Decisión de Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de Apure, de 26 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución26 de Mayo de 2015
EmisorTribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca
PonenteFrancisco Padrón
ProcedimientoTitulo Supletorio

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

San F.d.A., 26 de MAYO 2.015

205° y 156°

SOLICITUD: 15-433

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: CIVIL

PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO

SOLICITANTE: M.J.F.M.

FECHA DE ENTRADA 14 DE MAYO DE 2015.

Vista la Solicitud Nº 15-433, presentada por la ciudadana M.J.F.M., venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.158.134, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre un lote de terreno Municipal, según consta en Contrato de Arrendamiento de Ejido, del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una extinción de terreno de NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SEIS CENTIMETROS (96,06 M2), Ubicado en la Parroquia San Fernando, Barrio 12 de Octubre, calle peñaloza, Cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Familia Montoya, En OCHO METROS CON CUARENTA CENTIMETROS MAS SEIS METROS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS(8,40 + 6,75 Mts); SUR: Casa de Nairan Aguyilar, EN QUINCE METROS (15,00 MTS) ESTE: Casa de la Familia Aguilar, EN OCHO METROS CON CUARENTA CENTIMETROS (8,40 Mts); OESTE: Calle Peñaloza del B/ 12 de Octubre, EN TRES METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS MAS TRES METROS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS(3,25 + 3,95 Mts); y que con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas, ha construido unas bienhechurías con las siguientes características: seis (06) bases de concreto armado con sus respectivos pilotines y sus vigas de riostras de cuatro (04) por seis (06) metros cuadrado, dicho terreno se encuentra tambien totalmente cercado con paredes de bloques y un portón de estructura metálica de cemento rustico, en las cuales invirtió la cantidad DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000,00). A favor de la ciudadana M.J.F.M., plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas al Solicitantes.-

El Juez;

Abog. F.J.P..

La Secretaria Titular;

Abog. M.M.A. T

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio ., del libro diario.

La Secretaria Titular;

Abog. M.M.A. T

SOLICITUD N°. 15-433.

FJP/MMAT/luisana.-

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