Decisión nº 777 de Juzgado del Municipio Carayaca de Vargas, de 17 de Julio de 2007

Fecha de Resolución17 de Julio de 2007
EmisorJuzgado del Municipio Carayaca
PonenteLucia Massimo
ProcedimientoReconocimiento De Contenido Y Firma De Documento P

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. CARAYACA, DIECISIETE (17) JULIO DEL AÑO DOS MIL SIETE (2007).-

197° y 148°

Vista la anterior solicitud de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, en su contenido y firma, interpuesto por el ciudadano E.M.D., titular de la Cédula de Identidad N° V-6.498.438, asistido por la Abogada ANALIGIA RIOS GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.069 y el pedimento en ella contenido, este Tribunal acuerda de conformidad con el artículo 1364 del Código Civil Venezolano. En consecuencia, cítese al ciudadano L.S.F., titular de la Cédula de Identidad N° V-3.609.015, a fin de que comparezca ante este Juzgado, al tercer (3er) día de despacho siguiente a la constancia en autos de su citación y dentro de las horas de despacho comprendidas de 8:30 a.m. a 3.30 p.m., con el objeto de que reconozca o no el documento privado presentado con la solicitud; quien deberá estar asistido o representado de un Profesional del Derecho, de acuerdo con lo consagrado en el artículo 4 de la Ley de Abogados.- Líbrese la boleta correspondiente y junto con la copia certificada del documento, entréguese al Alguacil Suplente de este Tribunal, para que practique la citación.- Una vez evacuada la misma, devuélvase original y sus resultas a la parte interesada. Cúmplase.-

LA JUEZA TITULAR,

ABG. L.M.S.

LA SECRETARIA,

A.Q.P.

En esta misma fecha, quedo anotado en el Libro respectivo, bajo el N° 178-2007.-

LA SECRETARIA,

A.Q.P. LMS/Aqp/hl

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