Decisión de Juzgado de Protección LOPNA de Portuguesa (Extensión Guanare), de 20 de Abril de 2009

Fecha de Resolución20 de Abril de 2009
EmisorJuzgado de Protección LOPNA
PonenteFrancisca Gonzalez
ProcedimientoHomolog. Oblig. Alimentaria

Vista la conciliación celebrada por los ciudadano M.G.A.A. y F.A.Z.D.C., venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº 16.476.613 y 23.578.361 , por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre la FIJACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION del ciudadano M.G.A.A., en beneficio deL niño … de 01 años de edad, la cual ha sido fijada por la cantidad de Bs. 50,00 semanal, y en el mes de diciembre el doble de lo fijado para los gastos con respecto a vestidos, calzado y juguetes en navidad. Por otro lado se comprometen ambos padres a cubrir los gastos de medicinas, atención medica, recreación y otros, proporcionalmente cada uno de ellos y dichas cantidades de dinero serán entregadas directamente a la madre, previo recibo firmado.- Por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 ejusdem. Asimismo se acuerda que la Obligación de Manutención será cancelada directamente a la madre a través de recibos firmados.

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