Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 6 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2013
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoNulidad De Asamblea

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, seis (06) de noviembre de 2013

Años: 203º y 154º

Vista la diligencia suscrita en fecha 04.11.2013, por el abogado A.J.G.J., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.421, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual se da por notificado de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 30.10.2013, asimismo solicitó la notificación de la referida sentencia a la parte demandada y/o en la persona de uno de cualesquiera de sus apoderados judiciales, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada, sociedad mercantil Distribuidora Madechapa C.A., de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 04, Tomo 124-A Pro., y la ciudadana C.M.Y., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.930.775, y/o en la persona de uno de cualesquiera de sus apoderados judiciales, abogados Á.F.E.M., E.A.R., I.d.V.M., A.M. y N.R., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 71.954, 109.314, 125.514, 20.008 y 17.899, respectivamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual a los fines de la practica de dicha notificación, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda (con sede en Guarenas). Líbrense boletas de notificación. Cúmplase.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VGJ/RDM/edward

Exp: AP71-R-2013-000688

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, seis (06) de noviembre de 2013

Años 203° Y 154°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la sociedad mercantil Distribuidora Madechapa C.A., de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 04, Tomo 124-A Pro., y la ciudadana C.M.Y., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.930.775, y/o en la persona de uno de cualesquiera de sus apoderados judiciales, abogados Á.F.E.M., E.A.R., I.d.V.M., A.M. y N.R., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 71.954, 109.314, 125.514, 20.008 y 17.899, respectivamente, parte demandada en el juicio que por Nulidad de Asamblea, intentada por el ciudadano J.M.Y., en su contra, sustanciado en el expediente signado con el número AP71-R-2013-000688, de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 30.10.2013.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

EL JUEZ TITULAR,

DR. V.J.G.J.

VGJ/edward

Exp Nº AP71-R-2013-000688

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, 06 de noviembre de 2013.-

Años 203° Y 154°

OFICIO Nº 2013-A-

CIUDADANO:

JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

SEDE GUARENAS.-

SU DESPACHO.-

Tengo el agrado de dirigirme a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, despacho de comisión librado en esta misma fecha constante de tres (03) folios útiles, a los fines de que se lleve a cabo la practica de la notificación de la parte demandada, Distribuidora Madechapa C.A., y C.M.Y., de la sentencia dictada en fecha 30.10.2013. Todo con motivo del juicio que por Nulidad de Asamblea, sigue J.M.Y., contra Distribuidora Madechapa C.A., y C.Y., en el expediente signado con el Nº AP71-R-2013-000688.

Remisión que se le hace a usted, a los fines legales consiguientes.-

EL JUEZ,

Dr. V.J.G.J.

Exp: AP71-R-2013-000688

VJGJ/Edward.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, 06 de noviembre de 2013.-

Años 203° Y 154°

AL:

AL JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

CON SEDE EN GUARENAS

SE HACE SABER:

En el juicio que por Nulidad de Asamblea seguido por el ciudadano J.M.Y., contra la sociedad mercantil Distribuidora Madechapa C.A., y la ciudadana C.M.Y., por medio de la presente comisión se ordenó a la práctica de la notificación personal de la parte demandada de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 30.10.2013.

Que acompaña a la presente comisión, la boleta de notificación librada a los fines de la práctica de la misma.

Que, los apoderados judiciales de la parte actora son los abogados W.L.A., Gleliesi M.G. y J.A.G.J., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 15.829, 106.840 y 16.421, respectivamente, y los apoderados judiciales de los demandados son los abogados A.F.E.M., Edgar A Rodríguez, I.d.V.M., A.M. y N.R., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 71.954, 109.314, 125.514, 20.008 y 17.899, respectivamente.-

Que una vez cumplida con la presente comisión, deberá devolverla con sus resultas para agregarlas a los autos correspondientes.-

Dada, firmada y sellada por este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los seis (06) días del mes de noviembre de dos mil trece (2013), años 203 y 154.-

EL JUEZ TITULAR,

DR. V.J.G.J..

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS D.M..

Exp Nº AC71-R-2013-000688

VJGJ/RDM/Edward.-

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