Decisión nº 2045 de Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta de Tachira, de 10 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2010
EmisorJuzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
PonenteAna Ramona Acuña
ProcedimientoActo Conciliatorio Por Obligación De Manutención

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y R.U.

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

200º y 151º

PARTE SOLICITANTE: M.R.C., Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 22.643.120, domiciliada en la calle 9, casa Nº 6-66 Las Flores, Municipio Junín del Estado Táchira.

PARTE OBLIGADA: E.S.O.P., Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 13.038.596, domiciliado en la calle 9, Nº 20-100, esquina San M.R.M.J.. Actualmente trabaja como Chofer del IUT San C.E.T..

BENEFICIARIA: (omissis)

MOTIVO: HOMOLOGACIÓN AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.

EXPEDIENTE Nº 2197-05

Vista el convenimiento celebro entre los Ciudadanos: M.R.C., titular de la Cédula de Identidad N° V- 22.643.120, y E.S.O.P., titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.038.596, de fecha 05 de Noviembre de 2.010, en el cual manifiestan “… llegamos en conjunto al acuerdo de un aumento de pensión alimentaria de NOVENTA BOLIVARES (Bs. 90,00) semanales, para un total de TRESCIENTOS SESENTA BOILVARES (Bs. 360,00) mensuales, y así mismo aumentar las cuotas extraordinarias de Agosto de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,00) y Diciembre la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00) para empezar realizar dichos pagos desde la presente fecha. Descuentos que se harán a la nómina de pago del ciudadano E.O. (Conductor del I.U.T) sin más a que acotar se anexan recibos de pago…”. Este Tribunal acuerda de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. CUMPLASE. En consecuencia se ordena oficiar al Director del Instituto Universitario de Tecnología, Agro-Industrial Región los Andes, Departamento de Personal, San Cristóbal, Estado Táchira, a los fines de informar el aumento de la obligación de manutención convenido entre las partes, al igual que instar al IUT, a que efectúen los depósitos puntuales en la cuenta de Banfoandes. Líbrese oficio.

Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y R.U.C.J.d.E.T., en Rubio a los Diez (10) días del mes de Noviembre de año 2010.

La Jueza Provisoria,

Abg. A.R.A.

El Secretario Titular,

Abg. J.C.C.G.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal y librándose oficio N° 3170-1259.

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