Decisión de Corte de Apelaciones de Apure, de 30 de Octubre de 2003

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2003
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteAlexis Eustacio Parada Prieto
ProcedimientoAdmisibilidad Del Recurso De Apelacion

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE

CORTE DE APELACIONES

San F. deA., 30 de Octubre de 2003.

193 ° y 144 °

CAUSA N° 1As 766-03.

PONENTE: DR. ALEXIS PARADA PRIETO.

ACUSADO: M.A.M.P..

DELITO: LESIONES PERSONALES LEVES Previstos y sancionados en el artículo 418 del Código Penal en concordancia con lo establecido en el artículo 77 ordinales 1° y 8° y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD. Previsto y sancionado en el artículo 177 ejusdem.

MOTIVO: APELACION DE SENTENCIA.

Recibida como fue en fecha: 17-10-03, ante esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, la presente causa, procedente del Tribunal Segundo de Juicio y habiéndose designado ponente quien con tal carácter suscribe, se procede a su revisión, determinándose que contiene, al folio 301 del expediente certificación practicada por Secretaría del Tribunal A-quo, en el cual se evidencia el cómputo del término legal del recurso de apelación ejercido por el ciudadano M.A.M.P. debidamente asistido en este acto por el abogado O.S.E.L., en causa N° 2U-158-03 nomenclatura del Tribunal de Juicio antes citado y signada en esta Superior Instancia bajo el N° 1As-766-03, en el cual se deja constancia que tal ejercicio fue hecho en tiempo útil.

Además, a los folios 296 al 299, cursa escrito de apelación del cual se desprende que el recurrente tiene la condición de legitimidad y agravio que le permite hacer uso del referido recurso.

Por las razones expuestas, y no existiendo declaración legal expresa de Inimpugnabilidad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano M.A.M.P. debidamente asistido en este acto por el abogado O.S.E.L., contra la decisión de fecha 23-09-03, dictada por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal. Se fija el día jueves 13 de Noviembre de 2003, a las 10:30 horas de la mañana, a los fines de realizar Audiencia Oral y Pública, de conformidad con lo establecido en el Artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Así se declara.

ALEXIS PARADA PRIETO.

JUEZ SUPERIOR PRESIDENTE DE

LA CORTE DE APELACIONES.

(PONENTE)

MARIELA CASADO ACERO ALBERTO TORREALBA LOPEZ

JUEZA SUPERIOR. JUEZ SUPERIOR.

ZAIDA SAVERY OCHOA

SECRETARIA

APP/ZSO/jg.-

Causa Nro. 1As-766-03.-

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