Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 13 de Octubre de 2005

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2005
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteCleopatra del Valle Avgerinos Pineda
ProcedimientoExtinción De La Acción Penal

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL

DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 13 de Octubre de 2005.

195° y 146°

Visto el escrito presentado por el ciudadano Abg. G.B., en su carácter de Fiscal Quinto del Ministerio Público, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos M.A.A.C., O.N.P., D.Y.S.M. Y ESTILITO J.P.D., por la comisión del delito de VIOLACION DE DOMICILIO POR FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 184 primer aparte del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana M.R.C., de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia el Tribunal, para decidir observa:

Corre inserta en el expediente al folio 01, Denuncia interpuesta por la ciudadana M.R.C., de fecha 13 de Junio de 2000, procedente de la Fiscalia Quinta del Ministerio Público.

En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:

  1. - Corre inserto al folio 10, acta de Investigación Policial, Nro. F-674.918, de fecha 04 de Octubre de 2000, procedente del cuerpo Técnico de Policía Judicial Delegación Táchira.

Sin embargo, se observa que el hecho que dio origen a la presente averiguación ocurrió el 13 de Junio de 2000, de lo cual se evidencia que desde dicha fecha hasta la presente, ha transcurrido un tiempo de CINCO (05) AÑOS, TRES (03) MESES, Y DIECINUEVE (19) DIAS; por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 5°, del Código Penal, la acción penal en la presente causa se encuentra evidentemente prescrita; siendo en consecuencia, procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho y este Tribunal procede a decretar el Sobreseimiento de la Causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, y así lo decide.-

Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de los ciudadanos M.A.A.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.- V-9.242.424, estado civil casado, de profesión u oficio Cabo Primero de la DIRSOP, Domiciliado en la calle 7, casa N° 7-2, la concordia, San C.E.T.; ORALNDO N.P., venezolano, natural de esta Ciudad de San Cristóbal, de 39 años de edad, estado civil casado, de profesión u oficio Distinguido de la Policía Local, titular de la cedula de identidad N° V-14.146.680, residenciado en el Barrio R.G., calle principal, casa sin número, San C.e.T., D.Y.S.M., venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-8.109.333, natural de Michelena Estado Táchira, de 30 años de edad, estado civil casada, de profesión u oficio Distinguido de la Policía, residenciada en el Barrio Pozo Azul, calle 3, casa N° 5; y ESTILITO J.P.D., venezolano, natural de esta ciudad de San Cristóbal, titular de la cedula de identidad N V-9.460.542, Estado civil casado, de profesión u oficio Funcionario de la Policía del Estado Táchira, por la comisión del delito de VIOLACION DE DOMICILIO POR FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 184 primer aparte del Código Penal y en consecuencia declara; LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, por encontrarse evidentemente prescrita de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal.

Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-

ABG. C.D.V.A.P.

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABG. F.J.C.S.

SECRETARIO

CAUSA N º 2C-6089-05

EXPEDIENTE Nº 20-F5-0590-00

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL

DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 13 de Octubre de 2005

195° y 146°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ciudadano Fiscal Quinto del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos M.A.A.C., O.N.P., D.Y.S.M. Y ESTILITO J.P.D., por la comisión del delito de VIOLACION DE DOMICILIO POR FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 184 primer aparte del Código Penal.

CAUSA N º 2C-6089-05

EXPEDIENTE Nº 20-F5-0590-00

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.

Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.

ABG. C.D.V.A.P.

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________

PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ciudadano Fiscal Quinto del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos M.A.A.C., O.N.P., D.Y.S.M. Y ESTILITO J.P.D., por la comisión del delito de VIOLACION DE DOMICILIO POR FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 184 primer aparte del Código Penal.

CAUSA N º 2C-6089-05

EXPEDIENTE Nº 20-F5-0590-00

1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador S.B. en Monte Sacro

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TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL

DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 13 de Octubre de 2005

195° y 146°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ciudadano M.A.A.C. (IMPUTADO), residenciado en: la calle 7 casa N° 7-2, la Concordia, San C.E.T., que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de VIOLACION DE DOMICILIO POR FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 184 primer aparte del Código Penal.

CAUSA N º 2C-6089-05

EXPEDIENTE Nº 20-F5-0590-00

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.

Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.

ABG. C.D.V.A.P.

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________

PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ciudadano M.A.A.C. (IMPUTADO), residenciado en: la calle 7 casa N° 7-2, la Concordia, San C.E.T., que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de VIOLACION DE DOMICILIO POR FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 184 primer aparte del Código Penal.

CAUSA N º 2C-6089-05

EXPEDIENTE Nº 20-F5-0590-00

1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador S.B. en Monte Sacro

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TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL

DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 13 de Octubre de 2005

195° y 146°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ciudadano O.N.P. (IMPUTADO), residenciado en: el Barrio R.G., calle principal, casa sin numero, San C.E.T., que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de VIOLACION DE DOMICILIO POR FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 184 primer aparte del Código Penal.

CAUSA N º 2C-6089-05

EXPEDIENTE Nº 20-F5-0590-00

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.

Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.

ABG. C.D.V.A.P.

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________

PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ciudadano O.N.P. (IMPUTADO), residenciado en: la calle 7 casa N° 7-2, la Concordia, San C.E.T., que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de VIOLACION DE DOMICILIO POR FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 184 primer aparte del Código Penal.

CAUSA N º 2C-6089-05

EXPEDIENTE Nº 20-F5-0590-00

1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador S.B. en Monte Sacro

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL

DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 13 de Octubre de 2005

195° y 146°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ciudadano D.Y.S.M. (IMPUTADO), residenciado en: barrio pozo azul, calle 3, casa N° 5, San C.E.T., que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de VIOLACION DE DOMICILIO POR FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 184 primer aparte del Código Penal.

CAUSA N º 2C-6089-05

EXPEDIENTE Nº 20-F5-0590-00

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.

Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.

ABG. C.D.V.A.P.

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________

PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ciudadano D.Y.S.M. (IMPUTADO), residenciado en: la calle 7 casa N° 7-2, la Concordia, San C.E.T., que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de VIOLACION DE DOMICILIO POR FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 184 primer aparte del Código Penal.

CAUSA N º 2C-6089-05

EXPEDIENTE Nº 20-F5-0590-00

1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador S.B. en Monte Sacro

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL

DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 03 de noviembre de 2005

195° y 146°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ciudadano M.R.C., que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de VIOLACION DE DOMICILIO POR FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 184 primer aparte del Código Penal.

Dirección: Por cuanto no consta en las actas del expediente la dirección de la victima, se acuerda publicarse en la cartelera del Tribunal conforme al artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal.

CAUSA N º 2C-6089-05

EXPEDIENTE Nº 20-F5-0590-00

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.

Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.

ABG. E.P.H.

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________

PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ciudadano M.R.C., que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de VIOLACION DE DOMICILIO POR FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 184 primer aparte del Código Penal.

CAUSA N º 2C-6089-05

EXPEDIENTE Nº 20-F5-0590-00

1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador S.B. en Monte Sacro

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