Decisión de Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia. de Tachira, de 16 de Junio de 2015

Fecha de Resolución16 de Junio de 2015
EmisorTribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia.
PonenteAngel Otero
ProcedimientoConvenimiento De Obligación Alimentaria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR

DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO G.D.H.D.L.

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

La Fría, martes dieciséis (16) de junio de dos mil quince (2015)

205º y 156º

EXP. N° 4.042.-

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

Parte Demandante: M.F.M.G., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.941.314, domiciliada en la Urbanización Río Grita, Bloque 13 apartamento 02-01 La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T., actuando En beneficio de sus hijos XX.

Parte Demandada: C.J.C.U., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.084.696, domiciliado en la Urbanización R.L. en la calle 6 casa N° 516, La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T..

Motivo de la causa: Obligación de Manutención.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

DE LA DEMANDA

Visto en convenimiento realizado por los ciudadanos M.F.M.G. y C.J.C.U. en fecha 28 de mayo de 2015, por ante la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio G.d.H.d.E.T., por concepto de Obligación de Manutención, a favor de los hermanos C.M.. Este Tribunal le da entrada y la inventaría bajo el Nº 4.042 en el Libro L-10, el cual textualmente establece:

…PRIMERO: El ciudadano C.J.C.U. se compromete en darle a sus hijos la cantidad de seis (6000) mil bolívares mensuales, para gastos de manutención que depositara en la cuenta de ahorro del Banco Bicentenario N° 01750001530010563264. SEGUNDO: Los gastos de ropa, medicamentos, asistencia medica, útiles escolares, uniformes de diario y deporte, gastos navideños, vacaciones, juguetes, útiles de aseo personal serán cubiertos por ambos padres…

.

En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así mismo este Tribunal acuerda notificar al Fiscal Protección del Niño y del Adolescente. Expídase copia certificada del presente auto para el archivo de este Tribunal.

EL Juez Provisorio,

Abg. Á.A.O.E.

La Secretaria

Abg. Thais K. González S.

AAOE/TKGS/Yolanda.-

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