Decisión nº C-717-2005 de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez de Tachira, de 26 de Septiembre de 2005

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2005
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoMedida Innominada

Siendo las doce y treinta minutos de la tarde del día de hoy lunes, veintiséis (26) de Septiembre de dos mil cinco (2005), hora y día fijado en el auto inmediatamente anterior, se traslado y constituyo este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios G.d.H., Panamericano, S.D.M. y S.R.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la calle 11, N°: 8-142 del Barrio Las Acacias, Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira, lugar que señalo la Ciudadana: M.P.B., parte actora en la presente causa, plenamente identificada en autos, debidamente asistida por el Abogado: O.A. MONSALVE C, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 31.070; todo con el fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de este Circunscripción Judicial, Quien en fecha 20 de Junio de 2005, ordenó la suspensión de la Ejecución de cualquier tipo de Mejoras por parte de la vendedora o cualquier persona sobre el inmueble en el cual se encuentra constituido este Juzgado, el cual esta compuesto de tres habitaciones, sala, cocina, baño, lavadero, con paredes de bloque y techo de teja, construida sobre un lote de terreno propiedad del C.M.d.M.J.d.E.T., alinderado así: Frente: mide catorce metros con noventa y cinco centímetros, con la calle 11; Fondo: Igual medida con la familia M.R.; Lado Derecho: veinte metros con veinticinco centímetros con la señora Carmen y lado Izquierdo: Igual medida con la calle 8 Bis. Constituido como se encuentra este Juzgado, se procedió a NOTIFICAR, de la misión del Tribunal a una señora que dijo ser y llamarse L.A.L., Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°: V-9.352.317, en su condición de ocupante del inmueble en el cual se encuentra constituido este Juzgado. Seguidamente el Juez Ejecutor Abg. R.M.N. R, en cumplimiento del Despacho en comisión le ordena y conmina a la ciudadana L.A.L., Supra identificada, que no debe realizar ningún tipo de mejora sobre el inmueble objeto de la presente medida y/o a cesar en las mismas si las estuviera realizando, So Pena de incumplir en desacato Judicial y hacerse acreedora de las acciones Civiles y Penales que conlleva tal Desacato. Es Todo. Termino, se leyó y conforme se firma. El Juzgado regresa a su sede siendo la una y veinte minutos de la tarde.-

EL JUEZ EJECUTOR.

Abg. R.M.N.R..-

PARTE ACTORA.

M.P.B..-

ABOGADO ASISTENTE.

O.A.M.C..-

LA NOTIFICADFA OCUPANTE.

L.A.L. (Se Negó a Firmar).-

LA SECRETARIA.

Abg. Trineima Yerinne Padilla Contreras.-

C-717-2005.-

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