Decisión de Juzgado Vigesimo Tercero de Municipio de Caracas, de 27 de Abril de 2010

Fecha de Resolución27 de Abril de 2010
EmisorJuzgado Vigesimo Tercero de Municipio
PonenteIrene Grisanti
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA

DE CARACAS

Caracas, 27 de abril de 2010

Años: 200º y 151º

Vista la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO que encabeza las presentes actuaciones, así como las testimoniales promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de tercero de igual o mejor Derecho, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE O JUSTIFICATIVO JUDICIAL sobre las bienhechurías descritas en autos, de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos M.J.V.A. y J.V.V.A., venezolanos, mayores de edad de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.915.037 y V-6.108.214 respectivamente. Este Tribunal declara Titulo Supletorio Suficiente o Justificativo Judicial a favor de los solicitantes. Devuélvase la presente solicitud original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y dejándose copia certificada de este auto en el copiador de sentencia. Cúmplase.

LA JUEZ,

Abg. I.G.C.

LA SECRETARIA ACC,

Abg. R.V.V.

IGC/RVV

ASUNTO N° AP31-S-2010-001849

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