Decisión de Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Merida (Extensión Mérida), de 8 de Enero de 2008

Fecha de Resolución 8 de Enero de 2008
EmisorJuzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteIsmael Eugenio Gutierrez Ruiz
ProcedimientoRectificación De Acta De Matrimonio

VISTOS: Se inicia la presente causa mediante formal escrito presentado por el ciudadano M.S.G., venezolano, mayor de edad, panadero, titular de la cédula de identidad N° 2.285.286, viudo, domiciliado en el sector Los Naranjos, calle 2, casa N° 18 – 108, Parroquia El Llano, Municipio T.d.E.M. y hábil, asistido por la abogada en ejercicio, L.C.C.M., titular de la cédula de identidad N° 3.297.799, e inscrita en el IPSA bajo el N° 28.140, por el cual solicita la rectificación de su acta de matrimonio, de conformidad con el artículo 501 del Código Civil y el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.

Alega en la acción de rectificación del acta de matrimonio N° 120, folio 29, del año 1954, que está asentada en el Registro Civil del Municipio A.P.S., Estado Mérida; la cual corre agregada en el presente expediente al folio 02; que la misma presenta el error material en cuanto al nombre de su cónyuge, el cual figura: A.C.E.S., siendo lo correcto M.C.E.d.S.. Según se desprende de los recaudos presentados por el solicitante: copia certificada del acta de matrimonio, expedida por el Registro Civil del Municipio A.P.S.d.E.M.; copia certificada del acta de matrimonio, expedida por el Registro Principal, Estado Mérida; copia certificada del acta de defunción, expedida por el Registrador Civil de las Parroquias El Llano – San Francisco, Municipio T.d.E.M.; copia certificada de la partida de nacimiento de su cónyuge expedida por el Registrador Civil de las Parroquias Tovar y El Amparo, Municipio T.d.E.M.; copia simple de la cédula de identidad de su cónyuge; y copia simple de su cédula de identidad; los mismos demuestran fehacientemente y son pruebas ciertas, que al asentar el acta de matrimonio de los ciudadanos: M.S.G. Y M.C.E.D.S., por ante el Registro Civil del Municipio A.P.S.d.E.M., se cometió el error en colocar el nombre de su cónyuge como A.C. siendo M.C..

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