Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 3 de Diciembre de 2007

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2007
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoIntimacion De Honorarios

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, tres (03) de Diciembre de 2007.

Años 197º y 148º

Vista la diligencia suscrita en fecha veinte y nueve (29) de noviembre de 2.007, por el abogado P.R.C., inscrito en el impre abogado bajo el Nº 36.580, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada ciudadano M.V.f., mediante la cual se dio por notificada de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 19 de noviembre de 2.007; y, asimismo, solicitó la notificación de la referida sentencia de la parte actora ciudadano M.V.f.; este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, se ordena la notificación al referido ciudadano mediante boleta, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta.-

EL JUEZ,

Dr. V.G.J..

EL SECRETARIO,

RICHARS MATA

VGJ/RM/kelly

Exp: 9418

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

CARACAS, 03 DE DICIEMBRE DE 2.007

Años 197° Y 148°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

Al ciudadano M.V.F. , o a su apoderado judicial abogado J.M.M., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 36.580, respectivamente; parte actora en el juicio que por Estimación e Intimaciones de Costas Procesales, sigue contra el ciudadano P.R.C., sustanciado en el expediente signado con el número 9418, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 19 de octubre de 2.007.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

EL JUEZ,

Dr. V.G.J..

VGJ/RM/kelly

Exp: 9418

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