Decisión de Juzgado de Protección LOPNA de Portuguesa (Extensión Guanare), de 12 de Enero de 2005

Fecha de Resolución12 de Enero de 2005
EmisorJuzgado de Protección LOPNA
PonenteOscar Mahin Mejias Ramos
ProcedimientoHomologación Régimen De Visitas

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. JUEZ UNIPERSONAL Nº 02

Guanare; 12 de Enero de 2005

194º y 145º

Visto el convenimiento realizado entre los ciudadanos A.J.M. Y K.D.V.C.F., por ante la Defensoría del Niño y del Adolescente del estado Portuguesa, en esta misma fecha y ratificada por ante la sala de este despacho, sobre el establecimiento del REGIMEN DE VISITAS de los padres en beneficio de su hijo M.A.M., por cuanto dicho convenimiento no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su Homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente.-

El Juez,

Abog. O.M.M.R.

La secretaria,

Abog. E.M.J.V.

OMMR/Mery S.

Exp. Civil No 4828

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