Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de Lara (Extensión Barquisimeto), de 13 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2015
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Agraria
PonenteAlonso Enrique Barrios Avendaño
ProcedimientoReconocimiento De Instrumento Privado

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA

BARQUISIMETO, TRECE (13) DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE

205º Y 156º

ASUNTO: KP02-S-2015-006902

Vista la presente Solicitud de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO formulada por los Ciudadanos M.E.M.D.M., Z.C.M.M., E.J.M.M., H.A.M.M., V.G.M.M., y G.J.M.M., Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nos. 2.372.175, 5.942.090, 5.320.774, 4.192.339, 2.383.024, 3.947.321 respectivamente, asistidos por el Abogado E.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 173.599. Este Tribunal, a los fines de pronunciarse sobre la admisión de la Solicitud, de conformidad con el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, apercibe a la Solicitante para que en un lapso de tres (03) días de despacho siguientes al de hoy, consigne la autorización del Instituto Nacional de Tierras (INTi), para efectuar cualquier negociación que se haga sobre el lote de terreno objeto de la presente Solicitud, de conformidad con la Cláusula Décima de las Disposiciones finales de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.-

El Juez, La Secretaria,

Abg. A.E.B.A.A.. Maryelis Durán

AEBA/RG

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