Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Cojedes, de 10 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2010
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
PonenteDenis León Sequera
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICA

ASUNTO: HP01- L-2009-000108

PARTE ACTORA: M.J.A.P.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abgs. CARLOS CEDEÑO; NORELYS AGUIN DE CEDEÑO; LUIS CLAVIJO Y O.C.., inscritos en el I.P.S.A. bajo los números 56.364, 77.874, 142.512 y 142.852, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: MUNICIPIO AUTÓNOMO R.G.D.E.C..

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES.

En el día de hoy, miércoles diez (10) de noviembre del año dos mil diez (2010), siendo la una de la tarde (01:00 p.m.), oportunidad para la celebración de la Audiencia oral y pública, oportunidad para la celebración de la Audiencia oral y pública, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES, incoada por la ciudadana M.J.A.P., titular de la cédula de identidad N° V-9.532.074, en su contra el MUNICIPIO AUTÓNOMO R.G.D.E.C.. Se deja constancia que la Audiencia será reproducida en forma audiovisual según lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a través de la Cámara de video J. V. C, conducida por el Técnico audiovisual N.M.. Comparece a la celebración de esta Audiencia la Abg. M.Q., inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 62.125, en su carácter de apoderada judicial del MUNICIPIO AUTÓNOMO R.G.D.E.C.. Se deja constancia de la incomparecencia de la parte DEMANDANTE ciudadana M.J.A.P., titular de la cédula de identidad N° V-9.532.074, ni por si ni por apoderado judicial alguno., por lo que el ciudadano alguacil procedió hacer el llamado de la accionante a las puertas de la sala de Audiencia, no respondiendo ésta al llamado. En consecuencia, de conformidad con el articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo parte infine este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, Así se declara.

LA JUEZ TITULAR.

ABG. D.M.L.S..

LA SECRETARIA.

ABG. S.M..

LA APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA.

EL ALGUACIL EL TECNICO AUDIOVISUAL

HP01-L-2009-000108.

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