Decisión de Juzgado Primero del Municipio Achaguas de Apure, de 21 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2011
EmisorJuzgado Primero del Municipio Achaguas
PonenteWilmer José Pérez Celis
ProcedimientoRectificación De Acta De Nacimiento

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS

DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

Achaguas, Veintiuno (21) de Marzo del año Dos Mil Once (2.011).

200° y 152°

Vista, en cuenta y analizada la anterior solicitud, constante de Dos (02) folios útiles y con recaudos anexos de Siete (07) folios útiles, incoada por la ciudadana: M.L.R.D.M., Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.669.076, Abogada en ejercicio, e inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 96.915, domiciliada en la calle Ceiba N° 18-A, San F.d.A., en la cual solicita que este Tribunal ordene la RECTIFICACIÓN DE SU ACTA DE NACIMIENTO; donde el error denunciado consiste en que al ser presentada por sus padres se incurrió en indicar el primer nombre de su madre “MARIA” siendo lo correcto “MARIA SOFIA”. SE ADMITE, cuanto ha lugar en derecho y désele entrada bajo el Nº 11- 1.040. Fórmese expediente sígasele el curso de Ley. En cuanto a esta Solicitud que la fundamenta la siguiente de este servicio publico, en el Articulo 773 del Código de Procedimiento Civil, que se refiere al procedimiento sumario; esta Instancia Judicial, cree menester dejar sentado que debido a la entidad de lo que se pretende rectificar - incorporar un nombre mas al ya existente. Tal situación impretermitible e indefectiblemente tiene connotación y marcada incidencia en su estado civil y por ende en el fondo del Acta de Nacimiento, es por ello que indefectiblemente resulta forzoso e ineluctable sustanciar, tramitar y decidir la presente rectificación por el procedimiento ordinario contemplado en los Articulo 769 y 774 del Código del Procedimiento Civil; en consecuencia y de conformidad con el Articulo 770 ejusdem, EMPLACESE a cuantas personas tengan interés o puedan ver afectados sus derechos, para que comparezcan ante este Tribunal en el DECIMO (10) día de Despacho siguiente a la Publicación y consignación en autos que el CARTEL DE EMPLAZAMIENTO, se realice en el Diario “ULTIMAS NOTICIAS” , a objeto de que se hagan partes de esta solicitud y expongan lo que consideren pertinente, en Horas de Despacho de 8:30 a.m. a 3:30 p.m. de conformidad con lo establecido en el Articulo 192 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda Notificar al Fiscal Sexto del Ministerio Publico de conformidad con el artículo 129 y 132 ejusdem, comisionándose para ello al Tribunal del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a quien se ordena librar EXHORTO y remitir con oficio copia certificada de la solicitud. Líbrese cartel y Boleta. Cúmplase.

EL JUEZ.

Dr. W.P.C.. La Secretaria

Abog. ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR.-

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede

La Secretaria.-

Abog. Z.R.d.V.

Exp. Nº 11-1.040(RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO)

Dr. WJPC/Abog. CMLM.-

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