Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de Falcon (Extensión Coro), de 7 de Marzo de 2007
Fecha de Resolución | 7 de Marzo de 2007 |
Emisor | Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo |
Ponente | Nelly Josefina Castro Gomez |
Procedimiento | Rectificacion De Partida De Nacimiento |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO FALCÓN
S.A.D. CORO, 07 DE MARZO DE 2.007
AÑOS; 193° y 144°
Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana M.N.R.O., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.984.667, domiciliada en la ciudad de Coro del Estado Falcón, asistida por la abogada V.M., inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 109.968. Désele entrada junto con sus recaudos anexos y anótese en los libros respectivos.
El Tribunal observa que la presente solicitud no es contraria a derecho, en consecuencia LA ADMITE.-
Ahora bien, expone la solicitante: tal como consta en la copia certificada del acta de nacimiento, expedida por el REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO FALCÓN, a los 19 días del mes de Septiembre de 2006, y en la cual señala que en los libros duplicados de REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA ARACUA MUNICIPIO B.D.E.F., correspondiente al año 1976, se incurrió en un error al transcribir el nombre colocándosele como M.N. siendo lo correcto M.N.. Es por esta razón que acude ante esta competente autoridad a los fines de que se admita la presente solicitud de conformidad con los artículos 768 y 769 del Código de Procedimiento Civil
.-
En consecuencia por todo lo anteriormente expuesto solicita la Rectificación del Acta de Nacimiento en cuestión.
Ahora, bien observa el Tribunal de un análisis practicado al Acta de Nacimiento así como los anexos que acompañan a la presente solicitud, se constata del error material. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, presentada por la ciudadana M.N.R.O., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.984.667, correspondiente al año de 1.976, inserta bajo el Nro. 84, folio Nro. 57, de los Libros Duplicado de Acta de Nacimiento del REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA ARACUA MUNICIPIO B.D.E.F., se ordena al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO FALCÓN y REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA ARACUA MUNICIPIO B.D.E.F., corregir el acta Nacimiento en lo referente a: Donde le colocaron erróneamente el nombre de la ciudadana M.N.R.O., como M.N. siendo lo correcto M.N..-
A los fines de que estampe la debida nota marginal en los libros correspondientes.- Líbrese copia certificada del fallo AL REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO FALCÓN y REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA ARACUA MUNICIPIO B.D.E.F., a los fines de que se estampe la respectiva nota marginal de conformidad con lo pautado en el artículo 506 del Código Civil.
Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los 07 días del mes de Marzo de 2.007.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. N.J.C.G.
LA SECRETARIA,
ABG. C.H.F..
Nota: se formó expediente constante de -------------------------------- folios útiles, quedando anotado bajo el N° ___________, Se dejó copia certificada de la decisión en el archivo del Tribunal se libro oficios Nro 0820_______ y 0820--------------------, a las Autoridades competentes.- Conste Coro fecha Ut-Supra
LA SECRETARIA,
ABG. C.H.F..
I.M.-