Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Portuguesa (Extensión Acarigua), de 9 de Mayo de 2006

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2006
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
PonenteOsmiyer José Rosales Castillo
ProcedimientoCobro De Dif. De Prest. Soc. Y Otros Conceptos

Visto que en el día de ayer, 08 de mayo de 2006, en la sede de este Tribunal, el ciudadano M.V.C. recibió de la parte demandada ALCALDÍA DE SAN R.D.O., la cantidad de VEINTE Y TRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 23.000.000,oo) en cheque número 77344986 del Banco Central a nombre del trabajador, correspondiente a la cuenta corriente número 0771008661, de fecha 03 de mayo de 2006, por concepto antiguedad, indemnización por despido injustificado, Preaviso sustitutivo, Vacaciones fraccionadas, Bono vacacional Fraccionado, utilidades anuales, Bono nocturno, días de descanso, y demás conceptos demandados generados en ocasión a la relación laboral que existió entre las partes, a tal efecto, este Juzgador HOMOLOGA el presente acuerdo transaccional, de conformidad con lo dispuesto en Visto que en el día de ayer, 08 de mayo de 2006, en la sede de este Tribunal, el ciudadano M.V.C. recibió de la parte demandada ALCALDÍA DE SAN R.D.O., la cantidad de VEINTE Y TRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 23.000.000,oo) en cheque número 77344986 del Banco Central a nombre del trabajador, correspondiente a la cuenta corriente número 0771008661, de fecha 03 de mayo de 2006, por concepto antiguedad, indemnización por despido injustificado, Preaviso sustitutivo, Vacaciones fraccionadas, Bono vacacional Fraccionado, utilidades anuales, Bono nocturno, días de descanso, y demás conceptos demandados generados en ocasión a la relación laboral que existió entre las partes, a tal efecto, este Juzgador HOMOLOGA el presente acuerdo transaccional, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 256 del Código de Procedimiento Civil, en aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así mismo, este Tribunal, en consecuencia se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Líbrese oficio a la Coordinadora Judicial Es todo.

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