Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques de Miranda, de 2 de Noviembre de 2004

Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2004
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques
PonenteHumberto José Angrisano Silva
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, dos (02) de noviembre de dos mil cuatro (2004).

194° y 145°

Vistas las actuaciones que anteceden provenientes del sistema de distribución, presentadas por la ciudadana M.C.M., debidamente asistida de abogado, en donde consta la evacuación de testigos por ellla presentada ante el Juzgado del Municipio Zamora de esta misma circunscripción judicial, en la cual rinden declaración los ciudadanos E.A.G. y M.R.G.H., se ordena darle entrada en el libro de causas bajo el N° 40.562. Así mismo, de una revisión de las mismas este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana M.C.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 6.161.119, sobre la bienhechuria, la cual consta de una unidad de vivienda construida sobre terreno propiedad de la solicitante, ubicada en la Urbanizacion Villanueva, parcela N° 08, manzana N° 02, Jurisdiccion del Municipio Páez del Estado Miranda, con un area aproximada de OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (85,00 mts2), cuyos linderos y demás especificaciones constan suficientemente en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la solicitante antes identificada, asistida por el abogado J.A.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.313. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Corrijase foliatura

EL JUEZ,

H.A.S.

LA SECRETARIA,

I.C.B.C.

EXP. Nro. 40.562

HJAS/ICBC/magaly

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