Decisión de Juzgado Décimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de Caracas, de 1 de Febrero de 2008

Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2008
EmisorJuzgado Décimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
PonenteAnibal Abreu
ProcedimientoCobro De Pretaciones Sociales

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2007-005690

PARTE ACTORA: J.G.M.G.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: A.M. VENDITTELLI O TROS.

PARTE DEMANDADA: F.A.E.D.V. y AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA CA.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: POR AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA CA: C.L.P.R..

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 1° de febrero de 2008 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma la ciudadana abogada C.L.P.R., inscrita en el IPSA bajo el N° 107.230, en su carácter de apoderada de la codemandada AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA CA según se desprende de instrumento poder que presenta en original para su confrontación a la vista y en copia para se inserto al expediente. En éste estado el Tribunal se percata, previa revisión de los autos, que al momento de ser admitida la demanda se mencionó a una sola de las dos empresas codemandadas en el libelo, del mismo modo, no consta a los auto la practica de la notificación de la codemandada F.A.E.D.V., en consecuencia es forzoso para éste Juzgador, en observancia del Orden Público Procesal, en aras de evitar reposiciones inútiles y en aplicación de la celeridad procesal, ordenar la devolución mediante oficio al Juzgado Sustanciador, para su debido pronunciamiento. Se terminó, se leyó y estando conformes firman. LIBRESE OFICIO.-

El Juez Titular

Abog. A.F.A.P.

La secretaria

Abog. Diraima Virguez

La apoderada de la codemandada AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA CA:

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