Decisión de Tribunal Tercero de Control de Trujillo, de 28 de Julio de 2006

Fecha de Resolución28 de Julio de 2006
EmisorTribunal Tercero de Control
PonenteNathalia Alejandra Cruz Cañizalez
ProcedimientoSobreseimiento De La Causa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control

TRUJILLO, 28 de Julio de 2006

196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2004-009638

ASUNTO : TP01-S-2004-009638

| Vista la presente causa, este Tribunal observa:

La Solicitud

Solicita la defensa y la Fiscalía, se decrete el Sobreseimiento de la presente causa, una vez que se dio cumplimiento al acuerdo reparatorio celebrado entre el ciudadano imputado: E.J.M., y la victima: M.C.M., de conformidad con el articulo 48 ordinal sexto, en concordancia con el articulo y 318 numeral tercero del Código Orgánico Procesal Penal.

Las partes

En Sala, en presencia del Tribunal, en acto privado, frente a las partes, la victima expresa libre de apremio y coacción, haber recibido de manos del acusado el dinero adeudado por concepto de acuerdo reparatorio, ya aprobado y pide al tribunal el cierre de la causa.

Motivación para decidir

Revisada la presente causa, se observa decisión de éste Tribunal, en la cual este Tribunal Aprobó acuerdo reparatorio entre los ciudadanos antes mencionados, y acordó suspender el proceso hasta el día de celebración de audiencia especial. Habiendo pedido las partes en audiencia especial, que una vez cumplido el acuerdo reparatorio, en los términos aprobados, y a satisfacción de la victima, solicitando las partes se decrete el sobreseimiento, este despacho debe aplicar la consecuencia jurídica prevista por la ley, esto es, declarar extinta la acción penal, y decretar el sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano E.J.M.B., por el delito de ESTAFA EN PERJUICIO DE M.M., con cheque por la cantidad de 1.380.000 bolivares. Así se decide.

Decisión

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano: MATERAN BRIÑEZ EDWIN, cedula de identidad 12.798.461, por el delito de estafa, de conformidad 318 numeral tercero del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 40 y 48 ordinal sexto eiusdem. Remítase la causa al Archivo para guarda y custodia en su oportunidad.

Publíquese, Regístrese. NOTIFIQUESE AL IMPUTADO. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad.

La Jueza Titular en Funciones de Juicio 2

Secretaria

Abg. Nathalia Cruz Cañizales

En fecha______se cumplió lo ordenado.

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