Decisión nº KP02-S-2004-001806 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Lara (Extensión Barquisimeto), de 21 de Mayo de 2004

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2004
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonentePatricia Elena Cabrera Manfredi
ProcedimientoRectificacion De Partida De Nacimiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, diez de mayo de dos mil cuatro

194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2003-009636

La abogada M.C.A., de este domicilio, actuando en representación de la ciudadana I.C.R.C., venezolana, mayor de edad, con C.I. Nro. 7.271.921, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error asentaron su nombre como Y.C., siendo lo correcto I.C., el nombre de su madre lo asentaron como Y.C., siendo lo correcto I.P.C.S., omitieron el número de cedulas de sus padres I.P.C.S. y C.R.R.T., los cuales son 3.088.619 y 2.855.188 respectivamente. La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.

Este Tribunal para decidir observa:

UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO de la solicitante antes identificada, en el sentido de que se asiente su nombre como I.C.R.C., el nombre de su madre como I.P.C.S., y las cedulas de sus padres I.P.C.S. y C.R.R.T., como 3.088.619 y 2.855.188 respectivamente. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCION, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO No. 1658, folio 22 vto., año 1967. Queda firme en esta misma fecha.-

Publíquese y regístrese.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los diez días del mes de mayo del dos mil cuatro. Años: 193º y 144º.

LA JUEZ,

LA SECRETARIA ACC.,

ABG. P.C.M.

ABG. LORELY PÍNEDA M.

Publicada en su fecha a las 10:00 a.m.

Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-1455 y 0900-1456.

PCM/LPM/Ma. Elena.

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