Decisión de Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de Aragua, de 31 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2014
EmisorJuzgado Primero de Juicio del Trabajo
PonenteZuleyma Daruiz Ceballos
ProcedimientoRecurso Contencioso Administrativo De Nulidad

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua

Maracay, 31 de Marzo de año 2014

203º y 155º

ASUNTO: DP11-N-2011-000215

ACTA

PARTE RECURRENTE: sociedad mercantil “CONSTRUCCIONES MARQUI, C.A.”,

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE RECURRENTE: L.K.C., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 78.633

PARTE RECURRIDA: INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS A.G., M.B.I., S.M., F.L. ALCÁNTARA, COSTA DE ORO Y LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE RECURRIDA: (NO COMPARECIÓ).

POR EL MINISTERIO PÚBLICO: Ciudadana FISCAL DÉCIMO DEL ESTADO ARAGUA DRA. JELITZA BRAVO, titular de la cedula de identidad N° 10.513.825.

TERCERO INTERESADO: ciudadano J.N.M.M., titular de la cedula de identidad NºV- 13.953.326

APODERADO JUDICIAL DEL TERCERO INTERESADO: Abogado C.E.R. inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 85.608

MOTIVO: RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO.

En el día de hoy, lunes, 31 de MARZO de 2014, siendo las 2:00 P.M., día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia de juicio con motivo del RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, que intentara la sociedad mercantil “CONSTRUCCIONES MARQUI, C.A.” contra INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS A.G., M.B.I., S.M., F.L. ALCÁNTARA, COSTA DE ORO Y LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA, se constituye el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Sala de Audiencias, presidida por el Juez Dra. Z.D.C., con la asistencia del Secretario ABG. J.N. y el Alguacil Ciudadano M.A., razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. El Secretario deja constancia de la incomparecencia de la parte recurrente Sociedad Mercantil “CONSTRUCCIONES MARQUI, C.A.”, ni por si ni por apoderado judicial alguno. Igualmente se deja constancia de la incomparecencia de la parte recurrida ni por apoderado judicial alguno, ni representante alguno y por el Tercero interesado se encuentra presente el ciudadano J.N.M.M., titular de la cedula de identidad NºV- 13.953.326. Debidamente representado por el abogado C.E.R. inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 85.608. Así mismo se deja constancia de la Comparecencia de la representación del MINISTERIO PUBLICO ciudadana FISCAL DÉCIMO DEL ESTADO ARAGUA DRA. JELITZA BRAVO. En este estado la ciudadana Juez expone, vista la incomparecencia de la parte recurrente ni por si ni por apoderado judicial alguno, así como la incomparecencia de la parte recurrida, ni por si ni apoderado judicial alguno, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua administrando justicia por autoridad de la Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara DESISTIDO el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, que intentara Sociedad Mercantil “CONSTRUCCIONES MARQUI, C.A.” contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS A.G., M.B.I., S.M., F.L. ALCANTARA, COSTA DE ORO Y LIBERTADOR DEL ESTADO; por la no comparecencia de la parte recurrente a la audiencia de juicio Oral y Pública ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, todo ello de conformidad con lo establecido el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. Se deja constancia que el contenido de la presente acta es un resumen sucinto de la presente audiencia de juicio fue reproducida por medios audiovisuales de conformidad a lo estipulado por el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo el técnico Audiovisual encargado de dicha reproducción audiovisual es el ciudadano A.E.B.. Dándose por cerrado el presente acto hoy, 31 de marzo de 2014, siendo las 3:00 P.M. Es todo, concluyó, se leyó y conformes.-

LA JUEZ

DRA. Z.D.C.

TERCERO INTERESADO Y SU APODERADO JUDICIAL

MINISTERIO PÚBLICO

SECRETARIO

ABG. J.N.

ZDC/JN

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