Decisión de Juzgado Quinto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 21 de Marzo de 2007

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2007
EmisorJuzgado Quinto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteAura Maribel Contreras
ProcedimientoRectificacion De Partida De Matrimonio

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L. CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, (____) de M.d.D.M.S. (2007).-

Años: 196º y 148º.-

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana M.D.V.P., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V- 6.932.363, debidamente asistida por la ciudadana: MORELLA GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº: 29.236, ABOGADA DE LA División de Asistencia Jurídica Gratuita, de la Dirección General de Justicia y Cultos del Ministerio del Interior y Justicia; y los recaudos acompañados a la misma, désele entrada y anótese en los Libros respectivos. Asimismo y por cuanto la pretensión del solicitante no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia por ser el presente procedimiento de mero derecho, en la cual solicita de este Despacho proceda a la rectificación de Partida de Matrimonio Nº: 36, del año 1987, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio L.M.d.D.S.d.E.M., para ello alega que en dicha partida de Matrimonio, se identificó a la solicitante con la Cédula de Identidad Nº: V- 6.932.361, siendo lo correcto: “…V- 6.932.363…”; por lo que la corrección deben versar sobre lo siguiente: Donde diga “…V- 6.932.361…”, debe decir “…V- 6.932.363…”; tal como prueba de la revisión de los recaudos consignados y por tal motivo se evidencia la veracidad de lo denunciado y que los mismos no amerita un juicio de Rectificación de Partida de Matrimonio, por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO, en el acta Nº: 36, del año 1987, en lo siguiente: Donde diga: “…V- 6.932.361…”, debe decir “…V- 6.932.363…”.- Y ASÍ SE DECIDE. Se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Oficina Principal de Registro Público del Estado Miranda y a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia L.M.d.M.S.d.E.M., a los fines de su inserción en los Libros respectivos. De conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.-

LA JUEZ TITULAR,

DRA. A.M.C.D.M..

LA SECRETARIA TITULAR,

Abog. LEOXELYS E.V..

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.-

LA SECRETARIA TITULAR,

AMCdeM/LEV/casu.-

EXP. Nº: 07-3743.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO

CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L.

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA

METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, de Marzo del 2007.-

Años: 196º y 148º.-

OFICIO N°:

CIUDADANO:

REGISTRADOR CIVIL DE LA PARROQUIA L.M.D.M.S.D.E.M..-

SU DESPACHO.-

Cumplo en dirigirme a Usted con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio, copias certificadas librada en la solicitud que por RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO, interpuesta por la ciudadana: M.D.V.P., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V- 6.932.363, el cual se sustancia en el Expediente Nº: 06-3437, a fin de que se sirva estampar la correspondiente nota en el acta Nº: 36, de los Libros de Matrimonio llevados por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio L.M.d.D.S.d.E.M., durante el año 1987.-

Remisión que se le hace a todos los demás fines legales consiguientes.-

DIOS Y FEDERACIÓN,

LA JUEZ TITULAR,

DRA. A.M.C.D.M..

ANEXO: Lo indicado.-

AMCdeM/LEV/casu.-

EXP. Nº: 07-3743.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO

CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L.

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA

METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, de Marzo del 2007.-

Años: 196º y 148º.-

OFICIO N°:

CIUDADANO:

REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO MIRANDA.-

SU DESPACHO.-

Cumplo en dirigirme a Usted con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio, copias certificadas librada en la solicitud que por RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO, interpuesta por la ciudadana: M.D.V.P., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V- 6.932.363, el cual se sustancia en el Expediente Nº: 06-3437, a fin de que se sirva estampar la correspondiente nota en el acta Nº: 36, de los Libros de Matrimonio llevados por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio L.M.d.D.S.d.E.M., durante el año 1987.-

Remisión que se le hace a todos los demás fines legales consiguientes.-

DIOS Y FEDERACIÓN,

LA JUEZ TITULAR,

DRA. A.M.C.D.M..

ANEXO: Lo indicado.-

AMCdeM/LEV/casu.-

EXP. Nº: 07-3743.-

Quien suscribe, Abog. LEOXELYS E.V., Secretaria Titular del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del T.d.l. Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CERTIFICA: Que los fotostatos que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales los cuales corren insertos en el Expediente Nº: 07-3743, contentivo de la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO, interpuesta por la ciudadana: M.D.V.P..- Caracas, (21) de M.d.D.M.S. (2007).- Años: 196º de la Independencia y 148º de la Federación.-

LA SECRETARIA TITULAR,

Abog. LEOXELYS E.V..

EXP: 07-3743.-

LEV/casu.-

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