Decisión de Juzgado de Protección LOPNA de Portuguesa (Extensión Guanare), de 1 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 2007
EmisorJuzgado de Protección LOPNA
PonentePastora Peña Garcias
ProcedimientoHomologación Régimen De Visitas

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

JUEZ UNIPERSONAL Nº 02

Guanare, 01 de noviembre de 2007

196° y 147°

Visto la exposición realizada por la ciudadana M.H.Q.G., titulares de la cédula de identidad Nº V- 14.569.068, sobre el establecimiento del Régimen de Visitas, en beneficio del niño ...., donde el padre buscará al niño antes identificado, los días domingo en la mañana en la residencia de la madre y lo regresará en la noche; así mismo las vacaciones escolares serán compartidas por ambos padres y en el mes de Diciembre el 31 con el padre y el 24 con la madre, alternando la fecha el próximo año y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

La Jueza,

Abog. P.P.G..

La Secretaria,

Abog. Florbelia Urquiola Corona

Exp. Civil N° 8.612

C.E.

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