Decisión nº S-N de Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de Zulia, de 28 de Mayo de 2004

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2004
EmisorJuzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez
PonenteDixon Avendaño Villalobos
ProcedimientoCobro De Bolivares Intimacion

En horas de Despacho del día de hoy, veintiocho de mayo de dos mil cuatro, siendo las diez y cuarenta y cinco minutos de la mañana, día y hora previamente fijada por este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E. LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de darle cumplimiento a la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, sigue la Sociedad Mercantil CENTRO MEDICO MADRE M.D.S.J., C.A., originalmente nombrada CONSULTORIOS MEDIDCOS MADRE M.D.S.J. C.A., contra la Sociedad Mercantil PREVENCION DE EMERGENCIA, C.A..- Seguidamente este Tribunal se traslado por solicitud e indicación de la Apoderada Judicial de la parte actora, Abogado en ejercicio L.T.R. Y ROSSANGEL BOSCAN, inscritas en el I.P.S.A, bajo el No. 81.656 y 85.240, respectivamente, a la siguiente dirección: calle 67 C.A., con avenida 8B, específicamente en el Banco Occidental de Descuento, Banco Universal, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Una vez Constituido este Tribunal en la Dirección antes señalada, se procedió a notiicar del traslado y constitución del mismo, a la ciudadana: D.C.M.M., quién es mayor de edad, venezolana, divorcio, Economista, portadora de la cédula de identidad No.V-3.647.174 y de este domicilio, quién manifestó ser gerente de la Oficina de la esta Entidad Bancaria.- En este estado presente las Apoderadas Judiciales de la parte actora L.T.R. y ROSSANGEL BOSCAN CARDENAS, con el carácter acreditado en auto expusieron: Señalamos a este Tribunal Ejecutor la Cuenta Corriente No. 0003408345, para que sea EMBARGADA PREVENTIVAMENTE, el saldo existente de dicha cuenta corriente.- En este Estado el Tribunal vista la solicitud del las Apoderadas Judiciales de la parte actora, provee de acuerdo a lo solicitado y solicita a la notificada sirva informar a éste Tribunal el sal do existente de la Cuenta Corriente antes señalada.- En este estado la notificada expuso: Dandoles cumplimiento a lo solicitado, informo al Tribunal que el saldo existente en la Cuenta Corriente antes señalada No. 0003408345 perteneciente a la Sociedad Mercantil PREVENCION DE EMERGENCIA C.A., es la cantidad de SETENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS TRES BOLIVARES CON SESENTA Y UN CENTIMO (78.808.603, 61), saldo disponible a la fecha.- Seguidamente este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E. LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, el saldo existente en la Cuenta Corriente No. 0003408345, perteneciente a la Sociedad Mercantil PREVENCION DE MERGENCIA C.A., hasta cubrir la cantidad de CUARENTA Y CINCO MILLONES DIECISIETE MIL CIENTO OCHENTA Y DOS BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs.45.017.182,20), asimismo se le hace saber a la notificada que deberá emitir un cheque de gerencia a nombre del Tribunal comitente JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, POR LA CANTIDAD antes Embargada Preventivamente, la cual deberá entregar a este Tribunal para ser depositada en el Banco Industrial de Venezuela, la cual ha sido nombrada como depositaria Judicial de esa cantidad de dinero en la cuenta signada al Tribunal de la Causa No. 050.104469-7.- Acto seguido la notificada expuso: Dandole cumplimiento a lo solicitado por el Tribunal emito y entrego a este Tribunal cheque de Gerencia No. 02850151, a nombre del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DELE STADO ZULIA, por la cantidad de CUARENTA Y CINCO MILLONES DIECISIETE MIL CIENTO OCHENTA Y DOS BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. 45.017.182,20), girado en contra del Banco Occidental de Descuento, Banco Universal, de fecha de hoy, 28 de mayo de 2004. Seguidamente este Tribunal deja constancia que ha recibido de la notificada el cheque antes identificado para ser depositado en el Banco Industrial de Venezuela.- Seguidamente este Tribunal deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los Artículos 254 y el único aparte del Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, asi lo hacen constar las partes intervinientes, firmantes del presente acta.- Concluyó el acto siendo las once y cuarenta y cinco minutos de la mañana.- Terminó se leyó y conforme firman.-

EL JUEZ,

ABOG. DIXON A.V.

LA NOTIFICADA,

LAS EJECUTANTES,

LA SECRETARIA,

L.M.M.L.

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