Sentencia nº AMP-025 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Político Administrativa de 4 de Marzo de 2010
Fecha de Resolución | 4 de Marzo de 2010 |
Emisor | Sala Político Administrativa |
Ponente | Emiro Antonio García Rosas |
Procedimiento | Auto para mejor proveer |
ACCIDENTAL Caracas, 03 de marzo de 2010 199º y 151º
Mediante sentencia N° 01135 del 29 de julio de 2009, la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró parcialmente con lugar el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por el ciudadano R.M.V. (cédula de identidad N° 244.071), asistido por el abogado E.K. (INPREABOGADO N° 1.069), contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° DGSSA.DSE.436 de fecha 9 de julio de 1985, emitido por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES (hoy Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores), que ordenó su traslado al Servicio Interno de ese Despacho.
En la referida sentencia este M.T. declaró improcedente la solicitud de reincorporación al cargo de Cónsul General de Segunda en la ciudad de Frankfurt, República de Alemania, y el “pago de los viáticos y pasajes” reclamados; procedente el pago de las asignaciones que correspondan desde el 27 de abril de 1984 (acto de remoción posteriormente declarado nulo) hasta el 12 de junio de 1986 (acto de destitución), deduciendo las cantidades efectivamente pagadas al accionante por tales conceptos y ordenó la indexación del monto a pagar, una vez que el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores informara a esta Sala sobre el cálculo de las asignaciones que le correspondan al accionante.
Visto que se requiere remitir al Banco Central de Venezuela la información sobre la cantidad adeudada al recurrente, a fin de que determine la corrección monetaria, este M.T. ORDENA notificar al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores para que envíe a esta Sala la información solicitada en el dispositivo de la sentencia N° 01135 del 29 de julio de 2009, a cuyo efecto se le concede un lapso perentorio de quince (15) días de despacho, contados a partir de la fecha de notificación del presente auto.
Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.
La Presidenta
EVELYN MARRERO ORTÍZ
El Vicepresidente- Ponente
E.G.R.
Los Magistrados,
R.A. LUZARDO BAPTISTA
Suplente
CARMEN L.S. BRICEÑO
Suplente
M.L. ACUÑA LÓPEZ
Conjueza
La Secretaria,
S.Y.G.
En cuatro (04) de marzo del año dos mil diez, se publicó y registró el anterior auto para mejor proveer bajo el Nº 025.
La Secretaria,
S.Y.G.