Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de Carabobo (Extensión Valencia), de 27 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución27 de Mayo de 2013
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Agrario
PonenteIveti Tomasa López Ojeda
ProcedimientoAuto Interlocutorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 27 de mayo de 2013

203º y 154º

AUTO. CERTEZA PROCESAL. FIJACIÓN DE AUDIENCIA DE PRUEBAS.

Hecha la revisión de las actas que conforman el presente asunto, observa esta Juzgadora lo siguiente:

En fecha 25 de marzo del presente año, este Tribunal dictó auto de impulso procesal, en el cual se ordenó oficiar a la Oficina Regional de Tierras (ORT-INTI-CARABOB0), solicitando la remisión a éste despacho judicial del informe técnico, ello motivado a la participación del Ingeniero Nessler Rosales funcionario adscrito al referido ente gubernamental en fecha 07 de febrero de 2013, ello en virtud al lapso que habría precluido con creces sin que el identificado funcionario consigne lo requerido por esta Instancia Agraria; a tal efecto se libró Oficio Nº 049/2013, a los fines de que exista la consignación en autos del indicado petitorio judicial; haciéndose la entrega del mencionado Oficio en fecha 03 de abril de 2013, por el alguacil de este Tribunal (Folios 198 al 201).

En fecha 03 de abril del año en curso, se recibe por secretaría el requerido informe técnico de la Oficina Regional de Tierras (ORT-INTI-CARABOB0), conforme a Oficio Nº 13032-176, de fecha 20 de marzo de 2013; siendo agregado al expediente conforme a auto de la misma fecha (Folios 202 al 215).

Ahora bien, conocido lo anterior es menester para este Juzgado hacer saber a las partes que una vez consignado como se encuentra autos el indicado informe técnico requerido, se procede a ratificar lo acordado por auto de fecha 25 de marzo del presente año, vale decir, lo concerniente a la fijación de la audiencia de pruebas en la presente solicitud por servidumbre de paso; y como quiera que de los autos se verifica que se han cumplido el iter procesal correspondiente, éste Tribunal fija para el décimo quinto (15º) día de despacho siguiente, a las diez ante-meridiem (10:00 a.m.,) la celebración de la audiencia pruebas, una vez conste en autos la ultima de las notificaciones que al efecto se ordenan librar; Lo anterior conforme a lo establecido en el articulo Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 222 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Líbrese Boletas.

LA JUEZA

ABOG. IVETI T. L.O.

La Secretaria

ABOG. GLENDY YUSTIN GONZÁLEZ

En esta misma fecha se libraron las respectivas boletas de notificación.

La Secretaria

ABOG. GLENDY YUSTIN GONZÁLEZ

EXPEDIENTE Nº JAP-197-2012/SERVIDUMBRE DE PASO

ITLO/GG/VPP.

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