Sentencia nº 227 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 26 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto Solicitando Antecedentes e Informes

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 26 de marzo de 2012

201º y 153º

Visto el escrito presentado en fecha 22 de marzo de 2012 por el abogado G.P.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.663, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos J.A.O. y M.I.Y., titulares de la cédula de identidad número 13.585.855 y 5.006.629, respectivamente, mediante el cual interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120202-0044 en fecha 02 de febrero de 2012 dictada por el C.N.E., publicada en Gaceta Electoral N° 603 del 05 de marzo de 2012, la cual declaró “SIN LUGAR el recurso interpuesto (…), en calidad de miembros de la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ALCALDÍA y CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA (SINTRAALCONCHACAO), contra la designación de la Comisión Electoral del referido sindicato, realizada en asamblea de trabajadores de fecha 21 de febrero de 2011”; en consecuencia, se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar al C.N.E. los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Remítase copia certificada del escrito recursivo y del presente auto. Líbrese Oficio.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2012-000022

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 26 de marzo de 2012

Oficio Nº 12-121

Ciudadana

T.L.

Presidenta del C.N.E. de la

República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

Me dirijo a usted a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 22 de marzo de 2012, se dio cuenta a la Sala Electoral del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado G.P.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.663, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos J.A.O. y M.I.Y., titulares de la cédula de identidad número 13.585.855 y 5.006.629, respectivamente, contra la Resolución N° 120202-0044 en fecha 02 de febrero de 2012 dictada por el C.N.E., publicada en Gaceta Electoral N° 603 del 05 de marzo de 2012, la cual declaró “SIN LUGAR el recurso interpuesto (…), en calidad de miembros de la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ALCALDÍA y CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA (SINTRAALCONCHACAO), contra la designación de la Comisión Electoral del referido sindicato, realizada en asamblea de trabajadores de fecha 21 de febrero de 2011”. Asimismo, se le informa que este Juzgado en fecha 26 de marzo de 2012 dictó auto en el cual acordó solicitar a usted los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, los cuales deberán ser remitidos a esta Sala en un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito recursivo y del referido auto.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2012-000022

JMMS

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