Decisión nº 0159-TR de Juzgado Superior Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo Segundo Circuito de Sucre, de 7 de Diciembre de 2005

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2005
EmisorJuzgado Superior Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo Segundo Circuito
PonenteMiguel Vasquez Urbano
ProcedimientoNulidad De Documento

EL JUZGADO SUPERIOR

EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRÁNSITO, DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Carúpano, 07 de diciembre de 2005.

Año 195º y 146º.

En virtud de las facultades inquisidoras que otorga el artículo 514 y 520 del Código de Procedimiento Civil, al Juez, con la finalidad de esclarecer cualquier hecho que juzgue importante para la decisión de la causa, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se decreta auto para mejor proveer. En consecuencia se ordena remitir oficio a la Cámara Municipal de la Alcaldía del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, con sede en esta ciudad de Carúpano, con el fin de que informe a este Juzgado, de la certeza de un acuerdo aprobatorio de fecha 18 de enero de 2000, referente a un supuesto documento de venta de un terreno ubicado en la Calle Principal de Playa Grande, jurisdicción de la Parroquia B. delE.S., dado en venta por ese Municipio a la ciudadana A.M., titular de la cédula de identidad número 6.665.751, protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Bermúdez, en fecha 01 de agosto del año 2000, bajo el número 48 de la serie protocolo primero tomo primero tercer trimestre del año 2000. Y a la Sindicatura Municipal de la misma Alcaldía que informe sobre la certeza de un dictamen emanado de ese Despacho de fecha 06 de marzo de 1998, referente a la supuesta venta del mismo terreno. También se ordena la comparecencia personal de la ciudadana A.M.D.H., parte demandada en el presente juicio, a fin de que responda a las interrogantes que el Juez de este Despacho le inquirirá, al segundo día de despacho siguiente a su notificación a las 10:00 a. m. Remítase oficio. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase lo ordenado.

El Juez Superior (p),

Dr. M.A.V.U..

La Secretaria,

Dra. R. delJ.P.G..

Exp. n° 5488.

MAVU/Reyna.

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