Decisión nº 344 de Juzgado Superior Contencioso Tributario de Anzoategui, de 14 de Diciembre de 2005

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2005
EmisorJuzgado Superior Contencioso Tributario
PonenteOneximo Garnica
ProcedimientoAdmision

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental

Barcelona, catorce de diciembre de dos mil cinco

195º y 146º

ASUNTO: BP02-U-2004-000072

Visto el Recurso Contencioso Tributario Subsidiario recibido por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) Civil, en fecha Seis (06) de Abril de 2004, el cual fue remitido por el Ciudadano R.A.M., en su condición de Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), adscrito al Ministerio de Finanzas, según P.A. N° 954, de fecha 18 de marzo de 2002, Gaceta Oficial N° 37.408, de fecha 20 de Marzo de 2002, mediante oficio N° GRTI-RNO-DJT-2004-01728, de fecha Dos (02) de Abril de 2004, interpuesto por ante la División de Tramitaciones, Región Nor-Oriental, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), adscrito al Ministerio de Finanzas, en fecha Cinco (05) de Agosto de 1999, por el ciudadano: H.J.R. I., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.847.450, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.566, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Contribuyente Sociedad Mercantil " METANOL DE ORIENTE, METOR, S.A.", domiciliada en la Carretera de la Costa, Edificio Pequiven, Modulo Este, J.E.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 56, Tomo 114-A-Sgdo. en fecha diecinueve (19) de Marzo de 1992 y recibido por este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en fecha Seis (06) de Abril de 2004, contra la Resolución de Verificación de Créditos Fiscales de Impuesto al Consumo Suntuario y Ventas al Mayor (I.C.S.V.M.) Previamente Afianzados N° MH/SENIAT/GRTI-RNO/DR-N° 000025/99, de fecha Diez (10) de Mayo de 1999, en la cual se decide ejecutar la fianza otorgada bajo contrato N° 28.109, de fecha 14-05-1998 a la contribuyente antes identificada, por la Cantidad de Bolívares TRESCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y CINCO CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 361.849.135,36), emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos, Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), adscrito al Ministerio de Finanzas. Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario; este Tribunal Superior observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente, en sus artículos 259, 260, 261, 262, y 266; a saber: Se trata de un acto administrativo de efectos particulares, recurrible en la vía Jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad e interés de la recurrente; así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la recurrente; por tanto este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 26, 49 y 253 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario Subsidiario, interpuesto por la Contribuyente Sociedad Mercantil " METANOL DE ORIENTE, METOR, S.A.", contra la Resolución de Verificación de Créditos Fiscales de Impuesto al Consumo Suntuario y Ventas al Mayor (I.C.S.V.M.) Previamente Afianzados N° MH/SENIAT/GRTI-RNO/DR-N° 000025/99, de fecha Diez (10) de Mayo de 1999, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos, Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), adscrito al Ministerio de Finanzas; procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con los Artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la respectiva Administración Tributaria.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental. Barcelona, a los catorce (14) días del mes de diciembre del año 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.

El Juez Temporal,

Dr. O.G.P.

La Secretaria,

Abg. M.D.

Nota: En esta misma fecha (14/12/05), siendo la 3:20 p.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de ley. Conste.

La Secretaria,

Abg. M.D..

OGP/MD/y.p.

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