Decisión nº 01 de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Zulia (Extensión Maracaibo), de 3 de Junio de 2013

Fecha de Resolución 3 de Junio de 2013
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
PonenteIngrid Coromoto Vasquez Rincón
ProcedimientoPensión De Alimentos

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, 03 de Junio de 2013

203º y 154º

Vista la diligencia de fecha 30 de Enero del presente año, suscrita por el ciudadano E.J.B.C., asistido por el abogado en ejercicio A.E.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 61.920, y visto el estado de ejecución declarado por este tribunal en fecha 05 de febrero del presente año, el Tribunal provee conforme a lo solicitado y en consecuencia, ordena levantar la Medida de Embargo Preventivo, decretada por este Juzgado en fecha 11 de Junio de 2012, y ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, J.E.L., San Francisco, M.A.P. y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, en fecha 11 de Julio de 2012, la cual recayó sobre el veinticinco por ciento (25%) del sueldo, horas extras, bono nocturno, bono por transferencia, bono alimenticio o cesta ticket, bono de transporte, vacaciones, utilidades, caja de ahorros, antigüedad, meritocracia, prestaciones sociales, fideicomiso, y cualquier cantidad que pueda percibir el ciudadano E.J.B.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 9.768.499, como obrero petrolero, de la empresa Petróleos de Venezuela, Sociedad Anónima (PDVSA).- Ofíciese.- Anotada bajo el No.

LA JUEZ PROVISORIA,

DRA. I.V.R. LA SECRETARIA,

ABOG. M.R.A.F.

En la misma fecha se oficio bajo el No. 0559-2013.-

LA SECRETARIA,

ABOG. M.R.A.F.

IVR/jspl.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA Exp. No. 13.476

EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.M., 03 de Junio de 2013

Circunscripción Judicial del Estado Zulia 203º y 154º

MARACAIBO

No. 0559-2013.-

CIUDADANO GERENTE DE PETROLEOS DE VENEZUELA (P.D.V.S.A.)

SU DESPACHO.-

Comunícole a usted, que en el juicio que por PENSION DE ALIMENTOS, introdujera la ciudadana M.E.F., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.689.248, en contra del ciudadano E.J.B.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 9.768.499; este Tribunal por auto dictado en esta misma fecha, se levanto la Medida Preventiva de Embargo, decretada por este Juzgado en fecha 11 de Junio de 2012, y ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, J.E.L., San Francisco, M.A.P. y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, en fecha 11 de Julio de 2012, la cual recayó sobre el veinticinco por ciento (25%) del sueldo, horas extras, bono nocturno, bono por transferencia, bono alimenticio o cesta ticket, bono de transporte, vacaciones, utilidades, caja de ahorros, antigüedad, meritocracia, prestaciones sociales, fideicomiso, y cualquier cantidad que pueda percibir el ciudadano E.J.B.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 9.768.499, como obrero petrolero, de la empresa Petróleos de Venezuela, Sociedad Anónima (PDVSA).-

Comunicación que se le hace a los fines legales consiguientes.

DIOS Y FEDERACION

DRA. I.V.R.

-Juez Provisoria-

IVR/jspl.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR