Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 22 de Mayo de 2006

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2006
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteAna Jacinta Durán
ProcedimientoSolicitud De Inspección Judicial

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, veintidós de mayo de dos mil seis

196º y 147º

ASUNTO : BP02-S-2006-002618

Vista la solicitud de INSPECCION JUDICIAL, propuesta por la ciudadana M.M.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.976.045, actuando en su carácter de Presidenta del C.M. deD. del Niño y del Adolescente del Municipio Lic. Diego Bautista Urbaneja, actuando en nombre y representación de los alumnos de la Unidad Educativa Lic. Diego Bautista Urbaneja, la cual acompaña de un (01) folios útiles. Désele entrada y anótese en los libros respectivos, se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. A los fines de recabar información sobre el asunto contenido en dicha solicitud, en consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, acuerda la Inspección Ocular que consiste en el traslado del Tribunal a la Unidad Educativa Lic. Diego Bautista Urbaneja, para el día Martes (30) del mes de Mayo de 2006, a las Nueve y Treinta de la mañana (09:30.am.). Notifíquese de la presente solicitud a la Fiscal Decimotercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Líbrese boleta de notificación.-

LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02.

DRA. A.J. DURAN.

LA SECRETARIA.

ABOG. MELISSA AZOCAR.

AJD/Mary C.-

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