Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Portuguesa (Extensión Guanare), de 11 de Octubre de 2005

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2005
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteCarmen Iglesias
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa

Guanare, once de octubre de dos mil cinco

195º y 146º

ACTA

ASUNTO: PP01-L-2005-000197

DEMANDANTE: M.R.G.P., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 13.605.306, de este domicilio.

DEMANDADA: PROTECCIÓN Y VIGILANCIA MARIVAN C.A., inscrita por ante el Registro mercantil II, de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 17 de julio de 1995, bajo el N° 64, Tomo 98-A.

REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA: O.d.C.A.d.M. y R.P.A.d.C., venezolanas, titulares de las Cédulas de Identidad números 7.340.605 y 5.239.950, de este domicilio.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: W.C.C., O.M.M., F.V.M.A. y C.A.B.P., inscritos en el Inpreabogado bajo los números 10.648, 90.164, 108.612 y 108.652.

MOTIVO: Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.

Hoy, 11 de octubre de 2005, siendo las 9:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en la presente causa, el ciudadano Alguacil anunció el inicio del acto en la Sala de Espera de este Circuito Judicial, verificándose la comparecencia del abogado O.M.M., apoderado judicial de la parte demandada PROTECCIÓN Y VIGILANCIA MARIVAN C.A., haciendo constar que no se encuentra presente el demandante, ciudadano M.R.G.P., ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, en consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese la presente decisión.

La Juez,

Abg. C.L.I.A.

EL COMPARECIENTE:

Apoderado Judicial de la Demandada,

Abg. O.M.M.

La Secretaria,

Abg. D.O.

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