Sentencia nº 773 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 18 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

SALA ELECTORAL

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

Vista la Sentencia Nº 91 de fecha 14 de junio de 2012, se acuerda notificar del referido fallo a los ciudadanos L.I.P.H., A.V.S., R.C.M. (recurrentes), a la Comisión Electoral Nacional del Partido COPEI, a la Comisión Electoral Estadal del Partido COPEI Partido Popular, estado Miranda, al ciudadano R.E., al Ministerio Público, a la Dirección Nacional del Partido Político COPEI, Partido Popular, a los ciudadanos S.U.; J.R.R., J.A.B.; A.M.R.; V.H.C.; Y.T.; V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C. y C.B.V.; G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G. y W.M.. Remítaseles copias certificadas de la aludida decisión. Líbrense Boletas y Oficio.

Igualmente, esta Sala de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar carteles a los ciudadanos E.P.M.; M.Á.M.; L.G., J.D.P., J.M., C.D.L., H.J., C.R., D.T.D.P., G.M.; J.E.G.M.; J.M.S.; E.S., R.B., L.A.O.O. y J.A.R.; I.A., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P. y D.R.; S.R.E.; J.G.Z. y H.L., a los fines de notificarlos de la Sentencia N° 91 de fecha 14 de junio de 2012, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel, se les tendrán por notificados. Líbrense Carteles.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp: AA70-E-2010-000051/000045

JMMS/pc

B O L E T A

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano L.I.P.H., titular de la cédula de identidad N° 10.336.679, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por Usted y por el ciudadano A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R..Se remite copia certificada la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2010-000051/000045

JMMS/pc

B O L E T A

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano A.V.S., titular de la cédula de identidad número 13.532.143 y/o su apoderado judicial abogado T.A.F., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.707, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por Usted y por el ciudadano L.I.P.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R..Se remite copia certificada la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2010-000051/000045

JMMS/pc

B O L E T A

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano R.C.M., titular de la cédula de identidad N° 5.533.631 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.193, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por Usted, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. Se remite copia certificada la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2010-000051/000045

JMMS/pc

B O L E T A

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos J.A.B. y JESÚS RANGEL RACHADELL, titulares de la cédula de identidad N° 3.764.004 y 5.520.332 respectivamente, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. Se remite copia certificada la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2010-000051/000045

JMMS/pc

B O L E T A

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano A.M., titular de la cédula de identidad N° 6.226.837 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.896, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R..Se remite copia certificada la mencionada sentencia. Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2010-000051/000045

JMMS/pc

B O L E T A

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano V.C., titular de la cédula de identidad Nº 5.334.389, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R..Se remite copia certificada la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2010-000051/000045

JMMS/pc

B O L E T A

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano Y.T., titular de la cédula de identidad Nº 6.869.887 y/o sus apoderados judiciales R.C.M. y O.G.H., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 28.193 y 48.301, respectivamente, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R..Se remite copia certificada la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2010-000051/000045

JMMS/pc

B O L E T A

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos V.R., ELYS OJEDA, J.U., V.T., A.C. y C.B., titulares de la cédula de identidad Nº 3.323.874, 772.985, 9.330.378, 6.913.672, 5.312.091 y 17.376.851, respectivamente, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R..Se remite copia certificada la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2010-000051/000045

JMMS/pc

B O L E T A

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos G.R., L.M.T., S.Y., YGOR FERMIN, C.T.G. y W.M., titulares de las cédula de identidad Nº 3.719.377, 3.977.890, 5.580.525, 3.628.007, 4.165.987 y 4.581.838, respectivamente, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R..Se remite copia certificada la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2010-000051/000045

JMMS/pc

B O L E T A

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano S.U., titular de la cédula de identidad Nº 3.371.414, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R..Se remite copia certificada la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2010-000051/000045

JMMS/pc

B O L E T A

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano R.E., titular de la cédula de identidad Nº 6.974.584, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R..Se remite copia certificada la mencionada sentencia. Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2010-000051/000045

JMMS/pc

Caracas, 18 de octubre de 2012

Oficio Nº 12-438

Ciudadanos

Presidente y Demás Miembros de la Comisión Electoral Estadal de COPEI, Partido Popular, estado Miranda.

Su Despacho.-

Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. Se remite copia certificada la mencionada sentencia.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2010-000051/000045

JMMS

Caracas, 18 de octubre de 2012

Oficio Nº 12-437

Ciudadanos

Miembros de la Dirección Nacional del Partido Político COPEI

Partido Popular

Su Despacho.-

Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. Se remite copia certificada la mencionada sentencia.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2010-000051/000045

JMMS

Caracas, 18 de octubre de 2012

Oficio Nº 12-439

Ciudadana

L.O. DÍAZ

FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Su Despacho

Me dirijo a usted a fin de notificarle que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. Se remite copia certificada la mencionada sentencia.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2010-000051/000045

JMMS

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER

A los ciudadanos E.P.M., titular de la cédula de identidad N° 1.648.952, bogado inscrito en el Inpreabogado bajo el número 18.386, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp.AA70-E-2010-000045-AA70-E-201051

JMMS/pc

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Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER

Al ciudadano M.Á.M., titular de la cédula de identidad Nº 846.811, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp.AA70-E-2010-000045-AA70-E-201051

JMMS/pc

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SALA ELECTORAL

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER

A los ciudadanos D.T.D.P., L.G., J.D.P., G.M., J.M., C.D.L., H.J. y C.R., titulares de la cédula de identidad N° 2.244.759, 8.259.806, 8.341.742, 8.202.372, 5.087.746, 5.710.563, 4.087.539 y 1.198.265, respectivamente y/o su apoderado judicial abogado C.B.V., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 142.531, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp.AA70-E-2010-000045-AA70-E-201051

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Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER

Al abogado J.M.S., titular de la cédula de identidad N° 13.557.323 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 93.235, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp.AA70-E-2010-000045-AA70-E-201051

JMMS/pc

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Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER

A los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O. y J.A.R., titulares de la cédula de identidad Nº 4.625.633, 8.856.166, 4.934.372, 3.202.769 y 5.141.692, respectivamente, y/o sus apoderados judiciales R.C.M. y O.G.H., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 28.193 y 48.301, respectivamente, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp.AA70-E-2010-000045-AA70-E-201051

JMMS/pc

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Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER

A los ciudadanos I.A., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F. y J.M., titulares de la cédula de identidad Nº 8.247.425, 3.953.074, 17.271.442, 2.796.323, 4.947.594, 1.452.195 y 6.799.871, y/o sus apoderados judiciales R.C.M. y O.G.H., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 28.193 y 48.301, respectivamente, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp.AA70-E-2010-000045-AA70-E-201051

JMMS/pc

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Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER

A los ciudadanos L.M., O.P. y D.R., titulares de la cédula de identidad Nº 5.781.058, 10.105.153 y 2.834.067, y/o sus apoderados judiciales R.C.M. y O.G.H., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 28.193 y 48.301, respectivamente, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp.AA70-E-2010-000045-AA70-E-201051

JMMS/pc

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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER

A la ciudadana S.R.E., titular de la cédula de identidad Nº 2.917.187 y/o sus apoderados judiciales abogados O.G. y R.C.M.I. bajo el N° 48.301 y 28.193, respectivamente, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp.AA70-E-2010-000045-AA70-E-201051

JMMS/pc

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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER

A los ciudadanos J.Z. y H.L., titulares de la cédula de identidad N° 12.922.943 y 10.143.463 y/o sus apoderados judiciales abogados O.G. y R.C.M.I. bajo el N° 48.301 y 28.193, respectivamente, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp.AA70-E-2010-000045-AA70-E-201051

JMMS/pc

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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

Caracas, 18 de octubre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER

Al ciudadano J.E.G.M., titular de la cédula de identidad N° 7.598.478, que en fecha 14 de junio de 2012 esta Sala dictó Sentencia Nº 91 en el expediente AA70-E-2010-000051 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el abogado R.C.M., actuando en su propio nombre, contra la Comisión Electoral Nacional de Copei Partido Popular, al cual le fue acumulado el Expediente AA70-E-2010-000045 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos L.I.P. y A.V.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas por los ciudadanos E.S., R.B., L.A., O.O., Y.T., J.A.R., I.A.D., E.R., A.Á., O.R., J.G.M., R.F., J.M., L.M., O.P., D.R., J.G.Z., H.L., V.H.C., V.R., Elys Ojeda, J.U., V.T., A.C., C.B.V., G.R., L.M.T., S.Y., I.F., C.T.G., W.M., S.R.E., M.Á.M., L.I.P.H. y A.E.M.R.. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp.AA70-E-2010-000045-AA70-E-201051

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