Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de Merida (Extensión Mérida), de 5 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2009
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
PonenteAlbio Antonio Contreras Zambrano
ProcedimientoIndemnización Daños Y Perjuicios Morales

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, nueve de febrero de dos mil nueve.

198º y 149º

Recibido por distribución el presente EXHORTO procedente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, de fecha 13 de agosto de 2008, signado con el número de oficio 448, désele entrada, fórmense actuaciones, háganse las anotaciones estadísticas correspondientes. Ahora bien en cumplimiento a la comisión conferida, este Tribunal acuerda el desglose de los carteles de citación librados a la Empresa “SEGUROS LOS ANDES” en la persona de su representante legal, en fecha 13 de agosto de 2008 por el Tribunal supra señalado, surgido en el Exp. N° 10.486, contentivo del juicio de INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS MATERIALES, DAÑO EMERGENTE Y LUCRO CESANTE interpuesto por la ciudadana MARYELYS DEL VALLE ROJAS MUÑOZ, contra los ciudadanos R.E.D.R., J.E.F. P., y la empresa garante “SEGUROS LOS ANDES”; y entréguense, un ejemplar a la Secretaria de este Tribunal para que lo fije en la dirección indicada en la comisión de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, quien deberá dejar constancia en las presentes actuaciones de haber cumplido con tal formalidad; y otro, a la parte interesada, para su respectiva publicación por la prensa, quien deberá dejar constancia, mediante diligencia, de haberlo recibido conforme. Cúmplase.

EL JUEZ TITULAR,

A.C.Z.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

Y.M.R.

En la misma fecha se le dio entrada con el Nº 75 en el Libro respectivo, y se desglosaron los carteles de citación anexos a la comisión. Conste,

LA SECRETARIA TEMPORAL,

Y.M.R.

ACZ/YMR/yp.-

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