Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de Falcon (Extensión Coro), de 15 de Diciembre de 2008

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2008
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo
PonenteNelly Josefina Castro Gomez
ProcedimientoRectificación De Acta De Matrimonio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN

S.A.D. CORO, 15 DE DICIEMBRE DE 2.008

AÑOS; 198° y 148°

Vista la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio presentada por la Ciudadana M.R.A.d.R., venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-9.507.489, de este domicilio, debidamente asistida en este acto por el Abogado en ejercicio Muhmad A.M.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.208.-

Désele entrada junto con sus recaudos anexos y anótese en los libros respectivos.-

Por cuanto se observa que la presente solicitud no es contraria a derecho, a las buenas costumbres, y a disposiciones expresa en la ley, ADMITE la presente solicitud.- Ahora bien expone el solicitante lo siguiente:

“…Soy legítima cónyuge del Ciudadano R.A.R.S., quien es venezolano, mayor de edad, con domicilio en Churuguara, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón y titular de la cédula de identidad Nº V-7.364.492, cuyo matrimonio consta y se evidencia en copias certificadas de Actas de Matrimonio expedidas tanto por la Autoridad Civil respectiva como por el Registro Civil Principal del Estado Falcón, la cual pido se certifique y me sea devuelta original y que acompaño marcadas “A” Y “B”.

ahora bien, ciudadano Juez, dichas Actas de Matrimonio en la oportunidad en que contraje matrimonio, se cometió un error de transcripción, al colocar mi número de cédula de identidad así V-6.658.996, LO CUAL NO ES CORRECTO; POR CUANTO MI VERDADERA Y CORRECTA ALFABÉTICA Y NUMÉRICA DE IDENTIDAD, ESCRITA CORRECTAMENTE ES: v-9.507.489, tal y como se evidencia en mi Certificación de Datos Filiatorios expedidos por ONIDEX CORO, la cual anexo marcada con la letra “C” en original y en copia fotostática para que previa confrontación con su original se certifique y se agregue a estas actuaciones y me sea devuelta la original para fines legales subsiguientes; así como copia certificada de mi partida de nacimiento en la cual se evidencia mi nombre, el de mi madre, el cual coincide con su identidad en mi acta de matrimonio e igualmente mi fecha de nacimiento, que es el 31 de Mayo de 1.963 como el lugar de nacimiento, la cual anexo marcada con la letra “D”. por todo lo antes expuesto aspiro y solicito la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO tanto en el libro duplicado que se lleva por ante la Primera Autoridad Civil como en el libro Principal que se lleva por ante la Oficina del Registro Civil Principal del Estado Falcón, en relación al hecho y circunstancia mencionada; por lo que pido de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Civil y en base a lo pautado en los artículos 769, 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil....”

Ahora bien, observa este Tribunal de un análisis practicado a los documentos anexos que se acompañan a la presente solicitud, donde se evidencia del error material. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Impartiendo Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Actas de Matrimonio, presentada por la Ciudadana M.R.A.d.R., la cual se encuentra inserta bajo el Nº 42, folio 47, correspondiente al año 1.981, de los libros de Registro Civil de Matrimonios del Municipio Federación del Estado Falcón.- SEGUNDO: Se ordena al Coordinador de Registro Civil del Municipio Federación del Estado Falcón, así como al Registrador Principal del Estado Falcón, corregir dicha actas en lo referente a colocar el verdadero número de cédula de identidad de la Ciudadana M.R.A., como: M.R.A.d.R. como V-9.507.489, y no como aparece asentado incorrectamente V-6.658.996.- Líbrese copia certificada del fallo, a los fines de que se estampe la respectiva nota marginal de conformidad con lo pautado en el artículo 506 del Código Civil. TERCERO: Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal.-

Publíquese y Regístrese

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Quince (15) días del mes de Diciembre de 2.008.-

La Juez Suplente Especial La Secretaria Titular

Abog. N.C.G.A.. C.H.F.

Nota: se formó expediente constante de ____________________ folios útiles, quedando anotado bajo el N° ___________, Se dejó copia certificada de la decisión en el archivo del Tribunal se libro oficios Nº 0820_______ y 0820______, a las Autoridades competentes.- Conste Coro fecha Ut-Supra.-

La Secretaria Titular

Abog. C.H.F.

NCG/CHF/Mapf.

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