Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Lara (Extensión Barquisimeto), de 11 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2010
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteMariluz Pérez
ProcedimientoTerceria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, once de octubre de dos mil diez

200º y 151º

ASUNTO: KH02-X-2006-000052

PARTE ACTORA: S.P.P.T., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.355.490.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: M.A.A., inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 48.747.

PARTE DEMANDADA: C.M.M. Y C.C.M., en su condición de representantes legales de la entidad mercantil MIXTO LARA C.A., y contra el ciudadano A.G.S., mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 5.533.810, en su condición de Representante Legal de la Co-demandada PROMOCIONES TIRRENO C.A.

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ZALG S.A.H. y L.M., abogados en ejercicio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.305.001 y 9.609.583, respectivamente.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA. PERENCIÓN DE LA INSTANCIA EN JUICIO TERCERÍA (CUMPLIMIENTO DE CONTRATO).

Se inició la presente Demandada de TERCERÍA (CUMPLIMIENTO DE CONTRATO), intentado por el ciudadano S.P.P.T., asistido por el abogado M.A.A., inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 48.747, en contra de la Sociedad Mercantil MIXTO LARA, C.A., debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 18/03/1980, bajo el Nº 38, Tomo 4-B, en la personas sus representantes legales, ciudadanos C.M.M. y C.C.M. y PROMOCIONES TIRRENO C.A., en la persona de su Representante Legal, ciudadano A.G.S.. En fecha 15/06/2.006, Se dicto auto admitiendo la presente demanda (f. 61). En fecha 26/06/2.006, compareció el ciudadano S.P., asistido por el Abogado M.A., inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 48.747 y consignó copias a los fines que sean libradas las compulsas (f. 63). En fecha 06/11/2.006, Compareció el abogado Zalg A.H., y Solicitó la Perención de Instancia en la presente causa (f. 64). En fecha 08/11/2.006, Compareció la codemandada en tercería Mixto Lara, C.A, presentado por el ciudadano S.P.P.T., asistido por el Abogado M.A., inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 48.747 y presentó escrito de oposición (f. 65).

El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:

SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año

Sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”.

En el presente caso, se observa que desde la actuación de la parte actora en fecha 08/11/2.006, en donde compareció la codemandada en tercería Mixto Lara, C.A, presentado por el ciudadano S.P.P.T., asistido por el Abogado M.A., inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 48.747 y presentó escrito de oposición, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, seguido por el ciudadano S.P.P.T. contra MIXTO LARA, C.A., y PROMOCIONES TIRRENO C.A., ambos identificadas en autos.

NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.

REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. DÉJESE COPIAS.

Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del T.d.E.L.. En Barquisimeto a los once (11) días del mes de Octubre de dos mil diez (2.010). AÑOS: 200° y 151°.

LA JUEZ

MARILUZ JOSEFINA PÉREZ

LA SECRETARIA

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA

En la misma fecha se publicó y se dejó copia.

La Secretaria

MJP/Mónica

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR