Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Lara (Extensión Barquisimeto), de 5 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2008
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteAmelia Jimenez
ProcedimientoNegativa De

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE JUICIO DE BARQUISIMETO

Barquisimeto, 05 de Marzo de 2008

Años 197° y 149°

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2006-005297.-

Visto el escrito que corre al folio 232 de la pieza 33 del presente asunto presentado por los fiscales (Fiscal 27º del Ministerio Publico) Abogado C.A.M.C., y (Fiscalia 11º del Ministerio Publico) Abogado J.R.F.M., en la cual solicitan la acumulación a la presente causa del asunto signado bajo el Nº KP01-P-2007-2445, este Tribunal a los fines de emitir pronunciamiento observa:

PRIMERO

Señala el Ministerio Público en su escrito:

(…) vista la causa que se le sigue a la ciudadana S.L.F.M., ante el Juzgado de Juicio Nº 04, de esta Circunscripción Judicial, signada con el Nº KP01-P-2007-2445, en la que se encuentra fijada celebración del Juicio Oral y Publico para el día 13 de Febrero de 2008, y en aras de garantizar la Unidad del proceso, a que se refiere el articulo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto en el presente asunto opera la conexión a que se contrae el articulo 70 numeral 5 ejusdem, asentado como fue por el Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 27 de Septiembre de 2007, dictada en Sala de Casación Penal con ponencia de la magistrado Deyanira Nieves Bastidas, que todos los imputados, es decir, la mencionada ciudadana Fraile Martínez, y los procesados bajo el conocimiento de su juzgado, están siendo enjuiciados por los mismos hechos(…)

SEGUNDO

De la revisión del Sistema Juris 2000, se evidencia, que la acusada de marras, presenta por ante el Tribunal de Juicio nro. 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, asunto signado con el nro. KP01-P-2007-2445, por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, la cual se encuentra actualmente en espera de celebración de audiencia para Constitución de Tribunal Mixto.-

TERCERO

Establece el artículo 70, numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal:

Artículo 70. Delitos conexos. Son delitos conexos:

(…)4. Los diversos delitos imputados a una misma persona;(…)

Así mismo el artículo 73 Ejusdem contempla:

Artículo 73. Unidad del Proceso. Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados sean diversos, ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas, salvo los casos de excepción que establece este Código.

Si se imputan varios delitos, será competente el Tribunal con competencia para juzgar el delito más grave

CUARTO

En atención a lo expuesto, así como en lo previsto en la normativa señalada con relación a la competencia por la conexión, quien decide observa que ciertamente la solicitud hecha por los fiscales (Fiscal 27º del Ministerio Publico) Abogado C.A.M.C., y (Fiscalia 11º del Ministerio Publico) Abogado J.R.F.M., se encuentra ajustada a derecho, y en aras de garantizar la tutela judicial efectiva, la celeridad procesal, así como el principio de la Unidad del Proceso, de conformidad con los artículos 70 numeral 4º, en concordancia con el artículo 73 Ejusdem acuerda la ACUMULACION DE LA CAUSA KP01-P-2007-2445, seguida por el Tribunal de Juicio nro. 4 de este Circuito Judicial Penal, al asunto KP01-P-2006-005297, debiendo desprenderse del conocimiento del mismo el mencionado Tribunal, y ser remitida a este Tribunal en atención al contenido del único aparte del artículo 73 del texto adjetivo penal, toda vez que a criterio de esta juzgadora en virtud de que la pena es mas grave en el delito ventilado por ante este Juzgado, a objeto de que se siga el curso del proceso, el cual se encuentra en fase de Selección de Escabinos para Sorteo para Selección de Escabinos, Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA:

En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos:

PRIMERO

Acuerda la ACUMULACION DE LA CAUSA KP01-P-2007-2445, seguida por el Tribunal de Juicio nro. 4 de este Circuito Judicial Penal, al asunto KP01-P-2006-005297, debiendo desprenderse del conocimiento del mismo el mencionado Tribunal, y ser remitida a este Juzgado en atención al contenido del único aparte del artículo 73 del texto adjetivo penal,

SEGUNDO

Todo de conformidad con los artículos, 70 numeral 4º, 73 y 164 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese al Tribunal de Juicio nro. 4 de este Circuito Judicial, a los fines de que se sirva remitir el asunto a objeto de su acumulación.- Líbrese oficio, boletas de notificación, abrase el correspondiente cuaderno separado.- Regístrese, publíquese, cúmplase.-

LA JUEZA DE JUICIO NRO. 1.

ABOG. A.I.J.G..

LA SECRETARIA.

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