Decisión de Juzgado Sexto de Municipio de Caracas, de 22 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2009
EmisorJuzgado Sexto de Municipio
PonenteJosé Emilio Cartaña
ProcedimientoRectificación De Acta De Nacimiento

ASUNTO: AP31-F-2009-002183

Visto el escrito presentado por el ciudadano M.J.M.C., venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° V-9.483.843, debidamente asistida por la abogada I.A., adscrita al Servicio Gratuito de la Consultoría Jurídica del Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte (INSETRA), inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 111.408, mediante la cual solicitó la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, emitida por la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia San Juan y por el Registro Principal del Distrito Capital, anotada bajo el N° 1589, del año 1969, ya que adolece el siguiente error: En ella se menciona que el solicitante tiene por nombre: MERLO JOSÉ, siendo esto incorrecto ya que lo correcto es de: M.J.. Ahora bien, para probar lo alegado la solicitante de la presente Rectificación de Partida de Nacimiento consignó a los autos original del acta errada objeto de la presente solicitud, datos filiatorios del ciudadano M.J.M.C. emitida por la Dirección General de Identificación y Extranjería, Oficina de Identificación Coche, Copia de la cédula de identidad de la solicitante, en donde se demuestra en forma clara el nombre del solicitante. Probado como ha sido lo alegado y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida, este Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, acuerda tramitar en forma sumaria la presente solicitud, en consecuencia, se ordena al Registro Civil de Nacimientos de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registro Principal del Distrito Capital, estampar la nota marginal del acta de nacimiento perteneciente a la ciudadano M.J.M.C., signado con el Nro. 1589 del Año 1969, de la siguiente manera: En donde dice tiene por nombre MERLO JOSÉ debe decir M.J.. Y así se declara. Líbrese oficio a las autoridades respectivas y anéxese al mismo copia certificada de la presente decisión. Líbrese oficio. Y así se decide.

EL JUEZ,

Dr. J.E.C.I..

LA SECRETARIA,

Abg. I.M. CONTRERAS R.

La Secretaria del Tribunal deja constancia que se requieren fotostatos para proveer lo ordenado en el anterior auto.

LA SECRETARIA,

Abg. I.M. CONTRERAS R.

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