Decisión nº MAR-036-13 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de Sucre (Extensión Carupano), de 11 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2013
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
PonenteSusana García de Malave
ProcedimientoDaños Y Perjuicios

LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

CARÚPANO, 11 de Marzo del 2013

202° y 154°

Exp. N° 11.514.-

DEMANDANTE: M.R.D., titular de la

Cédula de Identidad N° V-1.494.980.

DOMICILIO PROCESAL: Edificio Funda-Bermúdez, Primer Piso, Oficina

N° 6, ubicado en la Calle Independencia de esta

Ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del

Estado Sucre.

APODERADO (S): A.. M.E.F.S. y

ROMULO URBANO LUIGGI, inscritos en el

Inpreabogado bajo el Nº 35.937 y 29.569.

DEMANDADA: “C.A. PUERTO PESQUERO

INTERNACIONAL DE GUIRIA

(C.A.P.P.I.G.)”, Representada por su Presidente

Ciudadano: C.A.G.,

titular de la Cédula de Identidad N° V-

1.890.394.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

APODERADO: A.. M.D.R., JOSÉ

GABRIEL ALCALÁ FEJURE y PAULINA

MERCEDES BRITO VÁSQUEZ, inscritos en el

Inpreabogado bajo el Nº 47.019, 57.018 y

65.090.

.MOTIVO: DAÑOS Y PERJUICIOS

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente proceso, y evidenciándose de las mismas que en fecha 09 de Febrero del 2012, compareció por ante este Tribunal el ciudadano: L.M.B.R., Abogado en ejercicio e inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 96.705, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de los Herederos del ciudadano: M.R.D., plenamente identificado en autos, solicita de este Juzgado dicte Sentencia en la presente causa, respecto de lo cual y a los fines de proveer sobre lo solicitado previamente observa:

En este Sentido, y habiendo acudido al proceso los Herederos del actor, lo precedente es que ante el fallecimiento del mismo, se suspenda la causa mientras se Constituya la Sustitución procesal emplazando a los herederos a hacerse parte en el juicio a tenor de lo dispuesto en el Artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se ordena la publicación de un edicto a los fines de la conformación del Litis Consorcio Activo.

Por todos los razonamiento anteriormente expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, A., Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA PUBLICACIÓN DE UN EDICTO, a los fines de la conformación del Litis Consorcio Activo, todo de conformidad con lo dispuesto en Sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 16 de Julio del 2010, en el expediente signado con el N° 09-0844, en un caso análogo, conocido por esta Instancia. Así se decide.- Cúmplase lo ordenado.

La Juez,

Abg. S.G. de M..- La Secretaría,

Abg. F.V.C..-

En esta misma se cumplió con lo ordenado.-

La Secretaria,

Abg. F.V.C..-

SGdM/Fvc/ajno.-

Exp. Nº 11.514.-

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