Decisión nº S-N de Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de Falcon, de 25 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2013
EmisorJuzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre
PonenteSimón Ramirez
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.

CHURUGUARA, 25 DE NOVIEMBRE DEL 2.013.

AÑOS: 203º Y 154º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: MIGLENY A.A.P., Titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.889.330, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en el Sector las Colinas de Churuguara, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistida en este acto por la Abogada: KATYUSKA MORILLO ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 145.549. Funcionaria adscrita al programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: MIGLENY A.A.P., sobre: una vivienda con Una Sola pieza con las siguientes características: Paredes de bloque, techo de zinc, piso de tierra y todos sus servicios básicos, enclavada en un Área de terrenos Municipales de CIENTO OCHENTA METROS (180) Mts2), para un total aproximado de TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS (35 M2) de área de Construcción, Ubicado en el Sector las Colinas de Churuguara, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, Cuyos linderos son los siguientes:

NORTE: Mariluna Falcón.

SUR: M.Y..

ESTE: Romeria Mavare.

OESTE: Calle 2.

El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES EXACTOS (25.000,00 Bs.)

La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los VEINTICINCO (25) DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL TRECE. (25-11-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.

EL JUEZ.-

ABOG. S.R..-

LA SECRETARIA.

ABOG. K.A..-

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA.

ABOG. K.A..

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