Decisión de Juzgado Segundo de Protección del Niño y del Adolescente de Barinas, de 7 de Junio de 2006

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2006
EmisorJuzgado Segundo de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteYolanda Felicia Guerrero Guedez
ProcedimientoHomologación

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL Nº 2

Barinas, 07 de Junio de 2.006.-

195º y 146º

Visto el Convenimiento de REGIMEN DE VISITAS, que antecede suscrito por ante este tribunal, en la cual los ciudadanos: A.M.J.P. y C.G.M.B., titulares de las cédulas de identidad personales Nros V.-12.554.465 y V-18.560.627, padres de la niña CILYMAR ALEXANDRA JOUDIE MORA, DE Un (01, AÑO Y DOS MESES DE EDAD, debidamente asistidos por la Defensor Pública Tercera con Competencia en materia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Convinieron lo siguiente: “EL PADRE BUSCARA A LA NIÑA EN LA RESIDENCIA DE LA MADRE DOS (02) VECES A LA SEMANA (UN DIA DE LUNES A VIERNES) Y LOS DOMINGOS, EN HORARIOS DIURNOS Y DE MANERA PACIFICA” De igual manera solicitaron la homologación del mismo con el presente acuerdo ponemos fin a la presente causa solicitando la homologación del presente acuerdo. En consecuencia esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO, por redundar en beneficio del interés superior de la niña CILYMAR ALEXANDRA JOUDIE MORA, DE Un (01, AÑO Y DOS MESES DE EDAD. Expídanse las copias certificadas de Ley del presente Convenimiento. ASÍ MISMO SE ORDENA EL CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 2 Abg. Y.F.G.G. Y la Secretaria abg. M.B.. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria M.B.. Quien suscribe Abg. M.B., en mi carácter de Secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, Cursante al folio____ del Expediente S-6827-06, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.

La Secretaria,

Abog. M.B..

Exp. Nº C-6827-06

YFGG/marilyn.-

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