Decisión nº s-n de Juzgado Ejecutor de Medida del Municipio Miranda de Falcon, de 13 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2012
EmisorJuzgado Ejecutor de Medida del Municipio Miranda
PonenteLexy Josefina Rodríguez
ProcedimientoSecuestro

En fecha 15/11/2012 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Undécimo de los Municipios Maracaibo, J.E.L. y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, constante de 01 folio útil, remitido mediante Oficio N° 552-2012, de fecha 07/11/2012, librado en el Juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, seguido la Sociedad Mercantil FAVRI MUEBLES, C.A., representada por sus Apoderados Judiciales los Abg. M.A.B.A. y ÁNGEL E. CASAS H., inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 115.107 y 112.682, respectivamente, en contra del demandado de autos y en el que se Decretó Medida de Secuestro sobre los bienes muebles que en él mismo se encuentran describen. Para su fiel y estricto cumplimiento, se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.

En fecha 13/12/2012 se dicta auto mediant el cual por cuanto la parte interesada no compareció a la hora fijada por este Tribunal para la práctica de la Medida acordada en el presente Despacho; este Ejecutor acuerda conceder nueva oportunidad para la práctica de la misma, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.

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