual deja constancia que el adolescente Y.E.Z. ingresó a dicho centro hospitalario el día 11 de septiembre de 2005 y egresó en fecha 20 de septiembre de 2005, día en que falleció. Igualmente deja constancia de las condiciones en que ingresó, así como también del diagnóstico final, falleciendo a las 3:40 del día 20 de septiembre de 2005. Así como con lo manifestado por los funcionarios L.J.S. y H.H.G.R., quienes practicaron la inspección técnica al cadáver del adolescente Y.Z. en la morgue del Hospital Dr. P.C.; mediante la cual dejaron constancia de las características del cadáver, así como de las heridas y posición que éste presentaba para el momento. Todo ello, con relación a la muerte del adolescente Y.Z. y la causa de la muerte, corroborado con lo manifestado por Médica Ananomopatóloga Forense N.C.S.S., quien practicó la autopsia al cadáver de quien en vida respondiera al nombre de Y.Z.; manifestando ésta lo siguiente: Al momento de realizar la autopsia se evidencian las características externas del cadáver, para el momento tenía de 12 a 24 horas de data aproximadamente, presenta equimosis y una herida localizada en la cabeza y en el tórax, la equimosis en el párpado del lóbulo derecho del ojo, el pabellón auricular del lado izquierdo y una equimosis en el tórax del lado derecho; luego viene la apertura de las tres cavidades, al explorar la cabeza no se observa fractura en los huesos del cráneo, pero sí una hemorragia y la presencia de un hematoma localizado justo en el tallo cerebral, la presencia de un edema cerebral severo, en la apertura del cuello del abdomen no se evidencia nada, presentaba en general un traumatismo cráneo encefálico y una hemorragia cerebral como consecuencia de un traumatismo cráneo encefálico severo; es todo…”; lo que se corresponde con lo señalado por varios testigos presencia les de los hechos, en cuanto a que al momento en que el adolescente Y.c. al piso, éste se golpeó la cabeza con la acera o muro de concreto que allí estaba; cual se corresponde con lo plasmado en el correspondiente protocolo de autopsia, que fuera incorporado al debate por su lectura, en el cual dejó constancia de lo siguiente: Protocolo de Autopsia N° 136-118404 de fecha 23 de septiembre del 2005, suscrito por la Médica Antomopatóloga N.S. adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas; mediante el cual dejó constancia de las heridas presentadas por el cuerpo sin v.d.Y.E.Z.; así como también la causa de la muerte, indicando que la misma se debió a HIPOXIA ACENTUADA DEBIDO A EDEMA CEREBRAL SEVERO CON SURCOS DE COMPRESIÓN AMIGDALO-BULBAR SECUNDARIO A HEMORRAGIA CEREBRAL POR TRAUMATISMO CRÁNEO ENCEFÁLICO SEVERO; lo que igualmente se corresponde con lo plasmado en el certificado de defunción signado con el número MSDS, 569647 N° de certificado 1352 de fecha 20 de Septiembre del año 2005, suscrita por la autoridad civil de la alcaldía metropolitana de Caracas, donde se deja constancia de la muerte del adolescente Y.Z.. *********************************************************************************

    Al hacer el análisis comparativo de estas declaraciones con la declaración rendida por el acusado J.H.N.S., se desprende que son concordantes, toda vez que el acusado manifestó que efectivamente el hecho ocurrió en el lugar y hora señalado por los testigos presenciales y referenciales del hecho, que efectivamente se suscitó una pelea entre los dos grupos de muchachos; pero señalando que en ningún momento le había dado una patada o golpe al adolescente Y.Z.. ****************************************************************

    Todas estas declaraciones y las pruebas incorporadas por su lectura al debate se relacionan entre sí, y crearon la certeza en este Juzgador, que el día 11 de septiembre de 2005, siendo aproximadamente la 12:30 de la madrugada, cuando se encontraba el adolescente Y.E.Z. en las inmediaciones de la urbanización Castillejo, específicamente en las Residencias EIFFEL, entre el estacionamiento de los edificios H e I, en compañía de un grupo de jóvenes, entre ellos S.L., A.S., R.V., J.R., M.J.G.R., R.O.T., L.A., D.S., J.S. y J.H.N.S.; en esa oportunidad se suscitó una discusión entre A.S. y L.A., en la cual intervino el adolescente víctima Y.E.Z. (Occiso), posteriormente J.H.N.S. discutió con la víctima y le propinó un golpe, así como también los adolescentes JAVIER y D.S. lo que ocasionó que la víctima Y.E.Z. cayera al pavimento produciéndose un fuerte golpe en la cabeza con una acera o muro de concreto; una vez que cae al suelo fue agredido por J.H.N.S. y los adolescentes DANIEL y J.S., quienes le propinaron varias patadas en su cuerpo, dejándolo lesionado, lo que ameritó su traslado al hospital General Guarenas Guatire y posteriormente referido al Hospital Dr. M.P.C., donde ingresa a la unidad de cuidados intensivos, falleciendo el día 20 de septiembre de 2005, a consecuencia de las lesiones sufridas; estableciendo así la existencia y ocurrencia del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL EN RIÑA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA tipificado en el artículo 410 en concordancia con los artículos 424 y 425, todos del Código Penal; el cual ha quedado plenamente demostrado con las pruebas antes señaladas; es decir, quedó determinado que efectivamente se suscitó una pelea (riña) entre dos grupos de jóvenes en el estacionamiento de las residencias Eiffel de Guatire, en la que participaron J.H.N.S., J.S., D.S., Y.Z., JORDI y por otra parte pelearon las adolescentes para la época de los hechos, Á.S., L.D. y GABRIELA, donde resultó golpeado YAIR por parte de H.N.S., J.S. y D.S., quienes le propinaron golpes y patadas al mismo, lo cual ocasionó la caída de YAIR al pavimento impactando su cabeza contra un muro o acera de concreto, quedando inconsciente, lo que ameritó su traslado al hospital general Guarenas Guatire y posteriormente al hospital Dr. M.P.C., donde luego de permanecer varios día en terapia intensiva, falleció el día 20 de septiembre de 2005; no lográndose determinar cuál de estos jóvenes le produjera el golpe que ocasionara la caída y tampoco se pudo determinar durante el debate que éstos hayan tenido la intención de matar al adolescente Y.Z., pero sí tuvieron la intención de lesionarlo, pero que lamentablemente se produjo un resultado mayor, como lo fue la muerte de éste. ***********************************************

    Ahora bien, demostrado como han quedado los hechos antes señalados, corresponde a este Juzgador establecer la responsabilidad del acusado en el mismo. *******************************

    En el transcurso del debate oral, conforme con los principios de inmediación, oralidad, concentración y publicidad, previstos en los artículos 332, 333, 335 y 338 todos del Código Orgánico Procesal Penal; se recibieron las pruebas que determinaron los hechos que este Tribunal estima acreditados; analizadas, apreciadas y valoradas todas y cada una de las pruebas que conforman el acervo probatorio producido durante el debate; según la sana crítica, observando para ello las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencias, es decir; fueron valoradas y decantadas, conforme con lo dispuesto en el artículo 22, en relación con los artículos 197, 198 y 199, todos del Código Orgánico Procesal Penal; de conformidad con lo establecido en el artículo 364 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. *********************

    El presente debate, es decir, el contradictorio versó y se fundamentó en pruebas testimoniales rendidas por las personas que fueron promovidas oportunamente; así como en las diferentes experticias ofrecidas por las partes. Con relación a la prueba testimonial, en opinión del doctrinario, Dr. H.D.E., siempre que el hecho por probar llega al conocimiento del juez mediante la narración oral de una persona, existe un testimonio. De igual manera el Dr. E.L.P.S., en su obra “Manual de Derecho Procesal Penal” señala: “Testifical es el medio de prueba por excelencia en el proceso penal, pero en el sistema acusatorio a diferencia del sistema inquisitivo, la relación de la persona del testigo con el acusado o con la víctima no es óbice por sí sola para la desestimación de su testimonio, por lo cual no existe aquí procedimiento para la tacha de los testigos. Cualquier causa de imparcialidad u objetividad en el testigo debe ser simplemente puesta de manifiesto al tribunal, bien durante el interrogatorio mismo o con los informes orales, y corresponderá al tribunal valorarla a los efectos de la definitiva…El testigo es órgano de prueba porque es persona que aporta información en el proceso…”. *******************************************************************************

    Igualmente durante el debate se evacuaron pruebas periciales o experticias. En opinión del Dr. J.E.C.R., en su Revista de Derecho Probatorio N° 11, señala: “Personas, animales, cosas y lugares serán objeto de exámenes por expertos para conocer los hechos que sólo se revelan mediante la actuación de especialistas en las distintas ramas del saber”. Como se observa, existen diferencias entre perito y testigo, el perito puede verificar el hecho mediante deducciones y juicios técnicos o científicos, mientras que el testigo debe narrarle al juez lo que haya percibido u observado. *************************************************************

    Desde el inicio del debate oral y público el defensor privado del acusado, así como el propio acusado, plantearon y sostuvieron que el mismo aun cuando estuvo presente cuando se iniciaron los hechos (riña), éste en ningún momento llegó a golpear al adolescente Y.Z.. ************

    Corresponde a este juzgador determinar o establecer si con las pruebas producidas durante el debate se determinó la participación o autoría del acusado. *************************************

    Estima este Juzgador que quedó plenamente demostrado que el acusado J.H.N.S. participó en los hechos donde resultara fallecido el adolescente Y.Z.; lo cual se determinó con las siguientes pruebas: *************************************

    Declaración de la ciudadana Á.Y.S.V., quien fue testigo presencia de los hechos, manifestó que efectivamente HAROLD se encontraba en el lugar de los hechos y fue con quien se inició la pelea dándole un golpe en la cara a YAIR, luego llegaron los adolescentes JAVIER y DANIEL y se incorporaron a la pelea dándoles golpes a YAIR, indicó que HAROLD le dio una patada a YAIR, señaló igualmente que Harold fue la primera persona que golpeó a Yair; que después que Y.c. al suelo Javier, Daniel y Harold le seguían dando golpes y patadas; manifestó que Harold salió y volvió a meterse en la pelea. Esta declaración se corresponde con la rendida por la ciudadana S.C.A.L., quien fuera testigo presencia de los hechos, esta ciudadana manifestó que efectivamente Harold estuvo presente en el lugar de los hechos y que participó en los mismos, señaló la testigo que vio cuando HAROLD le dio una patada a YAIR; así como también vio cuando éste cayó al piso; es decir, cuando Harold le da la patada y éste cae al piso, indicó igualmente que Harold fue la primera persona que golpeó a Yair, que cuando Yair cae Harold estaba presente y luego salió corriendo, manifestó que Javier, Daniel y H.e. cerca de Yair cuando éste cayó al piso y estando en el piso igualmente le daban patadas. Es decir, estas testigos son contestes en afirmar que el acusado J.H.N.S. se encontraba en el lugar de los hechos y participó en la pelea con JAVIER y DANIEL en contra de YAIR, que HAROLD fue el primero en golpear a YAIR, igualmente son contestes en señalar que Harold le propinó una patada a Yair, que YAIR fue golpeado tanto por Harold, Javier y Daniel, lo cual produjo su caída y posterior golpe con la acera, no logrando volverse a parar, por lo que fue traslado al hospital. Estas declaraciones se corresponden con la declaración del ciudadano R.O.D.J.T.Á., quien fue testigo presencia de los hechos y señaló que entre todos se dieron golpes, que Y.c. al suelo, que luego se levanta y vuelve a caer y no se levantó más, indicó que el primer golpe se lo dio HAROLD a YAIR y en eso se metieron todos a pelear, que en el momento que Yair cae e.D.J. y Harold y en un instante Harold salió a buscar a un vigilante, Y.c. en la acera y se golpeó en la cabeza, manifestó que Yair estaba inconsciente y botaba algo blanco por la boca y fue llevado al hospital por el testigo, Alfredo y Alexander; señaló que a Yair lo golpeó Harold, Daniel y Javier, de igual manera indicó que Harold salió a buscar el vigilante fue después que Y.c. al piso, vio que Yair se golpeó la cabeza con la acera y se rompió lo cabeza y de allí no se pudo levantar más, por lo que lo llevaron al hospital. Estas tres declaraciones son concordantes y son contestes estos testigos en señalar que efectivamente Harold junto con Javier y Daniel golpeó a Yair, lo que produjo la caída de éste y se golpeara la cabeza con la acera y quedara inconsciente, por lo que hubo la necesidad de llevarlo al hospital. Por otra parte manifestó la ciudadana E.M.N.D.R. que HAROLD sí se encontraba en el lugar de los hechos, lo cual coincide con lo manifestado por los testigos antes señalados. Se corresponden igualmente las declaraciones anteriores con lo expuesto por el ciudadano R.E.V.N., quien fuera testigo presencia de los hechos, manifestando que ciertamente Harold se encontraba en el sitio del suceso y participó en la pelea, que Harold sí tuvo contacto físico con Yair; si bien en ningún momento señaló que haya visto a Harold darle alguna patada a Yair, éste señaló que cuando estaba en el hospital a poco de haber ayudado llevar a Yair, le preguntaba a los muchachos que cómo y por qué se c.Y., los muchachos le decía que HAROLD le había dado una patada y lo había tumbado; indicó que en ese momento no había visto la patada, pero que si vio caer a Yair con un impulso muy fuerte y que aterrizó exactamente con la cabeza en la acera o murito de concreto. *******************************************************************************

    Con respecto a las declaraciones de las ciudadanas L.A.A.D. y G.K.D.M., si bien éstas fueron valoradas con relación a los hechos por ser testigos presenciales de los mismos; éstas con respecto a la culpabilidad del acusado, estima este Juzgador, que ambas tenían interés en favorecer al acusado, por tratarse de la novia de éste y la prima de la novia; lo que evidencia su interés. Manifestaron estas ciudadanas, tratando de favorecer a l acusado, que éste no se encontraba en el sitio de los hechos al momento de iniciarse la pelea y que éste en ningún momento había tenido contacto físico con YAIR, afirmaciones estas que fueron desvirtuadas por os testigos, cuyas declaraciones fueron a.a.y. que sirvieran para demostrar y determinar la culpabilidad y responsabilidad el acusado. **********************************************************************************

    En el sistema acusatorio para valorar las pruebas y así motivar su decisión, el juzgador deberá confrontar la testimonial de una y otra persona, inclusive con la declaración del acusado y las demás pruebas existentes y compararlas todas en su conjunto, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el sistema de valoración, es decir, que se deben apreciar las pruebas según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia. ***************************************

    En tal sentido se observa que de la valoración individual y del análisis comparativo de estas declaraciones, se desprende que efectivamente el acusado fue la persona que en compañía de los jóvenes Javier y D.S. golpeó al adolescente Y.Z., ocasionándole su caída al piso, golpeándose éste la cabeza con la acera o muro de concreto, lo que le produjo la muerte después de permanecer varios días en terapia intensiva a consecuencia de las lesiones sufridas. Aun cuando se demostró que estos tres jóvenes golpearon simultáneamente al adolescente Y.Z., no pudiéndose determinar cuál de estos tres jóvenes le produjera la caída que le ocasionara la muerte producto de haber impactado su cabeza con la acera o muro de concreto; igualmente no pudo demostrar el Ministerio Público que la intención del acusado haya sido dar muerte al adolescente antes mencionado; pero sí tuvo éste la intención de lesionar al mismo. ***************************

    El Ministerio Público sostuvo su acusación por el delito de homicidio intencional, de las pruebas antes analizadas quedó plenamente demostrado el hecho y la culpabilidad el acusado, restaría demostrar las circunstancias en que ocurrieron los hechos para establecer si el Ministerio Público demostró que el mismo actuó intencionalmente o actuó de otra manera y por ello al momento de concluir la recepción de pruebas el tribunal advirtió la posibilidad de un cambio de calificación jurídica a HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL. Estima el tribunal que el Ministerio Público no logró demostrar que el acusado le haya causado la muerte al adolescente Y.E.Z. de manera intencional y ello se desprende de la declaración de los testigos que comparecieron al debate, los cuales no aportaron elemento alguno o circunstancias que demostraran que el acusado haya actuado con dolo directo; el Ministerio Público sostuvo en sus conclusiones que estábamos en presencia de un homicidio intencional por la forma en que ocurrieron los hechos y las características propias del acusado, toda vez que se trataba de un joven jugador de futbol y su destreza para lanzar patadas y que éste sabía que una patada en el abdomen podría producirle la muerte a alguien. Estima el Tribunal que del análisis y comparación de las pruebas, estamos en presencia de un HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL EN RIÑA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, toda vez que la intención del acusado era lesionar a la víctima, pero por su acción se produjo un resultado mayor, como lo fue la muerte del adolescente Y.z.; igualmente determinó que las lesiones se produjeron con motivo de una riña o pelea entre dos grupos de jóvenes, como también quedó demostrado que los ciudadanos Javier, Daniel y Harold golpearon al adolescente Y.Z., pero no pudo determinarse quién de los tres le produjo la caída que le ocasionara la lesión en la cabeza que posteriormente le ocasionara la muerte. ***********************************************************************

    En consecuencia, de las declaraciones rendidas en el presente juicio por testigos y expertos, de las pruebas de experticias, y de las pruebas documentales que fueran incorporadas al mismo por medio de su lectura; no dejan dudas y crea la certeza en este Juzgador, conforme con lo dispuesto en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal; que el acusado J.H.N.S. fue la persona que en las circunstancias antes determinadas, le causara la muerte al ciudadano Y.E.Z., en las circunstancias ya establecidas; razones por las cuales deberá dictar sentencia condenatoria en contra del prenombrado ciudadano por la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL EN RIÑA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA tipificado en el artículo 410 en concordancia con los artículos 424 y 425, todos del Código Penal, en perjuicio del adolescente Y.E.Z.. Y ASÍ SE DECLARA. *******************************************************************************

    ALEGATOS DEL MINISTERIO PÚBLICO

    En cuanto a la calificación jurídica dada a los hachos por el representante del Ministerio Público, considera este Tribunal que luego de haber analizado y valorado todo el acervo probatorio, que la imputación fiscal de HOMICIDIO INTENCIONAL, no se corresponde con los hechos, razón por la cual este Juzgador le atribuyó a los mismos una calificación jurídica, como lo fue HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL EN RIÑA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, y quedó clara y plenamente demostrado que el acusado J.H.N.S., es el autor responsable del mismo; conforme con lo dispuesto en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal ***********************************************

    ALEGATOS DE LA DEFENSA

    El abogado E.R.A., en su carácter de Defensor Privado del acusado J.H.N.S., en todo momento que ejerció el derecho de defensa y en las conclusiones sostuvo que su defendido no había participado en los. ***************

    En consecuencia, considera este Tribunal Primero de Juicio, sobre la base de lo anteriormente expuesto; que la conducta desplegada por el acusado J.H.N.S.; se subsume y está tipificada como delito en el artículo 410 en concordancia con los artículo 425 y 424, todos del Código Penal; que sanciona el HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL EN RIÑA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA; por lo que lo procedente y ajustado a derecho es dictar sentencia condenatoria en contra del acusado J.H.N.S., e imponerle la pena con la que el legislador sanciona tal conducta delictiva, conforme con lo dispuesto en el artículo 362 del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECLARA. ***************************************************************

    PRUEBAS QUE SE DESESTIMAN

  28. - R.A.A.I. testigo promovido por el Ministerio Público, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.070.542, de nacionalidad venezolana, de 54 años de edad, grado de instrucción: cuarto grado de primaria, quien manifestó no tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Cuando pasó eso yo estaba durmiendo, como yo tomo pastillas para dormir porque sufro de los nervios, y cuando yo me tomo eso puede pasar lo que sea y no sé, yo no puedo salir a la calle sola…”. A preguntas del fiscal contestó: “…Me pusieron como testigo de algo que yo ni siquiera vi, yo estaba durmiendo en mi casa, no tengo conocimiento de nada, yo estaba en mi casa, de la cosa que pasó con el muchacho, a mi me citaron como testigo, a mí citaron no sé qué pasó, la mamá de él era maestra de tareas dirigidas, ella le daba clases a mi hijo y me decían que la fueron a buscar a las 7, yo lo saludaba y nada más, yo vivo en la residencia Eiffel, Guatire, ellos viven en la misma residencia que yo, ellos viven por allí pero eso no quiere decir que yo tengo que saber que hace él, yo soy del hogar, yo tengo 15 años viviendo allí, a ellos los conozco desde que conozco a la mamá de él, mi hijo tiene 15 años, no recuerdo cuántos años tiene mi hijo ahorita, a Yair lo conocía porque él vivía en la residencia, yo no sé cómo era él porque yo me la paso en mi casa, nunca he peleado con alguien, nunca le he llamado la atención por nada, yo no sé nada de nada, yo no sé cómo murió Yair por ahí decían que hubo un problema por allí, yo supe que se murió pero no sé más nada, antes de la muerte de Yair yo no conversé con nadie, ni con la mamá de él, yo lo veía un muchacho muy tranquilo yo nunca lo vi peleando ni nada, yo no quiero que me citen mas por este problema…”. *******************************************************************************

  29. - DECLARACIÓN del ciudadano B.A.J.M. testigo promovido por el Ministerio Público, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.556.186, de nacionalidad venezolano, de 20 años de edad, grado de instrucción: bachiller, quien manifestó tener parentesco alguno con el acusado, previamente tomado el juramento de ley por el juez presidente del tribunal, expuso: “…Somos amigos, ese día lo único que sé son las dos versiones que cuentan, ese día yo no estaba presente…”. A preguntas del fiscal contestó: “…Sí conocía al fallecido, jugábamos futbolito, una vez tuve conocimiento que llegaron unos muchachos a la casa, llegaron diciendo grosería mientras yo estaba jugando con Harold, la señora Olga le dice quién estaba gritando, él salió y Harold pelea con el otro chamo, y yo agarro a Yair viene me golpea y me molesto, entonces ellos se van, y no sé cuál de los dos dijeron que esto no se iba a quedar así…”. A preguntas formuladas por la defensa contestó: “…Después de estos hechos volvimos a jugar futbolito pero no considero que ellos fueron enemigos, en una versión que es la que me contaron los muchachos me decía que había una pelea, donde la hermana de Yair había peleado con la hermana de Harold, y que estaba peleando por otro lado otro grupo, y que alguien le dio un golpe, y otra versión dicen que Harold fue a buscar un vigilante, y que la hermana de él discutió con otra muchacha, en ese pleito, no recuerdo quiénes estaban, e.J., Yair, Ámbar, la novia de Harold y la prima…”. ****************************************

    Estima este Juzgador que estas pruebas testimoniales nada aportaron para el esclarecimiento de los hechos; así como tampoco para el establecimiento de la responsabilidad del acusado; por ende a criterio de este sentenciador las mismas deben ser desestimadas, como en efecto se desestiman. ***

    PENALIDAD

    El artículo 410 del Código Penal dispone lo siguiente: ***********************

    …El que con actos dirigidos a ocasionar una lesión personal, causare la muerte de alguno, será castigado con presidio de seis a ocho años, en el caso del artículo 405; de ocho a doce años, en el caso de artículo 406; y de siete a diez años, en el caso del artículo 407…

    . (Negrillas y Subrayado del Tribunal).

    El artículo 425 del Código Penal establece lo siguiente: **********************************

    …Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior y de las mayores penas en que se incurra por los hechos individualmente cometidos, cuando en una refriega entre varias personas resulte alguien muerto o con una lesión personal, todos los que agredieron al herido serán castigados con las penas correspondientes al delito cometido. Los que hayan tomado parte en la refriega sin agredir al herido serán castigados con prisión de uno a tres años, en los casos de homicidio, y de uno a seis meses en caso de lesiones.

    Al provocador de la refriega se le aplicarán las penas que se dejan indicadas, aumentadas en una tercera parte…

    . (Negrillas y Subrayado del Tribunal).

    El artículo 424 del código Penal prevé lo siguiente: *************************************

    …Cuando en la perpetración de la muerte o las lesiones han tomado parte varias personas y no pudiere descubrirse quien las causó, se castigará a todos con las penas respectivamente correspondientes al delito cometido, disminuidas de una tercera parte a la mitad.

    No se aplicará esta rebaja de pena al cooperador inmediato del hecho…

    . (Negrillas y Subrayado del Tribunal).

    La norma anteriormente transcrita, establece pena de PRESIDIO DE SEIS (06) a OCHO (08) AÑOS, para el delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL EN RIÑA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA; siendo la pena normalmente aplicable según la regla establecida en el artículo 37 del Código penal, SIETE (07) AÑOS DE PRESIDIO; estimando además este Juzgador en virtud del principio de proporcionalidad a fin de imponer la pena correspondiente, hacer las siguientes consideraciones: *****************************************

    La Justicia es “la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo”. (“Justicia est constans et peerpetua voluntas jus suum cuique tribuendi”). ************************************

    Dar a cada quien lo suyo o lo que le corresponde, quiere decir, según su mérito o demérito.

    En la Justicia es una condición indefectible la equidad o ánimo de sentar la igualdad. Hay que pesar todas las circunstancias y por eso se simboliza la Justicia con una balanza; ésta implica-en términos de Justicia- ponderar los pesos de los diversos factores de la realidad fáctica y mantener un equilibrio valorativo sólo posible con la proporcionalidad. La idea o medida de la proporcionalidad debe mediar entre las acciones humanas y sus consecuencias jurídicas. Éstas consisten en el castigo que debe tener todo autor de un delito. *******************************************************

    La impunidad es injusticia, pues no da al criminal el castigo que le corresponde. La impunidad es de los injustos más grave que puede haber, no solo por el hecho en sí de quedar sin el merecido castigo aquel que lesionó el derecho de una persona y de la colectividad, sino por evidenciar falta de voluntad para ejecutar la ley de quienes han sido honrados con la trascendental misión de hacer justicia y preservar los derechos de los demás coasociados. Uno de los efectos perniciosos de la impunidad, abstracción hecha del mal en sí que representa en lo ético, filosófico y jurídico, es el de su formidable efecto desmoralizador en la sociedad. ****************************

    El universo jurídico tiene la posibilidad lógica de ser desobedecido, con lo cual se desnaturaliza el derecho y se frustra el bien común, para lo que hubo la ordenación a un fin último y más importante: el “telos”. Contra el desconocimiento del “telos” (finb último o bien común) o violación del orden jurídico, ha de ponerse en práctica la coacción. El poder coactivo lo ejerce el Estado a través del Poder Judicial. ***********************************************************

    Ahora bien; la probabilidad lógica que las normas sean ejecutadas por la coacción o no lo sean, se denomina coactibilidad o coercibilidad. Esta posibilidad se frustra (y se desnaturaliza así el Derecho) si se violenta o se desconoce el “telos”, es decir; si se desconoce el fin último. La coercibilidad es básica ya que, como se dijo antes, toda norma jurídica tiene la posibilidad de ser violada, y en consecuencia, debe ponerse en práctica la coacción. Pero si ésta no se realiza, se pervierte el orden jurídico ideal y se causa el injusto. ******************************************

    La “ratio-iuris” de las normas es mantener el orden público, facilitar la seguridad jurídica y aplicar con uniformidad el derecho. **********************************************************

    La necesaria consecuencia ética o moral de la impunidad es la negación de la Justicia o la imposición de la injusticia. La consecuencia jurídica de la impunidad es depravar todas las estructuras jurídicas. Y la consecuencia criminológica de la impunidad es el incremento de la violencia y los delitos, ya que uno de los principales factores de que no haya agresión al derecho es el temor al castigo. En conclusión; ante la violación de las leyes hay la imperiosa necesidad estatal; lo contrario es la impunidad. Si no hay la debida sanción legal, se pierde autoridad, se pierde soberanía y se pierde el estado de Derecho mismo. ***************************************************************

    En efecto, la rígida y estricta Justicia requiere ser impartida con el ánimo más ecuánime; pues de lo contrario será difícil discernir lo que merecen las acciones ajenas o de los justiciables. Y puede cometerse iniquidades si, olvidando esa ponderación, se aplica la ley con exceso de rigurosidad. Es oportuno hacer referencia a lo expresado por Montesquieu, cuando aseveró que “…La libertad es favorecida por la naturaleza de las penas y su proporción (…) Las penas han de ser de la naturaleza de la cosa (…)…”(“Del Espíritu de las Leyes”, Tomo I, págs. 252 y 255, Editorial Albatros, Buenos Aires, 1942). *************************************************************************************

    En el presente caso quedó plenamente demostrado la autoría del hecho, razón por la cual considera este juzgador tomando en cuenta las consideraciones antes expuestas y estando en el supuesto del artículo 405 ejusdem, sin embargo se produjo en una riña, se estableció que el acusado participó en ella y causó lesión a la víctima; razón por la cual debe aplicarse la pena del artículo 410 en concordancia con el artículo 424 por ser en complicidad correspectiva, en aplicación de la regla del artículo 37 esto es el término medio, es decir siete (07) años de presidio, pero tomando en cuenta la agravante del artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, siendo la pena a aplicar de SIETE (07) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO, pero por el artículo 424 se debe disminuir en un tercio por lo que en definitiva la pena a imponer es la de CINCO (05) AÑOS de PRESIDIO, por la comisión del delito de; HOMICIDIO PRETERITENCIONAL EN RIÑA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, tipificado en el artículo 410 en concordancia con los artículos 425 y 424 todos del Código Penal; que lo procedente y ajustado a derecho es aplicar al acusado la pena de TRES (03) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN por ser autor responsable de delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL EN RIÑA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA tipificado en el artículo 409 del Código Penal. *************************************************

    Asimismo, quedará sujeto a las penas accesorias previstas en el artículo 13 del Código Penal, esto es; Interdicción Civil durante el tiempo de la condena, Inhabilitación Política mientras dure la condena; y la Sujeción a la Vigilancia por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine. *********************************************************************************

    No se le condena al pago de costas procesales de conformidad con lo establecido en el artículo 254 en relación con lo previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE. *********************************************

    DISPOSITIVA

    Por todos los razonamientos expuestos, es por lo que este TRIBUNAL UNIPERSONAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO M.E.B. con sede en Guarenas; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, DICTA LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS:

PRIMERO

CONDENA al ciudadano J.H.N.S., venezolano, natural de Barcelona, estado Anzoátegui, nacido en fecha 07 de julio de 1987, de 22 años de edad, portador de la Cédula de Identidad Número 18.556.542; residenciado en la Escalera S.B., Sector A.N., Casa Nº 04, Los Teques, estado Miranda; a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO, por ser autor responsable de la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL EN RIÑA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, tipificado en el artículo 410 en concordancia con los artículo 425 y 424, todos del Código Penal; en perjuicio quien vida respondiera al nombre de Y.E.Z.; pena que cumplirá en el centro penitenciario que determine el Tribunal de Ejecución correspondiente. *************************************************************************

SEGUNDO

CONDENA al ciudadano antes identificado a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 13 del Código Penal; esto es, Interdicción Civil durante el tiempo de la condena, Inhabilitación Política mientras dure la condena; y la Sujeción a la Vigilancia por una Cuarta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine. **********************************

TERCERO

Se decreta la detención del ciudadano J.H.N.S., en virtud que ha sido condenado a una pena igual a CINCO (05) AÑOS, conforme con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, no estableciéndose la fecha provisional de cumplimiento de la condena, toda vez que el prenombrado ciudadano se encontraba en libertad. *******************************************************************************

CUARTO

No se condena en costas al acusado, conforme con o previsto en los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. *****************************

Se aplicaron los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 410, 425, 424 y 13 del Código Penal, 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, los artículos 364, 365, 367 y 318 y 48 del Código Orgánico Procesal Penal. ******

Publíquese, Notifíquese a las partes e impóngase al acusado, Asiéntese en el Libro Diario y Déjese Copia de la presente decisión. *********************************************************

Dada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias N° 1, del Tribunal Unipersonal Primero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en Guarenas, a los veintitrés (23) días del mes de octubre del año Dos Mil Nueve (2009). Años 199 de la Independencia y 150 de la Federación. *****************************************

EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO

Abg. J.A.A.S.

LA SECRETARIA

Abg. J.P.C.

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

Abg. J.P.C.

Exp. N° 1U-222-06

JAAS/jaas

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