Decisión nº 273-09 de Juzgado Decimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo. de Zulia (Extensión Maracaibo), de 26 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2009
EmisorJuzgado Decimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
PonenteJudith Castro
ProcedimientoCobro De Pretaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Maracaibo, veintiséis de noviembre de dos mil nueve

199º y 150º

ASUNTO : VP01-L-2009-002070

En el día hábil de hoy 26 de noviembre de 2009, siendo las 10:30 a.m.; oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, estando presente la ciudadana EMILUZ ARRIAS, titular de la cédula de identidad: 11.294.061, en nombre propio y de la Sociedad de Hecho INVERSIONES ARRIAS; asistida por el profesional del derecho abogado J.L., Inpreabogado: 132.850; en este estado el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadana M.C., por cuanto no estuvo presente ni por sí, ni por apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; ordenando se archive definitivamente el expediente una vez firme la presente decisión. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°.

LA JUEZ,

DRA. J.C..

LA SECRETARIO,

ABOG. J.U..

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