Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de Falcon (Extensión Coro), de 27 de Febrero de 2007

Fecha de Resolución27 de Febrero de 2007
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo
PonenteNelly Josefina Castro Gomez
ProcedimientoPartición De Herencia

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.

CORO, 27 DE FEBRERO DE 2007.-

AÑOS: 195 Y 146

EXPEDIENTE NRO. 12.802-2006.-

DEMANDANTES: M.G.T.S., P.V.T.S., C.T.D.J., P.M.T. Y F.S.D.T., D.J.A.T., F.J.A.T., comuneros en la herencia de P.M.T. y F.T.R.D.C..

APODERADO JUDICIAL: J.A.G.J., inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 7.258.-

Se inicio el presente juicio de Partición de Herencia, incoada por los ciudadanos M.G.T.S., P.V.T.S., C.T.D.J., P.M.T. Y F.S.D.T., D.J.A.T., F.J.A.T., comuneros en la herencia de P.M.T. y F.T.R.D.C., representados judicialmente por el abogado J.A.G.J., inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 7.258, fundamenta su acción en lo establecido en el artículo 777 y siguientes del Código de Procedimiento Civil con base al artículo 779 del mismo Código y en concordancia con el artículo 599 ejusdem y solicitan se decrete y practique medida de secuestro sobre el inmueble objeto de la acción de partición y solicitan la citación de los ciudadanos J.M.T.S. y M.T.S., que residen en Caracas.

En fecha 19 de noviembre de 2002, el tribunal admitió la demanda y ordenó las citaciones solicitadas. En fecha 12 de diciembre de 2002, los ciudadanos M.T.D.Z. y J.D.L.M.S., presentan poder otorgado al abogado M.A.V.. En fecha 13 de junio de 2003, el tribuna por medio de auto, niega la solicitud de medida de secuestro. En fecha 09 de octubre de 2003, el apoderado judicial de los ciudadanos M.T.D.Z. y J.D.L.M.S., como demandados renuncian al lapso de comparecencia y manifestaron la voluntad de convenir en la partición y declararon no tener ninguna observación acerca de los señalados comuneros y su participación en la comunidad. En fecha 09 de octubre de 2003, el ciudadano J.I.Z.T., debidamente asistido por el abogado M.A.V., consigna poder especial otorgado por la ciudadana M.T.D.Z.. En fecha 13 de octubre de 2003, las partes consignan escrito en el cual solicitan PRIMERO: Que se designe partidor al ciudadano JOSE IGNACION ZERPA, SEGUNDO: Que se les de un plazo al partidor de un año. TERCERO: Que se designa como administradores a los ciudadanos J.I.Z.T., J.N.R.M. y a J.T.H.. CUARTO: Que sin que ello impida la partición se faculte a los ciudadanos anteriormente nombrados para que procedan sin limitación alguna a vender total o parcialmente el inmueble a los precios normales del mercado, pudiendo conferir plazo de pago con garantías de hipoteca inmobiliaria constituida a favor de la comunidad Llano Grande y QUINTO: Que los anteriores nombrados rindan cuenta a la comunidad y la forma autentica que adquirirá la rendición de cuentas es mediante presentación de informe dentro de los quince (15) días siguientes a la venta o las ventas ante el tribunal.

En fecha 20 de octubre de 2003, el tribunal homologa el acuerdo de las partes. En fecha 10 de noviembre de 2003,los ciudadanos J.I.Z.T. y J.N.R.M.. En fecha 10 de noviembre de 2003, el partidor J.I.Z., aceptó el cargo de partidor, siendo juramentado en fecha 24 de noviembre de 2003. En fecha 01 de febrero de 2005, el ciudadano Partidor de la presente acción J.I.Z., renuncia al cargo para lo cual fue nombrado y en fecha 21 de febrero de 205, se acordó el nombramiento de la ciudadana E.T. como partidora. En fecha 02 de marzo de 2005, se juramentó a la partidora abogada E.T.. En fecha 15 de noviembre de 2005, la juez de este despacho se avocó al conocimiento de la causa. En fecha 19 de diciembre de 2005, la ciudadana E.T., nombrada partidora en el presente caso, renunció al cargo por lo que este tribunal acordó el nombramiento de la abogada V.M.J., quién se juramentó en fecha 21 de febrero de 2006. En fecha 16 de marzo de 2006, el tribunal previa solicitud realizada por la partidora acordó el nombramiento de un asistente 8Topógrafo), identificado como J.G.C., plenamente identificado y juramentado en fecha 28 de marzo de 2006. En fecha 21 de julio de 2006, la partidora acreditada por este tribunal abogada V.M.J., consigna informe topográfico, levantado por el ciudadano J.G.C., sobre el fundo denominado LLANO GRANDE en el cual informa que el inmueble tiene una superficie de SETECIENTAS NOVENTA Y OCHO HECTAREAS aproximadamente, es decir SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL METROS CUADRADOS (7.980.000 Mts2), que es una perimetral de DOCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS (12.451,64 Mts) y tiene las siguiente lectura en sistema REDVEN WGS-84 8Red Geográfica Venezolana), referido a los puntos vértice principal 08 de la red geodesica municipal correspondiente al Municipio M.d.E.F., fundamentado el soporte técnico en la mencionada data. En fecha 21 de septiembre de 2006, la ciudadana V.M.J., en su carácter de partidora, consigna su informe constante de cuatro (04) folios útiles.

Ahora bien, en fecha 04 de octubre de 2006, la ciudadana V.M.J., acreditada partidora en el presente proceso hace su informe de partición de la forma siguiente:” Yo, V.M.J., venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, domiciliada en esta ciudad de Coro, identificada con la cédula de identidad Nº 13.203.450 y de profesión abogado inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 109.968, actuando en mi carácter de partidora designada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro en el juicio de partición del fundo conocido con el nombre de “Llano Grande”, situado en jurisdicción de la parroquia San A.d.M.M.d.E.F., designación esta acaecida en fecha 27 de enero de 2.006 y debidamente juramentada el día 21 de febrero de 2.006,como consta en el expediente contentivo de la causa.

El inmueble indicado constituye herencia dejada a sus hijos, únicos y universales herederos, por los ciudadanos P.M.T. y F.S.d.T., juicio este que curso por ante el indicado Tribunal en el expediente signado con el número 12802, y que se inició por demanda incoada por M.G.T.S., P.V.T.S., C.T.d.J. y J.A.T.S. herederos directos de los causantes; así como D.J.A.T. y F.J.A.T., en representación de su madre premuerta, heredera directa de los causantes, M.G.T.S.d.A.; y A.M.T.R.d.C., en representación de su padre premuerto J.R.T.S.; igualmente E.M.H. viuda de Torres, L.K.T.H., A.M.T.H., O.J.T.H. herederos de M.T.S., sucesor directo de los causantes; siendo demandados en división del bien J.d.L.M.T.S., M.T.d.Z. ,como herederos directos de los causantes y J.T.H., R.G.T.H., R.J.T.H. y A.J.T.H., como sucesores del heredero directo F.T.S..

Ahora bien el tracto sucesivo del inmueble es el siguiente: Por documento de fecha 13 de diciembre de 1.882,folio 57vto,y folio 58vto,el cual cursa por ante el Registro Subalterno del Distrito M.d.E.F. el general P.T., abuelo de quienes hoy son herederos de P.M.T. y F.S.d.T., compró el inmueble en cuestión, fallecido el general Torres el inmueble es heredado por sus hijos Gumersindo, P.M., Josefa y Petra, en el año de 1906 y se realiza la correspondiente partición así: según documento registrado en la misma Oficina de Registro, el día 21 de diciembre de 1.911,bajo el Nº 52,folio 16 vto y 17,protocolo principal número primero, cuarto trimestre ,P.T.d.C. vende a P.M.T., los derechos que a esta le corresponden sobre “Llano Grande” y según documento registrado en la misma Oficina de Registro, bajo el número 27 folio 23 al 24 vto, protocolo principal número primero, tercer trimestre de 1.912,Gumersindo, P.M. y J.L. hacen una permuta en la cual P.M.T. adquiere la totalidad de los derechos de “Llano Grande” .Al fallecer P.M.T. en el año 1.945 heredan F.S.d.T., su viuda, y sus diez hijos M.G., P.M., Jesús de las Mercedes, Guillermina, J.R., J.A., Carolina ,P.V., Margarita y Francisco. En el año 1987 fallece F.S.d.T. y la heredan nueve de sus hijos y los hijos de F.T.S., premuerto.

En fecha 12 de agosto de 1.996,por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito M.d.E.F. se registro plano y documento en el cual se especifican de manera clara los linderos y demás determinaciones del fundo “Llano Grande” y el cual quedó anotado bajo el número 36,Tomo 5,Protocolo Primero y en dicho instrumento se establece: que el inmueble tiene una extensión de terreno con una cabida de Setecientos Noventa y Siete Hectáreas(797ha),es decir un área de Siete Millones Novecientos Setenta Mil metros cuadrados (7.970.00,00m2) y está alinderado así: Norte: Una línea recta de Un Mil Sesenta y Tres Metros con Ochenta y Cuatro centímetros(1.063,84mts).Que va del punto número 1 (P-1) al punto Veintidós (P22) de un dividive de inmediato a estanque hoy “Las Velitas”,carretera a Punto Fijo por medio, Sur: en una línea quebrada de seis segmentos que va del punto diecinueve (P19) en Ciento Treinta y Cinco Metros con Ochenta y Tres Centímetros (135,83mts),al punto dieciocho (P18) y de este en Trescientos Veinticinco Metros con Cincuenta y Siete Centímetros (325,57 mts) al punto diecisiete(P-17) y de este en Doscientos Diecinueve Metros con Treinta y Dos Centímetros (219,32mts) al punto dieciséis (P-16) y de este en Trescientos Noventa y Un Metros con Cincuenta Centímetros (391,50mts) al punto Quince (P-15) y de este en Seiscientos Setenta y Un metros con Noventa y Cinco Centímetros (671,95mts) al punto Catorce (P-14) y de este en Trescientos Diecisiete Metros con Cinco Centímetros (317,05mts) al punto trece (P-13) con la falda del cerro hoy Los Pocitos y La Mesa; Este: Con una línea quebrada de tres (3) segmentos, partiendo del punto Veintidós (P-22) en Trescientos Ochenta y Ocho metros con Noventa y Un Centímetros(388,91mts) al punto Veintiuno (P-21) de este en Novecientos Sesenta y Tres metros con Dos Centímetros (63,02mts) al punto Veinte (P-20),de este en Tres Mil Ciento Treinta y Siete Metros con Veintiún Centímetros(3137,21mts) al punto Diecinueve (P-19) un olivo que demora un tiro de fusil al poniente de la quebrada de Coro hoy en parte de Zumurucuare.Oeste:en una línea quebrada de Once (11) segmentos partiendo del punto uno (P-1) en Doscientos Diecisiete metros con Ocho Centímetros (217,08mts) al punto Dos (P-2) de este en Setecientos Cinco Metros con Cuarenta y Cuatro Centímetros (705,44mts) al punto tres (P-3) de este en Cincuenta y Tres Metros con Ochenta y Cinco Centímetros (53,85mts) al punto 4 cuatro (P-4) de este en Ciento Ochenta y Dos Metros (182mts) al punto cinco (P-5) en Trescientos Ochenta metros con Cincuenta y Dos Centímetros (380,52 mts) al punto seis (P-6) de este en Seiscientos Cuarenta y Un Metros con Treinta y Cinco Centímetros (641,35 mts) al punto siete (P-7) de este en Seiscientos Un Metros con cuatro Centímetros (601,04) al punto ocho (P-8) de este en Seiscientos Cincuenta y Un metros con Noventa y Seis Centímetros (651,96mts) al punto nueve (P-9) de este en Trescientos Treinta y Un Metros con Nueve Centímetros (331,09mts) al punto diez (P-10) de este en Trescientos Treinta y Ocho metros con Sesenta Centímetros (338,60 mts) al punto once (P-11) de este Doscientos Ochenta y Cuatro metros con ocho Centímetros (284,08mts) al punto doce (P-12) de este en Cuatrocientos Sesenta metros con Cuarenta y Tres Centímetros (460,43mts) al punto trece (P-13) de un dividive que está inmediato a una chorrera al lado izquierdo del camino que va de Coro al citado estanque de Las Veras hoy posesión El Saladillo T.H., San Agustín, E.R., el citado fundo está atravesado en el lindero Norte por la carretera F.Z. y por la vía de penetración hacia la Planta de CADAFE.

En el libelo de la demanda se especificaron los mismos linderos y a objeto de determinar la naturaleza del inmueble y su estado con la finalidad de verificar si podía dividirse, se ordeno el levantamiento de un plano topográfico el cual fue consignado en fecha 21 de julio de 2.006 y arrojo el siguiente resultado: el mismo fue levantado por el topógrafo J.G.C., Cédula de identidad Nº 8.709.980,quien fue designado asesor técnico por este Tribunal, el plano que consigne fue levantado en base a los datos que se desprenden del instrumento que se adminículo con el libelo de la demanda, que quedo debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Autónomo M.d.e.F., en fecha 12 de agosto de 1.996,número 36,Tomo 5º del Protocolo Primero, cuyos linderos y demás determinaciones fueron el fundamento del levantamiento y arroja que el inmueble tiene una superficie de SETECIENTAS NOVENTA Y OCHO (798) hectáreas aproximadamente, es decir SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL (7.980.000) metros cuadrados aproximadamente, es una perimetral de DOCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS (12.451,64 mts) y tiene la siguiente lectura en sistema REDVEN WGS-84 (Red Geodesica Venezolana) referido a los puntos vértice principal 08 de la red geodesica municipal, correspondiente al Municipio M.d.E.F., fundamentado el soporte técnico en la mencionada data que en copia se anexo también con el plano. La poligonal envolvente está distribuida en VEINTIDOS (22) vértices, signados del P-1 al P-22, los cuales tienen la siguiente nomenclatura:

P-1: Norte: 1.258.706,17; Este: 422.737,40

P-2: Norte: 1.258.491,17; Este: 422.767,39

P-3: Norte: 1.257.816,17; Este: 422.562,40

P-4: Norte: 1.257.796,17; Este: 422.512,40

P-5: Norte: 1.257.651,17; Este: 422.402,40

P-6: Norte: 1.257.271,17; Este: 422.382,40

P-7: Norte: 1.256.636,11; Este: 422.472,41

P-8: Norte: 1.256.042,28; Este: 422.565,25

P-9: Norte: 1.255.396,17; Este: 422.652,40

P-10: Norte: 1.255.136,16; Este: 422.857,38

P11: Norte: 1.254.811,17; Este: 422.952,40

P-12: Norte: 1.254.596,17; Este: 423.122,40

P-13: Norte: 1.254.136,17; Este: 423.142,40

P-14: Norte: 1.253.941,17; Este: 423.392,40

P-15: Norte: 1.253.791,17; Este: 424.047,40

P-16: Norte: 1.253.978,64; Este: 424.391,10

P-17: Norte: 1.254.176,17; Este: 424.486,40

P-18: Norte: 1.254.411,92; Este: 424.710,94

P-19: Norte: 1.254.433,14; Este: 424.845,10

P-20: Norte: 1.257.481,17; Este: 424.102,40

P-21: Norte: 1.258.411,17; Este: 423.852,40

P-22: Norte: 1.258.796,17; Este: 423.797,40.

Determinada la poligonal en los términos que quedan expresados, como puede observarse de las demarcaciones hechas en el mismo se desprende del plano la existencia de porciones de terreno ocupados por terceros y servidumbres de paso a favor de CADAFE y PDVSA GAS, razón por la cual de conformidad con el artículo 1.117 la partición se hará sobre el área de terreno de propiedad y posesión de los comuneros integrantes de la SUCESION TORRES SIRIT, superficie esta que se determinó claramente en el informe de partición, de esta manera los comuneros conservaran la comunidad sobre las áreas de terreno afectadas por ocupación o servidumbres, procediéndose a la división del resto del inmueble así: Queda claramente determinado en el plano consignado que del área de terreno que forma parte de la propiedad se encuentran afectadas por las servidumbres y ocupaciones Ciento veinticinco hectáreas (125has) Cinco Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco Metros Cuadrados ( 5475 mts2),que se denominará Sector 01;por lo que se encuentra en el área plana del inmueble libres y objeto de la división Ciento Treinta y Tres hectáreas (133has) con Siete Mil Setecientos Sesenta y Tres metros cuadrados ( 7363 mts2),que se denomina a los efectos de la partición Sector 02; y que el área accidentada de la propiedad está constituida por Quinientas Treinta y Ocho hectáreas (538has) con Siete Mil Ciento Sesenta y Un metros cuadrados (7161mts2),que se denomina a los efectos de la partición Sector 03;es de destacar que por las particulares condiciones del terreno el mismo fue susceptible de división en partes de iguales características para los comuneros.

Habiendo presentado al Tribunal en fecha 20 de septiembre del corriente año informe contentivo de la descripción del bien objeto de la partición, la viabilidad de su división; excepción hecha del denominado SECTOR UNO (1): situado en la parte norte que comprende servicios vialidad, comercios y urbanismos, sectores como: La Mano de Dios, Urbanización S.P., S.M., Urbanización Monseñor Iturriza etapas I, II Y III, La Ciudadela y parte comercial que esta ubicada en ambos márgenes de la Carretera Nacional F.Z.. Los cuales por estar ocupados por terceros quedan en la comunidad Torres Sirit.

Siendo medidas y linderos particulares del denominado sector 01 los siguientes: NORTE: En una distancia de un mil sesenta y tres metros con ochenta y cuatro centímetros (1.063,84 mts); entre los puntos coordenados P-1 y P-22 con terrenos que son o fueron de J.C. y C.F.. SUR: En una distancia de un mil noventa y un metros con setenta y seis centímetros (1.091,76 mts.), entre los puntos coordenados IT-5, IT-6, IT-7, IT-8, IT-9, IT-10, IT-11 Y P-20 del plano, con terrenos propiedad de la Sucesión Torres Sirit, siendo objeto de la división o fraccionamiento los denominados “SECTOR 02” y “SECTOR 03” los cuales tienen los siguientes linderos “SECTOR 02”; ESTE: En una distancia de un mil trescientos cincuenta y un metros con noventa y dos centímetros (1.351,92 mts.) entre los puntos coordenados P-22, P-21 y P-20 con terrenos ocupados por el sector La Cañada; OESTE: En una distancia de quinientos treinta y nueve metros con un centímetro (539,01 mts.) entre los puntos coordenados P-1, P-2 y IT-1 con terrenos ocupados por el Sector San Agustín y en un mil ciento cuarenta y ocho metros con cincuenta y nueve centímetros (1.148,59 mts.). Entre los puntos coordenados IT-1, IT-2, IT-3, IT-4 y IT-5 con terrenos propiedad de la Sucesión Torres Sirit con un área de ciento veintidós hectáreas nueve mil sesenta y cinco metros cuadrados con sesenta y un centímetros (122 has 9065,61 mts2) aproximadamente y el “SECTOR 03”, los siguientes: NORTE: En una distancia de un mil ochocientos siete metros con setenta y seis centímetros (1.807,76 mts.) entre los puntos coordenados ICO-1, ICO-2 y ICO-3 con terrenos propiedad de la sucesión Torres Sirit denominado “SECTOR 02”; SUR: en una distancia de dos mil sesenta y un metros con veintitrés centímetros (2.061,23 mts.) entre los puntos coordenados P-13, P14, P-15, P-16, P-17, P-18 y P-19 con terrenos que son o fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de dos mil quinientos setenta y nueve metros con cuarenta y cinco centímetros (2.579, 45 mts.) entre los puntos coordenados ICO-1 y P-19 con el Sector Cerro Sumurucuare; OESTE: En una distancia de dos mil novecientos sesenta y siete con treinta y cinco centímetros entre los puntos coordenados ICO -1, P-7, P-8, P-9, P-10, P-11, P-12 y P-13 con terrenos del sector Los Cerritos. Igualmente se realizo la determinación de los comuneros adjudicatarios forma y proporción; los emolumentos de la partidora y la estimación del valor de la partición que se estableció en la cantidad de Doscientos Millones De Bolívares (Bs.200.000.000,00) y habiendo consignado en fecha 4 de octubre de 2.006, la división del bien objeto de la partición la cual se efectúo mediante el fraccionamiento en los tres sectores señalados, para proceder a realizar la adjudicación individualizada y equitativa mediante la lotificación en cuarenta y dos (42) lotes que incluyen los emolumentos de la partidora representados en especie a través de la adjudicación de dos (2) lotes de terreno cada uno de ellos en el sector dos (02) y en el sector tres (03) respectivamente y a cada estirpe le corresponde cuatro (4) lotes, dos (2) en el sector Dos (02) y Dos (2) en el sector tres (03),los cuales se elaboraron en forma tal que a cada estirpe le corresponderá terrenos producto de la división del bien de similar calidad y mensura aproximada, de forma que la asignación se hizo posible sin preferencias ni desigualdades de manera aleatoria. En un todo según plano que se anexó al escrito señalado marcado (1), a los efectos de realizar la partición en los términos que se expusieron en el escrito de fecha 20 de septiembre de 2.006, para lo cual se consignaron además de los planos de los tres sectores los correspondientes a los cuarenta y dos lotes, dejándose establecido en dicho escrito que concluido el fraccionamiento en los términos expuestos era necesario señalar que a los efectos de la adjudicación aleatoria prevista, en forma que sea equitativa para los comuneros, se hizo necesario el reparto en forma tal que los lotes constituyen un grupo para cada una de las estirpes, dividiéndose en Diez (10) grupos de lotes .

Ahora bien, concluido el fraccionamiento y presentadas las hijuelas se procedió como se expreso a adjudicar de manera aleatoria entre los comuneros los Diez (10) lotes de la forma siguiente:

A la partidora quien suscribe este documento de adjudicación ampliamente identificada los siguientes lotes:

Del Sector 02: LOTE A-03. Con un área aproximada de seis hectáreas cuatrocientos treinta y tres metros cuadrados con catorce centímetros cuadrados (6 has 433,14 mts2); NORTE: En una distancia de setecientos catorce metros con setenta y ocho centímetros (714,78 mts.) entre los puntos coordenados V-24 y V-7 con LOTE A-02 ; SUR: En una distancia de setecientos treinta y tres metros con quince centímetros (733,15 mts.) entre los puntos coordenados V-23 y V-8 con LOTE A-04; ESTE: En una distancia de noventa y un metro con sesenta y seis centímetros (91,66 mts) entre los puntos coordenados V-7 y V-8 con calle de servicio; OESTE: Con una distancia de setenta y seis metros con treinta y dos centímetros (76,32 mts.) entre los puntos coordenados V-24, y V-23 con terrenos ocupados por el Sector San Agustín.

Del Sector 03: LOTE C. Con un área aproximada de treinta y un hectáreas con siete mil doscientos quince metros cuadrados con setenta centímetro cuadrados (31 has 7.215,70 mts2); NORTE: En una distancia de ciento seis metros con cuarenta y nueve centímetros (106,49 mts.) entre los puntos coordenados V-46 y V-47, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de ciento cincuenta y dos metros con cincuenta y cuatro centímetros (152,54 mts.) entre los puntos coordenados P- 13, V-83 con terreno que son o fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de tres mil cincuenta y dos metros con setenta y cinco centímetros (3.052,75 mts) entre los puntos coordenados V-47, V-102, V-100, V-93, V-92, V-84 y V-83 con LOTE C -01; OESTE: En una distancia de dos mil novecientos sesenta y tres metros con cuarenta y siete centímetros (2.963,47 mts.) entre los puntos coordenados V-46, V-103, V-104, V-105, V-106, V-107, V-108, y V-109 con vía de acceso común.

A los que se les estima un valor de Seis Millones de Bolívares (Bs.6.000.000, 00)

GRUPO NUMERO UNO (1):

Lotes A y B-01 del sector 02 y C-01 y C-11,del sector 03;los cuales se adjudican a la comunera C.T.S.d.J. mayor de edad, y los cuales tienen los siguientes linderos y demás determinaciones: LOTE A: Con un área aproximada de nueve hectáreas ocho mil quinientos sesenta metros cuadrados con treinta y cinco centímetros cuadrados (9 has 8.560,35 mts2); NORTE: En una distancia de trescientos cincuenta y ocho metros con cincuenta y cinco centímetros ( 358,55 mts) entre los puntos coordenados IT-1 y IT-2 con terrenos propiedad de la sucesión Torres Sirit denominado “SECTOR 01”; SUR: En una distancia de ciento noventa y cinco metros con setenta y un centímetros (195,71 mts.) entre los puntos coordenados V-1 y V-2 con LOTE A-01 y en doscientos sesenta y tres metros con setenta y nueve centímetros (263, 79 mts.) entre los puntos coordenados V-1 y V-3 con terrenos propiedad de la sucesión Torres Sirit ocupados por la subestación eléctrica de CADAFE El Isiro; ESTE: En una distancia de doscientos sesenta y un metro con treinta y seis centímetros (261,36 mts) entre los puntos coordenados IT-2 y V-3 con terrenos propiedad de la sucesión Torres Sirit denominado “SECTOR 01”; OESTE: Con una distancia de doscientos cuarenta y cinco metros con noventa y ocho centímetros (245,98 mts.) entre los puntos coordenados IT-1 y V-1 con terrenos ocupados por el Sector San Agustín. El expresado lote se encuentra entre las siguientes coordenadas: LOTE “A”: IT- 1258183,14-422673,84 / IT-2 1258259,06-423024,20 / V-1A 1258033,53-423054,05 / V-1 1257984,26-422613,45

Lote B-01:Con un área aproximada de seis hectáreas con cuatro mil ochocientos sesenta y nueve metros setenta y nueve centímetros cuadrados (6 has 4.869,79 mts2); NORTE: En una distancia de seiscientos setenta y cinco metros con noventa y cuatro centímetros (675,94 mts.) entre los puntos coordenados IT-5, IT-6, IT-7, IT-8, IT-9 y IT-10 con terrenos propiedad de la sucesión Torres Sirit denominado SECTOR 01; SUR: En una distancia de seiscientos noventa y ocho metros con treinta y cinco centímetros (698,35 mts.) entre los puntos coordenados V-26 y IT-11 con LOTE B-02; ESTE: En una distancia de ciento sesenta metros con veintiocho centímetros (160,28 mts) entre los puntos coordenados IT-10 y IT-11 con terrenos propiedad de la sucesión Torres Sirit denominado SECTOR 01; OESTE: En una distancia de cuarenta y cuatro metros con veinte y dos centímetros (44,21 mts.) entre los puntos coordenados IT-5 y V-26 con calle de servicio.

LOTE C-01. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con ocho mil metros cuadrados con treinta y dos centímetros cuadrados (24 has 8.000,32 mts2); NORTE: En una distancia de ochenta y cuatro metros con cuatro centímetros (84,04 mts.), entre los puntos coordenados V-47 y V-48, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de ciento catorce metros con cincuenta y cinco centímetros (114,55 mts.) entre los puntos coordenados V- 83, V-88 con vía de acceso común; ESTE: En una distancia de un mil ciento diecinueve metros con cincuenta centímetros (1.119,50 mts) entre los puntos coordenados V-48, V-99, V-94, V-91, V-85 y V-82 con LOTE C-02; OESTE: En una distancia de tres mil cincuenta y dos metros con setenta y cinco centímetros (3.052,75 mts.) entre los puntos coordenados V-47, V-102, V-100, V-93, V-92, V-84, y V-85, con LOTE C .LOTE C-11. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con nueve mil setecientos diez metros cuadrados con veintitrés centímetros cuadrados (24 has 9.710,23 mts2); NORTE: En una distancia de sesenta y siete metros con catorce centímetros (67,14 mts.), entre los puntos coordenados V-57, y V-58, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de noventa y nueve metros con doce centímetros (60,12 mts.) entre los puntos coordenados V-76, y V-75, con terreno que son fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de tres mil ciento veintisiete metros con noventa y seis centímetros (3.127,96 mts) entre los puntos coordenados V-58 y V-75, con LOTE C-12; OESTE: En una distancia de tres mil noventa y nueve metros con veintisiete centímetros (3.099,27 mts.) entre los puntos coordenados V-57, y V-76 con LOTE C-10.

GRUPO NUMERO DOS (2):

Lotes A-01 y B-02 del sector 02; C-02 y C-12 del sector 03, los cuales se adjudican

LOTE A-01. Con un área aproximada de seis hectáreas cuatro mil trescientos cuatro metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados (6 has 4.304,40 mts2); NORTE: En una distancia de ciento noventa y cinco metros con setenta y un centímetros (195,71 mts.) entre los puntos coordenados V-1 y V-2 con LOTE A; SUR: En una distancia de trescientos ochenta y un metros con treinta y un centímetros (381,31 mts.) entre los puntos coordenados V-25 y V-4 con LOTE A-02; ESTE: En una distancia de doscientos cuarenta y dos metro con cincuenta y dos centímetros (242,52 mts) entre los puntos coordenados V-2 y V-4 con terrenos ocupados por la subestación El Isiro; OESTE: Con una distancia de trescientos diez metros con cuarenta y cuatro centímetros (310,44 mts.) entre los puntos coordenados V-1, P-3, P-4 y V-25 con terrenos ocupados por el Sector San Agustín.

LOTE B-02. Con un área aproximada de cinco hectáreas con seis mil quinientos sesenta y seis metros cincuenta y seis centímetros cuadrados (5 has 6.566,56 mts2); NORTE: En una distancia de seiscientos noventa y ocho con treinta y cinco centímetros (698,35 mts.) entre los puntos coordenados V-26 Y IT-11 CON LOTE B-01 y doscientos cincuenta y cinco metros con cincuenta y cuatro centímetro (255,54 mts.)entre los puntos coordenados IT-11 Y P-20 con terrenos propiedad de la sucesión Torres Sirit denominado SECTOR 02; SUR: En una distancia de novecientos sesenta y dos metros con sesenta y nueve centímetros (962,69 mts.) entre los puntos coordenados V-27 y V-45 con LOTE B-03; ESTE: En una distancia de ochenta metros con ochenta y seis centímetros (80,86 mts) entre los puntos coordenados P-20 y V-45 con terrenos ocupados por el Barrio la Cañada; OESTE: En una distancia de cincuenta y cuatro metros con ochenta y siete centímetros (54,87 mts.) entre los puntos coordenados V-26 y V-27 con calle de servicio.

LOTE C-02. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con ocho mil once metros cuadrados con ochenta y nueve centímetros cuadrados (24 has 8.011,89 mts2); NORTE: En una distancia de ochenta metros con cuarenta centímetros (80,40 mts.), entre los puntos coordenados V-48 y V-49, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de noventa metros con cuarenta y ocho centímetros (90,48 mts.) entre los puntos coordenados V- 82, V-82-A y V- 81 con vía de acceso común; ESTE: En una distancia de tres mil ciento sesenta metros con cuatro centímetros (3.160,04 mts) entre los puntos coordenados V-49, V-98, V-95, V-90, V-86 y V-81 con LOTE C-03; OESTE: En una distancia de tres ciento diecinueve metros con cincuenta centímetros (3.119,50 mts.) entre los puntos coordenados V-83, y V-88, con LOTE C-01.

LOTE C-12. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con nueve mil setecientos diez metros cuadrados con veintidós centímetros cuadrados (24 has 9.710,22 mts2); NORTE: En una distancia de sesenta y seis metros con uno centímetros (66,01 mts.), entre los puntos coordenados V-58, y V-59, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de noventa y nueve metros con setenta y ocho centímetros (99,78 mts.) entre los puntos coordenados V-75, P-15 y V-74, con terreno que son fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de tres mil ciento veintiséis metros con veintidós centímetros (3.126,22 mts) entre los puntos coordenados V-59 y V-74, con LOTE C-13; OESTE: En una distancia de tres mil ciento veinte y siete metros con noventa y seis centímetros (3.127,96 mts.) entre los puntos coordenados V-58, y V-75 con LOTE C-11.

GRUPO NUMERO TRES (3):

Lotes A-02 y B-03 del sector 02; C-03 y C-13 del sector 03, los cuales se adjudican

LOTE A-02. Con un área aproximada de seis hectáreas cuatro mil sesenta y un metros cuadrados con veinticuatro centímetros cuadrados (6 has 4.061,24 mts2); NORTE: En una distancia de trescientos ochenta y un metros con treinta y un centímetros (381,31 mts.) entre los puntos coordenados V-4 y V-25 con LOTE A-01 y en trescientos cincuenta y cinco metros con sesenta y nueve centímetros (355,69 mts.), entre los puntos coordenados V-4, V-5 y V-6 con terrenos ocupados por la sub-estación El Isiro ; SUR: En una distancia de setecientos catorce metros con setenta y ocho centímetros (714,78 mts.) entre los puntos coordenados V-24 y V-7 con LOTE A-03; ESTE: En una distancia de cuarenta y cinco metro con ochenta centímetros (85,80 mts) entre los puntos coordenados V-6 y V-7 con calle de servicio; OESTE: Con una distancia de ciento treinta y tres metros con setenta y nueve centímetros (133,79 mts.) entre los puntos coordenados V-25, P-5, y V-24 con terrenos ocupados por el Sector San Agustín

LOTE B-03. Con un área aproximada de cinco hectáreas con seis mil cuatrocientos metros con treinta y siete centímetros cuadrados (5 has 6.400,37 mts2); NORTE: En una distancia de novecientos sesenta y dos metros con sesenta y nueve centímetros (962,69 mts.) entre los puntos coordenados V-27 y V-45 con LOTE B-02; SUR: En una distancia de novecientos sesenta y seis metros con cuarenta y un centímetros (966,41 mts.) entre los puntos coordenados V-28 y V-44 con LOTE B-04; ESTE: En una distancia de cincuenta y siete metros con setenta y nueve centímetros (57,79 mts) entre los puntos coordenados V-45 y V-44 con terrenos ocupados por el Barrio la Cañada; OESTE: En una distancia de sesenta y un metros con veinte centímetros (61,20 mts.) entre los puntos coordenados V-27 y V-28 con calle de servicio.

LOTE C-03. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con ocho mil veintidós metros cuadrados con sesenta y ocho centímetros cuadrados (24 has 8.022,68 mts2); NORTE: En una distancia de setenta y nueve metros con treinta y un centímetros (79,31 mts.), entre los puntos coordenados V-49 y V-50, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de ochenta metros con cincuenta centímetros (80,50 mts.) entre los puntos coordenados V- 80, y V-81, con terreno que son o fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de tres mil ciento setenta y cuatro metros con veintiséis centímetros (3.174,26 mts) entre los puntos coordenados V-50, V-97, V-96, V-89, V-88, V-87 y V-80 con LOTE C-04; OESTE: En una distancia de tres ciento sesenta metros con tres centímetros (3.160,03 mts.) entre los puntos coordenados V-49, V-98, V-95, V-90, V-86 y V-81 con LOTE C-02.

LOTE C-13. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con nueve mil setecientos diez y siete metros cuadrados con cincuenta y seis centímetros cuadrados (24 has 9.717,56 mts2); NORTE: En una distancia de sesenta y seis metros con uno centímetros (66,01 mts.), entre los puntos coordenados V-59, y V-60, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de ciento un metros con setenta y siete centímetros (101,67 mts.) entre los puntos coordenados V-74, y V-73, con terreno que son fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de tres mil ochenta y cuatro metros con veinticinco centímetros (3.084,25 mts) entre los puntos coordenados V-60 y V-63, con LOTE C-14; OESTE: En una distancia de tres mil ciento veintiséis metros con veintidós centímetros (3.126,22 mts.) entre los puntos coordenados V-59, y V-74 con LOTE C-12.

GRUPO NUMERO CUATRO (4):

Lotes A-04y B-04 del sector 02; C-04 y C-14 del sector 03, los cuales se adjudican

LOTE A-04. Con un área aproximada de seis hectáreas cuatrocientos setenta y un metros cuadrados con noventa y cuatro centímetros cuadrados (6 has 471,94 mts2); NORTE: En una distancia de setecientos treinta y tres metros con quince centímetros (733,15 mts.) entre los puntos coordenados V-23 y V-8 con LOTE A-03 ; SUR: En una distancia de setecientos cincuenta metros con noventa y seis centímetros (750,96 mts.) entre los puntos coordenados V-22 y V-9 con LOTE A-05; ESTE: En una distancia de ochenta y tres metros con ochenta y tres centímetros (83,83 mts) entre los puntos coordenados V-8 y V-9 con calle de servicio; OESTE: Con una distancia de ochenta metros con dieciocho centímetros (80,18 mts.) entre los puntos coordenados V-23, y V-22 con terrenos ocupados por el Sector San Agustín.

LOTE B-04. Con un área aproximada de cinco hectáreas con tres mil quinientos cuarenta y nueve metros cuadrados con veintiocho centímetros cuadrados (5 has 3.549,28 mts2); NORTE: En una distancia de novecientos sesenta y seis metros con cuarenta y un centímetros (966,41 mts.) entre los puntos coordenados V-28 y V-44 con LOTE B-03; SUR: En una distancia de novecientos sesenta y ocho metros con ochenta y cuatro centímetros (968,84 mts.) entre los puntos coordenados V-29 y V-43 con LOTE B-05; ESTE: En una distancia de cincuenta y un metros con cuarenta y cuatro centímetros (51,44 mts) entre los puntos coordenados V-44 y V-43 con terrenos ocupados por el Barrio la Cañada; OESTE: En una distancia de sesenta metros con noventa y nueve centímetros (60,99 mts.) entre los puntos coordenados V-28 y V-29 con calle de servicio.

LOTE C-04. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con ocho mil quince metros cuadrados con cincuenta centímetros cuadrados (24 has 8.015,50 mts2); NORTE: En una distancia de ciento setenta y seis metros con setenta y cinco centímetros (176,75 mts.), entre los puntos coordenados V-50 y V-51, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de trescientos tres metros con noventa y cinco centímetros (303,95 mts.) entre los puntos coordenados V-97, y V-96, con LOTE C-03; ESTE: En una distancia de un mil seiscientos veintiocho metros con noventa y un centímetros (1.628,98 mts) entre los puntos coordenados V-51 y V-96, con LOTE C-05; OESTE: En una distancia de un mil cuatrocientos metros con veinte centímetros (1.400,20 mts.) entre los puntos coordenados V-50, y V-97 con LOTE C-03.

LOTE C-14. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con nueve mil setecientos doce metros cuadrados con noventa centímetros cuadrados (24 has 9.712,90 mts2); NORTE: En una distancia de sesenta y seis metros con uno centímetros (66,01 mts.), entre los puntos coordenados V-60, y V-61, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de ciento tres metros con setenta y tres centímetros (103,73 mts.) entre los puntos coordenados V-73, y V-72, con terreno que son fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de tres mil cuarenta y uno metros con ochenta y nueve centímetros (3.041,89 mts) entre los puntos coordenados V-61 y V-72, con LOTE C-15; OESTE: En una distancia de tres mil ciento ochenta y cuatro metros con veinticinco centímetros (3.184,25 mts.) entre los puntos coordenados V-60, y V-73 con LOTE C-13.

GRUPO NUMERO CINCO (5):

Lotes A-05 y B-05 del sector 02; C-05 y C-15 del sector 03, los cuales se adjudican

LOTE A-05. Con un área aproximada de seis hectáreas ochocientos noventa metros cuadrados con siete centímetros cuadrados (6 has 890,07 mts2); NORTE: En una distancia de setecientos cincuenta metros con noventa y seis centímetros (750,96 mts.) entre los puntos coordenados V-22 y V-9 con LOTE A-04 ; SUR: En una distancia de setecientos sesenta y ocho metros con cuarenta centímetros (768,40 mts.) entre los puntos coordenados V-21 y V-10 con LOTE A-06; ESTE: En una distancia de ochenta metros con noventa y seis centímetros (80,96 mts) entre los puntos coordenados V-9 y V-10 con calle de servicio; OESTE: Con una distancia de ochenta metros con treinta y cinco centímetros (80,35 mts.) entre los puntos coordenados V-22, y V-21 con terrenos ocupados por el Sector San Agustín.

LOTE B-05. Con un área aproximada de cinco hectáreas con tres mil cuatrocientos dos metros cuadrados con un centímetro cuadrado (5 has 3.402,01 mts2); NORTE: En una distancia de novecientos sesenta y ocho metros con ochenta y cuatro centímetros (968,84 mts.) entre los puntos coordenados V-29 y V-43 con LOTE B-04; SUR: En una distancia de novecientos setenta y dos metros con treinta y dos centímetros (972,32 mts.) entre los puntos coordenados V-30 y V-42 con LOTE B-06; ESTE: En una distancia de cincuenta y cuatro metros con cinco centímetros (54,05 mts) entre los puntos coordenados V-43 y V-42 con terrenos ocupados por el Barrio la Cañada; OESTE: En una distancia de cincuenta y siete metros con sesenta y dos centímetros (57,62 mts.) entre los puntos coordenados V-29 y V-30 con calle de servicio.

LOTE C-05. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con ocho mil dieciséis metros cuadrados con cincuenta y seis centímetros cuadrados (24 has 8.016,56 mts2); NORTE: En una distancia de ciento siete metros con noventa y cuatro centímetros (107,94 mts.), entre los puntos coordenados V-51 y V-52, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de quinientos treinta y cuatro metros con ocho centímetros (534,08 mts.) entre los puntos coordenados V-96, V-89, y V-88, con LOTE C-03; ESTE: En una distancia de dos mil ciento doce metros con seis centímetros (2.112,06 mts) entre los puntos coordenados V-52 y V-88, con LOTE C-06; OESTE: En una distancia de un mil seiscientos veintiocho metros con noventa y un centímetros (1.628,91 mts.) entre los puntos coordenados V-51, y V-96 con LOTE C-04.

LOTE C-15. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con nueve mil setecientos veinticinco metros cuadrados con noventa y ocho centímetros cuadrados (24 has 9.725,98 mts2); NORTE: En una distancia de sesenta y seis metros con veintidós centímetros (66,22 mts.), entre los puntos coordenados V-61, y V-62, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de ciento cinco metros con setenta y dos centímetros (105,72 mts.) entre los puntos coordenados V-72, y V-71, con terreno que son fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de dos mil novecientos noventa y nueve metros con dieciocho centímetros (2.999,18 mts) entre los puntos coordenados V-62 y V-71, con LOTE C-16; OESTE: En una distancia de tres mil cuarenta y uno metros con ochenta y nueve centímetros (3.041,89 mts.) entre los puntos coordenados V-61, y V-72 con LOTE C-14.

GRUPO NUMERO SEIS (6):

Lotes A-06 y B-06 del sector 02; C-06 y C-16 del sector 03, los cuales se adjudican

LOTE A-06. Con un área aproximada de seis hectáreas cuatrocientos cuarenta y seis metros cuadrados con noventa y dos centímetros cuadrados (6 has 446,92 mts2); NORTE: En una distancia de setecientos sesenta y ocho metros con cuarenta centímetros (768,40 mts.) entre los puntos coordenados V-21 y V-10 con LOTE A-05; SUR: En una distancia de setecientos ochenta y cinco metros con setenta y un centímetros (785,71 mts.) entre los puntos coordenados P-6 y V-11 con LOTE A-07; ESTE: En una distancia de ochenta y tres metros con ochenta y tres centímetros (83,83 mts) entre los puntos coordenados V-10 y V-11 con calle de servicio; OESTE: En una distancia de setenta y dos metros con ochenta y un centímetros (72,81 mts.) entre los puntos coordenados V-21, y P-6 con terrenos ocupados por el Sector San Agustín.

LOTE B-06. Con un área aproximada de cinco hectáreas con tres mil trescientos setenta y dos metros cuadrados con treinta y nueve centímetro cuadrados (5 has 3.372,39 mts2); NORTE: En una distancia de novecientos sesenta y dos metros con treinta y dos centímetros (972,32 mts.) entre los puntos coordenados V-30 y V-42 con LOTE B-05; SUR: En una distancia de novecientos setenta y seis metros con ochenta y ocho centímetros (976,88 mts.) entre los puntos coordenados V-31 y V-41 con LOTE B-07; ESTE: En una distancia de cincuenta y siete metros con once centímetros (57,11 mts) entre los puntos coordenados V-42 y V-41 con terrenos ocupados por el Barrio la Cañada; OESTE: En una distancia de cincuenta y cuatro metros con trece centímetros (54,13 mts.) entre los puntos coordenados V-30 y V-31 cco LOTE B-05. Con un área aproximada de cinco hectáreas con tres mil cuatrocientos dos metros cuadrados con un centímetro cuadrado (5 has 3.402,01 mts2); NORTE: En una distancia de novecientos sesenta y ocho metros con ochenta y cuatro centímetros (968,84 mts.) entre los puntos coordenados V-29 y V-43 con LOTE B-04; SUR: En una distancia de novecientos setenta y dos metros con treinta y dos centímetros (972,32 mts.) entre los puntos coordenados V-30 y V-42 con LOTE B-06; ESTE: En una distancia de cincuenta y cuatro metros con cinco centímetros (54,05 mts) entre los puntos coordenados V-43 y V-42 con terrenos ocupados por el Barrio la Cañada; OESTE: En una distancia de cincuenta y siete metros con sesenta y dos centímetros (57,62 mts.) entre los puntos coordenados V-29 y V-30 con calle de servicio.

on calle de servicio.

LOTE C-06. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con ocho mil veintisiete metros cuadrados con dieciséis centímetros cuadrados (24 has 8.027,16 mts2); NORTE: En una distancia de ciento setenta y un metros con sesenta centímetros (171,60 mts.), entre los puntos coordenados V-52 y V-53, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de ciento veinte metros con cincuenta y dos centímetros (120,52 mts.) entre los puntos coordenados V-88, y V-87, con LOTE C-03; ESTE: En una distancia de dos mil ciento ochenta y cuatro metros con cuarenta y nueve centímetros (2.184,49 mts) entre los puntos coordenados V-53 y V-87, con LOTE C-07; OESTE: En una distancia de dos mil ciento doce metros con seis centímetros (2.112,06 mts.) entre los puntos coordenados V-52, y V-88 con LOTE C-05.

LOTE C-16. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con nueve mil setecientos dieciocho metros cuadrados con treinta y nueve centímetros cuadrados (24 has 9.718,39 mts2); NORTE: En una distancia de sesenta y seis metros con veintidós centímetros (66,22 mts.), entre los puntos coordenados V-62, y V-63, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de ciento cincuenta y cinco metros con veinte centímetros (155,20 mts.) entre los puntos coordenados V-71, P.16 y V-70, con terreno que son fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de dos mil ochocientos ochenta y dos metros con sesenta y tres centímetros (2.882,63 mts) entre los puntos coordenados V-63 y V-70, con LOTE C-17; OESTE: En una distancia de dos mil novecientos noventa y nueve metros con dieciocho centímetros (2.999.18 mts.) entre los puntos coordenados V-62, y V-71 con LOTE C-15.

GRUPO NUMERO SIETE (7):

Lotes A-07 y B-07 del sector 02; C-07 y C-17 del sector 03, los cuales se adjudican

LOTE A-07. Con un área aproximada de seis hectáreas cuatrocientos noventa y siete metros cuadrados con setenta y ocho centímetros cuadrados (6 has 497,78 mts2); NORTE: En una distancia de setecientos ochenta y cinco metros con setenta y un centímetros (785,71 mts.) entre los puntos coordenados P-6 y V-11 con LOTE A-06; SUR: En una distancia de quinientos cincuenta metros con cuarenta y cinco centímetros (550,45 mts.) entre los puntos coordenados V-19 y V-16 con LOTE A-08 y doscientos treinta y seis metros con veintiocho centímetros (236,28 mts.) entre V-16 y V-12 con LOTE A-10; ESTE: En una distancia de setenta y cuatro metros con cuarenta y nueve centímetros (74,49 mts) entre los puntos coordenados V-11 y V-12 con calle de servicio; OESTE: En una distancia de ochenta metros con ochenta y siete centímetros (80,87 mts.) entre los puntos coordenados P-6, y V-19 con terrenos ocupados por el Sector San Agustín.

LOTE B-07. Con un área aproximada de cinco hectáreas con cuatro mil novecientos cuatro metros cuadrados con treinta y dos centímetro cuadrados (5 has 4.904,32 mts2); NORTE: En una distancia de novecientos setenta y seis metros con ochenta y ocho centímetros (976,88 mts.) entre los puntos coordenados V-31 y V-41 con LOTE B-06; SUR: En una distancia de novecientos ochenta metros con setenta y tres centímetros (980,73 mts.) entre los puntos coordenados V-32 y V-40 con LOTE B-08; ESTE: En una distancia de cincuenta y cinco metros con noventa y ocho centímetros (55,98 mts) entre los puntos coordenados V-41 y V-40 con terrenos ocupados por el Barrio la Cañada; OESTE: En una distancia de cincuenta y siete metros con ochenta y seis centímetros (57,86 mts.) entre los puntos coordenados V-31 y V-32 con calle de servicio.

LOTE C-07. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con ocho mil veintitrés metros cuadrados con setenta y cuatro centímetros cuadrados (24 has 8.023,74 mts2); NORTE: En una distancia de ochenta y siete metros con treinta y siete centímetros (87,37 mts.), entre los puntos coordenados V-53, y ICO-2, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de ciento siete metros con noventa y ocho centímetros (107,98 mts.) entre los puntos coordenados V-80, y V-79, con terreno que son fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de tres mil veinte o metros con cincuenta y cinco centímetros (3.020,54 mts) entre los puntos coordenados ICO-2 y V-79, con LOTE C-08; OESTE: En una distancia de dos mil ciento ochenta y cuatro metros con cuarenta y nueve centímetros (2.184,49 mts.) entre los puntos coordenados V-53, y V-87 con LOTE C-08.

LOTE C-17. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con nueve mil setecientos doce metros cuadrados con sesenta y uno centímetros cuadrados (24 has 9.712,61 mts2); NORTE: En una distancia de sesenta y seis metros con cincuenta centímetros (66,52 mts.), entre los puntos coordenados V-63, y V-64, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de ciento sesenta y cinco metros con sesenta y cinco centímetros (165,75 mts.) entre los puntos coordenados V-70, P.17 y V-69, con terreno que son fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de dos mil setecientos cincuenta y cuatro metros con veintiséis centímetros (2.754,26 mts) entre los puntos coordenados V-64 y V-69, con LOTE C-18; OESTE: En una distancia de dos mil ochocientos ochenta y dos metros con sesenta y tres centímetros (2.882.63 mts.) entre los puntos coordenados V-63, y V-70 con LOTE C-16.

GRUPO NUMERO OCHO (8):

Lotes A-08 y B-08 del sector 02; C-08 y C-18 del sector 03, los cuales se adjudican

LOTE A-08. Con un área aproximada de seis hectáreas mil ciento veintiún metros cuadrados con sesenta y dos centímetros cuadrados (6 has 1.121,62 mts2); NORTE: En una distancia de quinientos cincuenta metros con cuarenta y cinco centímetros (550,45 mts.) entre los puntos coordenados V-19 y V-16 con LOTE A-07; SUR: En una distancia de quinientos cuarenta y siete metros con cincuenta y cinco centímetros (547,55 mts.) entre los puntos coordenados V-18 y V-15 con LOTE A-09; ESTE: En una distancia de ciento dieciséis metros con setenta centímetros (116,70 mts) entre los puntos coordenados V-16 y V-15 con LOTE A-10 ; OESTE: En una distancia de ciento siete metros con treinta y dos centímetros (107,32 mts.) entre los puntos coordenados V-19, y V-18 con terrenos ocupados por el Sector San Agustín.

LOTE B-08. Con un área aproximada de cinco hectáreas con dos mil quinientos ochenta y cinco metros cuadrados con cincuenta centímetro cuadrados (5 has 2.585,50 mts2); NORTE: En una distancia de novecientos ochenta metros con setenta y tres centímetros (980,73 mts.) entre los puntos coordenados V-32 y V-40 con LOTE B-07; SUR: En una distancia de novecientos ochenta y tres metros con noventa centímetros (983,90 mts.) entre los puntos coordenados V-33 y V-39 con LOTE B-09; ESTE: En una distancia de cincuenta y dos metros con cincuenta centímetros (52,50 mts) entre los puntos coordenados V-40 y V-39 con terrenos ocupados por el Barrio la Cañada; OESTE: En una distancia de cincuenta y seis metros con seis centímetros (56,06 mts.) entre los puntos coordenados V-32 y V-33 con calle de servicio.

LOTE C-08. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con ocho mil ocho metros cuadrados con veintiún centímetros cuadrados (24 has 8.008,21 mts2); NORTE: En una distancia de setenta y ocho metros con veinte centímetros (78,20 mts.), entre los puntos coordenados V-55, y ICO-2, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de noventa metros con trece centímetros (90,13 mts.) entre los puntos coordenados V-79, y V-78, con terreno que son fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de tres mil cuarenta y cinco metros con cuatro centímetros (3.045,04 mts) entre los puntos coordenados V-55 y V-78, con LOTE C-09; OESTE: En una distancia de tres mil veinte metros con cincuenta y cuatro centímetros (3. 020,54 mts.) entre los puntos coordenados V-79, y ICO-2 con LOTE C-09.

LOTE C-18. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con nueve mil setecientos veinte metros cuadrados con treinta y dos centímetros cuadrados (24 has 9.720,32 mts2); NORTE: En una distancia de sesenta y seis metros con sesenta y nueve centímetros (66,69 mts.), entre los puntos coordenados V-64, y V-65, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de ciento cuarenta y cuatro metros con sesenta y nueve centímetros (144,69 mts.) entre los puntos coordenados V-69, y V- 68, con terreno que son fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de dos mil seiscientos sesenta y uno metros con treinta y un centímetros (2.661,31 mts) entre los puntos coordenados V-65 y V-68, con LOTE C-19; OESTE: En una distancia de dos mil setecientos cincuenta y cuatro metros con veintiséis centímetros (2.754.26 mts.) entre los puntos coordenados V-64, y V-69 con LOTE C-17.

GRUPO NUMERO NUEVE (9):

Lotes A-09 y B-09 del sector 02; C-09 y C-19 del sector 03, los cuales se adjudican a

LOTE A-09. Con un área aproximada de seis hectáreas dos mil setecientos cincuenta metros cuadrados con quince centímetros cuadrados (6 has 2.750,15 mts2); NORTE: En una distancia de quinientos cuarenta y siete metros con cincuenta y cinco centímetros (547,55 mts.) entre los puntos coordenados V-18 y V-15 con LOTE A-08; SUR: En una distancia de quinientos cuarenta y ocho metros con diez centímetros (548,10 mts.) entre los puntos coordenados V-17 y V-14 con franja de seguridad de PROYECTO ICO, PDVSA GAS; ESTE: En una distancia de ciento treinta y un metros con cuarenta y dos centímetros (131,42 mts) entre los puntos coordenados V-15 y V-14 con LOTE A-10 ; OESTE: En una distancia de cien metros con veintiún centímetros (100,21 mts.) entre los puntos coordenados V-18, y V-17 con terrenos ocupados por el Sector San Agustín.

LOTE B-09. Con un área aproximada de cinco hectáreas con un mil trescientos noventa metros cuadrados con treinta y cuatro centímetro cuadrados (5 has 1390,34 mts2); NORTE: En una distancia de novecientos ochenta y tres metros con noventa centímetros (983,90 mts.) entre los puntos coordenados V-33 y V-39 con LOTE B-08; SUR: En una distancia de novecientos ochenta y siete metros con noventa y tres centímetros (987,93 mts.) entre los puntos coordenados V-34 y V-38 con LOTE B-10; ESTE: En una distancia de cincuenta y dos metros con sesenta y tres centímetros (52,63 mts) entre los puntos coordenados V-39 y V-38 con terrenos ocupados por el Barrio la Cañada; OESTE: En una distancia de cincuenta y tres metros con cuatro centímetros (53,04 mts.) entre los puntos coordenados V-33 y V-34 con calle de servicio

LOTE C-09. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con ocho mil seis metros cuadrados con treinta y cinco centímetros cuadrados (24 has 8.006,35 mts2); NORTE: En una distancia de setenta y cinco metros con setenta y dos centímetros (75,72 mts.), entre los puntos coordenados V-55, y V-56, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de noventa y un metros con cuarenta y dos centímetros (91,42 mts.) entre los puntos coordenados V-78, y V-77, con terreno que son fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de tres mil setenta metros con cuarenta centímetros (3.070,40 mts) entre los puntos coordenados V-56 y V-77, con LOTE C-10; OESTE: En una distancia de tres mil cuarenta y cinco metros con cuatro centímetros (3.045,04 mts.) entre los puntos coordenados V-55, y V-78 con LOTE C-08.

LOTE C-19. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con nueve mil setecientos catorce metros cuadrados con veinte centímetros cuadrados (24 has 9.714,20 mts2); NORTE: En una distancia de sesenta y nueve metros con noventa y cinco centímetros (69,95 mts.), entre los puntos coordenados V-65, y V-66, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de ciento cuarenta y cuatro metros con sesenta y cinco centímetros (144,75 mts.) entre los puntos coordenados V-68, P-18 y V- 67, con terreno que son fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de dos mil quinientos ochenta metros con treinta y dos centímetros (2.587,32 mts) entre los puntos coordenados V-66 y V-67, con LOTE C-20; OESTE: En una distancia de dos mil seiscientos sesenta y uno metros con treinta y uno centímetros (2.661.31 mts.) entre los puntos coordenados V-65, y V-68 con LOTE C-18.

GRUPO NUMERO DIEZ(10):

Lotes A-10 y B-10 del sector 02; C-10 y C-20 del sector 03, los cuales se adjudican

LOTE A-10. Con un área aproximada de seis hectáreas dos mil seiscientos setenta y tres metros cuadrados con setenta y nueve centímetros cuadrados (6 has 2.673,79 mts2); NORTE: En una distancia de doscientos treinta y seis metros con veintiocho centímetros (236,28 mts.) entre los puntos coordenados V-16 y V-12 con LOTE A-07; SUR: En una distancia de doscientos cincuenta y cuatro metros con setenta y dos centímetros (254,72 mts.) entre los puntos coordenados V-14 y V-13 con franja de seguridad de PROYECTO ICO, PDVSA GAS; ESTE: En una distancia de doscientos sesenta y nueve metros con diez centímetros (269,10 mts) entre los puntos coordenados V-12 y V-13 con calle de servicio ; OESTE: En una distancia de ciento dieciséis metros con setenta centímetros (116,70 mts.) entre los puntos coordenados V-16, y V-15 con LOTE A-08 y ciento treinta y un metros con cuarenta y dos centímetros

(131,42 mts.) entre los puntos coordenados V-15 y V-14 con LOTE A-09

LOTE B-10. Con un área aproximada de cinco hectáreas con cuatro mil cuatrocientos ochenta y dos metros cuadrados con nueve centímetro cuadrados (5 has 4.482,09 mts2); NORTE: En una distancia de novecientos ochenta y siete metros con noventa y tres centímetros (987,93 mts.) entre los puntos coordenados V-34 y V-38, con LOTE B-09; SUR: En una distancia de novecientos noventa y dos metros con cincuenta y ocho centímetros (992,58 mts.) entre los puntos coordenados V-35, V-36 y V-37 con franja protectora proyecto ico PDVSA GAS; ESTE: En una distancia de cincuenta y dos metros con sesenta y seis centímetros (52,66 mts) entre los puntos coordenados V-38 y V-37 con terrenos ocupados por el Barrio la Cañada; OESTE: En una distancia de cuarenta y nueve metros con noventa y cinco centímetros (49,95 mts.) entre los puntos coordenados V-34 y V-35 con calle de servicio.

LOTE C-10. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con nueve mil setecientos veintinueve metros cuadrados con treinta y seis centímetros cuadrados (24 has 9.729,36 mts2); NORTE: En una distancia de setenta y siete metros con trece centímetros (77,13 mts.), entre los puntos coordenados V-56, y V-57, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de cien metros con treinta y nueve centímetros (100,39 mts.) entre los puntos coordenados V-77, y V-76, con terreno que son fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de tres mil noventa y nueve metros con veintisiete centímetros (3.099,27 mts) entre los puntos coordenados V-56 y V-76, con LOTE C-11; OESTE: En una distancia de tres mil setenta metros con cuarenta centímetros (3.070,40 mts.) entre los puntos coordenados V-56, y V-77 con LOTE C-09.

LOTE C-20. Con un área aproximada de veinticuatro hectáreas con ocho mil ochocientos sesenta y cinco metros cuadrados con veinte centímetros cuadrados (24 has 8.875,20 mts2); NORTE: En una distancia de ochenta y siete metros con sesenta y dos centímetros (87,62 mts.), entre los puntos coordenados V-66, y ICO-3, con franja protectora de proyecto ICO PDVSA GAS; SUR: En una distancia de ciento seis metros con ochenta y ocho centímetros (106,88 mts.) entre los puntos coordenados V-67 y P-19, con terreno que son fueron de R.S.; ESTE: En una distancia de dos mil quinientos setenta y nueve metros con setenta y cinco centímetros (2.579,45 mts) entre los puntos coordenados ICO-3 y P-19, con cerro de Zumurucuare ; OESTE: En una distancia de dos mil quinientos ochenta y siete metros con treinta y dos centímetros (2.587.32 mts.) entre los puntos coordenados V-66, y V-67 con LOTE C-19.

Con el otorgamiento de la presente adjudicación se hace a las personas designadas en la misma la tradición de los inmuebles que les correspondieron en plena propiedad y posesión como resultado del proceso de partición ya concluido. En S.A.d.C. a los Veinticuatro días (24) del mes de octubre de 2.006

Este tribunal, en vista de la partición amistosa realizada por la partes y en observancia de lo establecido en el artículo 1.078 del Código Civil, el cual se trascribe a continuación:

Si dentro de un término que fijará el juez ninguno de los coparticipe hiciere objeción, la partición quedará concluida y asi lo declara el tribunal.....

Dado que las partes renunciaron a los lapsos procesales establecidos en el artículo anterior y en vista del cumplimiento de lo establecido en el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, este tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:

  1. CON LUGAR, la partición de herencia incoada por los ciudadanos M.G.T.S., P.V.T.S., C.T.D.J., P.M.T. Y F.S.D.T., D.J.A.T., F.J.A.T., comuneros en la herencia de P.M.T. y F.T.R.D.C..

  2. SE ordena el Registro de cada una de las hijuelas que contiene la masa hereditaria, las cuales fueron establecidas por informe del partidor V.M., según división efectuada por el experto J.G.C..

  3. Se ordena el Registro de la parcela de terreno que fue asignada por los herederos para la cancelación de los honorarios del partidor-administrador.-

  4. Se ordena al Partidor-Administrador, regularizar la situación de los contrataos, servidumbres y cualquier otros, que tenga que ver con los terrenos de la sucesión.-

  5. De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada para el archivo del tribunal.-

PUBLIQUESE Y REGISTRESE.

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este tribunal con sede en Coro Estado Falcón, a los veintisiete días del mes de febrero de 2007.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

AB. N.C.G.

LA SECRETARIA TITULAR

AB. C.H..

Nota. La anterior decisión se dictó y publicó en su fecha, siendo las (3:25 p.m.), se dejó copia certificada para el archivo. Conste Coro fecha Ut-supra,

LA SECRETARIA TITULAR

AB. C.H.

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