Decisión nº 1904 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de Barinas, de 26 de Abril de 2007

Fecha de Resolución26 de Abril de 2007
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil
PonenteYriana Diaz Peña
ProcedimientoDivorcio 185-A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 26 de abril de 2.007

196° y 148°

Exp. Nº 1.952-06

Mediante la solicitud de fecha 08 de agosto de 2.006, los cónyuges ciudadanos: MARCIAL DELGADO GONZALEZ y O.D.C.M.P., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.130.000 y V-8.170.230, respectivamente, domiciliados en la Población de Sabaneta, Municipio A.A.T. delE.B., debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio O.C.C., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 32.682, solicitan la disolución del matrimonio que contrajeron el día 20 de noviembre de 1.979, por ante la Prefectura del Municipio A.A.T. delE.B., manifestaron los solicitantes que durante la unión matrimonial procrearon tres hijos, actualmente mayores de edad y no adquirieron bienes de fortuna que liquidar.

El Tribunal para decidir, observa:

P R I M E R A:

La presente solicitud de Divorcio fue fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, es decir, por ruptura prolongada de la vida en común de los cónyuges ciudadanos: MARCIAL DELGADO GONZALEZ y O.D.C.M.P..

S E G U N D A:

Se observa que la solicitud de Divorcio fue hecha en forma conjunta. Consta en autos que se citó al Fiscal del Ministerio Público y no hizo oposición alguna, cumpliéndose así con las formalidades de Ley, por lo tanto se han dado los presupuestos establecidos en la norma señalada en la consideración anterior para que proceda el Divorcio solicitado y en consecuencia, se declare extinguido el vínculo matrimonial; y Así se Declara.

D E C I S I O N:

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: MARCIAL DELGADO GONZALEZ y O.D.C.M.P., ya identificados, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 20 de noviembre de 1.979, por ante la Prefectura del Municipio A.A.T. delE.B., según se evidencia del acta de matrimonio Nº 66, que en copia certificada fue traída a los autos.

Publíquese, Regístrese y expídanse las copias de Ley.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los veintiséis (26) días del mes de abril del año dos mil siete. Años: 196° de la Independencia y 148° de la Federación.

La Juez Temporal,

Abg. Yriana Díaz Peña

La Secretaria,

Abg. M.S.

En la misma fecha siendo las 2:30 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia. Conste,

Scría.

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