Decisión de Juzgado del Municipio Peña de Yaracuy, de 17 de Junio de 2005

Fecha de Resolución17 de Junio de 2005
EmisorJuzgado del Municipio Peña
PonenteOctavio Mendez
ProcedimientoSobreseimiento Definitivo

Exp.Civil Nº662-01

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION

JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Yaritagua, 17 de Junio del 2005

Años: 194º y 145º

El presente procedimiento de Pension de Alimentos intentado por la Ciudadana: M.B.Y.K., identificada en autos, nombre y representación de la niña xxxxxxxxx, contra el Ciudadano: H.R., también identificada en autos, el cual se lleva de acuerdo a lo pautado en la Ley Orgánica de Protecciòn del Niño y del Adolescente y seguía su curso legal a los fines de materializar la Pension Alimentaria de la niña antes mencionada, es el caso que el Ciudadano antes mencionado se retiro de su trabajo en la cual le pagaron sus Prestaciones sociales y unas incidencia salarial del Beneficio de la TARIFA ELECTRICA de ahí el deposito en una cuenta de Ahorro contra el Banco Sofitasa de la cantidad de Dos Millones de Bolívares (Bs. 2.000.000) para cubrir los gastos de Pension Alimentaria de la niña mensualmente, así se cumpliò cabalmente, el ultimo retiro que hizo fue el día de hoy 17 de Junio de 2005 de la cual saco todo el dinero que quedaba en la cuenta. Por todo lo antes analizado, este JUZGADO DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve el SOBRESEIMIENTO de la presente causa en virtud de lo antes analizado y ordena el Archivo del presente expediente. Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripcion Judicial del Estado Yaracuy. Yaritagua a los Diecisiete Dias del Mes de Junio del 2005. Años: 195ª y 146ª.

El Juez,

Abg. Octavio Mèndez

La Secretaria,

Abg. Càndida L.P.

En la misma fecha y siendo las 1:30 de la tarde, se publico y se registro la anterior decisión.

La Secretaria,

Abg. Càndida L.P.

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